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Libertad al pueblo mapuche
El caso de Juana Calfunao
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Juana Calfunao acusada de desórden público ocurrido entre el 2 y 4 de enero pasados en Cunco, Novena Región. Fué condenada a 150 días de reclusión efectiva por el juzgado de garantia de Temuco. Luego de que el ministerio de obras públicas se comprometiera a no pasar sus máquinas por la comunidad acreditándolo con la firma de un acuerdo que se iba a solucionar el problema, la Longko desde la cárcel denuncia la criminalizacion que está llevando adelante el estado chileno hacia los MapuChe. Dando a conocer la grave situacion de su familia y su comunidad que quedó completamente abandonada y está siendo saqueada.

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos expresó su seria preocupación frente al juicio que se celebró el 13 de febrero de 2006 en la ciudad de Temuco contra la Sra. Juana Calfunao Paillalef, Lonko (autoridad tradicional) de la comunidad Mapuche de "Juan Paillalef", de la comuna de Cunco, IX región, quien en calidad de representante y portavoz de su comunidad encabeza la lucha por sus derechos y la restitución de tierras usurpadas por particulares adyacentes a su comunidad, y contra su hermana Ana Luisa Calfunao.

Este es el texto que difundieron en febrero de 2006:

A la Sra. Juana Calfunao Paillalef se le formalizaron cargos, el 5 de enero de 2006, por los delitos de "desórdenes en la vía pública" y "amenazas a carabineros en servicio", y además, el fiscal Alberto Chiffelle calificó su comunidad como "una pandilla liderada por ella" por lo que el Juzgado de Garantía de Temuco, a través de la juez Sra. María Elena Llanos decretó su prisión preventiva, "por considerarla un peligro para la sociedad", luego de haber sido detenida el 4 de enero de 2005. La Sra. Juana Calfuanao Paillalef fue trasladada al "Centro de Cumplimiento Penitenciario Femenino" de Temuco, a la espera del juicio simplificado en su contra y en contra de su hermana de nombre Ana Luisa, que deberá llevarse a cabo el 13 de febrero de 2005 (Ver llamados urgentes CHL 001/0705/OBS 056.2 y 056.3, emitidos el 9 y 13 de enero de 2006). Los cargos le fueron imputados a la Sra. Juana Calfunao Paillalef, luego de los hechos ocurridos durante los días 21 y 23 de diciembre de 2005, durante los cuales la fuerza policial se enfrentó violentamente a una manifestación realizada por la mencionada comunidad mapuche, la cual reclamaba una indemnización del Ministerio de Obras Públicas, luego que éste organismo realizara trabajos para la construcción ilegal de un camino privado que pasa por el centro de su pequeña comunidad rural.

Durante el segundo asalto policial del 23 de diciembre de 2005, la Sra. Calfunao fue nuevamente golpeada junto a su hermana Ana Luisa, desalojada de su casa y, conducida a la Tercera Comisaría de "Padre Las Casas" en calidad de detenida. Allí permaneció hasta el 24 de diciembre de 2005, en que fue liberada por orden de la juez del mencionado Tribunal, Sra. Luz Mónica Madariaga, quien además determinó que, el procedimiento en que ambas mujeres mapuches fueron detenidas fue realizado de manera ilegal e irracional por parte de la fuerza pública a cargo del desalojo.

El Observatorio considera especialmente necesario subrayar que esto hechos sucedieron luego del viaje que la Sra. Juana Calfunao Paillalef, realizó a varios países europeos durante los meses de octubre y noviembre de 2005, con el objeto de denunciar la persistente campaña de persecución política de que ella y varios miembros de su comunidad son objeto por parte de la institucionalidad chilena. El Observatorio expresa su profunda inquietud ante los actuales acontecimientos, en particular frente al juicio a realizarse el 13 de febrero de 2006 el cual, en el caso de que fuera un castigo político a sus actividades de denuncia, supondría una flagrante desviación de la aplicación de la justicia.

El Observatorio urge al gobierno chileno tome todas las medidas necesarias para que durante el juicio de la Sra. Juana Calfunao Paillalef y de su hermana Ana Luisa Calfunao, el Tribunal de Temuco adopte una decisión conforme a las normas y los principios internacionales de derechos humanos, en particular al artículo 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

El Observatorio urge al gobierno chileno a que tome todas las medidas oportunas para garantizar en todo momento la seguridad e integridad física y psicológica y para garantizar el derecho al debido proceso a la Sra. Juana Calfunao Paillalef, a la Ana Luisa Calfunao y a los demás miembros de las comunidades mapuches de manera que si no existen pruebas en su contra, se retiren los cargos, se proceda a su libertad inmediata e incondicional, y en el caso de haberse cometido violaciones a sus derechos les sea otorgada una adecuada reparación.


publicada 09/04/2007
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