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La otra pata de la Ley de Medios

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“Esta ley es una forma de saldar la deuda que con el sector tiene la Ley de Servicios Audiovisuales, instrumento que ha significado la democratización de los espacios televisivos y radiales, pero ha olvidado a las publicaciones culturales gráficas y de Internet, independientes y autogestivas, sin las cuales esa misma ley no hubiese contado con canales de debate y difusión entre los diferentes actores sociales que la hicieron posible. Este no es más que un ejemplo –importante, pero no aislado- de la tarea social que cumple el sector: la batalla que allí se libra cotidiana y sostenidamente contra la monopolización no sólo de productos, sino de contenidos. No sólo de voces, sino de estéticas. No sólo de ideas, sino de futuros posibles”. Este es uno de los fundamentos del proyecto de Ley de Fomento para la Producción Independiente y Autogestiva de Comunicación Cultural por medios gráficos y de Internet que la Asociación de Revistas Culturales Independientes (AReCIA) impulsa para garantizar la libre circulación de publicaciones; entre ellas las que hoy se ven amenazadas por la política de expulsión que quiere implementar el sector que controla la corporación Clarín en el circuito de distribución de kioscos de la Capital.
La otra pata de la Ley de Medios
La batalla contra la expulsión
El Ministerio de Trabajo intervino, a través de la creación de la Comisión Fiscalizadora de Ventas de Diarios y Revistas, para impedir que se concreten las maniobras de expulsión de las revistas culturales independientes. En ese marco, canillitas, editores y recorridos están negociando las nuevas condiciones de comercialización, donde un sector intenta imponer un costo fijo de 2.30 pesos por ejemplar vendido, que se suma al 50% del precio de tapa que históricamente consume toda la cadena de distribución. Por primera vez la propuesta del sector controlado por Clarín discrimina a las revistas culturales independientes de las comerciales, pretendiendo imponerles un costo fijo mayor.
Por su parte, la Dirección de Industrias Culturales de la Secretaría de Cultura de la Nación, convocó a una reunión entre la Sociedad de Distribuidores de Diarios y Revistas y AReCIA donde se planteó el rechazo  a estas maniobras. También reunió a representantes de universidades nacionales y de AReCIA. Allí las revistas culturales independientes solicitaron, entre otras cosas, el apoyo al proyecto de ley y la inclusión de las experiencias de autogestión editorial en la formación de comunicadores sociales. Participaron de esa reunión Rodolfo Hamawi y María Iribarren, de la Dirección de Industrias Culturales, Sergio Barberis, de la Universidad Nacional de La Matanza, Carlos Zelarayan, de la Universidad Nacional de Avellaneda; Darío Stukalsky, de la Universidad Nacional de General Sarmiento; Natalia Giglietti, de la Universidad Nacional de La Plata; Natalia Romé, de la Facultad de Ciencias Sociales de la UBA ; Matías Cordo, de la Facultad de Filosofía y Letras de la UBA y Daniel Campione, de la Biblioteca Nacional .
La otra pata de la Ley de Medios

Más información en la web de la Asociación de Revistas Culturales Independientes de Argentina (AReCIA)

El proyecto de ley
Este es el texto completo del proyecto de Ley que AReCIA y propone debatir:
 

LEY DE FOMENTO PARA LA PRODUCCIÓN INDEPENDIENTE Y AUTOGESTIVA DE COMUNICACIÒN CULTURAL POR MEDIOS GRÁFICOS Y DE INTERNET

FUNDAMENTOS
Sr. Presidente.
Esta ley viene a saldar una vieja deuda de la democracia con el periodismo cultural independiente. Podríamos apelar a la historia para fundamentarla porque es claro que sin publicaciones culturales independientes no hubiera habido voces que se alzaran contra las dictaduras militares ni de mercado. Sin embargo, esta ley es hija del presente. Es un reconocimiento a la edición cultura independiente y autogestiva que ha permitido expresar voces, producciones y realidades que encuentran en estos espacios el apoyo necesario para difundir la multiplicidad de creaciones culturales que nos enriquecen. Es, además, una forma de saldar la deuda que con el sector tiene la Ley de Servicios Audiovisuales, instrumento que ha significado la democratización de los espacios televisivos y radiales, pero ha olvidado a las publicaciones culturales gráficas y de Internet, independientes y autogestivas, sin las cuales esa misma ley no hubiese contado con canales de debate y difusión entre los diferentes actores sociales que la hicieron posible. Este no es más que un ejemplo –importante, pero no aislado- de la tarea social que cumple el sector: la batalla que allí se libra cotidiana y sostenidamente contra la monopolización no sólo de productos, sino de contenidos. No sólo de voces, sino de estéticas. No sólo de ideas, sino de futuros posibles. La edición cultural independiente y autogestiva es, por eso mismo, diversa y múltiple; crítica y comprometida. Es un hecho que hasta hoy esa heterogeneidad ha sido posible gracias a un doble esfuerzo: de editores y de lectores. No hay publicación cultual independiente y autogestiva sin públicos capaces de sostenerla. La presente ley es, entonces, una forma de saldar -y también reconocer- la fortaleza de ese vínculo.
Pero toda ley es, además, una política hecha acto. Esta viene a señalar, visibilizar y consagrar socialmente que otra forma de comunicación es posible. Una forma de comunicación que aliente el desarrollo de un tipo de profesional capaz de gestionar en grupo una empresa social que responda solo a los  intereses de su comunidad  de lectores. Una forma de comunicación que no aliente la competencia, sino la convivencia de diferentes modos de percibir y expresar la vida. Una forma de comunicación que no busca el lucro, sino la sostenibilidad de cada proyecto. Una forma de comunicación cuya medida de éxito no es el crecimiento individual, sino el colectivo: las publicaciones culturales independientes y autogestivas serán cada vez más importantes si crecen en cantidad de títulos porque así se estarán multiplicando públicos, ideas y creaciones.
La otra pata de la Ley de Medios
Título I
Objeto y definiciones
ARTICULO 1º — Se declara de utilidad colectiva e interés nacional la producción independiente y autogestiva de comunicación cultural por medios gráficos y de Internet.
ARTICULO 2º — La presente ley tiene por objeto el fortalecimiento de las empresas sociales dedicadas a la producción independiente y autogestiva de comunicación cultural por medios gráficos y de Internet, mediante la creación de nuevos instrumentos y la actualización de los vigentes, con la finalidad de alcanzar un desarrollo más integrado, equitativo y eficiente de la estructura productiva.
La autoridad de aplicación deberá definir las características de las empresas sociales que serán consideradas a los efectos de la implementación de los distintos instrumentos del presente régimen legal contemplando las especificidades propias de los distintos sectores y regiones y con base en los siguientes atributos de las mismas, o sus equivalentes: personal ocupado, población beneficiada y valor social de los activos aplicados al proceso productivo.
Los beneficios de esta ley serán destinados prioritariamente a cooperativas, asociaciones civiles y pequeñas y medianas unidades productivas. No serán consideradas beneficiarias a los efectos de la implementación de los distintos instrumentos del presente régimen legal, las empresas que, aun reuniendo los requisitos cuantitativos establecidos por la autoridad de aplicación, estén vinculadas o controladas por empresas o grupos económicos nacionales o extranjeros que no reúnan tales requisitos.
Tìtulo II
Beneficios impositivos. 
ARTICULO 3º — Las empresas sociales  instituidas bajo este régimen gozarán del siguiente tratamiento impositivo:
Exención en el impuesto a las ganancias, Ley de Impuesto a las Ganancias (texto ordenado 1997) y sus modificaciones, por las utilidades que generen;
Exención en el impuesto al valor agregado, Ley de Impuesto al Valor Agregado (texto ordenado 1997) y sus modificaciones, de toda la operatoria que se desarrolle con motivo de los mismos.
c) Importación de maquinaria, equipo y piezas necesarias, destinados a la producción;
d) Importación de insumos;
e) Exportación de las publicaciones elaboradas, incluyendo el impuesto al Valor Agregado.
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Título III
Acceso al financiamiento
CAPITULO I
Fondo Nacional de Desarrollo para la Producción Independiente y Autogestiva de Comunicación Cultural Independiente
ARTICULO 4° — Creación y objeto. Créase el Fondo Nacional de Desarrollo para la Producción Independiente y Autogestiva de Comunicación Cultural Independiente con el objeto de realizar aportes de capital y brindar subsidios a mediano y largo plazo para inversiones productivas a las empresas sociales y formas asociativas comprendidas en el artículo 1° de la presente ley, bajo las modalidades que establezca la reglamentación.
ARTICULO 5° — Fideicomiso. A los efectos del artículo anterior, se constituirá un fideicomiso financiero en los términos de la ley 24.441, por el cual, el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía, como fiduciante, encomendará al Banco de la Nación Argentina, que actuará como fiduciario, la emisión de certificados de participación en el dominio fiduciario del Fondo Nacional de Desarrollo para la Producción Independiente y Autogestiva de Comunicación Cultural Independente, dominio que estará constituido por las acciones y títulos representativos de las inversiones que realice. Dicho Fideicomiso no podrá ser inferior al 20 por ciento del presupuesto de la publicidad oficial destinado a pautar en medios televisivos, radiales y gráficos.
La autoridad de aplicación de la presente ley remitirá para aprobación del Poder Ejecutivo el respectivo contrato de fideicomiso.
CAPITULO II
Acceso al crédito
ARTICULO 6. — Institúyese un régimen de bonificación de tasas de interés para las empresas sociales enmarcadas en la presente ley, tendiente a disminuir el costo del crédito. El monto de dicha bonificación será establecido en la respectiva reglamentación.
Se favorecerá con una bonificación especial a las empresas sociales, nuevas o en funcionamiento, localizada en los ámbitos geográficos que reúnan alguna de las siguientes características:
Regiones en las que se registren tasas de crecimiento de la actividad económica inferiores a la media nacional;
Regiones en las que se registren tasas de desempleo superiores a la media nacional.
ARTICULO 7. — La autoridad de aplicación procederá a distribuir el monto total anual que se asigne al presente régimen, en forma fraccionada y en tantos actos como estime necesario y conveniente, adjudicando los cupos de créditos a las entidades financieras que ofrezcan las mejores condiciones a los solicitantes.
ARTICULO 8. — Las entidades financieras no podrán ser adjudicatarias de nuevos cupos de crédito, hasta tanto realicen la correspondiente presentación de Rendición de Cuentas y hubiesen acordado préstamos por el equivalente a un porcentaje determinado por la autoridad de aplicación de los montos que les fueran asignados.
.Las entidades financieras participantes deberán comprometerse a brindar un tratamiento igualitario para todas las empresas sociales, hayan sido o no previamente clientes de ellas, y no podrán establecer como condición para el otorgamiento de los préstamos a tasa bonificada la contratación de otros servicios ajenos a aquellos.
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Título IV
Acceso a licitaciones y concursos
ARTICULO 9. — Las jurisdicciones y entidades del sector público nacional comprendidas en el artículo 8° de la ley 25827 deberán otorgar un derecho de preferencia del cinco por ciento (5%) para igualar la mejor oferta y ser adjudicatarias de las licitaciones o concursos para la provisión de bienes o servicios, a las empresas sociales y formas asociativas comprendidas en el artículo 1° de la presente ley que ofrezcan bienes o servicios producidos en el país.
Complementariamente, establécese un porcentaje de al menos un diez por ciento (10%) en las licitaciones y concursos relativos a la adquisición de bienes y servicios donde solamente compitan empresas sociales.
Los pliegos de las licitaciones y concursos deberán estar redactados en condiciones comprensibles y según una normativa que facilite la cotización por parte de las empresas sociales
ARTICULO 10. — Facúltase al Poder Ejecutivo para establecer un régimen de compras que permita a los citados organismos contemplar ofertas por volúmenes parciales, con el propósito de facilitar e incrementar la participación de las empresas sociales en la adjudicación de las licitaciones y concursos relativos a la adquisición de bienes y servicios en cantidades acordes con su escala de producción.
ARTICULO 11. — Invítase a las provincias y al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adoptar en sus respectivos ámbitos medidas similares a la prevista en el presente título.
Título V
Difusión y Circulación
ARTÍCULO 12.- Los Ministerios de Cultura y Educación, destinarán partidas para la adquisición de lotes substanciales de cada publicación producida bajo el presente régimen de promoción. Queda expresamente vedada la evaluación de la publicación por motivos políticos, religiosos, morales, o de cualquier género discriminatorio. Las publicaciones así adquiridas se destinarán exclusivamente a las bibliotecas escolares y públicas.
ARTÍCULO 13.- Las empresas estatales de radio, prensa, televisión y las demás que como medio de comunicación se creen, facilitarán tiempo y espacio preferenciales con objeto de promover y divulgar las publicaciones producidas bajo el presente régimen de promoción.
ARTÍCULO 14.- El Ministerio de Comunicaciones, Transporte y Obras Públicas otorgará tarifas postales preferenciales a las empresas sociales de este sector.
Título VI
Cancelaciones de los beneficios
ARTÍCULO 15.- La autoridad de aplicación cancelará el registro y el acuerdo de calificación de las empresas sociales como beneficiarias de esta Ley en los siguientes casos:
a) Utilización de la materia prima, los insumos o maquinaria importados bajo el sistema de beneficios, en fines distintos a la producción autónoma de comunicación social;
b) Quiebra o disolución de la empresa beneficiaria sin el previo dictamen del Ministerio público que confirme la fuerza mayor o la falta de culpa de la empresa social en el hecho;
c) Si la empresa social beneficiaria no desarrolla su programa de publicaciones dentro de los plazos y de los términos que consten en la solicitud presentada ante las autoridades de aplicación de los beneficios consagrados por la presente ley;
g) Cuando la empresa social beneficiaria no cumple sus compromisos contractuales en lo relacionado a derechos de terceros, previa calificación de culpabilidad por un tribunal
CAPITULO VII
Procedimientos.-
ARTICULO 16.- Las personas individuales o jurídicas que aspiren a obtener los beneficios de esta Ley presentarán su solicitud a la Autoridad de Aplicación, con los datos y requisitos que determinan el respectivo reglamento
CAPITULO VIII
Disposiciones Finales
ARTÍCULO 17.-  La Autoridad de aplicación reglamentará la presente ley en el término máximo de ciento ochenta (180) .

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MU 212: El fin de un mundo

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MU 212: El fin de un mundo

MU en Tierra del Fuego: todo lo que se ve desde el sur del sur y nos ayuda a entender qué representa Argentina en el mapa geopolítico mundial. Un puerto intervenido, importaciones que matan a la industria, explotación sin control de recursos naturales. La puerta a la Antártida y el significado de Malvinas: lo que está en juego en tiempos de guerra.




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El principio de todo: MU en Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Javier Milei intervino el puerto de Ushuaia sin provocar un rechazo opositor visible. Un sitio clave en la geopolítica y a la vez una caja de 30.000 millones de pesos anuales que mezcla industria marítima, turismo, y la puerta a la Antártida. Los testimonios sobre la falta de control . Hablan el gobernador, funcionarios, trabajadores, ex combatientes. Trump y el misterioso avión, China y los acuerdos, Gran Bretaña adentro, la forma de la crisis y la resistencia contra el vaciamiento de un país.

POR FRANCISCO PANDOLFI




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El industricidio: Crónica desde el polo fabril de Río Grande


Un predio lleno de fábricas vaciadas. Trabajadores organizados resistiendo al desempleo, la apertura de las importaciones y la reducción de aranceles de promoción en una provincia que de 16.000 obreros pasó a tener 6.400. Una política que golpea a empresas de todos los tamaños y rubros: tecnológicas, textiles, metalúrgicas, electrodomésticas y electrónicas. Y todo esto sin que todavía se aplique la reforma laboral. Las propuestas para que los propios trabajadores se hagan cargo de las empresas en crisis. Los gestos de solidaridad, las donaciones de quienes todavía tienen empleo, el bingo provincial y cómo se va recuperando desde abajo una idea de hermandad para enfrentar estos tiempos.

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A contracorriente: La lucha fueguina frente a la industria salmonera

De espaldas a la sociedad y bajo presión del gobierno nacional, la Legislatura fueguina (la misma que en 2021 votó en contra) aprobó un proyecto que permite la instalación de megafactorías marítimas del salmón, uno de los productos que más se exportan al mundo. El impacto ambiental es conocido y hay un ejemplo cercano en la vecina Chile: peces hacinados, contaminación por antibióticos y heces, destrucción de otras especies, y una precarización total de las condiciones de trabajo. El cuadro de situación ante un “pescado químico”, la lucha de la asamblea, y el gobernador que responde sobre los principales contrapuntos.

POR FRANCISCO PANDOLFI




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Agroecología en el principio del mundo: El modelo Panchito

Cultiva alimentos y medicinas en medio de temperaturas extremas, sin venenos y con semillas propias: “Una semilla viva significa una familia sana”, dice el productor agroecológico Francisco Pancho Barria. Cosechas asombrosas, zanahorias de 3 kilos, nabos de 12, acelgas de metro y medio de alto. Cómo volver posible lo inimaginable con ideas simples, ancestrales, trabajo a conciencia y sentimiento. La política para la foto, el lugar de los niños, la idea de agacharse, y los números que muestran que la vida sana es, además, rentable. 

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Juan Rattenbach recoje el guante de su abuelo, autor del Informe Rattenbach que denunció a las jerarquías militares por los errores y delitos cometidos en Malvinas. El significado hoy, con Gran Bretaña ocupando el 25% de la superficie argentina. La Antártida y el Atlántico Sur en la geopolítica actual. El rol de Estados Unidos y China. El ataque a la industrialización fueguina. Dos cuestiones: ¿Cuál es nuestro centro geográfico? ¿Y cuándo nació el pueblo?

SERGIO CIANCAGLINI




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Efecto Trump: Valeria Carbone y su mirada sobre EE.UU.

Es doctora y docente de la Cátedra de Historia de los Estados Unidos en la UBA y en la UNLP. Integra grupos de trabajo sobre EE.UU. en CLACSO y universidades en Alemania y México, además de coordinar programas de intercambio internacional. Y acaba de dictar un curso sobre el tema en MU. En esta entrevista explica las movidas de Trump intentando sostener un imperio en crisis en medio de una conflictividad que él mismo provoca o acompaña: Irán, China, Israel, petróleo, Ormuz, Venezuela, OTAN, Malvinas, Antártida. Y hasta el caso de Jeffrey Epstein.

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Decolonizar el presente: Walter Mignolo y el pensamiento decolonial

En medio de conflictos geopolíticos, disputas culturales y crisis del modelo occidental, el pensamiento decolonial nos recuerda una serie de preguntas fundamentales. Aquí, una conversación breve y magistral sobre la esfera pública, la organización social y las formas de acción colectiva vistas desde una perspectiva para ampliar, o retomar, los horizontes propios.

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Tierras raras: Florencia Levy, artista, y su trabajo sobre el litio

Trabaja con instalaciones visuales y materiales que representan y denuncian las distintas formas del extractivismo. Su trabajo sobre el litio es impactante, pero también investigó sobre el fracking en Vaca Muerta, el basurero del mundo en China y la relación entre el cáncer y el agronegocio en Entre Ríos, motivada por su padre oncólogo. Cómo hablar de temas que casi nadie conoce desde un video o una sala de exposiciones, y hacer algo para transformar miradas, sentimientos e ideas.

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Patagonia rebelde

Crónicas del más acá por Carlos Melone.




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Astrolo-guías: Elisa Carricajo y su nuevo libro sobre Tarot

Dramaturga, actriz y directora, plantea al Tarot como un objeto “popero” e invita a jugar y llenar de sentido ese lenguaje. Un modo de recuperar la espiritualidad capturada por el mercado, para sentir, entender y actuar en tiempos espantosos. Lo individual y lo comunitario. Los fantasmas y cómo imaginar un mundo mejor. Un libro que es un oasis y una invitación a re-pensar el arte y lo político, tirando las cartas.

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Documental a un año de la represión del 12 de marzo

Imagen sobreviviente: el fotógrafo, el hincha y la jubilada

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El 12 de marzo de 2025, hinchadas de fútbol se autoconvocaron para acompañar la marcha de jubilados y jubiladas. Ese día la violencia desplegada por Patricia Bullrich hirió gravemente a Pablo Grillo, Beatriz Blanco y Jonathan Navarro. Este corto documental de Cooperativa Lavaca vuelve a esa jornada y a una imagen de solidaridad que sigue sobreviviendo.

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MU 211: Método Pablo

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MU 211: Método Pablo

Todo lo que le salvó la vida a Pablo Grillo, fotorreportero herido tras un disparo de Gentarmería hace un año. Lo que enseña su pelea contra la muerte, que terminó ganando gracias a la solidaridad y una red de salud pública y afecto que sigue viva.




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Pablo Grillo: Salvar la vida

¿Qué le salvó la vida al joven fotógrafo atacado por la Gendarmería? La gente que lo ayudó tras el disparo, la que lo atendió cuando se preveía que lo suyo era quedar en estado vegetativo. Los familiares y amigos: la red que estuvo en los momentos más difíciles y armó un mapa de cuidados para salir con solidaridad y energía de la violencia y la oscuridad. Detalles de casi un año destinado a volver a ver esa sonrisa. La recuperación continúa: la vida le ganó a la muerte. Compartimos el QR para releer en lavaca.org la primera entrevista periodística brindada por Pablo. LUCAS PEDULLA




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El bordado: Beatriz Blanco, la “jubilada patotera”

Fue agredida por un policía y cayó de nuca al asfalto durante una manifestación de jubilados. La escena se hizo viral como símbolo de la represión de cada miércoles. Beatriz pensó que había muerto pero sobrevivió al golpazo. Una causa instruida por la jueza Servini de Cubría avanza para condenar al policía que la atacó. Fue acusada por Bullrich de “jubilada patotera” y ella lo lleva con orgullo en una remera creada por sus hijas. Tiene 83 años, sigue yendo a la Plaza con su bastón y sus reclamos por una vida digna, y hace bordados para reflejar cosas alegres. LUCAS PEDULLA




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Renacer es posible: MU en Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur

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