#NiUnaMás
El femicidio de Giselle en el banquillo: las cartas de la violencia
Por Lucrecia Raimondi
La primera audiencia del debate en el Tribunal Oral Nº 17 inició con la declaración del acusado. Carlos Leal sostuvo su versión de que su arma se disparó después de haber sido empujado por ella de la escalera que conducía al entrepiso del domicilio conyugal, en el barrio San Cristóbal, y que en la caída se le escapó un tiro. Leal estaba al pie de la escalera; Giselle, parada en el descanso de la que era la habitación de su hija de seis años. Gravemente herida, intentó protegerse y pedir ayuda.
Una cámara en la calle Cochabamba al 2.300 registró a Leal saliendo de su edificio con una mujer en brazos y subirla a un auto en el asiento del acompañante. Giselle llegó agonizando al Hospital Churruca Visca. Un policía que estaba de servicio en la guardia declaró que Leal la había llevado porque “habían tenido una discusión con forcejeo escapándosele un disparo la cual tuvo como resultado herida de arma de fuego en el tórax hacia la esposa”. Giselle murió a las 7.30 y Leal quedó detenido con prisión preventiva en el penal de Marcos Paz.
La violencia evidente
En el allanamiento se secuestraron alrededor de 500 cartas, notas y manuscritos, la gran mayoría escritos por Leal, que datan de 2002/2003, donde él mismo dice que se arrepiente de “levantarle la mano” y reconoce que ejercía violencia física y verbal. También, en un cuaderno, Giselle escribió en siete puntos sus sentimientos respecto a la relación y los miedos que tenía de terminar el matrimonio con Leal.
Haydee Vasco (madre), Leandro Martín (hermano) y Cynthia Urbini (prima) confiesan que notaban que la relación entre Leal y Giselle era conflictiva: que discutían por temas de celos, que peleaban mucho, que él se ponía muy nervioso y se tornaba muy agresivo, tanto verbal como físicamente. “Tenían peleas, bastantes, por lo que yo sé de Giselle», cuenta a lavaca la prima de la víctima. «Él siempre fue muy agresivo, muy violento, hasta para hablar era una persona muy prepotente, soberbia: ya de simple vista lo notabas”. Cynthia mantenía un contacto fluido su prima ya que llevaban a sus hijas al mismo jardín de infantes.
Haydee Vasco, madre de Giselle, mencionó en etapa de instrucción que su hija le había relatado que en una ocasión Leal le había arrojado un objeto que terminó impactando en el rostro de su nieta que tenía cinco años.También una vecina de la vivienda contigua a la del matrimonio declaró que había días que se escuchaban discusiones de sus vecinos. “Era una relación que venía de hace años con discusiones y peleas bastante fuertes. Siempre fue algo verbal, pero la verdad que uno no se imaginaba un desenlace de esta manera”, refirió Leandro, hermano de Giselle, a Revista MU.
Entre las pruebas que recolectó la Justicia, se encuentran mensajes del 9 y 10 de junio de 2018 enviados a su prima, tan solo un mes antes del femicidio, que ponen de manifiesto la violencia ejercida por Leal sobre Giselle:
“No sé cuando mierda le voy a poner punto final a toda esta basura. Si no sabes lo
mal q lo pasé todo el dia. Con unos nervios terribles.” (SIC);
“Me empezó a insultar y decirme q soy la madre. Eso y más. Bueno no te jodo más
siempre con los mismos kilombo de siempre. Ojalá se terminen pronto” (SIC);
También, a través de Facebook, Giselle expresaba en parte los malos tratos que sufría y compartía mensajes que hacían referencia a relaciones sentimentales violentas. En especial, el 18 de julio de 2016 compartió una publicación que dice:
“La persona inmadura no sabe amar. Y tampoco sabe lo que quiere en la vida. Un día te ama y al otro día te odia. Te insulta, te agrede. Luego se arrepiente, pide perdón, promete cambiar, te enamora, tú te ilusionas…y te vuelve a lastimar. Pero nunca es tarde para liberarte y volver a vivir” (SIC).
No fue un accidente
Las pericias mostraron que el disparo Leal lo efectuó a una distancia mayor a los cincuenta metros y la bala que acabó con la vida de Giselle Martín “ingresó de abajo hacia arriba, en un ángulo aproximado de 45º con trayectoria ascendente”. El informe de la autopsia expuso que también tenía lesiones en las piernas, las rodillas y un pecho, indicadores de que Giselle se encontraba expuesta a violencia física por parte de su marido.
De la versión presentada por Leal al TOC 17 y al policía de turno en el Hospital Churruca, tanto la querella como la fiscalía entienden que el acusado de femicidio “intentó colocar su conducta en el terreno de un actuar imprudente”. ¿Puede argumentar seriamente una imprudencia en la utilización de su arma?
Carlos Leal era de la División Perros de la Policía de la Ciudad y tenía más de 15 años de servicio en la fuerza. Recibió entrenamiento en el uso de armas de fuego. Asesinó a Giselle con su arma reglamentaria, que fue encontrada sin el seguro colocado, lo que a las partes acusadoras les permitió presumir que Leal “debió quitarlo y sólo después pudo ejecutar el disparo con la pistola apuntando en dirección al pecho de la víctima”.
También la versión del forcejeo y el disparo “accidental” quedó desvirtuado en el avance de la investigación en instrucción: “La posición de los indicios balísticos, las características del inmueble y los resultados del informe de autopsia demuestran, en su análisis conjunto, que el disparo se ejecutó a cierta distancia, indudablemente mayor a la del forcejeo cuerpo a cuerpo. Y se han probado los antecedentes de violencia física y verbal ejercidos contra Giselle, lo cual permite comprender el móvil que guió la conducta del acusado, incompatible con la imprudencia que sugiriera”.
Acusado por femicidio
Carlos Maximiliano Leal está acusado de homicidio doblemente agravado por haber sido cometido contra su cónyuge y por haber sido perpetrado por un hombre a una mujer, habiendo mediado violencia de género, lo que en el lenguaje internacional del derecho en materia de derechos humanos se califica como femicidio íntimo.
Explícitamente, en este caso, hay múltiples elementos de prueba constatados que corresponden a lo que cita el Modelo de Protocolo Latinoamericano de Investigación de las Muertes Violentas de Mujeres por Razones de Género que expone indicadores de un hecho de femicidio íntimo.
Los hechos se caracterizan por: violencia excesiva, probados en los hallazgos de la autopsia, las cartas y los mensajes; se lleva a cabo normalmente en el domicilio de la convivencia, tal como se ha verificado; se utilizan armas caseras o que estén fácilmente disponibles para el agresor, como el arma de fuego reglamentaria que portaba Leal; las heridas son aplicadas en lugares vitales, en este caso el pecho; suelen surgir indicadores de violencia previos de entrevistas en profundidad con familiares y conocidos, que en el femicidio de Giselle todo su círculo puede dar testimonio; entre otros indicadores.
El debate oral y público será frente al TOC 17, con los jueces Pablo Vega, Gustavo Valle y presidido por Juan Giudice Bravo. La representación del Ministerio Público Fiscal está a cargo de Gustavo Gerlero. Y la querella es representada por el Programa de asistencia y patrocinio jurídico a víctimas de delitos de la Defensoría General de la Nación, a cargo de Pablo Rovatti, y con la intervención conjunta en el juicio de Esteban Galli.
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Mayo 2026: Por qué el Estado es responsable de los femicidios

En lo que va de este año ya sufrimos:
95 femicidios y travesticidios
95 tentativas de femicidios
66 infancias quedaron huérfanas como consecuencia de estos crímenes
97 marchas se realizaron para exigir justicia
60 funcionarios fueron denunciados por violencia de género.
59 mujeres y niñas fueron reportadas desaparecidas.
5 crímenes en investigación están sospechados de femicidios.
En cada uno de nuestros padrones se puede acceder a los datos de los casos que componen estas cifras que expresan una realidad: la máquina de la violencia femicida. Interpretarlos en su complejidad es una tarea que la antropóloga mexicana Julia Monarrez define como “la hermenéutica social del sufrimiento” que pone de relieve “las formas en que las fuerzas sociales más amplias se unen para arruinar las vidas humanas individuales”. Entre esos signos a desentrañar el negacionismo de Estado es parte central.
El elemento que caracteriza al femicidio es la tolerancia y minimización estatal de la problemática. La impunidad con la que actúan los homicidas contiene un mensaje implícito de permisividad social a través de las múltiples formas en las que acciona el aparato del Estado –policías, fiscalías, funcionarios- y, en los momentos actuales, explícito en los discursos que emiten las más altas autoridades que encarnan su representación. Así, las formas de hacer y de no hacer que caracterizan al Estado abonan estos crímenes, tarea que se completa con la negación de su responsabilidad.
Ejemplos concretos de los que fuimos testigos este año:
- Córdoba: “No hacemos ninguna autocrítica”, sintetizó el fiscal Raúl Garzón en la conferencia de prensa donde anunció el hallazgo del cuerpo destrozado de Agostina Vega, la adolescente de 14 años buscada desesperadamente durante una semana por su familia, amigas y vecinas. El fiscal demoró cinco días en aplicar el protocolo obligatorio de alerta y cinco también en allanar la casa del principal implicado, pese a tener información fehaciente sobre su identidad, dirección y participación desde el mismo momento en que desapareció la menor. El imputado por el femicidio de Agostina ya tenía una condena por privación de la libertad agravada, pero el fiscal interviniente le otorgó la libertad condicional.
- Mar del Plata: La defensora del femicida de Lucía Pérez atacó a los gritos a la mamá de la víctima durante la audiencia de cesura que la Cámara de Casación bonaerense obligó a realizar al cambiar el delito de femicidio por el de violación agravada. En tanto, el otro implicado fue beneficiado primero con libertad condicional, pero la Cámara ordenó su revocación, aunque su regreso a prisión está pendiente en un laberinto de apelaciones. A casi diez años del crimen de la adolescente de 16 años que motivó el primer paro de mujeres el trámite judicial está, en los hechos, como el primer día: culpabilizando a la víctima por su asesinato, torturando a su familia y negando la figura penal, en beneficio de las estadísticas.
- Córdoba: El cuerpo de Cecilia Basaldúa fue, finalmente, encontrado en una fosa común, a seis años de su femicidio. La familia se enteró que no estaba en la morgue judicial cuando solicitó realizarle una pericia de parte. Nunca fueron notificados que la fiscalía había trasladado el cuerpo al cementerio sin su autorización.
- San Juan: “Siempre estamos abiertos a dialogar con la defensa para acordar un juicio abreviado”, declaró a la prensa el fiscal Emiliano Pugliese encargado de investigar el asesinato de Camila Nicole Bijinai, víctima de una balacera desatada el 4 de octubre de 2025 en la provincia de San Juan. Su crimen no fue calificado de femicidio, por lo cual las estadísticas de ese año –dadas a conocer hace apenas unos días- señalan que en esa provincia no se produjeron femicidios, a pesar de que toda la dolorosa jurisprudencia producida por las víctimas de balaceras en Rosario indican lo contrario. El dato importante: la tipificación penal de femicidio no admite los juicios abreviados. Evitar esa caracterización es una tendencia que alienta la impunidad, tal como ya sufrió la familia de la periodista Griselda Blanco, asesinada en Corrientes en 2023. Tampoco Griselda formó parte de las estadísticas de ese año y por eso mismo su femicida gozó de un juicio abreviado.
Los cuatro casos tienen un denominador común: son crímenes que nuestro Observatorio ha denominado “femicidios territoriales”. Se trata de femicidios que no se ajustan a los modelos epistémicos tradicionales de la teoría de género y que no hablan de vínculos de pareja e intimidad, sino de tramas de narcocriminalidad e impunidad territorializadas, con participación de agentes estatales, tales como policías, agentes penitenciarios, fiscales y funcionarios. Participación activa, en tanto que genera condiciones de posibilidad para estas muertes en esos territorios; y también participación concreta, al garantizar y perpetuar la impunidad de esos femicidios, demorando su investigación, falseando pruebas, entorpeciendo y eternizando procesos judiciales y criminalizando a las víctimas y sus familias. Marta Montero, madre de Lucía Pérez, prefiere llamarlos “narcofemicidios”. Sumamos a este concepto la referencia al territorio porque quizá nos permita enfocar los factores que los producen: los narco-femicidios se originan en narco-territorios concretos en los cuales la actividad delictiva ya cuenta con impunidad estatal.
Para poner en contexto los datos de femicidios que sufrimos en Argentina es conveniente analizar las estadísticas que realiza la Comisión Económica para América Latina (CEPAL) de Naciones Unidas con las tasas que informan las fuentes oficiales de todos los países de América Latina:[1]
| AÑO | ARGENTINA | MÉXICO | CHILE |
| 2015 | 1.100 | O.700 | 0.400 |
| 2016 | 1.100 | 1.00 | 0.400 |
| 2017 | 1.100 | 1.200 | 0.500 |
| 2018 | 1.100 | 1.400 | 0.400 |
| 2019 | 1.100 | 1.500 | 0.500 |
| 2020 | 1.100 | 1.500 | Sin datos |
| 2021 | 1.000 | 1.600 | 0.400 |
| 2022 | 1.000 | 1.500 | 0.100 |
| 2023 | 1.100 | 1.300 | 0.400 |
| 2024 | 0.95 | 1.180 | 0.400 |
| 2025 | 0.85 | 1.080 | 0.46 |
La tasa expresa cuántos femicidios sufren estos países por cada cien mil mujeres mayores de 15 años. El femicidio de Agostina, por ejemplo, no formaría parte de esta ecuación.
Finalmente, queremos señalar que la escena del crimen de Agostina Vega que hoy nos está interpelando es la misma que se repite en las periferias urbanas de todo el país. Familias agobiadas por el multiempleo vecinas de familias rotas por el desempleo y el narcomenudeo. El Estado allí está muy presente, pero solo en su peor forma: la policía, que controla todos los movimientos, dejando hacer y dejando no hacer en una balanza que siempre se inclina hacia la impunidad de la criminalidad, que está organizada en eslabones muy débiles. Ningún capo narco vive allí y ninguna familia está preparada para soportar las consecuencias. En cada casa se sobrevive como se puede. Hasta que no.
Tal como señala Julia Monarrez, antropóloga mexicana y creadora del concepto “femicidio sistémico” para analizar, erradicar y prevenir esta violencia es necesario “concebir una unidad entre el sufrimiento individual de víctimas y familiares de víctimas, y las estructuras económicas, políticas y sociales que lo sostienen, requiere tener en cuenta que feminicidio es una palabra potente. Si dejamos de pensarla solo como producto de una relación cultural, que jerarquiza las relaciones desiguales entre hombres y mujeres en detrimento de ellas, y la comprendemos como una palabra capaz de describir los diferentes sistemas políticos, sociales y económicos que actúan en contra de la vida de las niñas y las mujeres, entonces podemos pensarla como una palabra antisistémica que denuncia los diferentes ensamblajes de opresión”. Y de esa opresión el Estado es responsable: todo femicidio es evitable.
[1] https://statistics.cepal.org/portal/cepalstat/dashboard.html?theme=4&lang=es
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La escena del crimen

Por Claudia Acuña
Como si fuera una respuesta de la realidad a las cifras, veinticuatro horas después de difundirse los datos oficiales que afirmarían la baja de femicidios, el cuerpo de Agostina Vega, de apenas 14 años, expone por qué el Estado es responsable de estos crímenes.
La escena del crimen de Agostina es la misma que se repite en las periferias urbanas de todo el país. Familias agobiadas por el multiempleo vecinas de familias rotas por el desempleo y el narcomenudeo. El Estado allí está muy presente, pero solo en su peor forma: la policía, que controla todos los movimientos, dejando hacer y dejando no hacer en una balanza que siempre se inclina hacia la impunidad de la criminalidad, que está organizada en eslabones muy débiles. Ningún capo narco vive allí y ninguna familia está preparada para soportar las consecuencias. En cada casa se sobrevive como se puede. Hasta que no.
Estamos entonces en el barrio Cofico, en las periferias de Córdoba Capital. En ese escenario el 5 de mayo de 2025 los vecinos vieron escapar corriendo de la casa de Claudio Barrellier -33 años, empleado en una agencia de seguridad que presta servicios a la municipalidad- a una joven desnuda y con las manos atadas. Llevaba puesta solo la bombacha y gritaba desesperada “Ayúdenme”. En el negocio de enfrente le dieron una remera para que se cubra. Llamaron a la policía y llegó el patrullero. Por ese acto de violencia Barrellier fue procesado por privación ilegítima de la libertad calificada y estuvo detenido veinte días. Al concederle la excarcelación, el juez interviniente le impuso una fianza y una serie de obligaciones. Entre ellas figuraba la presentación mensual ante la fiscalía, una condición que cumplió hasta mayo de este año. Se suma así el rol que cumple en estos casos el Poder Judicial, otra vez el Estado.
El sábado 23 de mayo Agostina salió de su casa a las 22.30 para encontrarse con él. Ariel, el remisero que la trasladó declaró que le llamó la atención que una chica de su edad viajara a esa hora hacia una zona considerada peligrosa y le preguntó el motivo. Agustina respondió que iba a encontrarse con el novio de su mamá. El motivo: iban a hacerle un regalo sorpresa. El remisero fue el último en verla con vida: Agostina desapareció.
Su cuerpo fue hallado una semana después en los pastizales de Ampliación Ferreyra.
Al conocerse la noticia las y los vecinos rodearon la comisaría, cortaron las calles y quemaron gomas. Señalaron así a quien consideran también responsable de su crimen: el Estado.
Tal como señala Julia Monarrez, antropóloga mexicana y creadora del concepto “femicidio sistémico” para analizar, erradicar y prevenir esta violencia es necesario “concebir una unidad entre el sufrimiento individual de víctimas y familiares de víctimas, y las estructuras económicas, políticas y sociales que lo sostienen, requiere tener en cuenta que feminicidio es una palabra potente. Si dejamos de pensarla solo como producto de una relación cultural, que jerarquiza las relaciones desiguales entre hombres y mujeres en detrimento de ellas, y la comprendemos como una palabra capaz de describir los diferentes sistemas políticos, sociales y económicos que actúan en contra de la vida de las niñas y las mujeres, entonces podemos pensarla como una palabra antisistémica que denuncia los diferentes ensamblajes de opresión para las mujeres.”
Por eso mismo, nos vemos en las calles este miércoles.
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Lucía Pérez: la lucha para que al femicida Matías Farías no le bajen la condena

(por Evangelina Bucari desde Mar del Plata, para lavaca)
Casi una década después del crimen que conmocionó a la Argentina y dio origen al primer Paro Nacional de Mujeres, el caso de Lucía Pérez enfrenta un nuevo capítulo judicial y otra instancia de revictimización para su familia, que ya atravesó todo tipo de maltratos en la búsqueda de justicia por el narcofemicidio de su hija de tan solo 16 años. (Foto de portada, Marta Montero y Guillermo Pérez, padres de Lucía, junto al abogado Juan Pablo Gallego)
En los tribunales de la calle Almirante Brown, en Mar del Plata, se lleva adelante una audiencia de cesura, un proceso de dos jornadas para determinar una nueva pena para Matías Farías, condenado por femicidio pero beneficiado el año pasado por un polémico cambio de carátula que hora le permitirá recibir una sentencia significativamente más baja que la prisión perpetua que cumplía.
Tras un primer día (el miércoles 29 de abril) marcado por las declaraciones testimoniales que buscaron trazar el perfil del condenado y el impacto del crimen, la segunda jornada estará centrada en los alegatos finales de las partes.
El eje de la controversia radica en un fallo de 2025 de María Florencia Budiño y Víctor Violini, integrantes del Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires, quienes resolvieron que el asesinato de Lucía no constituyó un femicidio, sino un “abuso sexual agravado”.
Esta reconfiguración del delito tiene consecuencias directas en la condena: mientras que el femicidio conlleva prisión perpetua, la nueva carátula reduce el rango de la pena a un espectro de entre 8 y 20 años de prisión.
La querella, encabezada por el abogado Juan Pablo Gallego, adelantó que tanto la fiscalía como ellos pedirán la pena máxima posible. Sin embargo, aclaró que también plantearán una vía alternativa: “De manera subsidiaria, vamos a sostener la figura de femicidio, porque entendemos que la orden de Casación ha quedado abstracta”.
Sobre lo ocurrido en la primera jornada, el abogado destacó que “solo declararon los padres de Lucía”, y que Marta Montero, la madre, “tuvo una posición muy categórica, responsabilizando al Estado por el daño que viene padeciendo la familia”.
Gallego también cuestionó con dureza a la defensa: “Presentaron dos testigos falsos que terminaron en un papelón, en un contexto de muchísimo agravio hacia la víctima”. Pese a ese escenario, aseguró que la querella se retiró conforme con el desarrollo de la audiencia y con expectativas de cara a los alegatos finales.
En medio de esta tensión, la causa sumó otro giro relevante. Juan Pablo Offidani, condenado como partícipe secundario, vio revocada su libertad condicional hace apenas unos días. La Cámara de Apelación y Garantías hizo lugar al recurso del fiscal y la familia, y determinó que no se cumplían las condiciones para su excarcelación.
Offidani, quien inicialmente había sido beneficiado con la libertad tras pasar nueve años detenido, ahora deberá someterse a un régimen de semilibertad estrictamente supervisado, con salidas diurnas limitadas y la prohibición absoluta de acercarse a menos de 200 metros de la familia Pérez Montero.

En la puerta del juzgado, familiares y manifestantes con el abogado Juan Pablo Gallego, que explica:“Estamos ante un caso en el que, por motivos que se desconocen o por relaciones de poder, se busca beneficiar a una persona claramente identificada como autor de un crimen que el Código Penal define como femicidio”.
Ni un paso atrás
La defensa de la familia Pérez Montero advirtió que si el tribunal local no convalida la gravedad del crimen y el perfil peligroso del condenado, recurrirán a la Corte Suprema o incluso a instancias de justicia internacional.
En cuanto a los fundamentos del fallo que modificó la calificación del caso, Gallego fue contundente: “En casi todos los párrafos, la propia Casación reconoce que se trata de un delito en un contexto de violencia de género, por lo que no se entiende el motivo de haber descartado el femicidio”.
En esa línea, vinculó la decisión con una coyuntura política específica: “En ese momento –señaló– se hablaba de eliminar la figura del Código Penal, cosa que finalmente no ocurrió”. De todos modos, se mostró confiado en que esa interpretación pueda revertirse.
Fue enfático en afirmar que desde la familia “no vienen a inventar una verdad”, sino a mostrar que los hechos probados encajan perfectamente en la figura que intentó “borrar” la Cámara de Casación. “En la audiencia de cesura volvió a quedar acreditado, como en todas las resoluciones y los juicios, que inequívocamente existió femicidio”, remarcó el abogado. Por eso, consideró que “estamos ante un caso en el que, por motivos que se desconocen o por relaciones de poder, se busca beneficiar a una persona claramente identificada como autor de un crimen que el Código Penal define como femicidio”.
Marta, que desde el día uno no dejó de luchar por su hija y “por todas las Lucías”, tiene una pregunta muy sencilla para hacerle a la justicia: “Si lo que le hicieron a Lucía no es femicidio, ¿entonces qué es?”.
Cronología de 10 años de impunidad y lucha
2016: Lucía es drogada, violada y asesinada el 8 de octubre. Las pericias forenses confirmaron que la última penetración anal infligida a Lucía ocurrió mientras ella agonizaba. Tenía rastros de drogas en su sangre.
2018: un primer juicio «misógino» absuelve a Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel, los tres implicados en la violación y el femicidio de Lucía, condenándolos solo por venta de drogas.
2020: Casación anula ese juicio por contener «intolerables prejuicios de género».
2023: en un segundo juicio, Farías es condenado a perpetua por femicidio. Y Juan Pablo Offidani recibió la pena de 15 años de prisión por resultar partícipe secundario del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el suministro de estupefacientes, y Alejandro Maciel, no recibió condena porque había fallecido en 2020.
2025: Un nuevo fallo de Casación “borra” el femicidio, e impone una audiencia de cesura para revisar la condena de Farías.
29 y 30 de abril de 2026: se desarrolla la audiencia de cesura.

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