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Informe Alerta Argentina. La política de seguridad ciudadana. Caso testigo: la ciudad de Córdoba

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La ciudad de Córdoba constituye un espacio en el cual, al igual que en el resto del país, la problemática de la seguridad ocupa un lugar central en el debate público. La política de seguridad puede ser leída como uno de los ejes de planificación de la política pública del gobernador José Manuel De la Sota: la criminalización de la pobreza y la limpieza de la ciudad, a través de la relocalización de villas (presentados como creación de viviendas), el aumento exponencial del presupuesto policial y la creación del cuerpo especial de la Policía denominado Comando de Acción Preventiva.
Este informe se concentra en el accionar de las dos fuerzas de seguridad de la Provincia, la Policía y el Servicio Penitenciario a través de la presentación de dos líneas de trabajo que se vienen desarrollando en la ciudad por un conjunto de organizaciones sociales: la situación carcelaria en Córdoba, a través del caso del Motín en el Penal de San Martín en febrero de 2005; y la multiplicación de detenciones arbi-trarias a partir del uso de un Código de Faltas que vulnera derechos constitucionales básicos y permite un uso discrecional por parte de la policía de la provincia en función de la política de Seguridad. El importante aumento de presupuesto policial y de la implementación de una política fuer-temente represiva sobre los pobres, culmina en la elaboración de una Nueva ley de Seguridad que no contempla derechos básicos de los ciudadanos y profundiza la represión, marginación y estigmatización sobre los pobres, naturalizando la relación entre pobreza y delito.
La política de seguridad, elaborada con el asesoramiento del Manhattan Institute, sigue las pautas de la doctrina de la Tolerancia 0: una política que apunta al delito callejero, entendido como reflejo de la «corrupción moral» de una sociedad. De allí que reclame la intensificación del castigo al pequeño delito y a las infracciones menores. Estas políticas profundizan la selectividad del sistema penal, es decir, el hecho de que son los pobres quienes hoy llenan las cárceles de Córdoba. Al disociarse las causas estructurales que originan el delito, son los pobres quienes permanentemente son clientes de la Justicia por delitos menores.
La traducción de esta política a la política policial quedó clara en las denuncias publicadas por el diario La Mañana de Córdoba, donde aparecen las detenciones arbitrarias como condición para demostrar la «eficiencia» de la institución policial. «Por primera vez, policías admiten que hay órdenes expresas de «levantar a gente en las calles para abultar las estadísticas internas. La exigencia mínima es lograr de cinco a siete «contraventores» por patrulla y por turnos. Los que no cumplen, son sancionados con más horas de trabajo» . Las cifras de las estadísticas policiales hablan de la multiplicación de las detenciones por contravención en los últimos 3 años. Durante la primer mitad del año 2005 se realizaron 8.978 detenciones a través del Código de Faltas, mientras que en el año anterior, completo, se registraron 5.201 .
Esta situación, que multiplica el número de personas detenidas, junto al desen-tendimiento del Estado respecto de su responsabilidad sobre las condiciones y situación de quienes están presos -como parte de la sistemática política de implementación del neoliberalismo durante los ´90- ha sido clave para comprender el estallido que significó la rebelión del Penal de San Martín durante el mes de febrero de este año. Las condiciones de extremo hacinamiento , la vulneración de derechos básicos de quienes están presos a través del incumplimiento de la Ley Nº 24660, entre otras causas, desencadenaron uno de los hechos más importantes en la historia de la institución penitenciaria en la provincia.
En este marco, la respuesta del Gobernador de la Provincia dejó planteada con claridad su idea respecto de los problemas vinculados a la situación carcelaria y al lugar de la cárcel en la sociedad. En declaraciones del 10 de febrero, a horas de iniciado el motín, dijo: «El que va preso en Estados Unidos no tiene ningún derecho. Los presos son presos, no tienen visitas sexuales como en Argentina, o teléfonos públicos que algunos utilizan para hacer secuestros virtuales. Esa no es la rigurosidad que hay en Argentina en virtud de que nuestro país adhirió al Pacto de San José de Costa Rica», y remató: «El Pacto de San José de Costa Rica les concede algunos derechos que les dan algún margen de maniobra.» De este modo, el respeto de los derechos humanos es un problema para la política penal en la provincia, derechos que a su parecer son sólo para algunos: «Soy el Gobernador de todos los cordobeses, y lo soy para garantizar los derechos humanos de los que trabajan, de las familias, de los decentes.»
El Motín del 10 de febrero en el Penal de San Martín:
Las imágenes del Motín recorrieron el país, sin que existan demasiadas claves para comprender cuáles fueron los hechos, las causas y las consecuencias de la toma del Penal por más de 24 horas, en la que los presos tuvieron el control del establecimiento, de las armas del Servicio Penitenciario y donde las muertes que se registraron se produjeron afuera del Penal por parte de la Policía .
La situación previa: superpoblación carcelaria, condiciones de vida en el Penal e incumplimiento de la Ley Nacional Nº 24660.
Teniendo en cuenta la población penitenciaria del país en Diciembre de 2004, la Provincia de Córdoba ocupaba el tercer puesto con respecto a la cantidad de personas presas: 5.661. Superada sólo por el Servicio Peniten-ciario de la Provincia de Buenos Aires y el Servicio Penitenciario Federal.
Según las estadísticas del propio Servicio Penitenciario Córdoba (SPC) en mayo de 2005 había en toda la provincia una población penitenciaria total de 5.823 personas alojadas en estable-cimientos que tenían una capacidad total para albergar a 3.432 detenidos. En el caso del establecimiento penitenciario N° 2 de San Martín (Condenados, varones mayores de la capital) había 1.621 personas en un establecimiento que el SPC declara que tiene una capacidad real para alojar 850 personas . Esto representa para este establecimiento una sobrepoblación del 91%.
Según estos datos, en Córdoba existían en 2005, 5.823 presos alojados en cárceles que tienen una capacidad real de 3.432 plazas, existiendo en consecuencia una sobrepoblación de 2.391 internos. Los datos oficiales señalan que la situación de hacinamiento varía según el establecimiento, pero en general se puede observar una sobrepoblación del 70%. Las diferencias entre establecimientos también mere-cerían una lectura más profunda. Aquí no intentaremos realizar esta lectura, sólo nos limitaremos a señalar que los dos únicos establecimientos donde no se verifica sobrepoblación, corresponden a las unidades con modalidades menos coercitivas de detención: el estable-cimiento de semilibertad (EP 9) y el establecimiento abierto (EP 4).
Ni siquiera la moderna cárcel de Bouwer (donde se alojan los procesados) escapa a los problemas de sobrepoblación: en esta cárcel «modelo» ya se han construido camas cuchetas en espacios diseñados para alojar una sola persona.
Es de destacar que la edad promedio de las personas detenidas en las cárceles de Córdoba es de entre 23 y 27 años. El 95% son hombres y el 90% tenía residencia urbana al momento de su detención. El 88% de estas personas estaba desocupada o era trabajador de tiempo parcial (la mayoría changas) al momento de su ingreso a prisión. Con relación al nivel de instrucción, el 6% de los presos de la provincia son anal-fabetos, el 30 % no han finalizado la escuela primaria y el 40 % sólo ha logrado completar el nivel primario de escolaridad.
El 52% está condenado y el 48% de los presos no ha recibido aún condena. Entre los condenados el 59% es al primera vez que cumplen una condena.
Sin embargo el problema del hacina-miento no es el único que existía en el penal antes de la revuelta de los presos. Es, sí, el más visible y el más obvio, pero quizá no el más grave. A la situación de hacinamiento y condiciones de inhabitabilidad absoluta de las instala-ciones de la cárcel, hay que sumar la situación de incumplimiento sistemático de la ley y por ende de violación sistemática de derechos de los presos.
– El derecho al trabajo: el régimen laboral del penal no garantiza lo establecido por la Ley de Ejecución Penal para el tratamiento criminológico. La retri-bución salarial se encontraba entre los $21 a $50 por trabajos que van de 10 a 40 horas semanales; sólo existían alrede-dor de 300 puestos de trabajo para 1.636 reclusos, relacionados en su mayoría con tareas direc-tamente vinculadas al funcionamiento del estableci-miento penal (fajina, manteni-miento, limpieza) o con la atención de empleados y jefes de unidad (casina y cantina de los jefes). Es necesario destacar que la mayoría de los puestos de trabajo no están relacionados con las posibilidades laborales posteriores a la liberación.
– Inexistencia de Jueces de Ejecución: en la provincia de Córdoba no se ha implementado hasta la fecha la figura del Juez de Ejecución, cuya tarea es el control judicial de las condiciones en que se ejecutan las penas privativas de la libertad, alegando razones presupuestarias. Esta situación favorece las condiciones de ilegalidad y violación de derechos fundamentales que se vivía en el Penal antes del 10 de febrero (y que continúa), y se agudiza por la ausencia de control judicial de la ejecución de la Pena Privativa de la Libertad.
– La inconstitucionalidad de la (in) adecuación de la legislación provincial a la Ley nacional: la legislación vigente en Córdoba – que corresponde a la reglamen-tación de la Ley nacional Nº24660 que debían realizar las provin-cias- a pesar de la declaración de intenciones se aparta sustancial-mente de la misma, violando la jerarquía de leyes contemplada en la Constitución Nacional. Es así que deroga los capítulos 7 y 16 de la Ley Nacional, referidos al Trabajo y al Personal Peniten-ciario respectivamente. Esta derogación se realiza a través de un decreto del Poder Ejecutivo Provincial (1293/00) que también en sus anexos excede lo legis-lado a nivel nacional en materia disciplinaria a través de la introducción de sanciones no establecidas en la Ley, estable-ciendo una correlación entre faltas y sanciones que viola de modo explícito el principio de legalidad establecido en la Constitución Nacional.
El Motín:
La lectura que se hace respecto de lo sucedido en el Penal de Barrio San Martín es que no fue un motín organizado por los presos. La rebelión del 10 de Febrero cobró fuerza como una forma de denuncia pública y un reclamo explícito a la sociedad en su conjunto para que, como sociedad, conozca lo que sucede en el interior de la cárcel y se haga cargo de su responsabilidad al respecto.
Fue, sin duda alguna, un auténtico caso de ejercicio del derecho de resistencia ante la violación sistemática de derechos humanos de un sector de la sociedad que cotidianamente se ve vulnerado en los derechos más fundamentales de cualquier ciudadano de un Estado democrático.
Queremos destacar que las 8 muertes provocadas (5 reclusos, 2 guardia- cárceles y 1 policía) durante el Motín, se produjeron afuera del Penal, situación que da cuenta de la respuesta del Gobierno provincial a la situación.
La respuesta del Estado provincial
«No vamos a responder críticas infundadas; tenemos en claro lo que debemos hacer y lo estamos haciendo. Por eso estamos construyendo más cárceles que nadie.»
José Manuel De la Sota, 15 de febrero de 2005
Una vez desatada la rebelión el gobierno de la Provincia manejó la situación con total hermetismo, que se manifestó en el silencio y la falta de apertura al diálogo y a los ofrecimientos de diversos sectores de la sociedad para mediar en el conflicto por parte del Comité de Crisis que se constituyó a los pocos minutos del estallido. Frente al intento de los presos y de quienes intentaban mediar en el conflicto para lograr una salida pacífica y evitar la muerte de personas, el Gobernador dio a la policía la orden de «Tirar a matar»- como él mismo confirmó en una entrevista con Cadena 3-, provocando la muerte de 5 reclusos, 2 guardiacárceles y 1 policía de la provincia de las que el Gobernador De la Sota es directamente responsable.
En esa misma entrevista radial el Gobernador hizo declaraciones que dan cuenta de lo peligroso de su concepción restrictiva de los derechos humanos y la ciudadanía, desconociendo y cuestionando el Pacto de San José de Costa Rica incorporado con jerarquía constitucional en la Reforma de1994. En esa oportunidad señaló: «Soy el Gobernador de todos los cordobeses, y lo soy para garantizar los derechos humanos de los que trabajan, de las familias, de los decentes.» «No vamos a responder críticas infundadas; tenemos en claro lo que debemos hacer y lo estamos haciendo. Por eso estamos construyendo más cárceles que nadie.»
Queda claro, a partir de las declara-ciones del gobernador que la respuesta del Estado frente al reclamo de los presos por el estado de ilegalidad y violación sistemática de sus derechos, es sólo más cárceles y la negación de su calidad de ciudadanos y sujetos portadores de derechos.
En el ámbito de la Legislatura Provincial, se solicitó la interpelación del Ministro de Seguridad Carlos Alessandri para que diera cuenta de lo sucedido en el penal. Esta interpelación no pudo realizarse por la decisión del bloque de Legisladores de Unión por Córdoba de no someter a ningún ministro del ejecutivo a un procedimiento de este tipo.
Por otro lado se apartó de sus cargos a la anterior Jefa del Servicio Penitenciario, Lic. Graciela Lucientes de Funes, y al anterior Director del Penal de Barrio San Martín, Daniel Corso. Además se decidió la intervención del SPC designando interventor del mismo al Crio. My. Ricardo Bonaldi . Hasta la fecha, no se conocen los alcances de la intervención. Sólo se hizo pública la efectivización de 787 empleados penitenciarios que se encontraban en situación de contratados.
En el interior de la Penitenciaría, la respuesta ha sido la instalación de más rejas y el aumento de las restricciones y los controles para las salidas del pabellón. Los talleres de industria no se han vuelto a abrir; la panadería ha sido desmantelada y algunas versiones indican que no volverá a ser puesta en funcionamiento.
La respuesta de la Justicia
La investigación está a cargo del fiscal de instrucción Javier Paradaude, quien públicamente ratificó su decisión de investigar primero las causas de las muertes de los agentes de seguridad para luego pasar a investigar las causas de las muertes de los presos. El resultado de la misma lleva a la fecha la suma de 160 presos imputados por privación ilegítima de la libertad y/o robo calificado.
No hay ningún agente de seguridad imputado, a pesar de que se ha comprobado que, al menos, el guardiacárcel que iba en el camión es asesinado por balas de la Policía de la Provincia, en un acto de represión inne-cesario y alevoso, ya que no era imprescindible tirar a matar para impedir una fuga.
Además queremos resaltar que aún no hay resultados de la investigación por la muerte de 5 presos. Por el contrario, cuando la fiscalía solicita el archivo de la causa por la muerte del guardiacárcel Abregú, pide que se archive «el suceso histórico», suceso donde también murie-ron los reclusos. De este modo, queda clara su intención de no investigar la muerte de las otras 5 personas que murieron asesinadas en el mismo hecho.
Hasta ahora, la única causa donde se ha avanzado en la investigación tiene que ver con las denuncias concretas realizadas por vejaciones, tratos degradantes, apremios ilegales durante los sucesos de febrero en contra de los presos Esta es la única causa donde se ha avanzado en la investigación y la justicia estaría en condiciones de imputar por las torturas y vejaciones a que fueron sometidos los reclusos a un grupo de efectivos de la Policía de la Provincia de Córdoba (que cumplen funciones en la Alcaidía de Barrio Güemes) y del Servicio Penitenciario Córdoba.
Dentro de la justicia cordobesa el único magistrado que se hizo presente para verificar e interiorizarse del estado de los presos fue un camarista federal que se presentó en el penal para constatar la situación de los presos por causas federales. Al salir de la penitenciaría, el Dr. Pérez Villalobos realizó declara-ciones públicas absolutamente críticas y casi denunciantes sobre el estado deplorable en que se encontraban la población carcelaria y el propio edificio.
Recién dos meses después se presen-taron a requerimiento de los presos los jueces de cámara provincial, circuns-cribiéndose a sólo a recibir declaraciones testimoniales en oficinas sin ni siquiera recorrer algún pabellón para verificar el estado de los mismos, aduciendo causas de seguridad.
Nos interesa destacar cómo tanto las declaraciones del gobernador de la provincia, así como el ejercicio concreto del Poder Legislativo, su sostienen en una concepción de los presos como ciudadanos sin derechos, ya que para ellos no existe posibilidad de acceder a la Justicia.
Por otra parte, tal como se plante en la presentación del HABEAS CORPUS COLECTIVO CORRECTIVO el 11 de agosto de 2005 (Presentado por Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas), las condiciones de detención de los presos no sólo no han mejorado sino que han empeorado. A través de este recurso se solicita a la justicia que investigue si las condiciones de detención en las cárceles superpobladas de la provincia (4 o más personas en una celda de 2x3m, sin comida suficiente, sin asistencia médica, sin educación, sin trabajo, sin baños, en un ambiente de violencia cotidiana, entre otras cosas) son acordes a lo estable-cido por la legislación nacional e inter-nacional y los principios de dignidad y humanidad. Este recurso aún no ha sido resuelto por la justicia cordobesa a pesar de haber un antecedente directo en un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para un recurso similar presentado por la situación de los detenidos en la Provincia de Buenos Aires.
Frente a la complejidad de la proble-mática, la única respuesta conseguida ha sido la duplicación de las rejas antimotines en el Penal de San Martín y la construcción de más cárceles.
Se ha solicitado a lo largo de todo el año 2005 que se permita el ingreso de organizaciones de la sociedad civil y organismos de Derechos Humanos a los lugares de detención de personas para verificar el estado de los mismos y poder conversar con los detenidos a cerca de las condiciones en que viven. El Gobierno de la Provincia de Córdoba se ha negado sistemáticamente a autorizar estas visitas, sin dar explicaciones del porqué de su negativa.
Criminalización de la pobreza: Detenciones Arbitrarias y uso discrecional del Código de Faltas.
«Te obligan a detener a cualquiera, a cinco personas por día y por patrulla. Nosotros sabemos que le estamos jodiendo la vida, pero de eso depende que te puedas ir a tu casa luego de hacer las 17 horas de guardia. Vos sabés que el tipo no hizo nada, pero en ese momento sólo pensás en que no te recarguen», Raúl, cabo del Distrito 3 .
Tal como planteábamos al principio de este informe, el gobierno de la Provincia de Córdoba se adelantó a los reclamos por mayor seguridad que tomaron su punto cúlmine con las manifestaciones de J. C. Blumberg, ya que los lineamien-tos de esta política de seguridad están esbozados desde el principio del segun-do mandato del Gob. De la Sota con la creación de la denominada «Red Vida». La erradicación de villas, el barrido de los sujetos potencialmente peligrosos de las zonas públicas simbólicamente recono-cidas (lugares céntricos, barrios cotizados, plazas o parques) supone a la vez el barrido de derechos civiles y de la tarea niveladora del Estado en lo que respecta a la tarea social con grupos sociales precarizados, mientras se trabaja para el reposicionamiento de intereses económicos ligados a sectores con importante capacidad de inversión de capital , especialmente vinculados al mercado inmobiliario.
Esta suerte de problematización (Castel, 1995) de lo delictual ha puesto su acento en la «seguridad ciudadana», concibiendo a ésta «siempre y solamente en relación con los lugares públicos y de visibilidad pública o con relación a un pequeño número de delitos que entran en la así llamada criminalidad tradicional (sobre todo agresiones con violencia física a la persona y al patrimonio), que están en el sentido común y son dominantes en la alarma social y en el miedo a la criminalidad» . Esta afirmación, remite a reconocer cómo se fue abandonando una concepción de la seguridad que tenga en cuenta la provisión de garantías de derechos y de reaseguros sociales de toda la población, a toda persona que viva en un territorio, cualquiera sea, y por supuesto también la posibilidad de transitar sin riesgos de ser víctimas de diferentes presiones de la violencia en los espacios urbanos.
Es en este sentido en que nos interesa trabajar una lectura de la multiplicación de casos de detenciones arbitrarias que sufre en particular la población joven de los barrios periféricos de la ciudad de Córdoba a través de la aplicación del Código de Faltas; sobre todo, a través del uso de la figura del merodeo, que constituye un 78% de las detenciones por contravenciones.
La aplicación de esta figura del Código de Faltas de la mano de la política de seguridad del Gobierno de la Provincia de Córdoba genera mayor cantidad de arrestos y privaciones de libertad que las detenciones por la imputación de delitos.
El antecedente inmediato es la Ley 6392, de 1980, dictada durante el gobierno de facto del Gral. de Brigada Adolfo Sigwald, en consulta con el entonces Ministro del Interior Gral. Albano Harguindegui. En particular, la figura del merodeo se establece en la ley provincial Nº 7462 del año 1987, como artículo 45 bis y encuentra su antecedente más remoto en un edicto policial dictado el 28 de enero de 1869 por el jefe de la Policía de Córdoba.
En los casos de aplicación del Código de Faltas provincial, la policía es la encargada tanto de efectuar la detención como de investigar, acusar, y juzgar la falta cometida. Esta facultad policial, constituye un importante dispositivo de control, ya que «en los hechos es el poder policial el que maneja y gestiona la (in)seguridad ciudadana (Ferrajoli, 1989) y no como se cree, esa institución subordinada a la Justicia» . Con esta práctica se desconoce un principio básico del Estado de Derecho, ya que al recaer sobre la misma persona e institución la potestad de acusar y juzgar, desaparece la división de funciones que se establece como una garantía para el ciudadano y como un límite para el ejercicio de poder por parte de los funcionarios.
Nos interesa destacar que las conductas tipificadas en el citado Código son sumamente difusas, vagas e imprecisas sin que se detalle en forma clara y precisa la acción ilícita, es decir, el daño concreto provocado. Esto implica una violación al principio de legalidad que exige una descripción precisa de las conductas que la ley prohíbe. La mayoría de las mismas se focalizan en la descripción de condiciones de vida de las personas, tales como la «vagancia», la «mendicidad», «la prostitución» o normas de civilidad tales como desórdenes en la vía pública, o falta de respeto a las mujeres .
De este modo, la aplicación de las normas contravencionales constituye en la práctica el ejercicio de una política de control, selectiva y arbitraria en manos de la agencia policial, de la mano de una política de seguridad represiva pensada y puesta en práctica desde la redacción misma del Código de Faltas y sus posteriores modificaciones. Cabe señalar que la última modificación fue realizada por pedido del Gobernador De la Sota, y prevé entre otras cosas, que la pena de arresto pueda extenderse hasta 90 días en algunos casos, ampliando el límite legal de detenciones por contraven- ciones.
Observaciones sobre el Código de Faltas de la Provincia de Córdoba.
En el Código de Faltas se encuentran vulnerados principios y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución, tanto Nacional como Provincial, así como en los tratados internacionales de Derechos Humanos.
– La inconstitucionalidad surge de la violación de las garantías básicas de la Constitución nacional previstas en el Art 18: privación de la libertad sólo con orden judicial, inviolabilidad de la defensa en juicio, condena de privación de libertad sólo como consecuencia de un juicio previo regular y legal con la intervención de un juez.
– El procedimiento Contravencional mutila la acción de la Justicia en el proceso de detención de una persona, ya que otorga al Jefe de Policía la autoridad de «dictar sentencia» contra un presunto contraventor y sólo interviene la justicia en el caso en que el detenido «conozca su derecho» a apelar ante el juez de faltas, para lo cual tiene un exiguo plazo de 48 horas. a quien no otorga el recurso de apelación a la Justicia.
– El Código de Faltas plantea una Justicia Contravencional que reproduce la lógica de la Justicia Penal, con la diferencia de que es implementada por personal policial sin ninguna formación jurídica. Así, su única respuesta es la sanción punitiva centrada en el arresto, cuando se supone que se caracteriza por ser una sanción que debe ser aplicada como último recurso o de estricta necesidad, recurriendo a este tipo de pena de manera discrecional e ilimitada.
– La prueba que demuestra la falta se limita por lo general a las declaraciones de los propios agentes que realizaron la deten-ción. Estas declaraciones debe-rían valorarse con particular cui-dado ya que los policías están obligados, en su propio interés, a justificar su conducta.
De este modo, el supuesto contraventor se enfrenta a un poder total que lo detiene, declara y reúne la prueba en su contra, sostiene la acusación y establece la pena. La suma de las funciones de acusar y juzgar en un mismo órgano vulnera de manera flagrante los princi-pios constitucionales de independencia e imparcialidad y viola, por ende, el derecho del contraventor de obtener una sentencia justa.
En particular, en lo que hace a la figura de merodeo, es necesario destacar que:
– La incorporación de una presunción de sospecha delictiva que autorice la intervención policial por un supuesto «estado de peligrosidad» del contraventor contradice la propia Constitución Nacional y diferentes Tratados Internacionales.
– A diferencia de lo que sucede en nuestro Código de Faltas, el comportamiento punible debe estar perfectamente determinado en forma previa y de manera válida general, de manera que la sanción no quede sólo en el arbitrio de los agentes estatales.
– El merodeo sin motivo -esto es, el simple ejercicio del derecho a la libertad ambulatoria- se plantea en los siguientes términos: «en forma susceptible de causar alarma o inquietud a quienes estuvieren en esos lugares» .
– Una característica común de muchas de las figuras contravenciones de la que el merodeo es ejemplificadora, consiste en sancionar compor-tamientos no por el peligro o daño que el comportamiento acarrea en sí mismo, sino por la impresión -el juicio subjetivo- que el comportamiento provoca en terceras personas.
La política policial: engrosar las estadísticas.
En una provincia en la que existe una estructura policial específicamente destinada a la vigilancia de las zonas más pobres y de menor acceso a derechos básicos, como el Comando de Acción Preventiva de la provincia de Córdoba, los términos en que se encuentra redactado el Código de Faltas constituye una herramienta eficaz. Tal como lo establece la Doctrina de Tolerancia Cero, se pretende generar una sensación tranquilidad, seguridad e imagen de orden para las clases medias y altas a través de la violación de derechos básicos de los sectores más desprotegidos de la población. Por ello mismo, cabe preguntarse de qué seguridad hablamos cuando gran parte de los ciudadanos de esta provincia se sienten amenazados por la aplicación de una normativa legal que permite seleccionar arbitrariamente quiénes pueden ser detenidos sin motivo fundado. En este sentido, es posible hablar de la traducción concreta de la Doctrina de Tolerancia O: «En la fuerza te van adoctrinando: por ser morocho y vivir en un barrio son potencialmente delincuentes. Hay mucho de portación de rostro: es la franja más débil y la más fácil de apremiar con detenciones», admitió, de manera inaudita, Jorge, un suboficial del Comando de Acción Preventiva (CAP) . Por otra parte, también en declaraciones realizadas al mismo diario, otro de los policías afirmó «pide cinco detenidos todos los días, menos el sábado que quiere siete y los martes baja por es un dia «colados». Entonces vos el domingo a la mañana le llenás la patrulla, pero son chicos que vienen de bailar», en relación a las órdenes del Comisario del Precinto 3.
A modo de cierre.
Durante el año 2004, en la ciudad de Córdoba se realizaron 5.201 detenciones por aplicación del Código de Faltas, frente a 909 realizadas por imputaciones por hechos delictivos. Durante los primeros 6 meses del año 2005, las detenciones por contravenciones en los 5 distritos en que está dividida la ciudad fueron 8.968. Es decir que sólo en la primer mitad del año, casi se duplicaron las detenciones de todo el año anterior.
La multiplicación de las detenciones por contravenciones, el altísimo porcentaje de detenciones aplicando la figura del merodeo y las confirmaciones policiales de las órdenes de detener arbitra-riamente en función de llenar cupos diarios de detenciones como indicador de eficacia, constituyen una preocu-pación central de muchas de las organizaciones sociales, en particular, aquellas que trabajan con jóvenes de los barrios pobres de la ciudad de Córdoba.
Una política de seguridad que profundiza la exclusión, que se sostiene en una herramienta legal que viola garantías constitucionales básicas, que circuns-cribe la noción de seguridad a la defensa social contra el delito fundada en la violación de derechos de los sectores económicamente más desfavorecidos constituye una situación de violencia institucional permanente. Si a esto le sumamos que a quienes «se les pintan los dedos» se les disminuye aún más sus posibilidades de ingreso al mercado laboral (ya que las contravenciones aparecen en los certificados de buena conducta que emite la policía), la situación que describimos constituye una problemática que requiere del debate público y de medidas que tiendan a disminuir la discrecionalidad del aparato represivo estatal.
Contacto
Comisión Intersectorial de Observación y Seguimiento de la Situación Carcelaria en Córdoba
Casa del Liberado: 0351-4577205 / 155920620/ 155394147/ 155936616
Dr. Gustavo Cosacov, [email protected];
Dr. Jorge Perano, [email protected]
Prof. Mirta Antonelli, coordinadora [email protected]

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Cómo como 2: Cuando las marcas nos compran a nosotros

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(Escuchá el podcast completo: 7 minutos) Coca Cola, Nestlé, Danone & afines nos hacen confiar en ellas como confiaríamos en nuestra abuela, nos cuenta Soledad Barruti. autora de los  libros Malcomidos y Mala leche. En esta edición del podcast de lavaca, Soledad nos lleva a un paseíto por el infierno de cómo se produce, la cuestión de la comida de verdad, y la gran pregunta: ¿quiénes son los que realmente nos alimentan?

El podcast completo:

Cómo como 2: Cuando las marcas nos compran a nosotros

Con Sergio Ciancaglini y la edición de Mariano Randazzo.

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Elecciones: lo que ven y sienten los jubilados para el domingo y después

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Otro miércoles de marcha al Congreso, y una encuesta: ¿cuál es el pronóstico para el domingo? Una pregunta que no solo apunta a lo electoral, sino a todo lo que rodea la política hoy, en medio de una economía que ahoga: la que come en el merendero; el que no puede comprar medicamentos; el que señala a Trump como responsable; la que lo lee en clave histórica; y los que aseguran que morirán luchando, aunque sean 4 gatos locos. Crónica y fotos al ritmo del marchódromo.

Francisco Pandolfi y Lucas Pedulla

Fotos Juan Valeiro

El domingo son las elecciones legislativas nacionales pero también es fin de mes, y Sara marchó con un cartel que no necesitaba preguntas ni explicación: “Soy jubilada y como en un merendero”.

Tiene 63 años, es del barrio Esperanza –Merlo, oeste bonaerense–, y para changuear algo más junta botellas y cartón, porque algunos meses no le alcanza para medicamentos: “El domingo espero que el país mejore, porque todos estamos iguales: que la cosa cambie”.

Elecciones: lo que ven y sienten los jubilados para el domingo y después
Foto: Juan Valeiro para lavaca.org

El miércoles de jubilados y jubiladas previo a las elecciones nacionales de medio término –se renuevan 127 diputados y 24 senadores– tuvo, al menos, tres rondas distintas, en una Plaza de los Dos Congresos cerrada exclusivamente para manifestantes. Nuevamente el vallado cruzó de punta a punta la plazoleta, y los alrededores estuvieron custodiados por policías de la Ciudad para que la movilización no se desparramara ni tampoco avanzara por Avenida de Mayo, sino que se quedara en el perímetro denominado “marchódromo”. Un grupo encaró, de todas formas, por Solís, sobrepasó un cordón policial y dobló por Alsina, y se metió de nuevo a la plaza por Virrey Cevallos, como una forma de mostrar rebeldía.

Unos minutos antes, un jubilado resultaba herido. Se trata de Ramón Contreras, uno de los rostros icónicos de los miércoles que llegó al Congreso cuando aún no estaba vallado después de la marcha por el recorte en discapacidad, y mientras estaba dando la ronda alrededor del Palacio un oficial lo empujó con tanta fuerza que cayó al suelo. “Me tiraron como un misil –contó a los medios–. Me tienen que operar. Tengo una fractura. Me duele mucho”. La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) presentó una denuncia penal por la agresión: “Contreras fue atacado sin razón y de manera imprevista”.

Elecciones: lo que ven y sienten los jubilados para el domingo y después
Foto: Juan Valeiro para lavaca.org

La violencia desmedida, otra vez, sobre los cuerpos más débiles y más ajustados por un Gobierno que medirá esa política nuevamente en las urnas. Jorge, de 69 años, dice que llega con la “billetera muerta”. Y Julio, a su lado, resume: “Necesito tener dos trabajos”.

Juan Manuel es uno de esos jubilados con presencia perfecta cada miércoles. Una presencia que ninguna semana pasa desapercibida. Por su humor y su creatividad. Tiene 61 años y cada movilización trae mínimo un cartel original, de esos que hacen reír para no llorar. Esta vez no sólo trae un cartel con una inscripción; viene acompañado de unas fotocopias donde se leen una debajo de la otra las 114 frases que creó como contraofensiva a la gestión oficialista.

La frase 115 es la de hoy: “Milei es el orificio por el que nos defeca Trump”. 

Elecciones: lo que ven y sienten los jubilados para el domingo y después
Foto: Juan Valeiro para lavaca.org

Muestra la lista que arrancó previo a las elecciones de octubre de 2023. Sus primeras dos creaciones:

  1. “Que no te vendan gato por león”.
  2. “¿Salir de la grieta para tirarse al abismo?”. 

Y elige sus dos favoritas de una nómina que seguirá creciendo:

Sobre el veto al aumento de las jubilaciones: “Milei, paparulo, metete el veto en el culo”.

Sobre el desfinanciamiento de las universidades: “Milei: la UBA también tiene las facultades alteradas”.  

Juan Manuel le cuenta a lavaca lo que presagia para él después de las elecciones: “Se profundizará el desastre, sea porque pierda el gobierno o porque gane, de cualquier forma tienen la orden de hacer todo tipo de reformas. Como respuesta en la calle estamos siendo 4 gatos locos, algo que no me entra en la cabeza porque este es el peor gobierno de la historia”.

Elecciones: lo que ven y sienten los jubilados para el domingo y después

Sobre el cierre de la marcha, en uno de los varios actos que se armaron en esta plaza, Virginia, de Jubilados Insurgentes y megáfono en mano, describió que la crisis que el país está atravesando no es nueva: “Estuvo Krieger Vassena con Onganía, Martínez de Hoz con la última dictadura, Cavallo con Menem, Macri con Caputo y Sturzenegger, que son los mismos que ahora están con este energúmeno”. La línea de tiempo que hiló Virginia ubica ministros de economía con dictaduras y gobiernos constitucionales en épocas distintas, con un detalle que a su criterio sigue permaneciendo impune: “La economía neoliberal”.

Allí radica la lucha de estos miércoles, dice. Su sostenibilidad. Porque el miércoles que viene, pase lo que pase, seguirán viniendo a la plaza para continuar marchando. “Estar presente es estar activo, lo que significa estar lúcido”, define.

Elecciones: lo que ven y sienten los jubilados para el domingo y después
Foto: Juan Valeiro para lavaca.org

Carlos Dawlowfki tiene 75 años y se convirtió en un emblema de esa lucidez luego de ser reprimido por la Policía a principio de marzo. Llevaba una camiseta del club Chacarita y en solidaridad con él, una semana después la mayoría de las hinchadas del fútbol argentino organizaron un masivo acompañamiento. Ese 12 de marzo fue, justamente, la tarde en que el gendarme Héctor Guerrero hirió con una granada de gas lacrimógeno lanzada con total ilegalidad al fotógrafo Pablo Grillo (todavía en rehabilitación) y el prefecto Sebastián Martínez le disparó y le sacó un ojo a Jonathan Navarro, quien al igual que Carlos también llevaba la remera de Chaca.

Carlos es parte de la organización de jubilados autoconvocados “Los 12 Apóstoles” y habla con lavaca: “Hoy fui a acompañar a las personas con discapacidad y me di cuenta el dolor que hay internamente. Una tristeza total. Y entendí por qué estamos acá, cada miércoles. Y sentí un orgullo grande por la constancia que llevamos”.

La gente lo reconoce y le pide sacarse fotos con él. “Estás muy solicitado hoy”, lo jode un amigo. Carlos se ríe, antes de ponerse serio: “Hay que aceptarlo, hoy somos una colonia. Pasé el 76 y el 2001, y nunca vi una cosa igual en cuanto a pérdida de soberanía”. De repente, le brota la esperanza: “Pero después del 26, volveremos a ser patria. Esperemos que el pueblo argentino tenga un poquito de memoria y recapacite. Lo único que pido es el bienestar para los pibes del Garrahan y con discapacidad. A mí me quedarán 3, 4, 5 años; tengo un infarto, un stent, así que lucho por mis nietos, por mis hijos, por ustedes”.

Elecciones: lo que ven y sienten los jubilados para el domingo y después
Foto: Juan Valeiro para lavaca.org

Carlos hace crítica y también autocrítica. “Nosotros tenemos un país espectacular, pero nos equivocamos. Los mayores tenemos un poco de culpa sobre lo que ocurrió en las últimas elecciones: no asesoramos a nuestros nietos e hijos sobre lo que podía venir y finalmente llegó. Y en eso también tiene que ver la realidad económica. Antes nos juntábamos para comer los domingos, ahora ya no se puede. No le llegamos a la juventud, que votó a la derecha, a una persona que no está en sus cabales”.

Remata Carlos, antes de que le pidan una selfie: “Nosotros ya estamos jugados pero no rendidos. Estos viejos meados -como nos dicen- vamos a luchar hasta nuestra última gota. Y cuando pasen las elecciones, acá seguiremos estando: soñando lo mejor para nuestro país”.

Elecciones: lo que ven y sienten los jubilados para el domingo y después
Foto: Juan Valeiro para lavaca.org
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Nota

La Ley del Cáncer: avanza un proyecto que permite fumigaciones con agrotóxicos a 10 metros de viviendas

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Una Ley Nacional que proviene del sector del agronegocio avanza en la Cámara de Diputados, impulsada por la UCR y la Coalición Cívica. Se trata de la norma que regula, entre otras cosas, la aplicación de agrotóxicos. El punto clave de este proyecto legislativo figura en el artículo 9, donde se establecen distancias mínimas para fumigar desde los 10 metros para aplicaciones terrestres y con drones, y 45 metros para aplicaciones aéreas. La primera reunión informativa contó solo con oradores promotores de la iniciativa y solo dos voces críticas; crónica de esa reunión y la opinión del médico Damián Verzeñassi, la enfermera del Garrahan Meche Méndez, el abogado Marcos Filardi y Sabrina Ortíz, vecina fumigada y abogada que acaba de presentar un escrito para convocar a audiencias públicas y foros de debate para evitar que se apruebe esta Ley que prioriza el negocio a la salud social y medioambiental. FRANCISCO PANDOLFI

Esta semana se presentó en la Cámara de Diputados el proyecto de ley nacional “de presupuestos mínimos de protección ambiental para la aplicación de productos fitosanitarios”. Es decir, de agrotóxicos.

El proyecto fue escrito por la Red de Buenas Prácticas Agrícolas, integrada por más de 80 instituciones públicas y privadas vinculadas con el agronegocio, y dentro del recinto encabezan la iniciativa los diputados Atilio Benedetti (UCR – Entre Ríos), presidente de la Comisión de Agricultura en la Cámara de Diputados, y Maximiliano Ferraro (Coalición Cívica). La nueva norma ya cuenta con el acompañamiento de 32 legisladores, entre un abanico variopinto que engloba a La Libertad Avanza, Unión por la Patria, UCR, PRO, Coalición Cívica, Encuentro Federal, entre otros partidos. 

El punto clave de este proyecto legislativo figura en el artículo 9, donde se establecen distancias mínimas para fumigar desde los 10 metros para aplicaciones terrestres y con drones, y 45 metros para aplicaciones aéreas.

La Ley del Cáncer: avanza un proyecto que permite fumigaciones con agrotóxicos a 10 metros de viviendas
Atilio Benedetti, UCR-Entre Ríos, principal promotor del proyecto, expone en la reunión del pasado martes.

Exposiciones sin consenso

El martes pasado se llevó a cabo una primera reunión informativa en la cual las y los oradores sólo fueron personas, organismos y corporaciones a favor de la iniciativa.

En la comisión conjunta realizada entre Agricultura y Ganadería y Recursos Naturales y Conservación de Ambiente Humano hubo entidades gubernamentales, de productores, de ingenieros agrónomos, de acopiadores, de empresas de tecnología agropecuaria y ONG a favor de la ley. Maximiliano Ferraro expresó que “el proyecto no tiene una mirada sectorial”. Y que “nace de un diálogo. Un diálogo y consenso, que podemos ampliar”.

Sin embargo, se dijo, no hubo invitaciones a voces disonantes.

Las únicas dos ponencias que no se alinearon al lobby de la producción con plaguicidas fueron el diputado Juan Carlos Giordano (Izquierda Socialista – FIT Unidad) y su par Blanca Osuna (Unión por la Patria). Dijo Giordano: “Deben darle espacio a quienes estamos en contra de esta ley. Hay una lista de un montón de organizaciones que quieren venir a exponer las barbaridades que ocurren por el uso de agrotóxicos. Fumigar a 10 metros de ninguna manera puede ser una buena práctica agropecuaria”. Dijo Osuna: “Es indispensable escuchar voces de otros sectores, estamos en falta si no. Los expertos científicos deben estar acá, están ausentes en este proyecto. Primero debe estar la salud, luego la producción”.

La evidencia del modelo

Tras el encuentro del martes, distintos actores se manifestaron en contra del proyecto. Damián Verzeñassi es médico generalista y es el director del Instituto de Salud Socioambiental de la Universidad Nacional de Rosario, desde donde se hicieron desde 2010 a 2019 más de 40 campamentos sanitarios en diversos pueblos de Santa Fe, Entre Ríos y Córdoba para  relevar puerta a puerta la situación de la salud en localidades fumigadas. ¿Qué demostraron esos resultados? Que en las comunidades rurales se multiplicaban los trastornos endócrinos, los abortos espontáneos, las malformaciones y el cáncer. Opina Damián: “Si se aprueba esta ley permitiría que se fumigue a 10 metros con productos que pueden generar cáncer de mama, cáncer de tiroides, alteraciones endocrinas en las glándulas, disminución de la capacidad de nuestro sistema inmunológico de defendernos. Por ejemplo, el herbicida atrazina está prohibido en 37 países, pero en Argentina está autorizada. Este tipo de cosas avala la ley que quieren aprobar”.

Sin embargo, el diputado por la Libertad Avanza Pablo Ansaloni, que proviene de la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) dijo en la reunión informativa: “Desde nuestra actividad, que la vengo ejerciendo durante 30 años, manipulamos el cereal y estamos en contacto todos los días con el fitosanitario. Podemos dar fe que no tenemos ningún enfermo”.

Meche Méndez es enfermera de Cuidados Paliativos del Hospital Garrahan y desde hace años viene dando una pelea (casi en soledad) para que exista una historia clínica ambiental que pueda demostrar la relación de los agrotóxicos con las enfermedades. Le dice a lavaca: “El sistema de salud sigue sin considerar el daño, en muchos casos irreparable, que los tóxicos utilizados desde hace décadas en el modelo extractivo están produciendo en el ambiente, los territorios y por ende en los cuerpos de quienes los habitamos, atendiendo los síntomas y/o la enfermedad una vez producida, pero sin asociarlo cómo posibles causa”.

Sobre el proyecto de ley, analiza Méndez: “Sólo puedo compartir mi absoluto rechazo. Ya está comprobadísimo por la ciencia sin conflicto de interés que la deriva (movimiento de plaguicidas en el aire) no tiene control, que los venenos enferman y matan. Necesitamos medidas aún más protectoras de las que tenemos actualmente y sobre todo dejar de usar esos tóxicos. Hago un llamado urgente a los profesionales de la salud, a las sociedades científicas supuestamente comprometidas con la salud y el ambiente a que se expidan y rechacen esta posibilidad criminal de echar venenos a 10 metros”. Remata: “Se sabe que produce cáncer, malformaciones, daños genéticos, un montón de enfermedades y síntomas. Esto no puede salir de la Cámara de Diputados”.

María Luisa Chomiak, de Chaco, es la única diputada de Unión por la Patria que acompañó con su firma este proyecto. Argumentó: “Lo suscribí porque se necesita tener esta discusión. Toda iniciativa es perfectible y no hay nada más importante que la salud. Si se prioriza esto, celebro que estemos discutiendo este tema”. Sin embargo, en el proyecto no figura que la reducción de las distancias va en sentido contrario al principio de «no regresión en materia ambiental» que establece la Ley General de Ambiente y tratados internacionales como el Acuerdo de Escazú. Ni tampoco informa las pruebas científicas ya demostradas sobre la consecuencia de los plaguicidas: desde los efectos letales del glifosato en embriones anfibios, constatado por el ex titular del Conicet Andrés Carrasco, hasta los estudios de Delia Aiassa en la Universidad de Río Cuarto sobre daño genético, que comprobaron el riesgo aumentado de contraer cáncer. A partir de estas investigaciones hubo fallos judiciales en distintos puntos del país prohibiendo las fumigaciones terrestres a menos de 1.095 metros y las aéreas a menos de 3.000.

Antecedentes que enferman

Una de esas localidades es Pergamino, al norte de la provincia de Buenos Aires. Allí vive Sabrina Ortiz, una de las tantas personas que se enfermó por agrotóxicos. Perdió un embarazo de casi 6 meses y tuvo dos ACV. Sabrina tiene una particularidad notable: como no encontraba abogados que la defendieran, estudió Derecho y se recibió. Fue amenazada; le mataron a su perro como amedrentamiento. Después de años de denuncias y estudios científicos, la Justicia federal confirmó que el 3 de diciembre de 2025 comenzará el juicio oral contra tres productores agroindustriales por delitos de contaminación ambiental, según la Ley de Residuos Peligrosos (N° 24.051). En la causa se documentaron daños a la salud vinculados a la exposición crónica a sustancias como glifosato, atrazina y clorpirifós. 

Sabrina, junto a varios colegas, acaba de presentar un escrito colectivo de abogadas y abogados de Pueblos Fumigados en donde solicitaron a las presidencias de las comisiones de Agricultura y Ganadería y de Recursos Naturales de la Cámara de Diputados de la Nación que convoquen audiencias públicas, foros y videochats de debate antes de tratar el proyecto de ley.

Marco Filardi es abogado especialista en derechos humanos y temas ambientales y es parte de la Cátedra Libre de Soberanía Alimentaria de la Facultad de Medicina de la UBA. Le dice a lavaca: “Esta norma manda un mensaje a todas las provincias de que este (10 metros fumigación terrestre y dron, y 45 metros aérea) es el estándar mínimo, el piso ambiental y eso no lo podemos aceptar. Gran parte de nuestra población está expuesta cotidiana, sistemática y estructuralmente a la aplicación de más de 7.000 formulados comerciales con autorización vigente por el Senasa (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria) en una cantidad de más o menos 500, 600 millones de litros de agrotóxicos al año. Tenemos el triste privilegio de ser el país que más agrotóxicos por persona y por año usa en el mundo y los resultados están en los cuerpos, están en los territorios”.

Desde los impulsores de la iniciativa no contactaron a científicos, ni profesionales de la salud, ni abogados, ni a ninguna de las organizaciones ambientales. Como por ejemplo la coordinadora “Por una vida sin agrotóxicos Basta es Basta”, de Entre Ríos, que se moviliza todos los martes desde 2018 frente a la Casa de Gobierno en Paraná. “La ley nacional es un ‘copy-paste’ de la que ya tenemos acá, aprobada a finales de 2024 y en la que habilitan fumigar a 5 metros de los cuerpos de agua, a 10 de las plantas urbanas y a 15 de las escuelas rurales. Ellos se amparan en las buenas prácticas agrícolas sin basarse en ninguna evidencia científica, a diferencia de todos los trabajos publicados en Argentina y en el mundo donde se demuestra el impacto que tiene el uso de los venenos sobre la salud y los ecosistemas, más allá de la dosis y la distancia. Lo que genera el daño es la presencia del veneno y si hay evidencia científica ya está: no hay más que hablar”.

La Ley del Cáncer: avanza un proyecto que permite fumigaciones con agrotóxicos a 10 metros de viviendas
Sabrina Ortíz presentó una iniciativa para frenar la Ley del Cáncer.
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