Nota
Informe Alerta Argentina. La política de seguridad ciudadana. Caso testigo: la ciudad de Córdoba
La ciudad de Córdoba constituye un espacio en el cual, al igual que en el resto del país, la problemática de la seguridad ocupa un lugar central en el debate público. La política de seguridad puede ser leída como uno de los ejes de planificación de la política pública del gobernador José Manuel De la Sota: la criminalización de la pobreza y la limpieza de la ciudad, a través de la relocalización de villas (presentados como creación de viviendas), el aumento exponencial del presupuesto policial y la creación del cuerpo especial de la Policía denominado Comando de Acción Preventiva.
Este informe se concentra en el accionar de las dos fuerzas de seguridad de la Provincia, la Policía y el Servicio Penitenciario a través de la presentación de dos líneas de trabajo que se vienen desarrollando en la ciudad por un conjunto de organizaciones sociales: la situación carcelaria en Córdoba, a través del caso del Motín en el Penal de San Martín en febrero de 2005; y la multiplicación de detenciones arbi-trarias a partir del uso de un Código de Faltas que vulnera derechos constitucionales básicos y permite un uso discrecional por parte de la policía de la provincia en función de la política de Seguridad. El importante aumento de presupuesto policial y de la implementación de una política fuer-temente represiva sobre los pobres, culmina en la elaboración de una Nueva ley de Seguridad que no contempla derechos básicos de los ciudadanos y profundiza la represión, marginación y estigmatización sobre los pobres, naturalizando la relación entre pobreza y delito.
La política de seguridad, elaborada con el asesoramiento del Manhattan Institute, sigue las pautas de la doctrina de la Tolerancia 0: una política que apunta al delito callejero, entendido como reflejo de la «corrupción moral» de una sociedad. De allí que reclame la intensificación del castigo al pequeño delito y a las infracciones menores. Estas políticas profundizan la selectividad del sistema penal, es decir, el hecho de que son los pobres quienes hoy llenan las cárceles de Córdoba. Al disociarse las causas estructurales que originan el delito, son los pobres quienes permanentemente son clientes de la Justicia por delitos menores.
La traducción de esta política a la política policial quedó clara en las denuncias publicadas por el diario La Mañana de Córdoba, donde aparecen las detenciones arbitrarias como condición para demostrar la «eficiencia» de la institución policial. «Por primera vez, policías admiten que hay órdenes expresas de «levantar a gente en las calles para abultar las estadísticas internas. La exigencia mínima es lograr de cinco a siete «contraventores» por patrulla y por turnos. Los que no cumplen, son sancionados con más horas de trabajo» . Las cifras de las estadísticas policiales hablan de la multiplicación de las detenciones por contravención en los últimos 3 años. Durante la primer mitad del año 2005 se realizaron 8.978 detenciones a través del Código de Faltas, mientras que en el año anterior, completo, se registraron 5.201 .
Esta situación, que multiplica el número de personas detenidas, junto al desen-tendimiento del Estado respecto de su responsabilidad sobre las condiciones y situación de quienes están presos -como parte de la sistemática política de implementación del neoliberalismo durante los ´90- ha sido clave para comprender el estallido que significó la rebelión del Penal de San Martín durante el mes de febrero de este año. Las condiciones de extremo hacinamiento , la vulneración de derechos básicos de quienes están presos a través del incumplimiento de la Ley Nº 24660, entre otras causas, desencadenaron uno de los hechos más importantes en la historia de la institución penitenciaria en la provincia.
En este marco, la respuesta del Gobernador de la Provincia dejó planteada con claridad su idea respecto de los problemas vinculados a la situación carcelaria y al lugar de la cárcel en la sociedad. En declaraciones del 10 de febrero, a horas de iniciado el motín, dijo: «El que va preso en Estados Unidos no tiene ningún derecho. Los presos son presos, no tienen visitas sexuales como en Argentina, o teléfonos públicos que algunos utilizan para hacer secuestros virtuales. Esa no es la rigurosidad que hay en Argentina en virtud de que nuestro país adhirió al Pacto de San José de Costa Rica», y remató: «El Pacto de San José de Costa Rica les concede algunos derechos que les dan algún margen de maniobra.» De este modo, el respeto de los derechos humanos es un problema para la política penal en la provincia, derechos que a su parecer son sólo para algunos: «Soy el Gobernador de todos los cordobeses, y lo soy para garantizar los derechos humanos de los que trabajan, de las familias, de los decentes.»
El Motín del 10 de febrero en el Penal de San Martín:
Las imágenes del Motín recorrieron el país, sin que existan demasiadas claves para comprender cuáles fueron los hechos, las causas y las consecuencias de la toma del Penal por más de 24 horas, en la que los presos tuvieron el control del establecimiento, de las armas del Servicio Penitenciario y donde las muertes que se registraron se produjeron afuera del Penal por parte de la Policía .
La situación previa: superpoblación carcelaria, condiciones de vida en el Penal e incumplimiento de la Ley Nacional Nº 24660.
Teniendo en cuenta la población penitenciaria del país en Diciembre de 2004, la Provincia de Córdoba ocupaba el tercer puesto con respecto a la cantidad de personas presas: 5.661. Superada sólo por el Servicio Peniten-ciario de la Provincia de Buenos Aires y el Servicio Penitenciario Federal.
Según las estadísticas del propio Servicio Penitenciario Córdoba (SPC) en mayo de 2005 había en toda la provincia una población penitenciaria total de 5.823 personas alojadas en estable-cimientos que tenían una capacidad total para albergar a 3.432 detenidos. En el caso del establecimiento penitenciario N° 2 de San Martín (Condenados, varones mayores de la capital) había 1.621 personas en un establecimiento que el SPC declara que tiene una capacidad real para alojar 850 personas . Esto representa para este establecimiento una sobrepoblación del 91%.
Según estos datos, en Córdoba existían en 2005, 5.823 presos alojados en cárceles que tienen una capacidad real de 3.432 plazas, existiendo en consecuencia una sobrepoblación de 2.391 internos. Los datos oficiales señalan que la situación de hacinamiento varía según el establecimiento, pero en general se puede observar una sobrepoblación del 70%. Las diferencias entre establecimientos también mere-cerían una lectura más profunda. Aquí no intentaremos realizar esta lectura, sólo nos limitaremos a señalar que los dos únicos establecimientos donde no se verifica sobrepoblación, corresponden a las unidades con modalidades menos coercitivas de detención: el estable-cimiento de semilibertad (EP 9) y el establecimiento abierto (EP 4).
Ni siquiera la moderna cárcel de Bouwer (donde se alojan los procesados) escapa a los problemas de sobrepoblación: en esta cárcel «modelo» ya se han construido camas cuchetas en espacios diseñados para alojar una sola persona.
Es de destacar que la edad promedio de las personas detenidas en las cárceles de Córdoba es de entre 23 y 27 años. El 95% son hombres y el 90% tenía residencia urbana al momento de su detención. El 88% de estas personas estaba desocupada o era trabajador de tiempo parcial (la mayoría changas) al momento de su ingreso a prisión. Con relación al nivel de instrucción, el 6% de los presos de la provincia son anal-fabetos, el 30 % no han finalizado la escuela primaria y el 40 % sólo ha logrado completar el nivel primario de escolaridad.
El 52% está condenado y el 48% de los presos no ha recibido aún condena. Entre los condenados el 59% es al primera vez que cumplen una condena.
Sin embargo el problema del hacina-miento no es el único que existía en el penal antes de la revuelta de los presos. Es, sí, el más visible y el más obvio, pero quizá no el más grave. A la situación de hacinamiento y condiciones de inhabitabilidad absoluta de las instala-ciones de la cárcel, hay que sumar la situación de incumplimiento sistemático de la ley y por ende de violación sistemática de derechos de los presos.
– El derecho al trabajo: el régimen laboral del penal no garantiza lo establecido por la Ley de Ejecución Penal para el tratamiento criminológico. La retri-bución salarial se encontraba entre los $21 a $50 por trabajos que van de 10 a 40 horas semanales; sólo existían alrede-dor de 300 puestos de trabajo para 1.636 reclusos, relacionados en su mayoría con tareas direc-tamente vinculadas al funcionamiento del estableci-miento penal (fajina, manteni-miento, limpieza) o con la atención de empleados y jefes de unidad (casina y cantina de los jefes). Es necesario destacar que la mayoría de los puestos de trabajo no están relacionados con las posibilidades laborales posteriores a la liberación.
– Inexistencia de Jueces de Ejecución: en la provincia de Córdoba no se ha implementado hasta la fecha la figura del Juez de Ejecución, cuya tarea es el control judicial de las condiciones en que se ejecutan las penas privativas de la libertad, alegando razones presupuestarias. Esta situación favorece las condiciones de ilegalidad y violación de derechos fundamentales que se vivía en el Penal antes del 10 de febrero (y que continúa), y se agudiza por la ausencia de control judicial de la ejecución de la Pena Privativa de la Libertad.
– La inconstitucionalidad de la (in) adecuación de la legislación provincial a la Ley nacional: la legislación vigente en Córdoba – que corresponde a la reglamen-tación de la Ley nacional Nº24660 que debían realizar las provin-cias- a pesar de la declaración de intenciones se aparta sustancial-mente de la misma, violando la jerarquía de leyes contemplada en la Constitución Nacional. Es así que deroga los capítulos 7 y 16 de la Ley Nacional, referidos al Trabajo y al Personal Peniten-ciario respectivamente. Esta derogación se realiza a través de un decreto del Poder Ejecutivo Provincial (1293/00) que también en sus anexos excede lo legis-lado a nivel nacional en materia disciplinaria a través de la introducción de sanciones no establecidas en la Ley, estable-ciendo una correlación entre faltas y sanciones que viola de modo explícito el principio de legalidad establecido en la Constitución Nacional.
El Motín:
La lectura que se hace respecto de lo sucedido en el Penal de Barrio San Martín es que no fue un motín organizado por los presos. La rebelión del 10 de Febrero cobró fuerza como una forma de denuncia pública y un reclamo explícito a la sociedad en su conjunto para que, como sociedad, conozca lo que sucede en el interior de la cárcel y se haga cargo de su responsabilidad al respecto.
Fue, sin duda alguna, un auténtico caso de ejercicio del derecho de resistencia ante la violación sistemática de derechos humanos de un sector de la sociedad que cotidianamente se ve vulnerado en los derechos más fundamentales de cualquier ciudadano de un Estado democrático.
Queremos destacar que las 8 muertes provocadas (5 reclusos, 2 guardia- cárceles y 1 policía) durante el Motín, se produjeron afuera del Penal, situación que da cuenta de la respuesta del Gobierno provincial a la situación.
La respuesta del Estado provincial
«No vamos a responder críticas infundadas; tenemos en claro lo que debemos hacer y lo estamos haciendo. Por eso estamos construyendo más cárceles que nadie.»
José Manuel De la Sota, 15 de febrero de 2005
Una vez desatada la rebelión el gobierno de la Provincia manejó la situación con total hermetismo, que se manifestó en el silencio y la falta de apertura al diálogo y a los ofrecimientos de diversos sectores de la sociedad para mediar en el conflicto por parte del Comité de Crisis que se constituyó a los pocos minutos del estallido. Frente al intento de los presos y de quienes intentaban mediar en el conflicto para lograr una salida pacífica y evitar la muerte de personas, el Gobernador dio a la policía la orden de «Tirar a matar»- como él mismo confirmó en una entrevista con Cadena 3-, provocando la muerte de 5 reclusos, 2 guardiacárceles y 1 policía de la provincia de las que el Gobernador De la Sota es directamente responsable.
En esa misma entrevista radial el Gobernador hizo declaraciones que dan cuenta de lo peligroso de su concepción restrictiva de los derechos humanos y la ciudadanía, desconociendo y cuestionando el Pacto de San José de Costa Rica incorporado con jerarquía constitucional en la Reforma de1994. En esa oportunidad señaló: «Soy el Gobernador de todos los cordobeses, y lo soy para garantizar los derechos humanos de los que trabajan, de las familias, de los decentes.» «No vamos a responder críticas infundadas; tenemos en claro lo que debemos hacer y lo estamos haciendo. Por eso estamos construyendo más cárceles que nadie.»
Queda claro, a partir de las declara-ciones del gobernador que la respuesta del Estado frente al reclamo de los presos por el estado de ilegalidad y violación sistemática de sus derechos, es sólo más cárceles y la negación de su calidad de ciudadanos y sujetos portadores de derechos.
En el ámbito de la Legislatura Provincial, se solicitó la interpelación del Ministro de Seguridad Carlos Alessandri para que diera cuenta de lo sucedido en el penal. Esta interpelación no pudo realizarse por la decisión del bloque de Legisladores de Unión por Córdoba de no someter a ningún ministro del ejecutivo a un procedimiento de este tipo.
Por otro lado se apartó de sus cargos a la anterior Jefa del Servicio Penitenciario, Lic. Graciela Lucientes de Funes, y al anterior Director del Penal de Barrio San Martín, Daniel Corso. Además se decidió la intervención del SPC designando interventor del mismo al Crio. My. Ricardo Bonaldi . Hasta la fecha, no se conocen los alcances de la intervención. Sólo se hizo pública la efectivización de 787 empleados penitenciarios que se encontraban en situación de contratados.
En el interior de la Penitenciaría, la respuesta ha sido la instalación de más rejas y el aumento de las restricciones y los controles para las salidas del pabellón. Los talleres de industria no se han vuelto a abrir; la panadería ha sido desmantelada y algunas versiones indican que no volverá a ser puesta en funcionamiento.
La respuesta de la Justicia
La investigación está a cargo del fiscal de instrucción Javier Paradaude, quien públicamente ratificó su decisión de investigar primero las causas de las muertes de los agentes de seguridad para luego pasar a investigar las causas de las muertes de los presos. El resultado de la misma lleva a la fecha la suma de 160 presos imputados por privación ilegítima de la libertad y/o robo calificado.
No hay ningún agente de seguridad imputado, a pesar de que se ha comprobado que, al menos, el guardiacárcel que iba en el camión es asesinado por balas de la Policía de la Provincia, en un acto de represión inne-cesario y alevoso, ya que no era imprescindible tirar a matar para impedir una fuga.
Además queremos resaltar que aún no hay resultados de la investigación por la muerte de 5 presos. Por el contrario, cuando la fiscalía solicita el archivo de la causa por la muerte del guardiacárcel Abregú, pide que se archive «el suceso histórico», suceso donde también murie-ron los reclusos. De este modo, queda clara su intención de no investigar la muerte de las otras 5 personas que murieron asesinadas en el mismo hecho.
Hasta ahora, la única causa donde se ha avanzado en la investigación tiene que ver con las denuncias concretas realizadas por vejaciones, tratos degradantes, apremios ilegales durante los sucesos de febrero en contra de los presos Esta es la única causa donde se ha avanzado en la investigación y la justicia estaría en condiciones de imputar por las torturas y vejaciones a que fueron sometidos los reclusos a un grupo de efectivos de la Policía de la Provincia de Córdoba (que cumplen funciones en la Alcaidía de Barrio Güemes) y del Servicio Penitenciario Córdoba.
Dentro de la justicia cordobesa el único magistrado que se hizo presente para verificar e interiorizarse del estado de los presos fue un camarista federal que se presentó en el penal para constatar la situación de los presos por causas federales. Al salir de la penitenciaría, el Dr. Pérez Villalobos realizó declara-ciones públicas absolutamente críticas y casi denunciantes sobre el estado deplorable en que se encontraban la población carcelaria y el propio edificio.
Recién dos meses después se presen-taron a requerimiento de los presos los jueces de cámara provincial, circuns-cribiéndose a sólo a recibir declaraciones testimoniales en oficinas sin ni siquiera recorrer algún pabellón para verificar el estado de los mismos, aduciendo causas de seguridad.
Nos interesa destacar cómo tanto las declaraciones del gobernador de la provincia, así como el ejercicio concreto del Poder Legislativo, su sostienen en una concepción de los presos como ciudadanos sin derechos, ya que para ellos no existe posibilidad de acceder a la Justicia.
Por otra parte, tal como se plante en la presentación del HABEAS CORPUS COLECTIVO CORRECTIVO el 11 de agosto de 2005 (Presentado por Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas), las condiciones de detención de los presos no sólo no han mejorado sino que han empeorado. A través de este recurso se solicita a la justicia que investigue si las condiciones de detención en las cárceles superpobladas de la provincia (4 o más personas en una celda de 2x3m, sin comida suficiente, sin asistencia médica, sin educación, sin trabajo, sin baños, en un ambiente de violencia cotidiana, entre otras cosas) son acordes a lo estable-cido por la legislación nacional e inter-nacional y los principios de dignidad y humanidad. Este recurso aún no ha sido resuelto por la justicia cordobesa a pesar de haber un antecedente directo en un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para un recurso similar presentado por la situación de los detenidos en la Provincia de Buenos Aires.
Frente a la complejidad de la proble-mática, la única respuesta conseguida ha sido la duplicación de las rejas antimotines en el Penal de San Martín y la construcción de más cárceles.
Se ha solicitado a lo largo de todo el año 2005 que se permita el ingreso de organizaciones de la sociedad civil y organismos de Derechos Humanos a los lugares de detención de personas para verificar el estado de los mismos y poder conversar con los detenidos a cerca de las condiciones en que viven. El Gobierno de la Provincia de Córdoba se ha negado sistemáticamente a autorizar estas visitas, sin dar explicaciones del porqué de su negativa.
Criminalización de la pobreza: Detenciones Arbitrarias y uso discrecional del Código de Faltas.
«Te obligan a detener a cualquiera, a cinco personas por día y por patrulla. Nosotros sabemos que le estamos jodiendo la vida, pero de eso depende que te puedas ir a tu casa luego de hacer las 17 horas de guardia. Vos sabés que el tipo no hizo nada, pero en ese momento sólo pensás en que no te recarguen», Raúl, cabo del Distrito 3 .
Tal como planteábamos al principio de este informe, el gobierno de la Provincia de Córdoba se adelantó a los reclamos por mayor seguridad que tomaron su punto cúlmine con las manifestaciones de J. C. Blumberg, ya que los lineamien-tos de esta política de seguridad están esbozados desde el principio del segun-do mandato del Gob. De la Sota con la creación de la denominada «Red Vida». La erradicación de villas, el barrido de los sujetos potencialmente peligrosos de las zonas públicas simbólicamente recono-cidas (lugares céntricos, barrios cotizados, plazas o parques) supone a la vez el barrido de derechos civiles y de la tarea niveladora del Estado en lo que respecta a la tarea social con grupos sociales precarizados, mientras se trabaja para el reposicionamiento de intereses económicos ligados a sectores con importante capacidad de inversión de capital , especialmente vinculados al mercado inmobiliario.
Esta suerte de problematización (Castel, 1995) de lo delictual ha puesto su acento en la «seguridad ciudadana», concibiendo a ésta «siempre y solamente en relación con los lugares públicos y de visibilidad pública o con relación a un pequeño número de delitos que entran en la así llamada criminalidad tradicional (sobre todo agresiones con violencia física a la persona y al patrimonio), que están en el sentido común y son dominantes en la alarma social y en el miedo a la criminalidad» . Esta afirmación, remite a reconocer cómo se fue abandonando una concepción de la seguridad que tenga en cuenta la provisión de garantías de derechos y de reaseguros sociales de toda la población, a toda persona que viva en un territorio, cualquiera sea, y por supuesto también la posibilidad de transitar sin riesgos de ser víctimas de diferentes presiones de la violencia en los espacios urbanos.
Es en este sentido en que nos interesa trabajar una lectura de la multiplicación de casos de detenciones arbitrarias que sufre en particular la población joven de los barrios periféricos de la ciudad de Córdoba a través de la aplicación del Código de Faltas; sobre todo, a través del uso de la figura del merodeo, que constituye un 78% de las detenciones por contravenciones.
La aplicación de esta figura del Código de Faltas de la mano de la política de seguridad del Gobierno de la Provincia de Córdoba genera mayor cantidad de arrestos y privaciones de libertad que las detenciones por la imputación de delitos.
El antecedente inmediato es la Ley 6392, de 1980, dictada durante el gobierno de facto del Gral. de Brigada Adolfo Sigwald, en consulta con el entonces Ministro del Interior Gral. Albano Harguindegui. En particular, la figura del merodeo se establece en la ley provincial Nº 7462 del año 1987, como artículo 45 bis y encuentra su antecedente más remoto en un edicto policial dictado el 28 de enero de 1869 por el jefe de la Policía de Córdoba.
En los casos de aplicación del Código de Faltas provincial, la policía es la encargada tanto de efectuar la detención como de investigar, acusar, y juzgar la falta cometida. Esta facultad policial, constituye un importante dispositivo de control, ya que «en los hechos es el poder policial el que maneja y gestiona la (in)seguridad ciudadana (Ferrajoli, 1989) y no como se cree, esa institución subordinada a la Justicia» . Con esta práctica se desconoce un principio básico del Estado de Derecho, ya que al recaer sobre la misma persona e institución la potestad de acusar y juzgar, desaparece la división de funciones que se establece como una garantía para el ciudadano y como un límite para el ejercicio de poder por parte de los funcionarios.
Nos interesa destacar que las conductas tipificadas en el citado Código son sumamente difusas, vagas e imprecisas sin que se detalle en forma clara y precisa la acción ilícita, es decir, el daño concreto provocado. Esto implica una violación al principio de legalidad que exige una descripción precisa de las conductas que la ley prohíbe. La mayoría de las mismas se focalizan en la descripción de condiciones de vida de las personas, tales como la «vagancia», la «mendicidad», «la prostitución» o normas de civilidad tales como desórdenes en la vía pública, o falta de respeto a las mujeres .
De este modo, la aplicación de las normas contravencionales constituye en la práctica el ejercicio de una política de control, selectiva y arbitraria en manos de la agencia policial, de la mano de una política de seguridad represiva pensada y puesta en práctica desde la redacción misma del Código de Faltas y sus posteriores modificaciones. Cabe señalar que la última modificación fue realizada por pedido del Gobernador De la Sota, y prevé entre otras cosas, que la pena de arresto pueda extenderse hasta 90 días en algunos casos, ampliando el límite legal de detenciones por contraven- ciones.
Observaciones sobre el Código de Faltas de la Provincia de Córdoba.
En el Código de Faltas se encuentran vulnerados principios y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución, tanto Nacional como Provincial, así como en los tratados internacionales de Derechos Humanos.
– La inconstitucionalidad surge de la violación de las garantías básicas de la Constitución nacional previstas en el Art 18: privación de la libertad sólo con orden judicial, inviolabilidad de la defensa en juicio, condena de privación de libertad sólo como consecuencia de un juicio previo regular y legal con la intervención de un juez.
– El procedimiento Contravencional mutila la acción de la Justicia en el proceso de detención de una persona, ya que otorga al Jefe de Policía la autoridad de «dictar sentencia» contra un presunto contraventor y sólo interviene la justicia en el caso en que el detenido «conozca su derecho» a apelar ante el juez de faltas, para lo cual tiene un exiguo plazo de 48 horas. a quien no otorga el recurso de apelación a la Justicia.
– El Código de Faltas plantea una Justicia Contravencional que reproduce la lógica de la Justicia Penal, con la diferencia de que es implementada por personal policial sin ninguna formación jurídica. Así, su única respuesta es la sanción punitiva centrada en el arresto, cuando se supone que se caracteriza por ser una sanción que debe ser aplicada como último recurso o de estricta necesidad, recurriendo a este tipo de pena de manera discrecional e ilimitada.
– La prueba que demuestra la falta se limita por lo general a las declaraciones de los propios agentes que realizaron la deten-ción. Estas declaraciones debe-rían valorarse con particular cui-dado ya que los policías están obligados, en su propio interés, a justificar su conducta.
De este modo, el supuesto contraventor se enfrenta a un poder total que lo detiene, declara y reúne la prueba en su contra, sostiene la acusación y establece la pena. La suma de las funciones de acusar y juzgar en un mismo órgano vulnera de manera flagrante los princi-pios constitucionales de independencia e imparcialidad y viola, por ende, el derecho del contraventor de obtener una sentencia justa.
En particular, en lo que hace a la figura de merodeo, es necesario destacar que:
– La incorporación de una presunción de sospecha delictiva que autorice la intervención policial por un supuesto «estado de peligrosidad» del contraventor contradice la propia Constitución Nacional y diferentes Tratados Internacionales.
– A diferencia de lo que sucede en nuestro Código de Faltas, el comportamiento punible debe estar perfectamente determinado en forma previa y de manera válida general, de manera que la sanción no quede sólo en el arbitrio de los agentes estatales.
– El merodeo sin motivo -esto es, el simple ejercicio del derecho a la libertad ambulatoria- se plantea en los siguientes términos: «en forma susceptible de causar alarma o inquietud a quienes estuvieren en esos lugares» .
– Una característica común de muchas de las figuras contravenciones de la que el merodeo es ejemplificadora, consiste en sancionar compor-tamientos no por el peligro o daño que el comportamiento acarrea en sí mismo, sino por la impresión -el juicio subjetivo- que el comportamiento provoca en terceras personas.
La política policial: engrosar las estadísticas.
En una provincia en la que existe una estructura policial específicamente destinada a la vigilancia de las zonas más pobres y de menor acceso a derechos básicos, como el Comando de Acción Preventiva de la provincia de Córdoba, los términos en que se encuentra redactado el Código de Faltas constituye una herramienta eficaz. Tal como lo establece la Doctrina de Tolerancia Cero, se pretende generar una sensación tranquilidad, seguridad e imagen de orden para las clases medias y altas a través de la violación de derechos básicos de los sectores más desprotegidos de la población. Por ello mismo, cabe preguntarse de qué seguridad hablamos cuando gran parte de los ciudadanos de esta provincia se sienten amenazados por la aplicación de una normativa legal que permite seleccionar arbitrariamente quiénes pueden ser detenidos sin motivo fundado. En este sentido, es posible hablar de la traducción concreta de la Doctrina de Tolerancia O: «En la fuerza te van adoctrinando: por ser morocho y vivir en un barrio son potencialmente delincuentes. Hay mucho de portación de rostro: es la franja más débil y la más fácil de apremiar con detenciones», admitió, de manera inaudita, Jorge, un suboficial del Comando de Acción Preventiva (CAP) . Por otra parte, también en declaraciones realizadas al mismo diario, otro de los policías afirmó «pide cinco detenidos todos los días, menos el sábado que quiere siete y los martes baja por es un dia «colados». Entonces vos el domingo a la mañana le llenás la patrulla, pero son chicos que vienen de bailar», en relación a las órdenes del Comisario del Precinto 3.
A modo de cierre.
Durante el año 2004, en la ciudad de Córdoba se realizaron 5.201 detenciones por aplicación del Código de Faltas, frente a 909 realizadas por imputaciones por hechos delictivos. Durante los primeros 6 meses del año 2005, las detenciones por contravenciones en los 5 distritos en que está dividida la ciudad fueron 8.968. Es decir que sólo en la primer mitad del año, casi se duplicaron las detenciones de todo el año anterior.
La multiplicación de las detenciones por contravenciones, el altísimo porcentaje de detenciones aplicando la figura del merodeo y las confirmaciones policiales de las órdenes de detener arbitra-riamente en función de llenar cupos diarios de detenciones como indicador de eficacia, constituyen una preocu-pación central de muchas de las organizaciones sociales, en particular, aquellas que trabajan con jóvenes de los barrios pobres de la ciudad de Córdoba.
Una política de seguridad que profundiza la exclusión, que se sostiene en una herramienta legal que viola garantías constitucionales básicas, que circuns-cribe la noción de seguridad a la defensa social contra el delito fundada en la violación de derechos de los sectores económicamente más desfavorecidos constituye una situación de violencia institucional permanente. Si a esto le sumamos que a quienes «se les pintan los dedos» se les disminuye aún más sus posibilidades de ingreso al mercado laboral (ya que las contravenciones aparecen en los certificados de buena conducta que emite la policía), la situación que describimos constituye una problemática que requiere del debate público y de medidas que tiendan a disminuir la discrecionalidad del aparato represivo estatal.
Contacto
Comisión Intersectorial de Observación y Seguimiento de la Situación Carcelaria en Córdoba
Casa del Liberado: 0351-4577205 / 155920620/ 155394147/ 155936616
Dr. Gustavo Cosacov, [email protected];
Dr. Jorge Perano, [email protected]
Prof. Mirta Antonelli, coordinadora [email protected]
Nota
Litio: nace un nuevo documental

Este viernes 29 de agosto se presentará un nuevo contenido de Cooperativa de trabajo lavaca: Litio. Un documental dirigido junto a Patricio Escobar que refleja la lucha de las comunidades originarias y el paralelismo entre la reforma (in)constitucional de Jujuy, como experimento hacia la Ley Bases votada a nivel nacional.
“Te cuento esta historia, si me prometés hacer algo. ¿Dale?”.
Así arranca el documental Litio, una historia de saqueo y resistencias, que continúa…
Un documental independiente y autogestivo de cooperativa lavaca y dirigido en conjunto con Patricio Escobar, que traza un hilo conductor entre la reforma (in)constitucional de Jujuy votada a espaldas del pueblo en 2023, y lo que pasó un año después a nivel nacional con la aprobación de la Ley Bases y la instauración del RIGI (Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones).
Este proyecto tiene algunas particularidades: por un lado, no se trata de una única pieza audiovisual, sino de varias. Una más larga, de 22 minutos; y otras más cortas, de menos de 6 minutos. Por otro lado, se propone un documental en construcción permanente, al que se le irán agregando nuevas piezas de una cadena extractivista que parece no tener fin. Para esto, creamos una página web (que también estrenaremos el viernes 29) en la que iremos agregando los nuevos eslabones que surjan a futuro relacionados al oro blanco.
LITIO muestra cómo viven las comunidades de la puna jujeña en la cuenca de las Salinas Grandes y Laguna Guayatayoc, una de las siete maravillas naturales de Argentina, y a la par, zona de sequía y uno de los mayores reservorios de litio del mundo. Dato insoslayable: para obtener un kilo de carbonato de litio se utilizan hasta dos millones de litros de agua. Las imágenes se entrelazan con los ostentosos congresos mineros, la represión policial a las manifestaciones por la reforma (in)constitucional y la resistencia de un pueblo que no otorga la licencia social a la explotación minera.
“¿Cuánto cuesta, cuánto vale… nuestra Pacha?”, cantan las comunidades originarias. Esa bandera hecha canción – y esa pregunta- se construye a través de distintas entrevistas a las comunidades Santuario de Tres Pozos, Lipán, El Moreno, Tres Morros, Potrero de la Puna, así como a otros actores. También evidencia el silencio de las autoridades, que no quisieron hacer declaraciones públicas. “Todas las Salinas están cuadriculadas de pedimentos mineros. Allí viven las comunidades y debajo, en el subsuelo, están las minas”, cuenta Alicia Chalabe, abogada de las comunidades.
El documental plantea una premisa: la reforma (in)constitucional de Jujuy en 2023 impuesta por el entonces gobernador Gerardo Morales –a merced de la explotación del litio, ya que modificó el régimen de agua, de tierras fiscales y de la propiedad privada, y ratificó la propiedad exclusiva de la provincia sobre los recursos naturales, entre los que incluye el subsuelo y el mineral de litio– fue el experimento que sirvió de antesala a la Ley Bases aprobada en 2024. Esta profundizó no sólo la matriz extractivista mediante enormes beneficios fiscales a empresas mineras, petroleras y del agronegocio, sino también las relaciones carnales con Estados Unidos y particularmente con Elon Musk, dueño de la empresa Tesla que construye autos eléctricos, para lo cual el litio es fundamental.
LITIO termina con tres palabras, y se erige como punto de partida:
“Esta historia continuará
¿Dale?”.
Te invitamos a seguir construyendo esta historia, este viernes 29 de agosto a las 20, en MU Trinchera (Riobamba 143, CABA).

CABA
Super Mamá: ¿Quién cuida a las que cuidan?

¿Cómo ser una Super Mamá? La protagonista de esta historia es una flamante madre, una actriz a la que en algún momento le gustaría retomar su carrera y para ello necesita cómplices que le permitan disfrutar los diferentes roles que, como una mamushka, habitan su deseo. ¿Le será posible poner en marcha una vida más allá de la maternidad? ¿Qué necesitan las madres? ¿Qué necesita ella?
Por María del Carmen Varela
Como meterse al mar de noche es una obra teatral —con dirección y dramaturgia de Sol Bonelli— vital, testimonial, genuina. Un recital performático de la mano de la actriz Victoria Cestau y música en vivo a cargo de Florencia Albarracín. La expresividad gestual de Victoria y la ductilidad musical de Florencia las consolidan en un dúo que funciona y se complementa muy bien en escena. Con frescura, ternura, desesperación y humor, abordan los diferentes estadíos que conforman el antes y después de dar a luz y las responsabilidades en cuanto al universo de los cuidados. ¿Quién cuida a las que cuidan?
La escritura de la obra comenzó en 2021 saliendo de la pandemia y para fines de 2022 estaba lista. Sol incluyó en la última escena cuestiones inspiradas en el proyecto de ley de Cuidados que había sido presentada en el Congreso en mayo de 2022. “Recuerdo pensar, ingenua yo, que la obra marcaría algo que en un futuro cercano estaría en camino de saldarse”. Una vez terminado el texto, comenzaron a hacer lecturas con Victoria y a inicios de 2023 se sumó Florencia en la residencia del Cultural San Martín y ahí fueron armando la puesta en escena. Suspendieron ensayos por atender otras obligaciones y retomaron en 2024 en la residencia de El Sábato Espacio Cultural.
Se escuchan carcajadas durante gran parte de la obra. Los momentos descriptos en escena provocan la identificación del público y no importa si pariste o no, igual resuenan. Victoria hace preguntas y obtiene respuestas. Apunta Sol: “En las funciones, con el público pasan varias cosas: risas es lo que más escucho, pero también un silencio de atención sobre todo al principio. Y luego se sueltan y hay confesiones. ¿Qué quieren quienes cuidan? ¡Tiempo solas, apoyo, guita, comprensión, corresponsabilidad, escucha, mimos, silencio, leyes que apoyen la crianza compartida y también goce! ¡Coger! Gritaron la otra vez”.
¿Existe la Super Mamá? ¿Cómo es o, mejor dicho, cómo debería ser? El sentimiento de culpa se infiltra y gana terreno. “Quise tomar ese ejemplo de la culpa. Explicitar que la Super Mamá no existe, es explotación pura y dura. No idealicé nada. Por más que sea momento lindo, hay soledad y desconcierto incluso rodeada de médicos a la hora de parir. Hay mucho maltrato, violencia obstétrica de muchas formas, a veces la desidia”.
Durante 2018 y 2019 Sol dio talleres de escritura y puerperio y una de las consignas era hacer un Manifiesto maternal. “De esa consigna nació la idea y también de leer el proyecto de ley”. Su intención fue poner el foco en la soledad que atraviesan muchas mujeres. “Tal vez es desde la urbanidad mi mayor crítica. Se va desde lo particular para hablar de lo colectivo, pero con respecto a los compañeros, progenitores, padres, la situación es bastante parecida atravesando todas las clases sociales. Por varios motivos que tiene que ver con qué se espera de los varones padres, ellos se van a trabajar pero también van al fútbol, al hobby, con los amigos y no se responsabilizan de la misma manera”.
En una escena que desata las risas, Victoria se convierte en la Mami DT y desde el punto de vista del lenguaje futbolero, tan bien conocido por los papis, explica los tips a tener en cuenta cuando un varón se enfrenta al cuidad de un bebé. “No se trata de señalarlos como los malos sino que muestro en la escena todo ese trabajo de explicar que hacer con un bebé que es un trabajo en sí mismo. La obra habla de lo personal para llegar a lo político y social”.
Sol es madre y al inicio de la obra podemos escuchar un audio que le envió uno de sus hijos en el que aclara que le presta su pelota para que forme parte de la puesta. ¿Cómo acercarse a la responsabilidad colectiva de criar niñeces? “Nunca estamos realmente solas, es cuestión de mirar al costado y ver que hay otras en la misma, darnos esa mirada y vernos nos saca de la soledad. El público nos da devoluciones hermosas. De reflexión y de cómo esta obra ayuda a no sentirse solas, a pensar y a cuidar a esas que nos cuidan y que tan naturalizado tenemos ese esfuerzo”.
NUN Teatro Bar. Juan Ramirez de Velazco 419, CABA
Miércoles 30 de julio, 21 hs
Próximas funciones: los viernes de octubre


CABA
Sacate la careta y ponete el antifaz: una caravana para defender al teatro con color y calor

“Vestite de gala y salí a la calle. Sacate la careta, ponete el antifaz”. Con esa consigna trabajadorxs de las artes escénicas salieron a exigir la derogación del decreto 345 que desfinancia al Instituto Nacional del Teatro y pone en serio riesgo al sector teatral independiente. Hubo color y calor, pese a los tiempos oscuros y fríos. El apoyo de la gente en la calle, el fondo del planteo, y la inesperada reacción de Pluto.
Por María del Carmen Varela. Fotos: Sebastián Smok

El público en la calle, sumándose al reclamo en favor del Instituto Nacional del Teatro.
La cita fue en la puerta del cine Cacodelphia, en Diagonal Roque Saenz Peña 1150, desde donde partió la colorida y ruidosa caravana que dobló por 9 de Julio y continuó por Av. Corrientes, hasta llegar a Rodriguez Peña. A las dos de la tarde el tramo de la Diagonal entre Lavalle y Corrientes fue punto de encuentro para actores, actrices, músicxs, bailarinxs, cirquerxs y zanquistas que engalanadxs con trajes de colores, vestidos de puntillas, tapados simil piel y elegantes sombreros le pusieron alegría y movimiento a una lucha que viene desde hace tiempo y se agudizó con el decreto que pone fin a a la autonomía y financiamiento del INT, entre otros organismos afectados. Una de las consignas: “Vestite de gala y salí a la calle. Sacate la careta, ponete el antifaz”.

¿Quién dijo que hace frío?
Al grito de “Señor, señora no sea indiferente, estamos defendiendo el teatro independiente” la caravana de la cultura logró su objetivo. Irrumpieron sobre el carril peatonal de una Avenida Corrientes poblada de gente en plenas vacaciones de invierno y nadie quedó indiferente. Aplausos, bocinazos, brazos en alto y muchas gargantas se unieron al canto. El reparto de volantes con el logo de ENTRÁ –Encuentro Nacional de Teatro en Resistencia Activa– puso palabras al reclamo:

¿Te imaginás la calle Corrientes sin teatros?
Las luces apagadas, las pizzerías vacías
Los artistas callejeros sin público
¡Esta peatonal es orgullo nacional!
Y eso es gracias a nuestro teatro
Hoy, nuestro teatro llena la calle de música y color
en este desfile en defensa del Instituto Nacional del Teatro
que para quienes se pregunten ¿qué es y de qué sirve?
Para fomentar y garantizar que el teatro llegue a todo el país
Hace dos meses, el gobierno firmó el decreto 345 que vacía al Instituto
con argumentos falsos sobre su funcionamiento y financiación
¡Al INT, que con los impuestos que pagan los medios de comunicación y los juegos de azar,
produce obras, abre salas, genera trabajo y construye cultura e identidad federal!
¡El Instituto no solo implica poco gasto, sino que genera tanto valor!
¡Defendámoslo!

Las familias y el apoyo a la creación, al arte y al significado del teatro.
El teatro que habla y Pluto en marcha
Nora es una de las mujeres que no resultó indiferente. Mientras paseaba por Corrientes se topó con la caravana y se sumó con canto y aplauso. “Me resulta muy conmovedor porque están defendiendo lo más precioso que tenemos, nuestra posibilidad de seguir creando. Esta puesta en escena me emociona, es poner en escena el deseo”.
¿Vas al teatro? “Todo lo que puedo, cuando puedo pagarlo”.

Los besos vuelan.
Las niñeces se sintieron muy atraídas por la caravana y no dudaban en acercarse a saltar y aplaudir. Frente al Teatro General San Martín, hicieron una parada y allí el Teatro habló:
- Ay, ay, ay, me duele todo
- Teatro, ¿qué pasa?
- ¡Me dieron una piña en la cara! Y en la panza y en las piernas. ¡Me tiembla todo!
- ¿Por qué?
- ¡Quieren desmembrarme!
- ¿Quién?

- El teatro explicándo por megáfono la situación.
- El decreto 345 quiere vaciar mi instituto
- ¿Al instituto que produce obras y abre salas en todo el país? ¿Al instituto que genera trabajo y construye cultura e identidad?
- Sí. (El Teatro llora y casi se desvanece)
- ¡Cuidado el teatro se desmaya!

- Al teatro le da un soponcio.
- Yo les juro, no hice nada, el instituto recauda los impuestos que pagan los medios de comunicación y los juegos de azar, pero parece que no sirvo para nada
- ¿Qué serían las noches sin tus risas y tus lágrimas? ¿Sin tu forma de imaginar? ¿Sin que nos animes a encontrarnos?
- ¿Alguien vio un teatro? (Señalan a los distintos teatros de calle Corrientes y gritan: ahí, ahí)
- ¡Quiero vivir! (grita el Teatro).
- Si, acá estamos y nos organizamos– replican todas la voces.

Pluto junto a las familias en la calle, observando y aplaudiendo.
La escena de un Teatro golpeado pero en resistencia, revitalizado por la suma de voluntades que lo quieren vivo, se repitió en la puerta del Teatro Astral, donde mucha gente salía de una función infantil. Una vez más, muchxs se acercaron y acompañaron. Pluto, o la persona con el disfraz del famoso perro creado por Walt Disney, saludaba niñxs a su paso aprovechando la alta concurrencia del Astral.
Una vez finalizada la performance del Teatro que quiere seguir contando historias, la caravana emprendió el regreso hacia el lado del Obelisco. Y hasta Pluto decidió abandonar el teatro comercial y se sumó a la fiesta del teatro independiente, mientras otra mujer con su familia se hacía oír con cuatro palabras: “¡Que viva el teatro!”

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