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Informe Alerta Argentina. Causas armadas. Caso testigo: Gabriel Roser

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Gabriel Alejandro Roser es un militante popular, responsable de un comedor comunitario que funcionaba en su propio domicilio, en la zona de Tolosa, en una de las tantas barriadas pobres de la ciudad de La Plata; hasta el momento de su detención, era el encargado a nivel nacional del área de seguridad del Movimiento de Unidad Popular. Tiene veintiséis años, y estuvo detenido durante un año y siete meses en la Unidad Penal de Magdalena por ser imputado en una causa armada por personal policial de la comisaría sexta de Tolosa, y convalidada por el Agente Fiscal Marcelo Eduardo Martini a cargo de la UFI 3 y el titular del Juzgado de Garantías nro 3 Néstor de Aspro en la IPP N° 20743.
El 24 de abril de 2004, el comerciante y funcionario policial Marcelo Rodolfo Toni y otras dos personas, resultaron víctimas de un robo a mano armada que se consumó en autoservicio propiedad del mencionado, y del que participaron al menos tres personas, quienes se apoderaron ilegítimamente de dos relojes pulsera, dos aparatos de telefonía celular, y la suma de ochocientos noventa pesos.
Inmediatamente de cometido tal delito, el mismo Marcelo Rodolfo Toni, sale tras los autores del hecho a bordo de un vehículo propiedad de su amigo y también damnificado por el delito Diego Hernan Casagna. Mientras dicho seguimiento se producía, comunica lo ocurrido a sus camaradas de la seccional sexta de policía de Tolosa, quienes se suman a la persecución, hasta que los sospechosos lograron darse a la fuga.
Luego de ello, tanto Toni como su amigo Casagna se trasladan a la comisaría sexta de Tolosa a fin de participar en las diligencias de rigor. Esto es, suscribir el acta de procedimiento y prestar declaración testimonial. En esa ocasión el comerciante y funcionario policial Marcelo Rodolfo Toni todo lo que afirma es «…que los malvivientes que perpetraron el delito resultan a simple vista (…) mayores de edad, uno de ellos (…) de aproximadamente 1.75 de estatura, de tez trigueña, de cabellos crespos de color oscuro, ondulados y cortos, cara redonda de contextura física mediana, y el restante (…) de alrededor de 1.60 de estatura, de tez trigueña, cabellos cortos oscuros, de contextura física delgada (…) A preguntas refiere que se halla en condiciones de realizar un dictado de rostro de los dos malvivientes que perpetraron el ilícito y con relación al tercer sujeto manifiesta que observó su rostro…» (fs. 1/3, y 8 y vta.).
Dos días más tarde, es decir el 26/04/04, ante el Fiscal Martini, Toni no solo aporta la identidad de los presuntos autores, a quienes identifica como Timoteo de unos 22 o 23 años, Rossi (por Roser) de 25 aproximadamente y un tercero apodado «El Chino» de 30 años o algo menos. Sino que llamativamente y para dar razón de sus dichos, afirma que conocía a los mismos de tiempo antes, por haber actuado respecto de ellos en su condición de funcionario policíal de la comisaría 6ta. de Tolosa, y porque éstas personas además habían cometido en reiteradas oportunidades -cuatro- delitos contra la propiedad que lo habían tenido como damnificado. Esta declaración fue completada por los compañeros del testigo, y así se tuvo, que Rossi era Roser, y Timoteo un menor de edad.
Dicho paquete de pescado podrido fue gustosamente adquirido y convalidado tanto por el Fiscal Martini, quien no indagó de que forma Toni y los restantes damnificados habían llegado a adquirir esa información incongruente con sus primeras declaraciones en la comisaría, como por el Juez de Aspro, quien ordenó el allanamiento a la vivienda de Gabriel y posteriormente hizo lugar al pedido de prisión preventiva.
Desde la primera oportunidad, Roser declaró y afirmó su inocencia, e ingenuamente y en la creencia de que se trataba de un malentendido, solicitó que se lo exponga en una rueda de reconocimiento. Diligencia que fue cumplida por Toni y su amigo Casagna, no sin hacer ostentación del impune manoseo con el cual podía incorporar lo que desease en el expediente, conciente de que la suerte de Gabriel estaba echada (fs.92/93). Más aún cuando Marcelo Rodoldo Toni, en una verdadera profecía de autocumplimiento y como tributo al olfato policial de sus compañeros, señaló la fotografía de Gabriel que meses antes (1) había sido incorporada al álbum de sospechosos de la comisaría 6ta. (fs. 48).
Así, primero negó haber visto la fotografía que oportunamente se le había exbibido, y por cuyo reconocimiento Gabriel había sido detenido. Luego, como la contextura física de Gabriel es robusta, y no mediana como afirmara Toni desde un principio, en relación a uno de los autores del hecho, la modificó para así ajustarla a sus características Asimismo, como junto a Gabriel quiso involucrar a Timoteo, y éste resultó menor de edad, no tuvo ningún empacho en sostener que uno de los autores era de contextura chica y no llegaba a los dieciocho años. No obstante haber afirmado desde un principio, que a simple vista quienes habían intervenido en el hecho eran mayores de edad.Por último, al señalar a Gabriel agregó un nuevo dato, ahora lo conocía por la zona donde vivía.
Teniendo en cuenta lo relatado nos preguntábamos al momento de tomar la defensa técnica ¿es lógico creer que quien ha sido damnificado por un ilícito en el cual se lo habría desapoderado de diversos bienes, constándole previo a prestar su primer declaración, la identidad y zona de residencia de los autores del mismo, frustre el esclarecimiento del hecho y con ello la posibilidad de recuperar los bienes de los que fuera desapoderado, aportando solo la descripción física, sexo, edad estimada, vestimenta y refiera estar en condiciones del realizar un dictado de rostro? Más aún, si tenemos presente que el testigo, reviste la calidad de funcionario policial, mal podrá argumentarse que Marcelo Rodolfo Toni se sintió intimidado, incómodo, inhibido o mal tratado en dicha seccional policial, y dijo ante el Agente Fiscal lo no dicho por tales motivos antes a sus compañeros. O que sus compañeros no hicieron constar, lo que si hizo constar el Agente Fiscal. Pensábamos también en los propios dichos de Toni, cuando al momento de prestar declaración ante el Fiscal Martini, ratificaba su declaración anterior y decía impunemente lo que se le venía en gana, sin siquiera hacer una aclaración, aclaración que por cierto tampoco le fue requerida cuando esto último hubiera correspondido, no solo porque el curso natural y ordinario de las cosas así lo hubiera aconsejado, sino porque las normas que regulan la actividad de los representantes del Ministerio Público lo imponen (art. 56 del CPP, art. 54 Ley 12061).-
Es más, el Fiscal Martini debería haberle requerido aporte datos sobre los hechos previos a los que hizo referencia, cuándo fueron cometidos, quiénes fueron los damnificados, los testigos, los bienes ilegítimamente desapoderados, si los mismos fueron denunciados tomar vista de tales investigaciones. Pero nada de eso se hizo y ello no es casual. Puede constatarse en el sistema informático de Mesa General de Entradas de Fiscalía de Cámaras y Garantías de La Plata, que el señor Toni no reviste el carácter de denunciante/víctima/damnificado en ninguna otra investigación, como tampoco Gabriel Alejandro Roser el carácter de imputado.
Todas estas irregularidades quedarían palpablemente evidenciadas durante el debate oral.
El Juicio Oral.
El día 29 de Noviembre de 2005 comenzó el juicio oral contra Gabriel Roser por ante el Tribunal Oral Criminal N° 2 integrado por los jueces Torrisi, Bernard y Doménech, estando a cargo de la acusación el fiscal Jorge Betini. Durante las jornadas de debate y a medida que se fueron sucediendo las declaraciones, comenzaron a eviden-iarse las contradicciones y los manejos arbitrarios de los funcionarios policiales que intervinieron en el procedimiento en el cual fuera implicado Roser.
Esclarecedora fue la declaración de Marcelo Toni, quién no solo no pudo explicar la forma en la cual pudo individualizar a los autores del hecho, siendo que en su primera declaración en la comisaría solo había aportado datos fisonómicos, para aportarlos luego en la fiscalía, sino que también elaboró una absurda historia en la cual refirió que con posterioridad a haberse producido el hecho y antes de declarar en la comisaría se dedico a buscar por el barrio datos que le permitieran dar con los autores del hecho y que fue así que finalmente dio con los datos de Rosi, Timoteo y El Chino. La elucubración no tuvo otro objetivo que el de ocultar lo que, de sus propios dichos, surgía como evidente: la foto que a Roser le sacaron en la Comisaría 6ta ya le había sido exhibida, los datos ya habían sido aportados por sus colegas de la bonaerense y el armado de la causa comenzaba a gestarse. Como quien esconde algo que sabe irregular, Toni al ser preguntado sobre si le habían sido exhibidas fotografías con anterioridad al reconocimiento en rueda de personas, manifiesta en forma rotunda que no, pero momentos después, al serle exhibida el acta de fs 28 incorporada por lectura, en la cual consta la exhibición de los libros de modus operandi (2) en la comisaría, no tuvo más opción que reconocer su firma y expresar que, ahora si recordaba y que los mismos le fueron exhibidos previamente a realizar la diligencia del reconocimiento en rueda. En conclusión, Toni no pudo explicar si el ingreso de Roser en la causa había sido por los elementos recabados en sus investi-gaciones personales (comentarios de personas que ni siquiera pudo individualizar y que referían que Roser se juntaba en una esquina con quienes le habían robado) o por el recuerdo de las características fisonómicas. Lo único que quedó demostrado por los propios dichos de Toni es que previamente a realizar el reconocimiento en rueda de personas, vio las fotos en el álbum de modus operandi, y que esto fue lo que con posterioridad le permitió indivi- dualizar a Roser.
En lo que respecta a Diego Hernán Casaña, otra de las víctimas del hecho y amigo de Toni, su relato, que comenzó siendo puntual y prolijo, se desmoronó al momento en que quiso ocultar lo inocultable, que es que él también había visto el libro de modus operandi junto con Toni. En tal sentido al ser indagado sobre si había visto álbumes fotográficos antes del reconocimiento en rueda, manifestó que los había visto después de la diligencia de reconocimiento en rueda y que él y Toni habían ido en días distintos a realizar tal diligencia. Luego ante preguntas formuladas comenzaría a contradecirse para terminar diciendo que fueron al reconocimiento del álbum fotográfico el mismo día solo que él fue a la tarde. Este dato puntual permitió evidenciar que tanto Toni como Casaña vieron la foto antes del reconocimiento en rueda de personas y que fue esto lo que les permitió identificar a Roser en dicha diligencia.
Finalmente culminó su declaración con idos acto fallidos, el primero al decir que Toni nunca le hablo de Rosi, dato que no es menor ya que es la forma en que Toni se refiere a Roser en su declaración ante el Fiscal, y el segundo al decir que no sabían que era Roser el que habían implicado en la causa.
Comentario aparte merecen los funcionarios policiales de la Comisaría Sexta. En primer lugar quienes en ese momento se desempeñaban como personal de calle, no pudieron verter datos que permitieran esclarecer como Gabriel Roser había llegado a la investigación, esto es, explicar de qué tareas investigativas surgió el nombre de Roser como uno de los autores del robo. La realidad es que lo que no podían decir es que el nombre estaba junto a la foto, que todos los datos fueron aportados por ese instrumento de estigmatización con que cuentan las comisarías de la provincia y que fue a partir de esos datos que comenzó a funcionar la maquina de armar causas.
Por otro lado, preguntados sobre cuales eran los criterios para detener a personas por averiguación de identidad, no dudaron en responder que se trata de criterios subjetivos, esto es la imagen que en el funcionario que procede genera la persona a detener. Así se dijo que la vestimenta, la cara, la forma de moverse, lo lugares de reunión, eran parámetros a tener en cuenta. Esto que solo parece un condimento, es trascendental ya que es reflejo de lo que constituye el conocido «olfato policial», ese olfato en el que comienza la maquinaria represiva del estado y que en la mayoría de los casos es la base del armado de causas.
Finalmente, en relación a la forma de llevar los libros de «Modus Operandi», fueron contestes en decir que son una herramienta habitual de las comisarías, que no tienen un orden sistemático que permita ubicar a personas de similares características (como necesariamente debe hacerse en un reconocimiento fotográfico), y que son manejados por el comisario de turno, es decir que es habitual que bases de datos de ciudadanos sean manejados al antojo de quien eventualmente sea titular de una dependencia policial. No es necesario aclarar los riesgos que esto implica y para muestra sobra un botón… la causa de Gabriel Roser (3)
El desistimiento de la acción:
Finalmente, al culminar la última jornada de debate oral, el fiscal de juicio, Jorge Betini, decidió desistir de la acción, argumentando que si bien no contaba con elementos suficientes que le permitieran corroborar que Roser era inocente, no contaba con elementos suficientes para sostener su acusación.
Lamentablemente no se pudo llegar a una sentencia absolutoria que diga lo que realmente surgió del debate: Roser fue víctima de la maquina policial-judicial de armar causas; los libros de «Modus Operandi» son una herramienta funda-mental para ese armado; la policía da arranque a la maquinaria y fiscales y jueces le inyectan el combustible necesario para seguir funcionando; la prisión preventiva es una pena antici-pada que viola elementales garantías constitucionales.
Conclusiones
La causa seguida a Gabriel Roser no es una causa más, no solo por tratarse de un militante y desprenderse la relación del caso con ciertas implicancias de un puntero del Partido Justicialista, sino y fundamentalmente, por evidenciar clara-mente el mecanismo perfectamente aceitado de armado de causas. Es el caso Roser, un claro registro del poder territorial de la policía bonaerense al momento de implicar a sujetos estigmatizados por su procedencia barrial, por su condición de pobre, joven y piquetero, y del criterio discrecional e impune con que manejan su conocido «olfato policial». También es un registro claro de sistemática convalidación de su accionar por parte de Fiscales y Jueces, evidenciando el menosprecio que el valor de la libertad humana representa. Finalmente es un testimonio del manejo arbitrario e ilegal que el estado provincial hace del instituto de la prisión preventiva, utilizando un medida cautelar como una verdadera pena anticipada… cabe recordar a los muertos en la Unidad 26 del Penal de Magdalena y preguntarse ¿cuál es la diferencia intrínseca entre los que allí murieron y Gabriel Roser?
NOTAS
1) En al menos dos oportunidades y con un mes de diferencia (25/02/04 y 19/3/04) Gabriel Roser fue detenido por averiguación de identidad por personal de calle de la Comisaría sexta de Tolosa (La Plata, Provincia de Buenos Aires). En una de esas oportunidades fue conducido junto a dos menores, no obstante contar con su Documento de Identidad y estar a dos cuadras de su casa, por averiguación de identidad a la mentada dependencia policial. En ese lugar fueron conducidos a un cuarto en la parte superior de la comisaría donde se le extrajo una fotografía… sería la foto que luego se ingresaría al libro de Modus Operandi.
2) El uso de álbumes fotográficos de sospechosos por parte de la Institución Policial Bonaerense, ha sido la forma inmemorial con la que los uniformados encargados de cumplir funciones de instrucción judicial se han relacionado con eso que todos conocemos como «delito».
Desde la creación de Policía de la Provincia de Buenos Aires, el 13 de Diciembre de 1880, ha sido una práctica habitual que ésta desarrolle actividades preventivas identificando a personas sospechosas, imputadas de la comisión de un delito o infracción penal a través de los denominados «Prontuarios»: suerte de legajo volcado de datos biográficos e historial de de pases del llamado delincuente
La actividad preventiva de «prontuariar» fue instalando así un imaginario propicio dentro de la Institución Policial, al punto de tornarse en la forma más común de encararse -de manera previa- todas las pesquisas que se iban desarrollando. Cabe decir, la galería de rostros en prontuarios era el marco acotado de posibilidades que tenía una Comisaría para investigar y/o controlar -no los delitos cometidos-, sino los delitos a cometerse por los que eran llamados «los famosos delincuentes de la zona»
En el año 1967, se sanciona un nuevo reglamento que legaliza el uso de Prontuarios en cada Comisaría para individualizar e identificar delincuentes «en hechos ilícitos perpetrados que se ignorase su autor». De este modo la reglamentación abría la puerta para que el personal policial saliera de la actividad prontuarial meramente preventiva, e ingresara de lleno en la escena de la actuación judicial, confeccionando sumarios penales a partir del cotejo de rostros fotografiados que se les enseñaban a las víctimas para que reconozcan la verdadera cara de quien los asaltó. Es a partir de este momento donde aparece la idea de Modus Operandi, concepto que en la jerga policial, viene a sustituir el de prontuario (preventivo) para devenir, como la palabra misma lo insinúa: el modo de proceder cotidiano de aquel personal policial afectado a la investigación; modo habitual de realizar tareas de pesquisa ante un hecho ilícito en el que se desconoce su posible autor.
Los Modus Operandi pasaron a ser carpetas numeradas en el ámbito de cada comisaría provincial, en la cual se registraban las fotografías que se iban tomando a todas las personas que, a criterio del comisario de turno, podrían llegar a ser pasibles de sospecha delictiva en un futuro.
Los instrumentos de recolección de imágenes, pasarían a ser: el hecho de haber quedado alguna vez detenido, la doble AA (detención por averiguación de antecedentes), la contravención, o la insólita situación de verse forzado a fotografiarse cuando alguien sólo acercaba a una comisaría para realizar un simple tramite administrativo. En ocasiones hasta un barrio entero podría llegar a estar fotografiado.
Aquí hay un dato fundamental a tener en cuenta, los rostros que colecciona en su armario un Comisario de turno, poseen si se quiere una característica común, una característica que escapa al mote de «delincuente». Esa característica es la pobreza, una pobreza puesta entre paréntesis y observable por peligrosa. Una colección de gente marginal en varios tomos, un bestiario que se amontona en las periferias. Un inventario de monstruos reunidos por letras.
Pero no habrá una sola «carpeta», en realidad habrá tantas «carpetas» como Comisarías haya. Las «carpetas» son territoriales. Cada Comisaría llevará su propio álbum de fotos de acuerdo a la reglamentación 2019/67, donde habrá de compilar las esfinges de la pobreza, afiliar a los «revoltosos» del barrio, a los menores hijos de esos pobres. Las carpetas Modus Operandi son una manera sutil de apresurarse a prejuzgar al otro por el sólo hecho de ser pobre, estar desocupado o ser un «negro».
Hoy en día, estas carpetas Modus Operandi, han llegado a conformar voluminosos libros con imágenes fotográficas de miles de ciudadanos que desconocen por completo los usos que se le da a su rostro, como así el riesgo que corren cada vez que son expuestos ante los ojos descarnados de las víctimas de cualquier ilícito, quienes en pro de dar con un culpable seguro, no pierden la oportunidad de apuntar con su dedo a diestra y siniestra (la mayoría de las veces con la sugestiva indicación policial), dejando a personas absoluta-mente inocentes libradas a la peor suerte judicial: una prisión preventiva que de seguro durará varios meses.
En el Fuero Penal Provincial, el Modus Operandi constituye en prueba de cargo suficiente para fundar prima facie la libre convicción de un juez de garantías respecto a la autoría y responsabilidad de un imputado. Poder Policial y Judicial inician el proceso de simpatía que convalidará toda esta actividad.
Pues no nos escapa que en un punto, las facultades discrecionales de la Policía en la Provincia en lo que hace a las carpetas de Modus Operandi, producen información esencial a administrar y justificar en el área judicial. Si el hecho exhibir fotografías de ciudadanos inocentes a las víctimas de un ilícito resulta un modo de convalidar el proceso en el que recae la sospecha policial (el olfato policial); también resulta el punto de partida para fraguar procesos judiciales.
De este modo, las carpetas de Modus Operandi dejan la puerta abierta para el «armado de causas», en cuanto generan una suerte de derecho penal paralelo dedicado a engrosar las estadísticas en «la lucha contra el delito»; creando una imagen de «efectividad» ante las autoridades y la sociedad.
Tan fácil como pedir documentos y detener por averiguación de identidad; tan sencillo como tomarle una fotografía; y tan simple como mostrar un álbum de fotos a quienes se acercan a la Comisaría más cercana a denunciar los hechos de los que fueron víctimas hace un rato. Las «carpetas modus operandi» es para nosotros la manera que tiene la Policía de imprimir una identidad cuando se ha desmantelado el Estado social. Cuando se anda sin trabajo y la escuela se vuelve expulsiva; cuando se rompe la sociedad salarial y el Estado se descompromete de toda una serie de problemas que hasta entonces constituían su razón de ser; la manera de imprimir una identidad, estabilizar, de fijar, marcar, señalar, será a través de las «carpetas modus operandi». Devenir ilegal, al margen de las «buenas costumbres» y el consumo civilizado que será cartografiado en base a la utilización de estereotipos morales muy difundidos en las fuerzas de seguridad.
Las carpetas de Modus operandi son entonces la manera de disciplinar a los excluidos, de marcarlos y ubicarlos en un futuro en el espacio. Semejante actividad afecta de manera directa derechos humanos básicos como asimismo garantías constitucionales del debido proceso y defensa en juicio, todas ellas reconocidas en la carta constitucional y en tratados internacionales de máxima jerarquía.
Quizás en adelante, los Modus Operandi pasarán a ser pieza de museo. La era digital está entrando, las técnicas de mapeo y registro digital de imágenes antropomórficas dejará más que nunca en claro que Lombroso ha sido y sigue siendo el padre de la criatura. A través de estos universos informático-policiales, se podrá acceder con facilidad al rostro de poblaciones enteras. Sin embargo, por más inteligente que pueda presentarse el sistema, el mismo no nos podrá engañar, toda su inteligencia radica en recaer sobre los sospechosos de siempre: los pobres de siempre, que ahora estarán allí, a disposición de cualquier Comisario de turno que desde el despacho su comisaría, podrá acceder con su computadora al registro centralizado que le sabrá dar de inmediato detalles sobre la cara y detalle de todos los delincuentes de su zona.
3) A partir del caso Roser, y como parte de la estrategia de defensa que lleva adelante el CIAJ (Colectivo de investigación y Acción Jurídica), distintas organizaciones de derechos humanos de la ciudad de La Plata, la Asociación Miguel Bru, la Asociación Permanente por los Derechos Humanos (APDH), el CIAJ y la Defensoría General de Casación de la Provincia, en calidad de «amicus curiae», presentaron una habeas data colectivo contra el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires por entender que las fotografías y los datos que se volcaban en los registros que componen las «carpetas Modus Operandi» constituían un acto discriminatorio con finalidades indecibles, inciertas y, por ende, contrarias a la Constitución Nacional y Provincial.
La particularidad de la acción presen-tada, radicó en la invocación del carácter colectivo de la legitimación de las Asociaciones involucradas en la demanda. Cabe decir, el efecto buscado desde un inicio por el CIAJ y los otros organismos era la posibilidad de que la acción planteada tenga un efecto difuso, que permita interrumpir de entrada el uso inmemorial de los Modus Operandi en toda la Provincia, ello por violación manifiesta a garantías y derechos humanos básicos plasmados en nuestra Constitución Nacional y Provincial
Asimismo, el objetivo central de la Acción planteada fue el de declarar la inconstitucionalidad del decreto ley 2019/67 que dio vía libre al uso de los Modus Operandi, se pidió el secuestro de la documentación que exista en el ámbito de comisarías provinciales cuyo contenido sea producto de una actividad manifiestamente ilícita y discriminatorio hacia los ciudadanos; por último se dio fundamental importancia al efecto Habeas Data buscado: que los datos de ciudadanos de la provincia encerrados en esos registros y usados sin su permiso, incluso en su contra, sean dados a la luz y cancelados por la autoridad competente.
El pedido recayó en el Juzgado Conten-cioso Administrativo a cargo del magistrado Luis Arias quién aceptara la legitimidad colectiva a los presentantes para hacer el reclamo. Posteriormente, y con bastante celeridad, convocó a una audiencia de conciliación, homologando el acuerdo al que arribaron las partes, por el cual se ordenó al Ministerio de Seguridad: «1) se ordena a todas las dependencias policiales de la provincia de Buenos Aires la remisión de todos los álbumes o registros fotográficos exis-tentes» que «deberán ser remitidos a la Fiscalía de Cámara de cada Depar-tamento Judicial dentro del plazo de 24 horas de la recepción de la orden que se instrumentará mediante acto adminis-trativo del Ministerio de Seguridad. 2) Se prohíbe expresamente la utilización de fotografías o la extracción de copias para uso en las dependencias policiales a las que se hace referencia en en el punto 1, considerándose falta grave. 3) Las autoridades policiales podrán tomar exclusivamente fotografías de personas privadas de libertad con fines iden-tificatorios, debiendo consignarse el motivo de la detención, y elevarse la ficha y la fotografía con sus negativos a la dirección de Antecedentes del Minis-terio de Seguridad en el término perentorio de 24 horas.»
De inmediato a la firma del acuerdo, el Ministerio de Seguridad dictó la Resolución Administrativa 784/05, por la cual se reconoce a la fotografía como herramienta fundamental para toda investigación penal en los casos en los que existan autores ignorados. En tal sentido, la resolución sigue en rigor lo prescripto en el acuerdo, pero se excede cuando determina en su artículo primero que: «… las policía de la Provincia obtendrán fotografías de la personas privadas de su libertad con el objeto de proceder a su identificación». De este modo, bajo el concepto ambiguo de «privados de libertad» se abre la puerta para que la policía fotografíe e identifique por este procedimiento a cualquier persona demorada.
Asimismo, el artículo seis, una verdadera conquista refiere: «…Los álbumes fotográficos serán exhibidos en los casos y a las personas que la autoridad judicial competente determine». El artículo siete dice: «….Las fotografías exhibidas en el álbum contarán al pie con un código identificatorio, los datos personales de la persona fotografiada y su correspon-dencia con el código adjudicado contarán en un listado aparte en poder del delegado responsable.» Se acaba así con los manejos discrecionales de los Comisarios con los libros, se designa a un responsable tenedor de los libros en área centralizada, quien deberá llevarlo y custodiarlo en su debida forma. Por lo que: «Las fotografías existentes en todas las dependencias policiales al momento del dictado de la presente resolución serán remitidas a los respectivos delega-dos de la dirección de antecedentes».
Por último, la resolución deja abierto el proceso de digitalización de imágenes, la sustitución de los Modus Operandi por un sistema más poderoso e inteligente: «…Otórgase el plazo de 180 días a las subsecretaría de investigaciones en función judicial para la digitalización de las fotografías y la puesta en funcio-namiento de un sistema informático de almacenamiento». Con la digitalización de las imágenes fotográficas ingresa la tecnología al uso policial cotidiano, el uso y control tecnológico como instru-mento de mayor efectividad y discrecionalidad a la hora de ejercer el control social sobre los más pobres.
El acuerdo y la resolución 784/05, no obstante dar una solución transitoria al tema de los Modus Operandi que se llevarán a cabo en adelante, no resuelve el punto 1) del acuerdo, quizás uno de los puntos fundamentales de la acción planteada, en tanto la documentación existente en Comisarías hasta la fecha, y que fuera enviada a cada Dirección Departamental de acuerdo a la resolu-ción 784, sigue sin ser analizada en detalle, y corre el riesgo de continuarse con su uso al pedido de cualquier funcionario policial/judicial que lo solicite, además de poder llegar a ser informatizada conforme ya lo hemos trascripto más arriba.
Ahora bien, pocos días después del mencionado acuerdo, los Fiscales Generales Departamentales, pidieron una reunión con la Procuradora General de la Corte, en dónde se decidió no recibir esa la polémica documentación. En declaración de prensa de numerosos Fiscales Generales, los mismos además de rechazar el acuerdo, reconocieron expresamente que los álbumes de Modus Operandi resultaban fundamen-tales para toda investigación delictiva, por lo que decidieron seguir avalando e impartiendo instrucciones en cada ámbito funcional del Ministerio Público, para que se continúe con la práctica.
Por último, y como consecuencia de todos estos traspiés desde el acuerdo homologado, ante la repercusión de la medida, las idas y venidas de los Fiscales, la continuidad de la documen-tación en manos de los Comisarios locales, como así la presión ejercida por numerosos organismos de Derechos Humanos que se solidarizaron y se expidieron teniendo en cuenta la trascendencia de la problemática; se solicitó al Juez Arias dicte una medica cautelar complementaria que aclare aspectos de la Repsol. 784/05 que no quedaron claros, e imponga algún tipo de sanción ante el virtual incumplimiento de lo resuelto.
En tal sentido, con fecha 8 de Julio, el Juzgado Contencioso Administrativo dicta una Medida cautelar, por la cual reconoce la verosimilitud del derecho afectado e invocado por la actora desde un inicio, como así el peligro procesal en juego. Por ello, el juez determina, ahora sí, con total precisión: «la prohibición de usar y exhibir los álbumes fotográficos o «Modus Operandi» a todos los efectivos de la Policía Bonaerense, salvo los que se encuentren expresamente autorizados por la Resolución Nº 784/05 y bajo las condiciones que se allí se establecen, bajo apercibimiento de aplicarse astreintes de $ 5000 en caso de incum-plimiento y de iniciarse las acciones penales correspondientes».
La prohibición de uso y exhibición ha quedado ya sin discusiones, la única posibilidad de tener un contacto directo con la foto es para el comisario la de extraer la foto y elevarla en el mismo día al encargado de custodia de las mismas, o en su caso, solicitarlo a dicho custodia con autorización judicial para el uso y exhibición un caso determinado. Todo lo cual debe quedar debidamente documentado.
Asimismo, la cautelar «…ordena a los Jefes de cada dependencia policial de la Provincia que remitan en el término perentorio de cinco días los álbumes que se encuentren en su poder, a la Dirección de Antecedentes de la Policía Bonaerense con sede en la ciudad de La Plata, debiendo acreditar en autos dicha remisión mediante constancias firmadas por aquél organismo, bajo apercibimiento de aplicarse astreintes al funcionario o agente responsable en solidaridad con el Comisario o Jefe de la Dependencia Policial, las que se fijan prudencialmente en la suma de $ 100 por cada día de demora injustificada». De este modo se pone coto a los manejos inescrupulosos de muchos Comisarios que pretendían seguir conservando documentación en su dependencia.
Por último, el juez ordena: «…al personal que se encuentra autorizado por la Resolución Nº 784/05 para tomar las fotografías que consignen en cada caso el «motivo de la detención» y remita las mismas y sus negativos a la Dirección de Antecedentes de la Policía Bonaerense, hasta tanto se designe en cada Dirección Departamental de Policía Científica al delegado de la Dirección de Antece-dentes en carácter de responsable y custodia de dicho registro, ello bajo apercibimiento de aplicarse astreintes al funcionario o agente responsable en solidaridad con el Comisario o Jefe de la Dependencia Policial, las que se fijan prudencialmente en la suma de $ 100 por cada día de demora injustificada». Con este último agregado en la cautelar, se trata de aclarar cierto contenido de la Resol. 784/04, buscando evitar las ambigüedades que genera el concepto «privados de libertad». A partir de la resolución de Arias, personal policial debe consignar por escrito el «motivo de la detención», cabe decir, al introducir la palabra «detención», se supone no puede quedar incluida una persona demorada o contravenida.
Contacto:
CIAJ (Colectivo de investigación y Acción Jurídica)
[email protected]
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Resultados en la Cumbre Científica de Naciones Unidas: Argentina con agrotóxicos al 100%

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El total (100%) de participantes argentinos en una investigación internacional sobre agrotóxicos “presentó un rango de 6 a 13 plaguicidas en orina, un rango de 2 a 10 plaguicidas en sangre y un rango de 0 a 18 plaguicidas en materia fecal”. El problema incluye a personas que viven lejos de las fumigaciones, por lo que se consideró a estos plaguicidas como «omnipresentes». Se encontraron además los venenos en los alimentos, el polvo del hogar, los granos de cultivos, animales, alimentos para animales, suelos y agua.

A través de una conferencia virtual desde Nueva York, durante más de 3 horas, el proyecto SPRINT reveló este miércoles 27 -Día de la Salud Ambiental- los resultados del estudio realizado en Europa y en la provincia de Buenos Aires (como principal exportadora de soja para alimentación animal).

Entre los venenos detectados están obviamente el glifosato (genotóxico y probable cancerígeno) y el clorpirifos (que pese a estar prohibido en Argentina se sigue vendiendo hasta en los supermercados). El informe señala además los “cócteles”, que mezclan químicos para aumentar la potencia de cada veneno, reuniendo hasta 120 plaguicidas.

La dirección del INTA prohibió a la doctora Virgina Aparicio (que integró en la investigación) participar en cualquier instancia actual del proyecto, y hablar con la prensa, siendo que se trata de un tema de salud pública.

Algunos de los datos que, pese al silencio y a la mordaza oficial, se revelaron en el marco de la Cumbre Científica de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

En alimentos: “el total de participantes argentinos presentó un rango de 6 a 22 plaguicidas en la muestra de alimentos”.

En el polvo del hogar: “el total de muestras analizados en Argentina presentó un rango de 43 a 86 plaguicidas en polvo del hogar”.

Granos de cultivos: “el total de muestras analizadas en Argentina presentó un rango de 0 a 8 plaguicidas en grano”.

En animales: “el total de animales analizados en Argentina presentó un rango de 1 a 12 plaguicidas en orina, un rango de 0 a 16 plaguicidas en materia fecal”. (Los de sangre continúan pendientes).

En alimento para animales: “un rango de 5 a 25 plaguicidas en alimento animal”.

En suelos: “el total de muestras analizados en Argentina presentó un rango de 0 a 12 plaguicidas en suelo”.

Agua superficial: en “el total de muestras analizadas presentó un rango de 10 a 28 plaguicidas en agua superficial”.

Por Anabel Pomar

Resultados en la Cumbre Científica de Naciones Unidas: Argentina con agrotóxicos al 100%

Resultado global presentado sobre las concentraciones de glifosato en seres humanos. Argentina lidera esa tabla con absoluta comodidad.

En el día de la celebración del día de la salud ambiental, miércoles 27 de septiembre, en Nueva York, EE. UU., en el marco de la Cumbre Científica de la Asamblea General de las Naciones Unidas (UNGA78) por primera vez para grandes audiencias pudieron conocerse parte de los resultados del proyecto europeo SPRINT (siglas en inglés de Transición Sostenible de Protección Vegetal: Un Enfoque de Salud Global 2020/2025).

¿Qué es el SPRINT? Es un proyecto financiado por La Unión Europea (UE) que busca identificar los residuos de los agrotóxicos, en ecosistemas y en humanos, y analizar el peligro de la sinergia (la combinación o mezcla) entre los plaguicidas hallados. Esto último, algo jamás contemplado a la hora de aprobar esos peligrosos venenos en el mercado, ni en el llamado “viejo continente”, ni en nuestro país.

En 2021 los muestreos en el marco de ese proyecto además de realizarse en los 10 países europeos participantes se ampliaron a la provincia de Buenos Aires. 

¿Por qué se incluyó a nuestro país?  Por ser el principal exportador de soja para alimentación animal al mercado europeo.

Entre las principales conclusiones del evento de este miércoles en NY, pudieron escucharse las voces de expertas y académicos participantes de ese proyecto. Contaron, basados en rigurosa información, cómo los agrotóxicos usados en la agricultura veneno-dependiente están contaminándolo todo. Cuerpos, comida y ambientes. Una de las palabras que más se repitió en las presentaciones, fue “omnipresente”. Los agrotóxicos están en todos lados: incluso en donde no son utilizados.

Entre los cuadros con centenares de nombres de moléculas químicas usadas en la agricultura, destacan algunos de los agrotóxicos más fumigados en nuestro país. El herbicida glifosato, y su metabolito AMPA, en los primeros puestos. Y para los muestreos en Argentina, en cantidades hasta tres veces superiores en algunas matrices. También el clorpirifos, recientemente prohibido en el país pero que se puede seguir comprando en cualquier góndola de supermercado en el sector de insecticidas.

Resultados en la Cumbre Científica de Naciones Unidas: Argentina con agrotóxicos al 100%

Resultados de plaguicidas en las muestras en orina.

El momento de la presentación es importante ya que este próximo 13 de octubre la Unión Europea deberá votar si decide re-autorizar el uso del glifosato. Desde la coordinación del SPRINT aseguraron que a la brevedad la información –que ya fue presentada en la euro-cámara– será publicada y distribuida al público general para lograr mayor difusión. También aseguraron que esperan que tales resultados impidan que se concrete la renovación del peligroso herbicida.

Omnipresentes

 Ver la presentación de esos estudios que respaldan una afirmación que muestra la magnitud del daño, estremece. Hasta las personas que consumen o producen alimentos sin usar agrotóxicos tienen sus cuerpos contaminados. Y aquellas que consumen alimentos libres de agrotóxicos, también. El cuadro completo muestra que la exposición ambiental llega a todas las personas, no solo a quienes producen con venenos o viven en zonas rurales. Y por todas las rutas de exposición.

Resultados en la Cumbre Científica de Naciones Unidas: Argentina con agrotóxicos al 100%

Los resultados de los venenos en materia fecal.

En los hogares

Como ejemplo se puede mencionar lo que se encontró al medir el polvo de hogares, presentado por Daniel M. Figueiredo, de la Universidad de Utrecht de Países Bajos. Los resultados indican que los agrotóxicos llegan a impactar en los organismos más por los ambientes que por la dieta misma: también son una ruta de exposición directa. El más detectado es el glifosato y su metabolito AMPA, en un cóctel de sustancias químicas peligrosas en un rango de entre 25 y 120 plaguicidas.

Otra constante: los cócteles de agroquímicos. No hay una sola sustancia sino decenas o cientos, mezcladas para aumentar la  potencia del veneno. En el caso presentado impactaban tanto a los vecinos de producciones convencionales cómo orgánicas.

A su turno, Hans Mol de la Universidad de Wageningen de Países Bajos, en la presentación de lo hallado en muestras de fluidos humanos –en los que el glifosato vuelve a estar entre lo más detectado. Los resultados señalan que hay presencia del herbicida genotóxico y probable cancerígeno en orina en el 86,1% de los argentinos muestreados y en el 35,2% de los europeos, mientras al analizar las heces humanas se detecta ese plaguicida en el 70,5% de las personas residentes en Europa y en el 100% de los bonaerenses.

Para el caso del clorpirifos, el 3,7% de europeos tiene en sus heces ese tóxico, mientras que para la Argentina el número asciende a 37,7%. Nuevamente salimos campeones, esta vez de otro podio tóxico.

La mordaza

En la conferencia virtual –toda en inglés– que  duró tres horas y a la que asistió lavaca y aproximadamente un centenar de personas conectadas desde distintas partes del mundo, no estuvo la investigadora a cargo del proyecto en Argentina, la doctora Virginia Aparicio.

Lavaca consultó a la investigadora del INTA el porqué de su ausencia que para la decena de personas conectadas desde Argentina no pasó desapercibida. Aparicio no tiene autorizado por orden directa de la dirección de ese organismo estatal participar de ninguna instancia del SPRINT, ni hablar con la prensa.

Lavaca se comunicó con el INTA (socio número 16 identificado como CSS11-Buenos Aires dentro del proyecto SPRINT) pero nuevamente, como sucede desde hace meses, no hubo respuesta oficial.

El organismo público impidió que hasta el día de hoy los resultados de lo muestreado en nuestro país se difunda. En julio de este año, pese a esa censura oficial, la vaca pudo conocer los resultados de ese muestreo en territorio y población bonaerense y publicarlo.

Del muestreo en Argentina participaron 73 personas. De las 73, 1/3 consumidoras, 1/3 habitantes de pueblos pequeños y “vecinos de productores”. Y 1/3 productores agropecuarios de los cuales la mitad usa plaguicidas y la otra mitad trabaja agroecológicamente. También se incluyó un monitoreo en 14 establecimientos rurales. Se tomaron pruebas en ambiente, alimentos, grano y muestras biológicas en animales.

“El total de participantes argentinos presentó un rango de 6 a 13 plaguicidas en orina, un rango de 2 a 10 plaguicidas en sangre y un rango de 0 a 18 plaguicidas en materia fecal” es una de las revelaciones de la  investigación.   

En los ambientes en los que esas personas se mueven a diario, “el total de participantes argentinos presentó un rango de 7 a 53 plaguicidas en las pulseras” de detección.

La vida cotidiana asediada

En las consideraciones preliminares de esos estudios personales que trascendieron se consigna: “Las mezclas de residuos de plaguicidas están presentes en los cuerpos humanos. Las personas se exponen a los plaguicidas en su vida cotidiana (datos de pulseras). La mayoría de los residuos son peligrosos para el ecosistema y los humanos”.

En alimentos, “el total de participantes argentinos presentó un rango de 6 a 22 plaguicidas en la muestra de alimentos”.

En el polvo del hogar, en “el total de muestras analizados en Argentina presentó un rango de 43 a 86 plaguicidas en polvo del hogar”.

Granos de cultivos, en “el total de muestras analizadas en Argentina presentó un rango de 0 a 8 plaguicidas en grano”.

En animales, en “el total de animales analizados en Argentina presentó un rango de 1 a 12 plaguicidas en orina, un rango de 0 a 16 plaguicidas en materia fecal”. (Los de sangre continúan pendientes).

En alimento para animales, en “un rango de 5 a 25 plaguicidas en alimento animal”.

En suelos, “el total de muestras analizados en Argentina presentó un rango de 0 a 12 plaguicidas en suelo”.

Agua superficial (en la zona de trabajo de SPRINT) en “el total de muestras analizadas presentó un rango de 10 a 28 plaguicidas en agua superficial”.

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Tucumán: condenan a un funcionario judicial y en el fallo recomiendan colgar placas en Tribunales que digan «un ambiente violento de trabajo afecta el servicio de justicia»

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Un funcionario judicial de Tucumán fue condenado por abuso sexual: 4 años, obligación de reparación económica, capacitación y placas en Tribunales. El hecho no es aislado: el Observatorio Lucía Pérez lleva adelante un registro que incluye 420 funcionarios (integrantes del Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial, de las cúpulas de las Fuerzas de Seguridad y de la Iglesia Católica) denunciados por violencia de género. Los argumentos e implicancias de un fallo ejemplar.

Jorge Edmundo Mistretta, exjefe de despacho de la Secretaría Electoral del Juzgado Federal N° 1 de Tucumán, jubilado desde 2019, fue condenado a cuatro años por abuso sexual contra dos de sus empleadas. Los abusos ocurrieron en 2013 y 2015: incluye tocarle los pechos a una de ellas y querer besarla, comentarios sexuales groseros, e intento de tocar a otra de las denunciantes. 

En el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán, compuesto por la jueza María Noel Costa, y los jueces Carlos Enrique Jiménez Montilla y Enrique Lilljedhal, se ordenó: 

  • La inmediata detención, aunque cumplirá prisión domiciliaria por su estado de salud.
  • Una indemnización de $4.4 millones de pesos y 3.6 millones de pesos para cada una de las víctimas.
  • La realización de un programa de capacitación sobre perspectiva de género y en política de prevención, sanción y eliminación de la violencia contra la mujer.
  • Se solicitó a Recursos Humanos de la Corte Suprema de Justicia Nacional que “se arbitren los mecanismos administrativos necesarios por una medida restaurativa que contemple la incorporación a una de las oficinas judiciales de esa jurisdicción -de la Cámara o del Tribunal Oral -, debiendo garantizar la ‘no revictimización’ de una de las víctimas”.
  • Además se recomendó que se coloquen placas en tribunales donde sucedieron los hechos que digan: “Un ambiente violento de trabajo afecta el servicio de justicia. No a la violencia ni al acoso”.

Los fundamentos se conocerán el próximo 29 de septiembre.

El “caso” no es aislado. El Observatorio Lucía Pérez lleva adelante un registro de denuncias por violencia de género contra integrantes del Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial, de las Fuerzas de Seguridad y de la Iglesia Católicas. 

El registro incluye ya 420 funcionarios denunciados, entre intendentes, diputados, fiscales, sargento, jueces, asesores, concejales, cabos, decano, sacerdotes y un largo etcétera. De todos los denunciados 99 son del Poder Judicial, al igual que Jorge Edmundo Mistretta; 139 del Poder Ejecutivo; 62 del Poder Legislativo; 67 de la Iglesia Católica; y 53 de las cúpulas de las fuerzas de seguridad.  

El padrón de funcionarios denunciados se puede ver acá

Tucumán: condenan a un funcionario judicial y en el fallo recomiendan colgar placas en Tribunales que digan «un ambiente violento de trabajo afecta el servicio de justicia»
El Poder Judicial es el segundo del Estado con más denuncias. Datos de Observatorio Lucía Pérez.

El Estado argentino se comprometió en 2020 a llevar un registro público de funcionarios judiciales denunciados por violencia de género como parte de un acuerdo amistoso alcanzado en el marco de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Hasta el momento lo hizo de forma incompleta y escasa, por ello comenzó a realizarlo, de manera autogestiva, el Observatorio Lucía Pérez que sumó además otros poderes para completarlo y con esa información reflexionar acerca de qué relación hay entre la ausencia de políticas públicas de contención y prevención y estas prácticas impunes.

Lo que se ve: la consigna “El Estado es responsable” se hace carne en la sistematización de esta información. No lo es solamente por omisión, o ineficaz: es un Estado violento. 

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El escenario y la vida: el universo Cárdenas

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Dos obras teatrales de un mismo autor nos invitan conectar con su universo personal: Martín Flores Cárdenas, dramaturgo y director, no se define como actor pero actúa, o como prefiere decirlo “está en escena”. El duelo por la muerte de su abuelo, la propuesta para montar una obra en Brasil y lxs amigxs como tesoro y sostén son algunos de los temas que aborda en No hay banda; mientras que en La fuerza de la gravedad el desafío fue escribir una obra y dedicársela a una amiga actriz, que se convierte en la protagonista. Cómo llevar la vida al escenario —o el escenario a la vida— para que la experiencia traspase la propia piel.

Fotos: Nora Lezano

“No creo que sea teatro documental. Tampoco una conferencia performática. En realidad, no es nada”, afirma el dramaturgo y director Martín Flores Cárdenas. Se refiere a su obra No hay banda, primera entrega del ciclo Obras Truncas, que está actualmente en cartelera junto a La fuerza de la gravedad, otra de sus producciones. Ambas transcurren en Casa Teatro Estudio, tres palabras que definen lo que sucede en Guardia Vieja 4257. Martín vive en la parte de arriba, pero aclara que la sala teatral es como si fuera una extensión de su casa: “Como lo son las obras, también, forman parte de uno: extensiones o sucursales de uno”.

Desde 2019 y junto al escenógrafo brasileño Ruslan Alastair Silva coordina esta sala artística del barrio de Almagro. “Es un espacio —cuenta Martín— que da la posibilidad de experimentar, sobre todo, nuevas formas de producción. Y eso, a veces con suerte, genera cosas reveladoras en el lenguaje escénico. Reveladoras para nosotros. Lo que más nos interesa es ir por caminos alternativos a los que ofrece la lógica de ´el mercado´. O al menos, tratar de producir sin que esas lógicas contaminen lo que hacemos. Es una sala re chiquita que permite crear sin presión de fechas ni, no sé… de objetivos económicos”.

No hay banda y La fuerza de la gravedad podrían encuadrarse en las clasificaciones de teatro documental o de “conferencia performática”. También como un biodrama, docuficción o teatro autobiográfico. Vamos a hacerle caso a Martín y dejaremos de lado las etiquetas que definen el género de una obra teatral. Sí vamos a decir que ambas abren una puerta —en sentido literal y simbólico— y nos permite instalarnos allí con agrado. Son invitaciones a navegar por un rato en el universo personal de quien las sintió, las escribió y puso el cuerpo en escena para contarnos parte de su vida. Y esa parte incluye la muerte de un ser querido: su abuelo.

El escenario y la vida: el universo Cárdenas

Banda sonora

Imposible no identificarse con este duelo y sus reflexiones, incluso las más bizarras en un contexto de pérdida reciente, porque también hemos tenido esos pensamientos absurdos que dispara el dolor. Martín utiliza recursos eficientes para su narrativa, nos distrae, nos distiende, y nos vuelve a traer a una zona donde la piel se eriza y el corazón cruje. “No hay banda apareció como posibilidad de desobturar la escritura. Por más que quisiera escribir otras cosas, siempre aparecía aquella obra trunca como un tapón. Un duelo mal hecho que esta nueva obra me ayudó a atravesar. Como me parecía imposible ensayar solo, busqué un dispositivo que me contuviera. Me junté con amigos a armar los videos, a grabar los audios. Y, texto en mano, empecé a leer la obra a amigas, amigos. A mostrar lo que había pensado. Algo de esa combinación entre lo ultrapremeditado o realizado y la fragilidad del estar ahí y lo improvisado se volvió lo que es hoy la obra”.

La muerte de su abuelo y una llamada para proponerle montar una obra en Brasil. Ambas circunstacias sucedieron casi al mismo tiempo. El fin de una vida, el comienzo de un proyecto. “Me interesaba problematizar el concepto de existencia. Suena re pretencioso, ya sé. Un clásico. Pero bueno… Traté de ser honesto cuando la escribía y pensaba y trato de ser honesto ahora respondiendo esta entrevista. La existencia de una obra primero ¿Qué hace que una obra exista? ¿Dónde o cómo existe lo que imaginamos? ¿En qué momento una obra empieza a ser y cuando muere o termina? Y desde ahí poder dialogar con la relación entre existencia y materia. La existencia de aquellos que murieron y cuya falta generó una obra. Y la materialidad del cuerpo en general y del autor en particular que, bueno, en este caso soy yo. Que no soy actor pero estoy en escena. Me gusta decirlo así: estar en escena. Porque de alguna manera plantea o propone algo ¿Qué es estar en escena? ¿No es actuar acaso? Pensar el cuerpo en escena. Autor que escribe e interpreta. No hay límites o bueno… Esa es otra pregunta. Son muchas: no hay un sólo tema o eje, como verás”.

En los próximos meses No hay banda se va a presentar en Madrid, en el Festival Iberoamericano de Cádiz y en Alicante, España. “Tanto No hay banda como La Fuerza de la gravedad se hacen cuando se puede. El público tiene que estar atento a las fechas que aparecen en Alternativa Teatral. Porque como tenemos estos viajes pueden estar una semana sí y a la siguiente no y así”. Martín asegura que ambas obras tuvieron procesos muy diferentes y comparten dos elementos en común: el lugar desde donde fueron creadas y que no se puede determinar una fecha de estreno ya que comenzó a mostrarlas y se fue sumando público.

El otro como un territorio a descubrir

La fuerza de la gravedad es una pieza teatral cuya materia prima es la ternura. Un abrazo que nos incluye a quienes estamos sentadxs frente a la actriz Laura López Moyano y su pila de hojas A4 de las que irá descubriendo hilos de vivencias con la amistad como protagonista. Martín: “Apareció primero como una idea. Yo hacía mucho tiempo quería hacer una obra para mis amigos. Y tenía la idea de este dispositivo en la cabeza. Pero recién cuando se me ocurrió que Laura podía ser la amiga que pondría el cuerpo me puse a escribir. Es una obra dedicada a mis amigxs pero sobre todo a ella. Las ideas son ideas… Están ahí. Gracias a ella, a que existe y es mi amiga, existe esta obra”. La amistad como territorio a descubrir, como un vínculo necesario y elegido. “Quería hablar del vínculo con la otredad. No me gusta cómo suena esa palabra pero creo que es la que le hace más justicia. No hablar sólo de la amistad. En todo caso, usar ese vínculo misterioso para mí, para hablar de otros vínculos. La relación con la naturaleza, el planeta o el espacio. Poder pensar al otrx como un territorio desconocido. Y que mi relación con ese cuerpo me constituye”.

Sin espoilear diremos que el final de esta obra es un momento infinitamente disfrutable, de regresión al universo infantil, ese paraíso que puede no estar perdido si se lo sabe buscar. ¿Cómo se elabora en la escena lo personal y lo ficcional? ¿Te sentís cómodo trabajando con esos elementos? “No sé si es cómodo. Justamente por eso es divertido, supongo. O útil para hacer algo. Lo pienso en relación a mí pero también a Laura. Para ella no fue fácil ni cómodo. Pero lo quiso hacer, lo encontró o encontramos necesario. Forma parte del trabajo. Cómodo no era y justamente por eso nos dieron ganas de encararlo. Esa decisión nos permite meternos en lugares nuevos, propios o bueno… singulares, me gusta decir. Claro que hay otras de formas de hacerlo. No sé: nosotros elegimos esta”.

En ambas obras lxs amigxs están presentes, colaboran, aconsejan, observan, actúan. ¿Qué significan en tu vida tus amigxs?

Difícil responder esta pregunta. Todo lo que pienso suena mal. Me gusta la idea del amigo como algo que también es uno. Una parte de mí. Soy mis amigos, también. ¡No! Soy con mis amigos. Sin ellos no soy. Eso. Pero también con los otros. Los desconocidos. Estamos todos comprometidos. Los gravísimos problemas ambientales, sociales, económicos que sufrimos deberían hacernos tomar consciencia. Te lo digo a vos y me lo digo a mí que como ciudadano o terrícola no soy ejemplo de nada, la verdad. Pero bueno. Tenerlo presente, pensarlo me ayuda a hacer algo… Por el otro, otra. Hacer un poco más. Algo que nos vuelva menos mierda. Como amigos, como habitantes de este mundo.

Casa Teatro Estudio

Guardia Vieja 4257, CABA

No hay banda

Lunes, 20.30 hs, hasta el 9/10/23

La fuerza de la gravedad

Sábados, 18 y 20.30 hs, hasta el 7/10/23

@tatofc

@moyanolaura

@casateatroestudio

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