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La perspectiva del pre-juicio al banquillo: por qué el Poder Judicial debe mirar las causas de femicidio con los ojos de Lucía

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Por Flavia Delmas

Este lunes y martes se desarrollaron las audiencias en el marco del jury que se le lleva adelante a los jueces Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas –suspendidos desde hace tres años– acusados de mal desempeño en el primer juicio por el femicidio de Lucía Pérez. Uno de los principales interrogantes del debate fue acerca de la perspectiva de género y por qué es una obligación de los jueces aplicarla.

Comencemos por desglosar los términos:

Perspectiva refiere a un punto de vista que debe tener el magistrado para evaluar las pruebas del caso.

Género refiere a las relaciones de poder entre personas de diferente sexo.

La noción de perspectiva de género nos habla de la vida cotidiana, ya que somos seres que se relacionan en un determinado contexto sociohistórico. Es por ello, por su cotidianidad y su raigambre histórica, que las llevamos adelante con naturalidad, sin advertir cómo operan las diferencias y desigualdades. Naturalizamos estereotipos que pre-juzgan: las personas debemos ser de tal o cual manera y ajustarnos a determinadas normas. Corrernos de esas reglas implica castigos sociales. Así se instalan mitos, como por ejemplo el del amor romántico por el cual el sapo se transforma en el príncipe azul o el de la pollerita corta que justifica la violencia. Un mecanismo que tiene consecuencias concretas: transitar de noche para un varón no es lo mismo que para una mujer, tampoco tienen las mismas oportunidades de acceso a trabajos y mucho menos a los niveles de poder.

La perspectiva del pre-juicio al banquillo: por qué el Poder Judicial debe mirar las causas de femicidio con los ojos de Lucía

Momento de la declaración del lunes pasado: Guillermo, el padre de Lucía Pérez, habla ante el jury de enjuiciamiento. Lo observan los jueces acusados. A la izquierda de la imagen, Pablo Viñas, y a la derecha, Facundo Gómez Urso. El fallo que dictaron en 2018 fue anulado por su falta de perspectiva de género. En la foto principal, Marta Montero, la madre de Lucía, habla frente a jury convocado en la ciudad de La Plata.

En nuestra sociedad no son las mismas expectativas y oportunidades para un varón que para una mujer. Estas diferencias desigualadoras, al decir de Ana María Fernández, se tornan trágicas en algunas circunstancias porque alimentan el sistema patriarcal cuya forma de supervivencia es la violencia.

Ahora bien, ¿pueden los jueces omitir diferencias como el sexo, la edad, la posición que ocupan las personas en la relación que entablan y que llevan, en este caso, a Lucía Pérez Montero a perder la vida?

La respuesta es la ley: no pueden.

Los narco femicidios

Estos jueces, Viñas y Gómez Urso, tuvieron que discernir qué había sucedido entre una niña adolescente de 16 años, estudiante secundaria, y dos personas mayores –uno de 23 años y otro de 41 años– que vendían estupefacientes en la puerta de su escuela. Es decir, dos hombres pertenecientes a una banda criminal que buscaba captar niñas adolescentes para el consumo. La invisibilidad de lo evidente, el afán de extirpar las jerarquías y los estatus que se desplegaron en esas apenas 24 horas previas al femicidio, es una de las principales operaciones de poder que se han producido en el juicio acontecido en Mar del Plata en 2018.

Sin lugar a dudas este caso es paradigmático ya que devela un tipo de femicidios que nada tienen que ver con los más extendidos en nuestro país: los de violencia doméstica. Esto implicaba un desafío para los jueces: producir la distinción de un fenómeno creciente, que es el NARCO FEMICIDIO. A partir de este caso, pudimos dar cuenta de otras situaciones en las que bandas criminales captan a niñas, adolescentes y jóvenes a través de la venta de estupefacientes, generando relaciones de poder y deudas que obligan a pagar con dádivas sexuales, violencia sexual o explotación sexual.

Ante este desafío, los jueces acusados en el jury tomaron el atajo corto: culpar a la víctima.

La ignorancia

Comencemos a repasar algunos de los tramos significativos en las audiencias del juicio a los jueces Viñas y Gómez Urso, acerca del entendimiento de la perspectiva de género.

María Elena Naddeo, en su intervención experta durante el jury acerca de los derechos de niñas, niños y adolescentes, dirá que la presentación del amicus que realizaron desde la APDH (Asamblea Permanente por los Derechos Humanos) se debió al “bochorno que implicaba la sentencia (…) que desconocía totalmente la Convención de los Derechos del Niño, que desconocía el plus de protección especial que requería”. Es decir: la perspectiva de los jueces debía ser la que dictan los tratados internacionales con jerarquía constitucional: tutelar a Lucía. También aseveró que en este caso“lo grave que vimos es un proceder que niega la existencia de las violaciones al poner el consentimiento como si fuera parte de la aceptación de la violencia (…). Fue una sentencia absolutamente parcial”.   

El abogado Esteban Viñas –primo hermano de uno de los jueces imputados e integrante y miembro honorario de la Red de Jueces Penales– al  ser interrogado por los abogados de la acusación, respondió:

  • ¿La vida sexual de una niña es un elemento decisivo a la hora de resolver un delito sexual?
  • Entiendo que no (…).
  • ¿Usted entiende que las garantías y los estándares internacionales en materia de los derechos de las mujeres y de los niños deben ser aplicadas, son obligatorias?
  • Desde luego que sí (…).

Luego deviene una pregunta llamativa de la abogada defensora de Viñas y Gómez Urso

  • Si el tribunal consideró que no se verificaba violencia de género ¿debe aplicar perspectiva de género?

Radica en esta formulación la cuestión nodal, ya que es un gravísimo error considerar que la perspectiva de género puede ser posterior a decidir si hubo violencia de género. ¿Por qué? Porque para delimitar qué pasó es necesario indagar los hechos con esa herramienta conceptual, algo que los jueces Viñas y Gómez Urso evitaron por completo. 

Durante las audiencias de ese primer juicio que hoy está en el banquillo quedó claro que los jueces escucharon a testigos y evaluaron las pruebas sin esa obligatoria perspectiva. Así lo testimonió en el jury la experta Laurana Malacalza:

“En el momento de la declaración (…) recuerdo una vehemencia muy particular de parte del Tribunal mientras exponía el concepto de perspectiva de género. Me preguntaron si esos conceptos que estaba emitiendo los había inventado yo o los había sacado de algún lugar. Por supuesto esto me llamó muchísimo la atención, porque suponer que yo había inventado el concepto daba cuenta de un gran desconocimiento (…). Fue el doctor Viñas, específicamente, quien le preguntó a la secretaria si ella se sentía así, subordinada, dominada. La secretaria estaba justo sirviéndole un café. Respondió: ‘no, para nada’. Y él me dice entonces ‘en esa sociedad que usted describe las mujeres no se sienten identificadas. De hecho, tenemos una gobernadora y una presidenta mujer”.

La perspectiva del pre-juicio al banquillo: por qué el Poder Judicial debe mirar las causas de femicidio con los ojos de Lucía

La culpabilidad de la víctima

En ese primer fallo que hoy está en el banquillo el nombre de Lucía Pérez aparece 164 veces,en tantoPablo Offidaniapenas 33. Para llegar a la conclusión de la ausencia de abuso o violación sexual seguida de muerte, debieron realizar una operación de inversión de sentido: crear lo que conocemos como la figura de “la mala víctima”: una mujer dominante, no dócil. También tuvieron que “lavarle la cara a los victimarios”: crear la ilusión de una situación idílica que unió a la víctima con sus victimarios.

La defensora de Farías, María Laura Solari, declaró durante el jury que Lucía era: “Una persona muy alegre, muy dedicada a su estudio, prácticamente con una asistencia perfecta al colegio, muy cuidada inclusive muy contenida por su familia, con mucho diálogo con su hermano, una joven con proyectos, con muchas ganas de vivir (…) No tenía un consumo problemático”.

Sin embargo, en la sentencia los jueces la describirán de la siguiente manera:

“Lucía distaba mucho de ser sumisa. Tenía relaciones sexuales con quien y cuando quería (…) Soberbia y orgullosa”.

Durante la segunda jornada del jury se produce este diálogo en el interrogatorio del abogado de la acusación a Laura Solari, defensora de Matías Farías:

Abogado: ¿Usted recuerda haber preguntado sobre la vida sexual de Lucia?

Dra. Solari: Si, si

Abogado: ¿Esas preguntas fueron objetadas por el tribunal?

Dra. Solari: No, porque no las objetó la parte.

El mito del amor romántico

El conocimiento de Farías con Lucía fue de 24 horas, “una relación de conocimiento incipiente”, dirá el juez Viñas. Según surge en el primer juicio, Farías tenía al menos dos relaciones anteriores en Mar del Plata. La primera, con una mujer con 5 hijos. El sexto es de Farías y nació con una discapacidad. Offidani declaró que era su padrino. Ahora está a cargo de su tía. Los otros cinco quedaron a disposición del juez de menores, dado el contexto de abandono familiar en el que se hallaban. La segunda pareja es una joven que fue recordada en las audiencias por la enfermera que estaba a cargo de la sala de salud el día que llevaron ahí el cuerpo de Lucía. La recordó al preguntarle los jueces, como es rutina, si conocía a alguno de los imputados. La enfermera señaló a Farías: “Lo conocí cuando llevó a la salita a una chica a parir. No somos una sala preparada para eso. La chica además llegó al parto sin ningún control durante el embarazo”.

A los jueces esos antecedentes de relaciones marcadas por el abandono, el consumo problemático y las consecuencias en la salud y la vida de las mujeres y niños implicados no les pareció un contexto significativo para evaluar la conducta previa de los implicados. ¿Por qué? Porque los jueces tuvieron una perspectiva: la mirada pre-juiciosa de la discriminación.

Es esa perspectiva discriminatoria la que les impidió ver lo evidente: ser una niña-adolescente y sufrir una muerte violenta no constituyó para ellos un delito.

En febrero de este año la Corte Suprema bonaerense aprobó una Guía Práctica para que jueces y juezas apliquen la perspectiva de género. Cita el fallo que anuló la sentencia que dejó impune el femicidio de Lucía Pérez y, entre otras directivas, señala: “la estereotipación debe ser desarticulada” porque “trae como consecuencia la negación de un derecho, la imposición de una carga mayor o degradación, provocando de ese modo la perpetuación de prácticas que entrañan violencia y discriminación desde el Poder Judicial, pudiendo caer en violencia institucional. Por eso, al momento de decidir sobre un caso no sólo deben ser suprimidos, sino que al observarse su utilización esa práctica debe ser señalada y sancionada”.

Que así sea.

La perspectiva del pre-juicio al banquillo: por qué el Poder Judicial debe mirar las causas de femicidio con los ojos de Lucía

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Lucía Pérez: la lucha para que al femicida Matías Farías no le bajen la condena

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(por Evangelina Bucari desde Mar del Plata, para lavaca)

Casi una década después del crimen que conmocionó a la Argentina y dio origen al primer Paro Nacional de Mujeres, el caso de Lucía Pérez enfrenta un nuevo capítulo judicial y otra instancia de revictimización para su familia, que ya atravesó todo tipo de maltratos en la búsqueda de justicia por el narcofemicidio de su hija de tan solo 16 años. (Foto de portada, Marta Montero y Guillermo Pérez, padres de Lucía, junto al abogado Juan Pablo Gallego)

En los tribunales de la calle Almirante Brown, en Mar del Plata, se lleva adelante una audiencia de cesura, un proceso de dos jornadas para determinar una nueva pena para Matías Farías, condenado por femicidio pero beneficiado el año pasado por un polémico cambio de carátula que hora le permitirá recibir una sentencia significativamente más baja que la prisión perpetua que cumplía.  

Tras un primer día (el miércoles 29 de abril) marcado por las declaraciones testimoniales que buscaron trazar el perfil del condenado y el impacto del crimen, la segunda jornada estará centrada en los alegatos finales de las partes.

El eje de la controversia radica en un fallo de 2025 de María Florencia Budiño y Víctor Violini, integrantes del Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires, quienes resolvieron que el asesinato de Lucía no constituyó un femicidio, sino un “abuso sexual agravado”.

Esta reconfiguración del delito tiene consecuencias directas en la condena: mientras que el femicidio conlleva prisión perpetua, la nueva carátula reduce el rango de la pena a un espectro de entre 8 y 20 años de prisión.

La querella, encabezada por el abogado Juan Pablo Gallego, adelantó que tanto la fiscalía como ellos pedirán la pena máxima posible. Sin embargo, aclaró que también plantearán una vía alternativa: “De manera subsidiaria, vamos a sostener la figura de femicidio, porque entendemos que la orden de Casación ha quedado abstracta”.

Sobre lo ocurrido en la primera jornada, el abogado destacó que “solo declararon los padres de Lucía”, y que Marta Montero, la madre, “tuvo una posición muy categórica, responsabilizando al Estado por el daño que viene padeciendo la familia”.

Gallego también cuestionó con dureza a la defensa: “Presentaron dos testigos falsos que terminaron en un papelón, en un contexto de muchísimo agravio hacia la víctima”. Pese a ese escenario, aseguró que la querella se retiró conforme con el desarrollo de la audiencia y con expectativas de cara a los alegatos finales.

En medio de esta tensión, la causa sumó otro giro relevante. Juan Pablo Offidani, condenado como partícipe secundario, vio revocada su libertad condicional hace apenas unos días. La Cámara de Apelación y Garantías hizo lugar al recurso del fiscal y la familia, y determinó que no se cumplían las condiciones para su excarcelación.

Offidani, quien inicialmente había sido beneficiado con la libertad tras pasar nueve años detenido, ahora deberá someterse a un régimen de semilibertad estrictamente supervisado, con salidas diurnas limitadas y la prohibición absoluta de acercarse a menos de 200 metros de la familia Pérez Montero.

Lucía Pérez: la lucha para que al femicida Matías Farías no le bajen la condena

En la puerta del juzgado, familiares y manifestantes con el abogado Juan Pablo Gallego, que explica:“Estamos ante un caso en el que, por motivos que se desconocen o por relaciones de poder, se busca beneficiar a una persona claramente identificada como autor de un crimen que el Código Penal define como femicidio”.

Ni un paso atrás  

La defensa de la familia Pérez Montero advirtió que si el tribunal local no convalida la gravedad del crimen y el perfil peligroso del condenado, recurrirán a la Corte Suprema o incluso a instancias de justicia internacional.

En cuanto a los fundamentos del fallo que modificó la calificación del caso, Gallego fue contundente: “En casi todos los párrafos, la propia Casación reconoce que se trata de un delito en un contexto de violencia de género, por lo que no se entiende el motivo de haber descartado el femicidio”.

En esa línea, vinculó la decisión con una coyuntura política específica: “En ese momento –señaló– se hablaba de eliminar la figura del Código Penal, cosa que finalmente no ocurrió”. De todos modos, se mostró confiado en que esa interpretación pueda revertirse.

Fue enfático en afirmar que desde la familia “no vienen a inventar una verdad”, sino a mostrar que los hechos probados encajan perfectamente en la figura que intentó “borrar” la Cámara de Casación. “En la audiencia de cesura volvió a quedar acreditado, como en todas las resoluciones y los juicios, que inequívocamente existió femicidio”, remarcó el abogado. Por eso, consideró que “estamos ante un caso en el que, por motivos que se desconocen o por relaciones de poder, se busca beneficiar a una persona claramente identificada como autor de un crimen que el Código Penal define como femicidio”.

Marta, que desde el día uno no dejó de luchar por su hija y “por todas las Lucías”, tiene una pregunta muy sencilla para hacerle a la justicia: “Si lo que le hicieron a Lucía no es femicidio, ¿entonces qué es?”.

Cronología de 10 años de impunidad y lucha

2016: Lucía es drogada, violada y asesinada el 8 de octubre. Las pericias forenses confirmaron que la última penetración anal infligida a Lucía ocurrió mientras ella agonizaba. Tenía rastros de drogas en su sangre.

2018: un primer juicio «misógino» absuelve a Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel, los tres implicados en la violación y el femicidio de Lucía, condenándolos solo por venta de drogas.

2020: Casación anula ese juicio por contener «intolerables prejuicios de género».

2023: en un segundo juicio, Farías es condenado a perpetua por femicidio. Y Juan Pablo Offidani recibió la pena de 15 años de prisión por resultar partícipe secundario del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el suministro de estupefacientes, y Alejandro Maciel, no recibió condena porque había fallecido en 2020.

2025: Un nuevo fallo de Casación “borra” el femicidio, e impone una audiencia de cesura para revisar la condena de Farías.

29 y 30 de abril de 2026: se desarrolla la audiencia de cesura.

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Cecilia Basaldúa: su cuerpo, en una fosa común

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Por Bernardina Rosini para lavaca.org

Desde Córdoba

Bajo la lluvia, debajo de un árbol, rodeados de las personas que los acompañan desde el femicidio de Cecilia Basaldúa, hace 6 años, sus padres hicieron una conferencia de prensa que no tendría que haber sido necesaria. Susana Reyes y Daniel Basaldúa debieran estar viviendo esta jornada de otro modo. Debieran poder decirle a su hija que la extrañan pero que lograron hacer justicia, que descanse en paz. En cambio, están parados en el cementerio de San Vicente de Córdoba Capital, en una ciudad que no es la de ellos, sin saber con certeza si el cuerpo que está allí es el de Cecilia.

Este sábado se cumplen seis años desde que apareciera el cuerpo de Cecilia Basaldúa en un codo de río de Capilla del Monte. Tenía signos de abuso sexual y estrangulamiento. Llevaba veinte días desaparecida. Era la peor noticia que podían recibir sus padres. Hoy reciben otra: Cecilia está enterrada en una fosa común, junto a desconocidos (según el reporte que les entregaron se tratan de “Silvia Becerra” y “Eduardo Arce”) en este cementerio. Nadie les avisó. No fueron notificados. No estuvieron presentes. No dieron su autorización.

Cecilia Basaldúa: su cuerpo, en una fosa común

«A nosotros nos mataron a nuestra hija y queremos justicia», dice Daniel. «Debe haber responsables, debe haber firmas, nombres de quienes han autorizado esto. Se tiene que encargar la misma justicia de dar con el o los asesinos pero también de los responsables de estos traslados del cuerpo. Ya sé cuál es su argumento: que nosotros sabíamos, y lo digo de nuevo acá: nosotros no sabíamos nada».

Susana apunta a los próximos pasos: «Queremos un ADN. Nosotros no tenemos la certeza de que allí está enterrada Cecilia. Es una incógnita».

Un cuerpo desaparecido

La abogada querellante Gisela Videla explicó lo que esa incógnita significa en términos jurídicos y humanos: «Desde una perspectiva de derechos humanos, el cuerpo de Cecilia, hasta que no se sepa efectivamente dónde está, es un cuerpo que está desaparecido. Si hoy nos dicen que en la morgue ya no está y estaría supuestamente acá, pero con una cadena de custodia rota, no sabemos efectivamente: el cuerpo de Cecilia está desaparecido hasta que se haga este ADN». Y agregó: «Desde el punto de vista humano, es una crueldad manifiesta y sistemática que se viene dando para con estos padres. Sigue siendo un ninguneo y un manoseo de una situación tan dolorosa como es la de perder a una hija y a seis años que no haya ni una persona imputada en relación al hecho en sí».

Para entender cómo se llegó hasta acá hay que volver a noviembre de 2021. Antes de que comenzara el juicio que finalizaría absolviendo a Lucas Bustos, la querella presentó por escrito su oposición explícita a que el cuerpo fuera retirado de la morgue judicial. La familia quería avanzar con pericias más exhaustivas. El escrito quedó en el expediente. El cuerpo fue enterrado igual.

La familia no supo nada de esto hasta octubre de 2024, en una reunión con la actual fiscal de la causa, Sabrina Ardiles –la cuarta en hacerse cargo de una investigación que pasó también por Paula Kelm, el fiscal de Cámara Sergio Cuello, Barrera y Nelson Lingua–. Ardiles les mostró un papel, un comunicado. El cuerpo de Cecilia no estaba en la morgue judicial como ellos suponían desde hacía cinco años.

Cuando la fiscal habló públicamente sostuvo que la familia había sido notificada. La abogada querellante Daniela Pavón lo desmintió: el oficio estaba en la causa desde noviembre de 2021, pero la querella no tuvo acceso al expediente de Bustos desde su elevación a juicio. No existieron las varias notificaciones que mencionó Ardiles. El cuerpo de Cecilia Basaldúa fue inhumado sin autorización, sin consentimiento, y en condiciones que los propios trabajadores del cementerio calificaron hoy como «extrañas».

Cecilia Basaldúa: su cuerpo, en una fosa común

¿Quién mató a Cecilia?

Cecilia no murió una sola vez. La mató uno o varios femicidas que todavía caminan libres. La mató una fiscal que apuró el cierre de la investigación, mantuvo en prisión dos años a un joven inocente y puso la firma para que se desarrollara lo que terminó siendo un simulacro de proceso judicial. La mató un sistema que apostó durante años a fiscales que demoraron, desgastaron y clausuraron posibilidades reales de avance en la causa. La mató la burocracia que perdió el oficio, o lo ocultó, o simplemente decidió que no importaba notificar a sus padres que el cuerpo de Cecilia sería retirado de la morgue y enterrado. Cada institución que intervino en esta causa dejó su marca sobre ella. Una cadena de violencias. Una cadena de femicidas.

Además de los cuatros fiscales, el cuadro de estos seis años es éste:

  • Cuatro policías presos por violencia de género, entre ellos quienes dirigieron la búsqueda y la investigación original.
  • Un imputado absuelto porque las pruebas no existían.
  • Un sospechoso principal -Mario Mainardi, la última persona que alojó a Cecilia en Capilla del Monte- que vendió sus pertenencias, borró mensajes, pintó la casa donde ella se hospedaba (donde se registraron once muestras positivas de luminol) y se mudó a Rosario: libre, sin imputación, sin investigación que lo alcance.
  • Y un cuerpo enterrado sin autorización, en una ciudad que no es la de su familia, en una fosa que no eligieron.

La Ley de Víctimas 27.372 existe para que nada de esto ocurra: garantiza el derecho a ser asesorado, a acceder a la justicia, a recibir protección y a ser escuchado durante todo el proceso penal. El Estado cordobés la violó en cada uno de esos puntos tal vez porque se entrena para lo contrario.

Al cerrar la jornada en el cementerio, Daniel y Susana repitieron el profundo agradecimiento a quienes siempre los acompañan, “la familia Basaldúa ahora es grande, y yo sé que Cecilia nos está dando fuerza, está por ahí dándonos fuerza”. Gran número de las mujeres presentes vinieron desde Capilla del Monte, traen su rostro y gritan “Cecilia Gisela Basaldúa, ¡Presente! ¡Ahora y Siempre!”

Este sábado la actividad continuaba en Capilla del Monte donde la Mesa de Trabajo «Justicia por Cecilia» convocó una movilización “por Memoria, por Verdad y Justicia, y para que los culpables de su femicidio sean condenados”.

La semana que viene, sus abogadas harán una presentación judicial para determinar responsabilidades en torno a las órdenes que se dieron para sepultar sus restos sin consultar a la familia.

Cecilia Basaldúa: su cuerpo, en una fosa común

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Adiós a Claudia Rodríguez: la Trans andina que propuso politizar el amor

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Referente del movimiento trans latinoamericano, activista, poeta, escritora y tanto más, escribió sobre su infancia, la militancia trans, la vida sexual y se autoproclamó Miss Sida en 2007. Claudia Falleció este 29 de Noviembre. Su pelea incluyó al pueblo mapuche, la educación pública, los sin techo, y planteó siempre una filosa crítica al neoliberalismo, que quita posibilidades de vida y las transforma solo en posibilidad de consumo. En uno de sus viajes a la Argentina compartió con la revista MU sus ideas sobre el orgasmo, el feminismo sin resentimiento, la creación, y por qué hay que politizar el amor. Un modo de homenajearla, de recordarla, y a la vez de volver a estar en contacto con un pensamiento y una acción que dejan una sensible huella cultural, artística y política.  

Por María del Carmen Varela

Foto: Lina Etchesuri

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