Nota
Juicio y castigo
La gente contra el Estado Nacional, Monsanto y las corporaciones agrotóxicas.

Los abogados y Salaberry
La justicia admitió una demanda colectiva contra los responsables del modelo agrotóxico. Se trata de un proceso inédito que demanda justicia para toda la sociedad argentina que padece los efectos de la contaminación sin control, además problemas sociales, económicos, culturales y territoriales. ¿Será justicia?
“Iniciamos proceso colectivo urgente, autónomo y definitivo por daño ambiental, daño moral y punitivo”. Así comienzan las 101 páginas de una demanda inédita para la historia judicial argentina. Un grupo de víctimas y familiares de víctimas de los efectos de la aplicación de agrotóxicos inició un juicio contra el Estado Nacional y once corporaciones productoras de transgénicos, que se está ampliando al sumar demandantes con el correr de las semanas.
El proceso colectivo en la causa caratulada «Giménez Alicia Fany y otros» fue declarado admisible el 17 de junio por la titular del Juzgado Nacional nº 3 en lo Contencioso Administrativo Federal, Claudia Rodríguez Vidal, quien lo había recibido de la Corte Suprema de Justicia.
La demanda no busca el beneficio particular de las personas que la iniciaron, sino que el daño es considerado “común a todos los habitantes del territorio argentino”. Daniel Sallaberry, uno de los abogados que promueve la causa, explica a Mu: “En términos jurídicos esto se llama una acción de clase, que habilita a juicios masivos. La clase, en este caso, es toda la comunidad. La resolución reconoce entonces a los demandantes idoneidad y representación para actuar en nombre de la totalidad de la población argentina como afectados por las fumigaciones, pero también en su carácter de consumidores de alimentos transgénicos, por ejemplo, entre otros derechos humanos básicos que resultan afectados por este modelo”.
Los demandados:
- El Estado Nacional (Poder Ejecutivo y Poder Legislativo).
Provincias de Buenos Aires, Santiago del Estero, Entre Ríos y el COFEMA. (Consejo Federal del Medio Ambiente). - Todas las empresas biotecnológicas, semilleras y compañías químicas productoras y comercializadoras de OGM (Organismos Genéticamente Modificados), según una lista que abarca a once corporaciones instaladas en el país: Monsanto Argentina, Dow AgroSciences, Nidera, Ciba Geigy, Novartis Agrosem, Agrevo, Syngenta Seeds, Syngenta Agro, Pioneer Argentina y Bayer.
- Y todos los que sean considerados “responsables por acción u omisión, conforme resulte la prueba por producir”.
Quiénes demandan
Los demandantes son Alicia Fany Giménez (su hija Julieta Sandoval falleció a los 7 meses de edad, en 2010, en Santiago del Estero “producto de sus múltiples malformaciones a causa de los agroquímicos”); Viviana Gauna (su hija Selena de seis meses recibió diagnóstico presuntivo de epilepsia, anemia hipocrónica y pelvis renal derecha bífida según la historia clínica del Hospital Garrahan); José Milesi y Silvina Picchioni (su hijo menor Juan Estanislao sufrió “leucemia linfoblástica aguda luego de ser bañado por la fumigación de una avioneta en Mercedes, provincia de Buenos Aires, cuando tenía 2 años”); Fabián Tomasi (aplicador de agrotóxicos con múltiples secuelas en su físico y su salud), Roberto Oscar Lescano y Julia Villarreal.
“Los daños individuales de los que son víctimas se tramitan en otras causas” explica el abogado Santiago Kaplun: “Pero en este juicio ellos están representando a toda la ciudadanía, y todo el que se considere con interés legítimo para sumarse a la demanda puede hacerlo. Todos los demandantes integran lo que se llama un frente activo, que lo que busca es un beneficio para toda la comunidad”.
¿Quiénes se puede sumar a ese frente activo? “Fundamentalmente organizaciones o instituciones. Sería inmanejable si fuesen personas individualmente, a las que además se considera representadas por el grupo demandante. Pero pueden agregarse al frente activo oenegés, asociaciones civiles, comunidades originarias, grupos de defensa del consumidor, gremios, y toda organización que se considere afectada por esta situación”.
Además de Sallabery y Kaplun integran el grupo de abogados Jorge Mosset Iturraspe, Graciela Vizcay Gómez, Horacio Belosi y Miguel Araya quienes plantean en la presentación que “tanto el Estado como las empresas demandadas, conocedoras de la realidad y del imperio de la relación costo-beneficio, idearon un sistema perverso que posibilitó externalizar el costo de la degradación y contaminación ambiental”, combinando la ineficiencia de los controles públicos, la conveniencia fiscal, y la falta de información pública y de recursos “que por lo general aqueja a los afectados (víctimas y consumidores) para acudir a la Justicia para hacer valer sus derechos”.
Las condenas
La demanda busca condenar al Ejecutivo Nacional, en particular a la Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria, CONABIA, y al Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, SENASA, por incumplimiento del deber de control, y al grupo de empresas multinacionales por su acción contaminante.
¿Qué busca la demanda?
- Que se ordene al PEN suspender provisionalmente la liberación incontrolada a campo abierto de OGM, y la comercialización de la soja RR2PRO (Monsanto) y la Liberty (Bayer, Syngenta, Agro, Pioneer y Dow) por cuyas patentes se pretende cobrar regalías a los productores agropecuarios, “en franca violación a la Ley de Semillas vigente”.
- Que se suspenda la resolución 167/96 que autorizó la introducción de los transgénicos en el país y todas las posteriores “que impliquen autorizaciones de eventos transgénicos (OGM) en vegetales y animales”.
- Como medida precautoria, que se suspendan provisionalmente las autorizaciones de eventos transgénicos hasta tanto exista una determinación científica sobre la inocuidad de los OGM y los paquetes químicos agrícolas y ganaderos.
- Que se disponga el etiquetado obligatorio “perfectamente visible y destacable al ojo humano” de los productos que contengan derivados de OGM o transgénicos.
- Otra medida precautoria: que se suspenda en todo el país la aplicación de los agrotóxicos utilizados para el cultivo de transgénicos hasta tanto se determine científicamente la inocuidad de los mismos para el ambiente, los ecosistemas, la biodiversidad y la salud de los seres vivos, el patrimonio cultural y la sostenibilidad de dicho modelo de producción, “en mira a las generaciones futuras”.
- Que se exhorte al Poder Legislativo a dictar una leyes de Bioseguridad y de Presupuestos Mínimos “para el uso y manejo sostenible del recurso suelo”. La elaboración de esas leyes debe incluir a especialistas (biólogos, médicos, genetistas) junto a expertos en medio ambiente, ecólogos, científicos sociales, juristas, representantes de actores sociales, organizaciones involucradas en esta temática, y especialistas en ética aplicada.
Sallaberry: “El objeto procesal no es solamente el tema de las fumigaciones, la contaminación y la salud, sino cómo se afecta todo el medio ambiente, los ecosisistemas, la pérdida de biodiversidad, el desplazamiento de la población rural a los centros urbanos y el vaciamiento de los campos, el daño al patrimonio cultural cuando las comunidades pierden el modo de vida, y el tema alimentario que, si no me quedo corto, abarca al 90% de lo que comemos”.
¿Y las empresas?
Los demandantes piden que se condene a las once multinacionales biotecnológicas, semilleras y químicas, productoras y comercializadora de OGM.
- A la recomposición “de la totalidad de hectáreas sembradas con OGM” (…) mediante la contratación de personas o instituciones especializadas para que diseñen y pongan en marcha un plan de recuperación y regeneración”.
- En los casos en que no sea posible la recomposición de bienes dañados (suelo, agua, fauna, flora), se las obliga a contribuir monetariamente a un fondo de compensación ambiental o fideicomiso, que se podrá calcular de acuerdo a los sistemas de monetarización internacionales del daño ambiental para compensar las pérdidas por un período mínimo de 50 años. La demanda propone destinar el fideicomiso a poner en marcha Planes Agrarios Integrales del INTA, como el de 2001/2003, que no se llevaron a cabo y que contemplan la “sostenibilidad ecológica y social”.
- Frente al daño moral colectivo se propone un resarcimiento mediante una obra directamente relacionada con el patrimonio social-cultural colectivo, para lo que se propone un Plan Maestro Ferroviario que reconstruya toda la red ferroviaria nacional, renovar sus edificios, estaciones, vías y trenes. Beneficios: miles de empleos; incorporación y creación de nuevas áreas productivas alejadas de los centros de consumo; mejora con respecto al sistema de transporte terrestre anacrónico, riesgoso y altamente contaminante; integración efectiva del territorio nacional; generación de una elevada rentabilidad social al reducir los accidentes mortales, disminuir los costos de fletes un 20% y acortar un 30% los tiempos de viaje.
- Se propone también una condena en concepto de “daño punitivo” equivalente en monto al daño moral, una especie de multa o indemnización que “transmita un mensaje de reprobación a las violaciones de derechos humanos y a evitar que estos hechos se repitan” dice Sallaberry.
¿De cuánto dinero se está hablando? “Nosotros no hacemos el cálculo. Ya nos pasó en la causa Riachuelo (en la que intervinieron los cinco abogados varones que promueven ésta) que la Corte nos pidió no una cantidad de dinero sino una equivalencia, y nosotros propusimos crear un corredor verde desde el Riachuelo a Ezeiza. En este caso, para cuantificar, cuando se largó el proyecto del Tren Bala, se calculaba que su construcción era equivalente a la reinstalación de toda la red ferroviaria argentina: 4.000 millones de dólares”.
Si la condena acepta este criterio, el cálculo sería de 8.000 millones por daño moral sumado al daño punitivo, más lo que signifique la recomposición de hectáreas sembradas con OGM, más el fideicomiso para, por ejemplo, planes agrarios.
“O sea, es incalculable, no en el sentido de que sea mucho” explica Kaplun “sino que entran muchas variables de acuerdo a lo que surja del juicio y de la sentencia, incluso sobre qué mecanismos utilizar para recaudar los fondos para esos resarcimientos”.
Hay antecedentes en Costa Rica, en Bolivia, y un caso notorio ocurrió en Ecuador, donde se condenó a la petrolera Chevron al pago de 9.000 millones de dólares por daño ambiental y moral y otro tanto por daños punitivos: 18.000 millones de dólares.
Se viene el juicio
Casi ningún medio se ha ocupado por esta demanda inédita: “Claro, La Nación, Página 12 y Clarín no van a publicar nada porque promueven el modelo” describe Sallaberry. Hacia fines de septiembre la resolución judicial quedará publicada no sólo en el Boletín Oficial sino también en el diario La Nación. “A partir de eso, pasan 10 días en los que las organizaciones interesadas pueden presentarse a formar parte de la causa. Y después se notificará a los demandados y comenzará el juicio que, como es inédito, todavía no sabemos qué características tendrá, cuándo, tipo de audiencias. todo lo definirá el juzgado”. Las organizaciones que deseen sumarse pueden presentarse en el juzgado o consultar al mail [email protected]
¿Cuánto ganan los abogados? Kaplun: “Hasta sólo pusimos, y ya nos ocurrió en la causa Riachuelo donde la Corte planteó que las costas tendrían que pagarlas las víctimas. Por supuesto que entonces no cobramos. Es algo totalmente incomprensible, así como los 7 años de indefiniciones que te muestran que la Corte innovadora y moderna entró en la misma burocracia que prometió doblegar. Para nosotros se trata de mostrar la función social de esta profesión, movilizar herramientas y acciones que pueden beneficiar a la comunidad”.
Sallaberry: “Vivimos de nuestro trabajo privado, pero esta causa implica un desafío profesional, ni qué hablar al hacerlo como una figura importantísima del Derecho como es Mosset Iturraspe. El trabajo de ingeniería de la causa fue de investigación y de creatividad para lograr que no tenga fisuras, que no la puedan rechazar. La Corte de hecho se desembarazó y la mandó al juzgado. Pero en un documental llamado Desierto Verde, sobre las Madres de Ituzaingo, Ricardo Lorenzetti (presidente de la Corte) dice que hay dos maneras de encarar la cuestión de las enfermedades y la contaminación. Una es reactiva, cuando ya se produjo el daño. Y la otra, la que él dice que apoya, es proactiva: sirve para anticiparnos al daño y prevenir. Pero él ya tenía esta causa, y sin embargo la mandó al juzgado, lo que hace perder una enorme cantidad de tiempo y multiplica el peligro para mucha gente: eso no es muy proactivo”.
Entre las investigaciones locales que menciona la demanda se citan trabajos de médicos y científicos como Jorge Kaczewer, Andrés Carrasco, Argelia Lenardón, Alejandro Oliva, Darío Gianfelici, Rodolfo Páramo, Hugo Gómez De Maio, Horacio Lucero y organizaciones como el Grupo de Reflexión Rural.
Sallaberry: “Toda esa gente y las comunidades están hace años denunciando lo que ocurre. Este año la Organización Mundial de la Salud reconoció como cancerígeno al glifosato. Mientras tanto la gente se enferma o se muere sin saber por qué. Creyendo que es una fatalidad. Es la naturalización de un genocidio, no puedo llamarlo de otro modo. Se está enfermando gente a sabiendas, innecesariamente. El silencio frente a estos temas es difícil de calificar. Creo que lo único que no se puede hacer, es no hacer nada”.
Hacia adelante: “Lo que estamos cuestionando es la matriz productiva de los agronegocios y todos sus efectos. En el transcurso de 15 años, de seguir así, vamos a haber malgastado todo el dinero ingresado pero el monocultivo va a dejar un desierto y un enorme problema para recuperar eso” dice Sallaberry. “El derecho es una herramienta importante, que está disponible. Pero no es un maná que nos llega. Desde que nacemos tenemos reconocidos una cantidad de derechos. Pero si no lo ejercés, el derecho no existe. Es un papel”.
¿No es desproporcionado el elenco a enfrentar? “Hay una desigualdad, estamos hablando del Estado y de corporaciones poderosas, que manejan el mundo económico y financiero. Pero cuando uno presenta pruebas irrefutables, la razón y la verdad pueden equilibrar las cosas. La Secretaría de Medio Ambiente dijo que el monocultivo transgénico de soja es perjudicial para el ambiente, produce deforestación, desertificación, despoblamiento. El propio Estado lo reconoce, y todos lo sabemos. A partir del momento en que nos contactamos con la gente afectada, no podemos dejar de actuar, porque tienen la razón. Tenemos el derecho a un ambiente sano, y el deber de defenderlo: en ese sentido, la Constitución no puede ser letra muerta”.
Nota
Pablo Grillo: llaman a indagatoria al gendarme Guerrero a seis meses de un disparo criminal

El 2 de septiembre el gendarme que disparó una granada de gas lacrimógeno por fuera de todos los protocolos de la fuerza deberá comparecer ante la justicia. La decisión la tomó la jueza María Servini de Cubría más de cuatro meses después del hecho. Pablo Grillo luchó por su vida, perdió masa encefálica y hoy se encuentra en plena rehabilitación. Todo lo que deberá explicar Héctor Guerrero y que implica a su principal defensora y la responsable de la violencia estatal: Patricia Bullrich.
Por Francisco Pandolfi y Lucas Pedulla. Foto: Juan Valeiro para lavaca.org
Cuatro meses y una semana pasaron desde el miércoles 12 de marzo. Ese día, durante otra violenta represión a la marcha de jubilados y jubiladas, el Gendarme Héctor Guerrero le disparó fuera de toda legalidad una granada de gas lacrimógeno al reportero gráfico Pablo Grillo, cuyo impacto casi lo mata, y por el que perdió parte de la masa encefálica, estuvo casi tres meses internado en terapia intensiva en el Hospital Ramos Mejía y por el que hoy continúa en proceso de rehabilitación. Cuatro meses y una semana pasaron hasta hoy, lunes 21 de julio, en el que la jueza María Servini citó a indagatoria al gendarme, autor material de lanzamiento, para el próximo 2 de septiembre.
Es decir: entre la ejecución y la audiencia habrán pasado 131 días, casi seis meses, casi medio año.
El camino de la in-justicia
En un primer momento, la jueza había rechazado el expediente y el caso había pasado al Juzgado Federal N° 12, donde tramitaba otra denuncia por los mismos hechos. Como ese juzgado estaba vacante y subrogado por Ariel Lijo, quien también se declaró incompetente y declinó la competencia, el expediente regresó al Juzgado N° 1 el 28 de marzo y la jueza Servini lo tiene en sus manos desde el 10 de abril, a la vuelta de una licencia.
La cronología detalla el tiempo que una familia debe atravesar para exigir justicia por un hecho de violencia estatal: desde el 21 de marzo en que el papá, la mamá y el hermano de Pablo se presentaron en la causa como querellantes, solicitaron se llame a Guerrero a declarar “en calidad de imputado, por tentativa de homicidio agravado por abuso funcional, abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público”. Pero no hubo respuesta. Por eso, el 6 de junio, reiteraron el pedido con estos argumentos: “Desde el inicio de la investigación, todas y cada una de las pruebas recabadas por el Juzgado corroboran lo que planteamos en nuestra querella del 21 de marzo: el cabo primero Héctor Jesús Guerrero de la Gendarmería Nacional Argentina fue el autor del disparo de la pistola lanzagases que hirió de gravedad a Pablo Grillo el 12 de marzo a las 17.18hs”. Y agregaron: “En el pedido que presentamos ante la jueza Servini ofrecemos una descripción de los hechos y un análisis pormenorizado de los elementos de prueba existentes hasta el momento”.
Y no hubo dos sin tres: el 15 de julio se le volvió a exigir al Juzgado que lo cite a Guerrero.
Y la tercera fue la vencida: este lunes, Servini citó a prestar declaración indagatoria al cabo Guerrero como autor del disparo con cartucho de gas lacrimógeno calibre 38mm que impactó en la cabeza de Pablo Grillo. La audiencia será el 2 de septiembre a las 10.
Guerrero es el primer efectivo formalmente imputado en la causa por el operativo policial del 12 de marzo.
Desde la querella informaron: “El juzgado ordenó la realización de una pericia balística a cargo de la División Balística de la Policía de la Ciudad para reconstruir con el mayor nivel de precisión técnica posible el disparo que hirió de gravedad a Pablo. Si bien la jueza consideró que ya existen elementos de prueba contundentes respecto de la responsabilidad de Guerrero para esta instancia, sostuvo que la pericia es necesaria para afianzar la reconstrucción de la dinámica del hecho”.
La pericia tendrá como objetivos precisar:
-La trayectoria y velocidad del proyectil que impactó en la cabeza de Pablo Grillo;
-La posición del arma al momento de efectuarse el disparo y el ángulo de salida del proyectil;
-Analizar si el proyectil impactó previamente contra otra superficie, y si eso alteró su dirección o energía.
-Las ubicaciones de Grillo y de Guerrero al momento del disparo.
El juzgado también ordenó, previo a la pericia, una inspección en el lugar del hecho (la esquina de Hipólito Yrigoyen y Solís) que incluirá un relevamiento fotográfico terrestre y aéreo y la elaboración de un croquis detallado de la escena.
Además, le prohibió a Guerrero la salida del país.
Compartimos el perfil de Pablo que realizamos en la edición 203 de MU.
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Nota
Darío y Maxi: el presente del pasado (video)

Hoy se cumplen 23 años de los asesinatos de Darío Santillán y Maximiliano Kosteki que estaban movilizándose en Puente Pueyrredón, en el municipio bonaerense de Avellaneda. No eran terroristas, sino militantes sociales y barriales que reclamaban una mejor calidad de vida para los barrios arrasados por la decadencia neoliberal que estalló en 2001 en Argentina.
Aquel gobierno, con Eduardo Duhalde en la presidencia y Felipe Solá en la gobernación de la provincia de Buenos Aires, operó a través de los medios planteando que esas muertes habían sido consecuencia de un enfrentamiento entre grupos de manifestantes (en aquel momento «piqueteros»), como suele intentar hacerlo hoy el gobierno en casos de represión de sectores sociales agredidos por las medidas económicas. Con el diario Clarín a la cabeza, los medios mintieron y distorsionaron la información. Tenía las imágenes de lo ocurrido, obtenidas por sus propios fotógrafos, pero el título de Clarín fue: “La crisis causó 2 nuevas muertes”, como si los crímenes hubieran sido responsabilidad de una entidad etérea e inasible: la crisis.

Darío Santillán.

Maximiliano Kosteki
Del mismo modo suelen mentir los medios hoy.
El trabajo de los fotorreporteros fue crucial en 2002 para desenmascarar esa mentira, como también ocurre por nuestros días. Por aquel crimen fueron condenados el comisario de la bonaerense Alfredo Franchiotti y el cabo Alejandro Acosta, quien hoy goza de libertad condicional.
Siguen faltando los responsables políticos.
Toda semejanza con personajes y situaciones actuales queda a cargo del público.
Compartimos el documental La crisis causó 2 nuevas muertes, de Patricio Escobar y Damián Finvarb, de Artó Cine, que puede verse como una película de suspenso (que lo es) y resulta el mejor trabajo periodístico sobre el caso, tanto por su calidad como por el cúmulo de historias y situaciones que desnudan las metodologías represivas y mediáticas frente a los reclamos sociales.
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