Nota
Los principales puntos del fallo que critica el operativo policial y ordenó liberar a los 114 detenidos

La jueza Karina Andrade dictó de madrugada la liberación de 114 personas detenidas en la cacería que el Gobierno desató en la protesta contra el recorte a los jubilados en el Congreso. El fallo es preciso no sólo en los términos bajo los que ubica el derecho a la protesta como ejercicio legítimo de la libertad de expresión, sino también en la descripción del accionar de las fuerzas de seguridad. La jueza cuestionó la información “imprecisa” y “deficitaria” respecto del motivo de las detenciones, el momento y lugar en el que se produjeron, y a donde fueron llevados. La magistrada fue clara en marcar dónde está la falla: “Es preciso remarcar que el déficit en la información suministrada y, en consecuencia, del control judicial, de ningún modo lo advierto atribuible a una acción deliberada por parte del Ministerio Público Fiscal, sino a las características del procedimiento llevado a cabo por las fuerzas de seguridad”. Mientras el Gobierno amenaza a la jueza, el fotógrafo Pablo Grillo sigue peleando por su vida, internado en el Hospital Ramos Mejía por un disparo en la cabeza.
Por Lucas Pedulla
“A raíz del pedido de la defensa, he analizado la información que fue brindada y entiendo que respecto de las detenciones informadas se encuentra en juego un derecho constitucional fundamental como es el derecho a la protesta, a manifestarse en democracia y a la libertad de expresión, en un día como hoy donde se convoca desde los sectores más vulnerables de nuestra Nación como son los adultos mayores protegidos convencionalmente, desde el Poder Judicial corresponde atender a ello especialmente”.
La cita es textual y corresponde al fallo de 12 páginas con el que la jueza Karina Andrade, del Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nº15, dictó la liberación de 114 personas detenidas en la cacería desatada en la protesta del Congreso. La decisión causó desconcierto en el Gobierno, y el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, amenazó con que “se analizará su actuación ante el Consejo de la Magistratura de CABA por posible incumplimiento de sus funciones”.
Pero la jueza es precisa no sólo en los términos sino también en la descripción de una jornada bestial, con múltiples personas heridas de gravedad, entre ellas el fotógrafo Pablo Grillo, que sigue peleando por su vida, internado en terapia intensiva en el Hospital Ramos Mejía.
“Información imprecisa”
La jueza Andrade especifica que a las 17.55 horas les llegó la convalidación de las primeras tres detenciones. A las 18.49, llegaron las de otras siete personas. A las 20.43, de otras cinco. La información es importante porque la magistrada apunta que, pasadas las 22 horas, la Dirección de Privados de Libertad le informó la detención de 89 personas que no habían sido comunicadas ni al tribunal ni a la defensa. Mientras, otra presentación le pedía a la jueza la liberación de las personas porque habían intervenido fuerzas federales y no de la Ciudad.
El caos continuaba. A las 22.30, la jueza recibió el grueso: 93 detenciones. A las 23.23, otras cuatro. Y recién a las 2.16 se informó la identidad de la última persona: en total, 114 detenciones. Por esas horas, la información era difusa respecto de la cantidad y los lugares donde estaban. Así queda claro el porqué y cómo la jueza argumentó su decisión:
- “A medida que se informaban las detenciones de las personas, la información vinculada a ello se volvía más imprecisa y dificultosa para mi tarea judicial”.
- “Se dejaron de brindar detalles sobre la hora y lugar en el que ocurrió la detención, como así tampoco se lograba informar con relación a qué delito específico se estaba convalidando la detención. Tampoco se indicaba el lugar en donde serían alojados. En algunos casos el delito se informaba después”.
- “A partir de la información suministrada por la fiscalía y las calificaciones legales imputadas, ninguna de las personas detenidas lo fue bajo la imputación de delitos de portación de armas de fuego, lesiones o incendio a bienes públicos”.
- “En cuanto a la información para control, con relación a los detenidos 4) a 15) no se brindaron detalles sobre el momento y lugar de las detenciones, ni por infracción a qué delitos ocurrieron, como así tampoco el lugar en donde serían alojados. Situación similar ocurrió con los detenidos 16) a 108) y 109) a 113) sobre quienes tampoco se indicó el momento en el que ocurrieron las detenciones ni el lugar de alojamiento”.
- Sobre los detenidos 109) a 113), no se informó el momento ni el motivo de sus detenciones y, finalmente se aguardó para el dictado de la presente la identificación de la última de las personas detenidas, previamente identificado como “Hombre de 25 años de edad que no aporta datos pero es ciudadano mexicano”.
Sobre las irregularidades en las detenciones, cita un fallo paradigmático de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que condenó al Estado argentino por la desaparición forzada en democracia del joven Iván Torres: “Una ‘demora’, así sea con meros fines de identificación de la persona, constituye una privación a la libertad física de la persona y, por lo tanto, toda limitación a la misma debe ajustarse estrictamente a lo que la Convención Americana y la legislación interna establezca al efecto, siempre y cuando sea compatible con la Convención”.
Por eso, remarca: “Cualquier detención tiene que estar debidamente registrada en el documento pertinente, señalando con claridad las causas de la detención, quién la realizó, la hora de detención y la hora de su puesta en libertad, así como constancia de que se dio aviso al juez de instrucción competente, en su caso, como mínimo”.
La protesta como libertad de expresión
La jueza ubica que la marcha de jubilados en el Congreso, “como es de público conocimiento”, ocurre todos los miércoles desde hace un año, y sobre esa base fáctica le “resultó imperioso” enmarcar los hechos “dentro de las exigencias constitucionales y convencionales” ya que, advirtió, “se encontraban en juego derechos constitucionales fundamentales como son el derecho a la protesta, a manifestarse en democracia, a peticionar ante las autoridades, a la libertad de expresión”.
Por ese motivo, subraya:
- “Estas libertades adquieren especial relevancia un día como hoy en el que parte de la sociedad se expresa (se ‘moviliza’) en favor del ejercicio de la libertad de expresión de los integrantes de uno de los sectores más vulnerables de nuestra República, los adultos/as mayores. Desde el Poder Judicial corresponde atender a ello especialmente”.
- “Así, vale recordar que los adultos mayores se encuentran específicamente protegidos en nuestra Constitución Nacional (art. 75 inc. 22) a través de la Convención Interamericana sobre Protección de Derechos Humanos de las Personas Mayores, incorporada a la Carta Magna a través de la sanción de la ley 27.700 por el Congreso de la Nación”.
- “La libertad de expresión, junto con el derecho a la protesta, necesariamente concatenado con la primera, se configuran como derechos baluartes del sistema democrático, pues permiten a los individuos de una sociedad democrática dar a conocer sus ideas, conocer las opiniones de sus conciudadanos y los actos de gobierno y criticar los actos de sus representantes, así como peticionar a estos últimos”.
- Cita jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH): “Cuando se restringe ilegalmente la libertad de expresión de un individuo, no sólo es el derecho de ese individuo el que está siendo violado, sino también el derecho de todos a ‘recibir’ informaciones e ideas … Se ponen así de manifiesto las dos dimensiones de la libertad de expresión. En efecto, ésta requiere, por un lado, que nadie sea arbitrariamente menoscabado o impedido de manifestar su propio pensamiento y representa, por tanto, un derecho de cada individuo; pero implica también, por otro lado, un derecho colectiva a recibir cualquier información y a conocer la expresión del pensamiento ajeno”.
- Sigue la jueza: “Entonces, quienes se ‘movilizan’ en verdad se expresan, y deben poder hacerlo, de manera crítica frente al ejercicio del poder de los gobernantes y ello, siempre que se efectúe en el marco de la legalidad, no puede ser socavado. Nuestra Constitución reconoce el derecho a la protesta, el cual incluye el derecho a manifestarse, a circular libremente, a peticionar y a criticar a las autoridades”.
- “En otras palabras, en democracia, toda persona debe poder expresarse, peticionar ante las autoridades, asociarse, reunirse y manifestar su parecer y, sobre todo, su disconformidad con las decisiones gubernamentales”.
La jueza cita al constitucionalista Roberto Gargarella: “Una democracia representativa, la única alternativa con la que cuentan los ciudadanos para cambiar el rumbo de las cosas es la de protestar y quejarse frente a las autoridades. Si se socava dicha posibilidad, la democracia representativa se convierte en una oligarquía o plutocracia, es decir, la democracia llega a su fin. De allí que una democracia, aún modesta, no sólo no puede darse el lujo de perder ciertas voces críticas sino que más bien, y por el contrario, debe hacer todo lo posible por potenciar a cada una de ellas”.
Déficit de seguridad
Sobre el cierre, la jueza vuelve a cuestionar el operativo:
- “No puedo soslayar, en esta línea, que la información que me fue puesta en conocimiento fue absolutamente deficitaria. No se informaron, en la mayoría de los casos, el lugar donde se realizó la detención, aludiendo en forma genérica a ‘los hechos del Congreso de la Nación’”.
- “Por lo demás, y a diferencia de lo que sucede con otros detenidos en ’flagrancia’, no se aclararon las circunstancias de detención ni los motivos, al menos con algún tipo de detalle”.
- “Nótese que hasta las 22.17 horas aproximadamente el tribunal había sido informado de catorce detenciones y la información que se conoció después da cuenta de que la cantidad de detenidos a disposición de este fuero resultó ser mucho mayor”.
- “Y sobre esta cuestión, es preciso remarcar que el déficit en la información suministrada y, en consecuencia, del control judicial, de ningún modo lo advierto atribuible a una acción deliberada por parte del Ministerio Público Fiscal, sino a las características del procedimiento llevado a cabo por las fuerzas de seguridad”.
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Darío y Maxi: el presente del pasado (video)

Hoy se cumplen 23 años de los asesinatos de Darío Santillán y Maximiliano Kosteki que estaban movilizándose en Puente Pueyrredón, en el municipio bonaerense de Avellaneda. No eran terroristas, sino militantes sociales y barriales que reclamaban una mejor calidad de vida para los barrios arrasados por la decadencia neoliberal que estalló en 2001 en Argentina.
Aquel gobierno, con Eduardo Duhalde en la presidencia y Felipe Solá en la gobernación de la provincia de Buenos Aires, operó a través de los medios planteando que esas muertes habían sido consecuencia de un enfrentamiento entre grupos de manifestantes (en aquel momento «piqueteros»), como suele intentar hacerlo hoy el gobierno en casos de represión de sectores sociales agredidos por las medidas económicas. Con el diario Clarín a la cabeza, los medios mintieron y distorsionaron la información. Tenía las imágenes de lo ocurrido, obtenidas por sus propios fotógrafos, pero el título de Clarín fue: “La crisis causó 2 nuevas muertes”, como si los crímenes hubieran sido responsabilidad de una entidad etérea e inasible: la crisis.

Darío Santillán.

Maximiliano Kosteki
Del mismo modo suelen mentir los medios hoy.
El trabajo de los fotorreporteros fue crucial en 2002 para desenmascarar esa mentira, como también ocurre por nuestros días. Por aquel crimen fueron condenados el comisario de la bonaerense Alfredo Franchiotti y el cabo Alejandro Acosta, quien hoy goza de libertad condicional.
Siguen faltando los responsables políticos.
Toda semejanza con personajes y situaciones actuales queda a cargo del público.
Compartimos el documental La crisis causó 2 nuevas muertes, de Patricio Escobar y Damián Finvarb, de Artó Cine, que puede verse como una película de suspenso (que lo es) y resulta el mejor trabajo periodístico sobre el caso, tanto por su calidad como por el cúmulo de historias y situaciones que desnudan las metodologías represivas y mediáticas frente a los reclamos sociales.
Nota
83 días después, Pablo Grillo salió de terapia intensiva

83 días.
Pasaron 83 días desde que a Pablo Grillo le dispararon a matar un cartucho de gas lacrimógeno en la cabeza que lo dejó peleando por su vida.
83 días desde que el fotógrafo de 35 años se tomó el ferrocarril Roca, de su Remedios de Escalada a Constitución, para cubrir la marcha de jubilados del 12 de marzo.
83 días desde que entró a la guardia del Hospital Ramos Mejía, con un pronóstico durísimo: muerte cerebral y de zafar la primera operación de urgencia la noche del disparo, un desenlace en estado vegetativo.
83 días y seis intervenciones quirúrgicas.
83 días de fuerza, de lucha, de garra y de muchísimo amor, en su barrio y en todo el mundo.
83 días hasta hoy.
Son las 10 y 10 de la mañana, 83 días después, y ahí está Pablito, vivito y sonriendo, arriba de una camilla, vivito y peleándola, saliendo de terapia intensiva del Hospital Ramos Mejía para iniciar su recuperación en el Hospital de Rehabilitación Manuel Rocca, en el barrio porteño de Monte Castro.
Ahí está Pablo, con un gorro de lana de Independiente, escuchando como su gente lo vitorea y le canta: “Que vuelva Pablo al barrio, que vuelva Pablo al barrio, para seguir luchando, para seguir luchando”.
Su papá, Fabián, le acaricia la mejilla izquierda. Lo mima. Pablo sonríe, de punta a punta, muestra todos los dientes antes de que lo suban a la ambulancia. Cuando cierran la puerta de atrás su gente, emocionada, le sigue cantando, saltan, golpean la puerta para que sepa que no está solo (ya lo sabe) y que no lo estará (también lo sabe).
Su familia y sus amigos rebalsan de emoción. Se abrazan, lloran, cantan. Emi, su hermano, respira, con los ojos empapados. Dice: “Por fin llegó el día, ya está”, aunque sepa que falta un largo camino, sabe que lo peor ya pasó, y que lo peor no sucedió pese a haber estado tan (tan) cerca.
El subdirector del Ramos Mejía Juan Pablo Rossini confirma lo que ya sabíamos quienes estuvimos aquella noche del 12 de marzo en la puerta del hospital: “La gravedad fue mucho más allá de lo que decían los medios. Pablo estuvo cerca de la muerte”. Su viejo ya lloró demasiado estos casi tres meses y ahora le deja espacio a la tranquilidad. Y a la alegría: “Es increíble. Es un renacer, parimos de nuevo”.
La China, una amiga del barrio y de toda la vida, recoge el pasacalle que estuvo durante más de dos meses colgado en las rejas del Ramos Mejía exigiendo «Justicia por Pablo Grillo». Cuenta, con una tenacidad que le desborda: «Me lo llevo para colgarlo en el Rocca. No vamos a dejar de pedir justicia».
La ambulancia arranca y Pablo allá va, para continuar su rehabilitación después del cartucho de gas lanzado por la Gendarmería.
Pablo está vivo y hoy salió de terapia intensiva, 83 días después.
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