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Un fallo que le pone freno a los DNU
La Sala V de la Cámara del fuero Contencioso Administrativo Federal declaró inconstitucional el decreto que había modificado, sin intervención del Congreso, la Ley de Migraciones. Cuestiona los datos con los que el Gobierno justificó el DNU y advierte sobre el uso de esa herramiento “como una apropiación ilegítima de facultades legislativas por parte del Ejecutivo”. El CELS advierte: “Ahora el Gobierno tendría que explicar cuáles fueron las razones políticas que originaron el decreto. Suponemos que quisieron forzar una asociación entre migración y delincuencia y eso es peligroso”.
Por Giansandro Merli para lavaca.org
“No solo constituye una apropiación de facultades legislativas sin causa constitucional que la legitime, sino que también recoge en su articulado soluciones que son incompatibles con los estándares constitucionales y de derechos humanos”, reza el fallo que puso freno al DNU 70/2017 del Gobierno, que modificaba la ley de Migraciones bajo un sesgo xenófobo, ya que había calificado como “crítica” la situación argentina con respecto al ingreso de inmigrantes, reclamando el derecho estatal de controlar las fronteras y regular el flujo de personas. La medida judicial estuvo firmada por los jueces Jorge Aleman, Pablo Gallegos Fedriany y Guillermo Treacy. El planteamiento de la sentencia es doble: declara ilegítimo tanto el uso del decreto como instrumento legislativo fuera de las circunstancias previstas por la ley, como la lógica de regresión en un tema de derechos considerados universales.
Por un lado, los jueces afirman que en la Argentina no existe emergencia de seguridad relacionada a la inmigración. Para hacerlo, mencionan el informe del Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena (Sneep), que prueba cómo en los últimos seis años la población extranjera en las cárceles ha mantenido la misma proporción: alrededor del 6% del total. Los jueces desmienten así de manera oficial los datos utilizados por el Gobierno, según los cuales el 21% de los presos serían extranjeros. Al faltar las circunstancias excepcionales exigidas constitucionalmente para justificar el DNU, la utilización del decreto como instrumento es juzgado como una “apropiación” ilegítima de facultades legislativas por parte del Ejecutivo.
Un abuso que es costumbre
En diálogo con lavaca, el director del Área de Litigio y Defensa Legal del CELS, Diego Morales, analiza el fallo: “La Cámara sostiene que el gobierno usó datos incorrectos para acreditar la ‘necesidad y urgencia’. Por lo tanto, no podía dictar un decreto para modificar la Ley de Miigración”. Y añade: «El fallo critica la forma de interpretar el artículo N° 99, inciso 3º, de la Constitución Nacional, que regula el uso de los decretos. Si bien para que un DNU sea rechazado se deben pronunciar las dos cámaras, el silencio del Congreso no le da validez. Se necesita que los jueces sigan indagando. Es decir, que si el Congreso se demora, el DNU no es automáticamente válido».
Por su parte, Lucia Galoppo, abogada de CAREF –otro de los organismos que presentaron el recurso contra el DNU- afirma: «La sentencia marca en qué situación corresponde un DNU y en qué situación no, y le pone un límite a la actividad legislativa del Ejecutivo». Por lo tanto, el planteamiento de la sentencia, más allá de declarar inconstitucional el DNU 70/2017, constituye también una advertencia al Gobierno con respecto al abuso del decreto como instrumento normativo. Un abuso que el macrismo convirtió en costumbre”.
Los jueces también rechazaron la medida haciendo referencia a la esfera de los derechos humanos. En este sentido, el decreto es considerado discriminatorio de un entero grupo social que ya sufre una “condición de vulnerabilidad”. El decreto, en efecto, perjudicaba a los inmigrantes del derecho a recibir un debido proceso, disponiendo la expulsión en limitación de la posibilidad de defenderse. Además, autorizaba formas de detención administrativa. Los jueces consideran estas disposiciones contrarias a la Constitución y a los tratados internacionales que protegen los derechos fundamentales, citando sobre todo la Convención Interamericana de Derechos Humanos.
La lógica regresiva
Toda una lógica política para abordar el tema de las migraciones internacionales es la que rechaza esta sentencia. Gabriela Liguori, coordinadora general de CAREF señala: “Este Gobierno parte de la perspectiva del inmigrante como persona que no está en igualdad de derecho con los nacionales. Opera en la política migratoria desde una lógica de seguridad interna y no de derechos humanos. El DNU, que facilitaba las expulsiones de cualquier migrante con cualquier tipo de antecedente, aún ante de tener condena, respondía a esa perspectiva”.
Los jueces, en resumen, recuerdan que los derechos fundamentales son superiores a los intereses de un Gobierno. Es lo que subraya la abogada Gaído: “Más allá del contenido literal, el fallo dice que los derechos humanos no son susceptibles de regresar en función de las necesidades del Poder Ejecutivo de turno”. Esta perspectiva sienta un precedente: la sentencia podría ser interpretada en forma más ancha, hacia otras materias. Por ejemplo, hacia el tema del acceso de las personas migrantes a la salud y a la educación. Una cuestión que fue recientemente al centro del debate político nacional.
Dice Gabriela Liguori: “Si bien el fallo no tiene impacto directo en aspectos relativos a salud y educación, que pretenden ser restringidos a través de diversos proyectos de ley recientemente presentados, hay algunas ideas desarrolladas que pueden ser útiles a la hora de debatir públicamente esas iniciativas. Por ejemplo, el considerar la población migrante como un colectivo vulnerable en situación de inferioridad en el ejercicio real de sus derechos”.
En ese sentido, Galoppo opina que la prohibición de retroceder en tema de derechos fundamentales “se aplica a lo que es el debido proceso, a la ley de inmigración y a la migración como derecho humano, pero se podría extender también al acceso a salud y educación”. Y agrega: “Son derechos humanos que se garantizan de forma universal y no se puede negar. Y mucho menos en función de la reciprocidad con otros Estados: tenemos la obligación como país de seguir sosteniendo los derechos que ya garantizamos por los compromisos internacionales que hemos asumido».
“Quisieron hacer una asociación entre migración y delincuencia que no existe”
La respuesta del tribunal siembra otras preguntas. Si no había emergencia, ¿por qué el gobierno quiso aprobar un DNU antimigratorio? No sería la primera vez que los inmigrantes son utilizados como chivo expiatorio de problemáticas económicas y sociales cuyas responsabilidades tienen sus raíces en otro lado. La sentencia del viernes pasado fortalece esta duda. Dice Diego Morales: “El Gobierno tendría que explicar por cuáles razones políticas aprobó el decreto. Porque otras razones no pudo dar. Nosotros suponemos que quisieron forzar una asociación entre migración y delincuencia, que no existe. De toda forma, hay que subrayar que este discurso, antes y más allá de la sentencia, ya tuvo efectos reales muy negativos para la población migrante. Se está intentando instalar una sospecha continua sobre estas personas”.
Sin embargo, la inconstitucionalidad del decreto no significa que terminen los abusos y violaciones de derechos hacia las personas migrantes. Lucia Galoppo recuerda: “Una cosa es lo que determina la ley, y otra lo que sucede en la práctica de ventanilla y de burocracia estatal”.
Por último, la historia del controvertido decreto no se puede considerar acabada. El Gobierno sigue teniendo derecho a apelar al fallo y acudir a la Corte Suprema de Justicia. ¿Intentará seguir adelante con una medida ahora declarada inconstitucional? ¿Optará por seguir con una visión de las migraciones internacionales que lo acerca más a Trump que a la tradición argentina de respeto a los derechos humanos?
No hay respuestas definitivas a estas preguntas. Dependerá, más que por tribunales o gobiernos, de la capacitad de los organismos de la sociedad civil de seguir exigiendo derechos y de los colectivos de trabajadores migrantes de auto-organizarse y levantar su voz.
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Darío y Maxi: el presente del pasado (video)

Hoy se cumplen 23 años de los asesinatos de Darío Santillán y Maximiliano Kosteki que estaban movilizándose en Puente Pueyrredón, en el municipio bonaerense de Avellaneda. No eran terroristas, sino militantes sociales y barriales que reclamaban una mejor calidad de vida para los barrios arrasados por la decadencia neoliberal que estalló en 2001 en Argentina.
Aquel gobierno, con Eduardo Duhalde en la presidencia y Felipe Solá en la gobernación de la provincia de Buenos Aires, operó a través de los medios planteando que esas muertes habían sido consecuencia de un enfrentamiento entre grupos de manifestantes (en aquel momento «piqueteros»), como suele intentar hacerlo hoy el gobierno en casos de represión de sectores sociales agredidos por las medidas económicas. Con el diario Clarín a la cabeza, los medios mintieron y distorsionaron la información. Tenía las imágenes de lo ocurrido, obtenidas por sus propios fotógrafos, pero el título de Clarín fue: “La crisis causó 2 nuevas muertes”, como si los crímenes hubieran sido responsabilidad de una entidad etérea e inasible: la crisis.

Darío Santillán.

Maximiliano Kosteki
Del mismo modo suelen mentir los medios hoy.
El trabajo de los fotorreporteros fue crucial en 2002 para desenmascarar esa mentira, como también ocurre por nuestros días. Por aquel crimen fueron condenados el comisario de la bonaerense Alfredo Franchiotti y el cabo Alejandro Acosta, quien hoy goza de libertad condicional.
Siguen faltando los responsables políticos.
Toda semejanza con personajes y situaciones actuales queda a cargo del público.
Compartimos el documental La crisis causó 2 nuevas muertes, de Patricio Escobar y Damián Finvarb, de Artó Cine, que puede verse como una película de suspenso (que lo es) y resulta el mejor trabajo periodístico sobre el caso, tanto por su calidad como por el cúmulo de historias y situaciones que desnudan las metodologías represivas y mediáticas frente a los reclamos sociales.
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83 días después, Pablo Grillo salió de terapia intensiva

83 días.
Pasaron 83 días desde que a Pablo Grillo le dispararon a matar un cartucho de gas lacrimógeno en la cabeza que lo dejó peleando por su vida.
83 días desde que el fotógrafo de 35 años se tomó el ferrocarril Roca, de su Remedios de Escalada a Constitución, para cubrir la marcha de jubilados del 12 de marzo.
83 días desde que entró a la guardia del Hospital Ramos Mejía, con un pronóstico durísimo: muerte cerebral y de zafar la primera operación de urgencia la noche del disparo, un desenlace en estado vegetativo.
83 días y seis intervenciones quirúrgicas.
83 días de fuerza, de lucha, de garra y de muchísimo amor, en su barrio y en todo el mundo.
83 días hasta hoy.
Son las 10 y 10 de la mañana, 83 días después, y ahí está Pablito, vivito y sonriendo, arriba de una camilla, vivito y peleándola, saliendo de terapia intensiva del Hospital Ramos Mejía para iniciar su recuperación en el Hospital de Rehabilitación Manuel Rocca, en el barrio porteño de Monte Castro.
Ahí está Pablo, con un gorro de lana de Independiente, escuchando como su gente lo vitorea y le canta: “Que vuelva Pablo al barrio, que vuelva Pablo al barrio, para seguir luchando, para seguir luchando”.
Su papá, Fabián, le acaricia la mejilla izquierda. Lo mima. Pablo sonríe, de punta a punta, muestra todos los dientes antes de que lo suban a la ambulancia. Cuando cierran la puerta de atrás su gente, emocionada, le sigue cantando, saltan, golpean la puerta para que sepa que no está solo (ya lo sabe) y que no lo estará (también lo sabe).
Su familia y sus amigos rebalsan de emoción. Se abrazan, lloran, cantan. Emi, su hermano, respira, con los ojos empapados. Dice: “Por fin llegó el día, ya está”, aunque sepa que falta un largo camino, sabe que lo peor ya pasó, y que lo peor no sucedió pese a haber estado tan (tan) cerca.
El subdirector del Ramos Mejía Juan Pablo Rossini confirma lo que ya sabíamos quienes estuvimos aquella noche del 12 de marzo en la puerta del hospital: “La gravedad fue mucho más allá de lo que decían los medios. Pablo estuvo cerca de la muerte”. Su viejo ya lloró demasiado estos casi tres meses y ahora le deja espacio a la tranquilidad. Y a la alegría: “Es increíble. Es un renacer, parimos de nuevo”.
La China, una amiga del barrio y de toda la vida, recoge el pasacalle que estuvo durante más de dos meses colgado en las rejas del Ramos Mejía exigiendo «Justicia por Pablo Grillo». Cuenta, con una tenacidad que le desborda: «Me lo llevo para colgarlo en el Rocca. No vamos a dejar de pedir justicia».
La ambulancia arranca y Pablo allá va, para continuar su rehabilitación después del cartucho de gas lanzado por la Gendarmería.
Pablo está vivo y hoy salió de terapia intensiva, 83 días después.
Esta es parte de la vida que no pudieron matar: