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El derecho al revés
Las claves legales para garantizar la salud de las mujeres. ¿Por qué el aborto es un derecho humano? ¿Qué recomendaciones hicieron al Estado argentino los organismos internacionales? ¿Qué dice la ley vigente y por qué no se cumple? Respuestas de especialistas. Por Lucía Aíta.
Desde 1921 en Argentina, con la sanción del Código Penal, el aborto está permitido en tres circunstancias: riesgo de vida, riesgo para la salud o en caso de violación. Hace cuatro años la Corte Suprema de Justicia de la Nación tuvo que recordárselo a médicos, jueces y funcionarios. Y aún así, hasta hoy hay provincias que no cumplen ni con la ley ni con el fallo de la Corte. La realidad es contradictoria en todos los niveles del Estado –legislativo, ejecutivo y judicial- y con una misma consecuencia: impedir a las mujeres el derecho a la salud.
Juan Méndez es relator de la ONU en temáticas relativas a la tortura. Es decir, es un especialista en investigar y observar en nombre de esa organización casos de tortura y denunciarlos en el marco del Derecho Internacional. En una de sus últimas intervenciones dijo Méndez: “La prohibición absoluta del aborto viola la prohibición del trato cruel, inhumano y degradante y hasta de la tortura”. En otras palabras, fue el primero en exponer públicamente lo que muchas mujeres sienten en sus cuerpos desde hace años: no tener la opción a un aborto legal, seguro y gratuito es una forma de tortura.
Si partimos de esa premisa cabe hacerse algunas preguntas: ¿dónde y cómo se aplica esa tortura? ¿qué se puede hacer en materia de derechos para evitarla?
Edurne Cárdenas integrante del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y Paola García Rey, miembro de Amnistía Internacional, tienen algunas puntas para desatar el nudo. Las dos se formaron en la carrera de abogacía y desde allí se paran para dar pelea por la libre elección sobre nuestros cuerpos. Edurne y Paola dicen sin dudar: el aborto es un derecho humano. ¿Qué significa? “El aborto es un derecho que está enraizado y enlazado en el acceso a otros derechos. No se puede entender el derecho a la vida, a la salud, a vivir una vida libre de violencia, a la igualdad, a ser libre de tortura y tratos crueles, sin entender que el aborto es un derecho”, dice Edurne. Y agrega: “La criminalización del aborto es el único tipo penal que mata. Y mata porque genera condiciones que empujan a las mujeres a la clandestinidad y a la muerte”.
En ese contexto, Amnistía hizo una investigación regional en la que también se analizan los derechos sexuales y reproductivos. Las conclusiones principales de esa investigación son:
Argentina tiene leyes, ejemplares en muchos aspectos, vinculadas con los derechos humanos, que no se condicen con las leyes en materia de derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.
Argentina se encuentra en una situación paradójica: es mucho más avanzada la letra de la ley de lo que sucede en la realidad concreta de hospitales y centros de salud.
“Si nos limitamos a comparar legislaciones, Argentina puede estar en un escenario legal más avanzado que, por ejemplo, el Salvador o Chile, que tienen una prohibición absoluta. Pero la realidad de las mujeres que abortan en Argentina se parece mucho a la de las que abortan en países donde está absolutamente prohibido”, sintetiza Paola. “La región, en algunos casos, está yendo hacia una mayor persecución y criminalización. El Salvador, por ejemplo, discute extender la pena de prisión a mujeres que aborten. En ese marco, pareciera que Argentina va en sentido opuesto, pero después tenemos elementos muy concretos que dan cuenta de que no es así. Esa paradoja hizo que Argentina escapara durante mucho tiempo al radar internacional: no es prioridad de la región porque tiene un marco legal bastante respetuoso, pero en la práctica se parece a los países que hoy son foco de campañas globales para garantizar los derechos de las mujeres ”.
Paola da algunos ejemplos muy concretos de lo que en la práctica no condice con la legislación vigente: “Muy pocas jurisdicciones cuentan con el Protocolo de Interrupción Legal del Embarazo. Y el Protocolo, pese a que fue emitido por el Ministerio de Salud, no tiene fuerza de resolución. Eso hace que los médicos muchas veces utilicen esa excusa para desconocer la ley. Las provincias y los ministerios de Salud provinciales, a su vez, no bajan las instrucciones debidas. Y cuando lo hacen, retroceden ante las presiones. Un ejemplo es la provincia de Buenos Aires”.
El CELS aporta los siguientes datos:
De todas las provincias, solo 9 de las 25 jurisdicciones tienen protocolos que se acercan a lo que ordena el fallo de la Corte Suprema: Chaco, Chubut, Jujuy, La Rioja, Misiones, Santa Cruz, Santa Fe, Rio Negro y Tierra del Fuego.
Otras 7 jurisdicciones tienen protocolos deficitarios: la Ciudad de Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos, La Pampa, Neuquén, Provincia de Buenos Aires y Salta.
Una de las estrategias de las distintas agrupaciones que trabajan en derechos humanos -como Amnistía, CELS, ELA y Católicas por el Derecho a Decidir- fue, a nivel nacional, hacer presentaciones judiciales en algunas provincias que no tienen protocolos o son deficitarios. Tanto Paola como Edurne señalan este camino judicial como una posibilidad para que las provincias cumplan con lo que la Corte ya sentenció. Al mismo tiempo, ambas reconocen que no alcanza.
Paola hace una advertencia: “Ojo: no hay que pensar que si no hay protocolo no hay derecho. Las mujeres caímos en la trampa de creer que el protocolo era el Derecho. Hoy estamos penando por la existencia de protocolos en provincias, pero no son necesarios para que las mujeres accedan a un aborto no punible en los casos que contempla la ley. ¿Es importante tener un protocolo? Sí. ¿Es necesario? No”.
La mirada internacional
¿Cuáles pueden ser otras estrategias para garantizar esos derechos? Paola responde: “La mirada de los organismos internacionales”. Este año Argentina rindió examen en varias instancias internacionales y no hubo ninguna en la que no se le preguntara: ¿qué está pasando con las mujeres y con el aborto en el país?
CEDAW fue una. El Comité Internacional de Derechos Humanos le ordenó al Estado argentino que libere a Belén. También, que garantice el cumplimiento del marco legal vigente y que acelere “la adopción de un proyecto de ley que despenalice el aborto”.
Otro: el relator de tortura de la ONU.
Otros más: el relator de salud.
¿Qué es lo que le dicen al Estado argentino todos estos organismos? Responde Paola: “Si bien todos no hablan directamente de legalización, sí dicen estar preocupados por la criminalización de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. Y les dicen a los Estados que revisen sus leyes en función de despenalizar. El correlato de la despenalización es la legalización, aunque los organismos internacionales no lleguen a decirlo en esos términos, porque al despenalizar el Estado tiene que garantizar el acceso al aborto. Es muy importante que el Derecho Internacional esté garantizando el cumplimiento de los derechos de las mujeres con esa interpretación”.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos también se manifestó en idéntico sentido. Dos cuestiones jurídicas que dejó en claro:
Interpretar los derechos desde una concepción gradual de la vida. Es decir, que en un embarazo es la mujer la que debe ser protegida prioritariamente.
Explicitar que tanto las instituciones como los individuos que están trabajando en salud pública no pueden imponer sus creencias o concepciones religiosas por sobre los derechos de las mujeres.
Con respecto a esas indicaciones de la Corte Interamericana Paola agrega: “Si uno hace un análisis generalizado de lo que pasa en la región y en el sistema universal, advierte que les hablan a todos los países. Por eso, lo más importante es el ejercicio que hagamos de traducir las indicaciones de los organismos de derechos humanos a las realidades domésticas. Esa es nuestra tarea”.
Si bien son clave los dictámenes de los organismos internacionales, la pregunta es la de siempre: ¿cómo hacemos para que nuestro Estado acate esas recomendaciones? Edurne responde: “El debate internacional no puede ser la única estrategia porque no funciona sola, automáticamente. Sin embargo, que países con los que Argentina tiene relaciones bilaterales y con los que tiene cierta dependencia en materia de cooperación internacional cuestionen esto, es importante, pero no suficiente. La movilización, el Ni una menos, el paro, lograron que la voz de las mujeres se escuchara afuera. Se tiene que trabajar en todas las instancias y la calle es una clave, sin dudas”.
Otro ejemplo que surge del poder de las mujeres en la calle es el caso Belén: fue la calle la que le exigió a la CIDH que pida su liberación y no al revés.
Los campos de batalla
A nivel nacional hay distintos rings donde dar la pelea. Uno de ellos es el legislativo. Este año es la sexta vez que se presenta el Proyecto para la Interrupción Legal del Embarazo y aún no logra estado parlamentario. La diferencia es que este año, cuando la comisión cabecera no hizo su trabajo, la de Salud llamó a un debate informativo. Amnistía Internacional fue una de las expositoras y Paola cuenta cómo vivió esa experiencia: “Un punto interesante fue que los antiabortistas estuvieran allí, en vez de ningunear el espacio. Esto indica que había cierta fortaleza a favor de la despenalización y tuvieron que estar para dar el debate. Otro punto positivo es que, por primera vez, el movimiento de mujeres desplegó todos los argumentos posibles: legales, médicos y políticos. Por eso creo que el movimiento de mujeres salió de allí muy fortalecido”. A esa visión optimista se suma una advertencia: “Del lado de los que están en contra de la despenalización, vi que es un movimiento que se apropió mucho léxico del movimiento de derechos humanos. Argumentó, por ejemplo, sobre los derechos del niño y hablando de mujeres en situación de vulnerabilidad. Hay que analizar que son muy estratégicos a la hora de pensar qué discurso utilizar y estar a la altura.”
Otro ring es el Poder Ejecutivo. “No puede ser que la vida de una mujer en Argentina dependa de dónde nació. Es clave garantizar el mismo derecho en todas las provincias. Eso es una responsabilidad del Estado nacional. El Ejecutivo debería trabajar en coordinación con otros espacios, destinar recursos y generar las condiciones para que en todas las provincias haya servicios que garanticen la atención pre y postaborto. Eso es una obligación del Estado para garantizar la vida de las mujeres”, afirma Edurne.
Al momento de presionar al Estado y, concretamente, al Poder Ejecutivo ¿qué le pedimos?
Paola responde sin dudar: “Concretamente: política pública. Hoy el Ejecutivo tiene como obligación principal, como mínimo, garantizar el aborto no punible. Le pedimos una política acorde a su propia legislación. Le pedimos un Estado de Derecho. La Corte Suprema no se extralimito ni dijo cosas que no están establecidas en la ley, sino que exigió que se cumpla la ley. La Corte tuvo que insistir sobre cuál era el marco legal porque en la práctica no se cumple. No podemos pedirle a la Corte que diga lo mismo una y otra vez. Ahora tiene que hacerlo cumplir el Ejecutivo”.
Derechos y realidad
Otro ring: el Poder Judicial. Es difícil dar la pelea si no conocemos nuestros derechos y encima no se respetan. Un ejemplo: ¿podemos demandar a un profesional que denuncia a una mujer que llega al hospital público padeciendo las consecuencias de un aborto clandestino? Responde Paola: “Sí, por supuesto. Si sos funcionario público la objeción de conciencia no debería perjudicar la atención de un paciente. Pero, sobre todo, no puede haber una objeción de conciencia institucional. Por eso, como la Corte Suprema dijo que tengo derecho a un aborto no punible puedo denunciar al Estado si no me lo hacen. Y con el caso Belén se comenzó a hablar públicamente del derecho de las mujeres al secreto médico. Fue una manera de que otras mujeres sepan que pueden exigirlo”.
Edurne suma: “Uno de los efectos de la criminalización del aborto es generar una industria del aborto clandestino. Ya sea personal médico o curanderos se garantizan así un mercado cautivo de mujeres que abortan sin ley. La otra consecuencia es la industria de los medicamentos abortivos, que en Argentina está totalmente cartelizada y puede hacer lo que quiera con los precios. Los medicamentos están regulados por la ANMAT: el año 1998 fue la última vez que revisó el prospecto del misoprostol y, sin embargo, sigue diciendo que es solo para uso gástrico. En Argentina el misoprostol lo fabrica y comercializa un laboratorio -Domínguez- y le vende solamente a hospitales. El otro laboratorio es Beta, que tiene el mercado de la comercialización al público: sube y baja el precio, hace presentaciones de 16, de 20 ó de 8, y nadie lo controla. Eso pasa cuando no hay políticas de control públicas porque el Estado asume que su uso es clandestino”.
Al descontrol de los laboratorios se suma la falta de información confiable. Paola advierte: “Cualquier espacio de salud debe dar acceso a la información de una forma veraz, amigable, criteriosa y técnica. En cualquier ámbito de salud, no solamente en el hospitalario, se pueden organizar consejerías pre y post abortos, que brinden información e incluso, acompañamiento. Pero a un servicio de salud pública así hay que darle herramientas, recursos y mecanismos claros. Volvemos entonces al mismo lugar: la obligación, en primer lugar, es del Poder Ejecutivo”.
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