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Botón de muestra. Lo que revela la causa por el femicidio de Carla Soggiu

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La familia supo de casualidad, 20 meses después, sin ser notificada, que la causa de su hija estaba archivada. El expediente que oculta y tergiversa, pese a que la declaración de la mamá de Carla brindó precisiones suficientes como para investigar la muerte de la joven como un femicidio, y alertaba sobre la falta de funcionamiento del sistema de botón antipánico. La no declaración del ex vicejefe del gobierno porteño Diego Santilli sobre este punto. El audio de los últimos momentos de Carla. Una historia que demuestra paso a paso cómo lo judicial puede encubrir la responsabilidad estatal y archivar procesos, convalidando la impunidad. Por Claudia Acuña.

Botón de muestra. Lo que revela la causa por el femicidio de Carla Soggiu
El mural de Carla y sus padres: Rosana y Alfredo se turnan para ir a Plaza de Mayo, para poder cuidar a sus nietos huérfanos. En el caso de su hija, la falla del sistema de botones antipánico está entre los muchos temas que (no) investiga la justicia.
Foto: Lina Etchesuri

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Hay un sonido que la familia de Carla Soggiu nunca olvidará.

 Es el del audio que le hizo escuchar la Policía de la Ciudad donde quedó registrada la última de las cinco activaciones que Carla hizo de su botón antipánico. 

Ya no se escucha su voz pidiendo ayuda como en las grabaciones anteriores, sino el ruido de agua que se mueve y lo que podría ser un elemento golpeando contra otro y el gemido de alguien que se ahoga. “Me hicieron escuchar a mi hija morir”, recuerda Alfredo.

Carla murió intentando sobrevivir hasta el último minuto de su vida. Así quedó acreditado en la autopsia, donde se constató que sufrió una “asfixia mecánica por sumersión”, y así lo testimonian las insistentes activaciones de su botón antipánico, advirtiendo que estaba perdida y necesitaba ayuda.

Para su familia, a Carla la mataron dos veces. Primero, el 26 de diciembre de 2018, cuando su ex pareja, Sergio Nicolás Fuentes, la secuestró, violó y golpeó brutalmente, mientras la más pequeña de sus dos hijes era testigo obligada de esa escena de terror. En esa sesión de tortura que duró dos días le produjo una lesión en el cráneo que –según creen sus padres– derivó en la desestabilización y desorientación que sufrió días después. La segunda muerte de Carla, entonces, fue aquel 15 de enero de 2019, cuando pidió ayuda y la Policía de la Ciudad nunca pudo encontrarla, a pesar de que su botón antipánico contaba con geolocalización. Su cuerpo fue hallado cuatro días más tarde en el Riachuelo. 

Ahora a Carla la mataron por tercera vez.

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Foto: Vero Ape

Las fojas de la impunidad

Por los crímenes que padeció Carla se abrieron dos expedientes judiciales. El primero culminó cuando El Tribunal Oral en lo Criminal Nº 20 de la Capital Federal, a cargo del juez Pablo Laufer, condenó a 6 años de prisión a Sergio Fuentes por secuestrar, atar, violar y golpear salvajemente a Carla. La familia de Carla se enteró del inicio de ese juicio oral cuando la secretaria del juzgado llamó a su casa para preguntar por Carla. Le respondieron que estaba muerta. Le informaron entonces que ya no podían presentarse como querellantes y tuvieron que asistir al juicio como parte del público.

La otra causa judicial comenzó el 15 de enero de 2019 cuando Rosana, su mamá, denunció que había desaparecido. Este expediente, foja por foja, es la prueba del delito. 

Justicia ciega

La declaración de la mamá de Carla ocupa la foja 4, es decir, el inicio del expediente. Es completa y precisa. Allí está todo lo que necesita el fiscal César Augusto Troncoso para determinar qué estaba denunciando Rosana.

Dice que su hija está perdida y que un patrullero fue a su casa tres veces porque activó el botón antipánico, una clara señal de que el sistema de geolocalización no estaba funcionando.

Dice también que Carla fue víctima de la violencia de su ex pareja y aporta el número de juzgado y causa en que consta la denuncia, un dato contundente para considerar que se trataba de un caso de violencia de género que obliga a la fiscalía a aplicar el protocolo correspondiente.

Dice algo más que en los tres cuerpos y casi 500 fojas de esta causa no vuelve a nombrarse: el nombre y edad de los hijes de Carla, que para la justicia serán invisibles.

A partir de allí todo el primer cuerpo de esta causa caratulada como “muerte por causa dudosa” es una sucesión de papeles que ordenan la búsqueda. 

La foja 175 da cuenta del hallazgo de un cuerpo. 

Lo encontró por un trabajador que realizaba tareas de limpieza en el Riachuelo.

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Foto: Nacho Yuchark

Lo que falta

El segundo cuerpo de la causa es el que importa.

Los principales puntos:

A fojas 288 el fiscal general Diego Iglesias, en aquel momento a cargo de la unidad especialmente dedicada a violencia de género, la pide al fiscal Troncoso que le informe “mediante oficio papel o electrónico”, si existe “indicio de vinculación” del caso con ese tipo de violencia, en cuyo caso le recuerda debe aplicarse el procedimiento correspondiente. A fojas 290 responde la fiscalía a través de su secretaria María Celina Bo: “No se investiga un homicidio doloso vinculado con violencia de género y, por consiguiente, no se precisa la intervención ni colaboración de dicha unidad”. 

A fojas 311 se remite completo el expediente generado por el secuestro, violación y golpiza (Causa N 7581154) y su fallo completo. También, la denuncia de Carla ante la Oficina de Violencia Doméstica, que calificó su situación “de alto riesgo”. Sin embargo, el fiscal jamás consideró en sus conclusiones que la muerte de Carla se produjera en un contexto de violencia de género. Para el fiscal Troncoso Carla  “se murió”.

A fojas 349 se cita a declarar al vicejefe de la Ciudad, Diego Santilli. Responde que prefiere hacerlo por escrito, pero no hay constancia de su declaración, a pesar de que a lo largo del expediente es tres veces requerida. La declaración que nunca realizó Santilli es clave para determinar por qué no funcionó el sistema de geolocalización del botón antipánico. Una versión periodística aseguró que esa falla no se produjo solo en el botón que tenía Carla, sino que dejaron de funcionar los 3.000 que entregaron ese año a las mujeres que el Estado porteño se comprometió así a proteger. ¿Por qué no funcionó? Porque había vencido el contrato con la empresa Coradir –que proveía el servicio– y hubo un vacío de varios días hasta que se hizo cargo el nuevo proveedor, la empresa Soflex. En ese vacío se extravió la vida de Carla.

A fojas 335 el fiscal Troncoso requiere al gobierno de la ciudad “todos los contratos relativos al implementación del servicio del botón antipánico”. No hay copia de dichos contratos en el expediente. 

A fojas 406 el fiscal Troncoso niega las copias de esos contratos a la fiscal Cristina Caamaño Iglesia Paiz, quien había iniciado una investigación por el no funcionamiento del botón antipánico a partir de una nota publicada por el portal El Destape. Esta fiscal también había citado a Santilli y requerido los contratos al gobierno de la ciudad, que respondió que las había enviado al fiscal Troncoso… que le negó la copia “por no se ser parte de la causa”. A fojas 413 el fiscal Troncoso denuncia a Caamaño ante el fiscal general “por haberse excedido de sus funciones”.

A fojas 468 consta que el fiscal devolvió esos contratos “por carecer de interés en esta causa”. No da detalles ni explicaciones.

A fojas 470 el fiscal Troncoso ordena el archivo de la causa por considerar que “el hecho a investigar no constituye delito alguno”.

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Preguntas y respuestas

Cómo se enteró la familia de Carla del archivo de la causa que investigaba el crimen de su hija es otra de las violencias que debió soportar. Merece, por eso mismo, una larga explicación. 

La familia de Carla es una de las quince que se encuentran cada segundo miércoles de cada mes en Plaza de Mayo para presentar en Casa Rosada un pedido de audiencia con el presidente Alberto Fernández. El Presidente –que hasta ahora y tras quince solicitudes de audiencia, nunca las recibió– derivó uno de esos pedidos a la ministra Elizabeth Gómez Alcorta, quien los entrevistó en marzo, junto a un grupo de asesoras. En esa reunión, las familias le entregaron un resumen de la situación que padecían. En el caso de la familia de Carla: los dos niñes no recibían la pensión que les correspondía por la ley Brisa y la investigación judicial se había convertido en una maraña desquiciada. 

A la semana de esa reunión cada familia fue entrevistada en forma individual y durante dos largas horas por otras dos asesoras del ministerio para supuestamente elaborar un informe más detallado.  Durante largos meses no tuvieron novedades hasta que el ministerio respondió uno de los pedidos puntuales: que los ayuden a conseguir los peritos que requería cada causa. La respuesta fue por teléfono: el ministerio –que cuenta con un presupuesto de 6 mil millones sub ejecutado– no tenía recursos para pagar los honorarios de los peritos. 

Las familias se organizaron entonces para conseguirlos y lograron una reunión con el equipo de la perito Virginia Kreimer, quien escuchó durante más de tres horas  los padecimientos judiciales que soportaban, entre ellos, los padres de Carla. La doctora Kreimer les pidió, entonces, una serie de datos de la causa que debían solicitarle al abogado particular. Ese abogado se los había sugerido el periodista Chiche Gelblung, quien tras escucharlos en una entrevista, se conmovió al verlos desamparados. Así llegó a la causa como abogado querellante Juan Manuel Dragani , el 23 de enero de 2019. El abogado es conocido por su participación en los programas de Viviana Canosa y por representar a las hermanas Dalma y Yanina Maradona. En el expediente que investiga la muerte de Carla consta que su actuación se limitó a pedir copias y a presentar un supuesto testigo que nunca pudo ser ubicado.

Los padres de Carla lo llamaron para solicitarle los datos requeridos por Kreimer. Tardaron varias semanas en concretar la entrevista. El mismo día que iban a verlo –ya era mediados de noviembre de este año– recibieron un llamado de una abogada “del ministerio”. 

-Vayan a verlo y después lo llamo- les dijo.

Fueron.

Al regreso recibieron un nuevo llamado de la abogada.

-¿Qué les dijo?

-Que la causa estaba parada

-¿No les dijo que el fiscal la mandó a archivar?

La causa había sido archivada en marzo de 2020. Un año y ocho meses antes. Jamás los notificaron.

La respuesta de Rosana, la mamá de Carla, fueron lágrimas. La de Alfredo apuntó directo a los ojos del ministerio:

-¿Ven por qué queremos que el Presidente nos reciba? ¿Ven por qué no podemos luchar solos contra todo esto?

Sí: veían.

20 minutos de eternidad

Tras el secuestro y la violación Carla volvió a vivir a la casa de sus padres, esta vez con sus hijos de 2 y 5 años. Para sostener a su familia repartía volantes de un estudio jurídico, limpiaba casas y a veces atendía un puesto de diarios. “Al tener hidrocefalia no la tomaban en ningún lado y ella hacía lo que podía para ganarse unos mangos”, cuenta su papá.

Aquel 15 de enero de 2019,  Carla salió a trabajar con su botón antipánico. Fue la última vez que la vio su familia. Cerca de las 18 horas, tal como quedó capturado en una cámara de seguridad, un amigo la acompañó hasta la parada de la línea 32, en Avenida Sáenz al 500, cerca de Nueva Pompeya, desde donde Carla volvería a su casa. Al ver que no regresaba, sus padres llamaron a la policía. “En ese momento y después de todo lo que había pasado, veinte minutos eran una eternidad”, dice Alfredo. También dice  que en la autopsia consta que aquel, su último día, Carla llevaba el botón antipánico refugiado entre la bombacha y el jean. “Mi hija protegió hasta último momento ese aparato que tenía que protegerla”. 

En esa imagen se sintetiza todo lo que su familia necesita ahora: justicia.

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Mayo 2026: Por qué el Estado es responsable de los femicidios

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En lo que va de este año ya sufrimos:

95 femicidios y travesticidios

95 tentativas de femicidios

66 infancias quedaron huérfanas como consecuencia de estos crímenes

97 marchas se realizaron para exigir justicia

60 funcionarios fueron denunciados por violencia de género.

59 mujeres y niñas fueron reportadas desaparecidas.

5 crímenes en investigación están sospechados de femicidios.

En cada uno de nuestros padrones se puede acceder a los datos de los casos que componen estas cifras que expresan una realidad: la máquina de la violencia femicida. Interpretarlos en su complejidad es una tarea que la antropóloga mexicana Julia Monarrez define como “la hermenéutica social del sufrimiento” que pone de relieve “las formas en que las fuerzas sociales más amplias se unen para arruinar las vidas humanas individuales”. Entre esos signos a desentrañar el negacionismo de Estado es parte central.

El elemento que caracteriza al femicidio es la tolerancia y minimización estatal de la problemática. La impunidad con la que actúan los homicidas contiene un mensaje implícito de permisividad social a través de las múltiples formas en las que acciona el aparato del Estado –policías, fiscalías, funcionarios- y, en los momentos actuales, explícito en los discursos que emiten las más altas autoridades que encarnan su representación. Así, las formas de hacer y de no hacer que caracterizan al Estado abonan estos crímenes, tarea que se completa con la negación de su responsabilidad.

Ejemplos concretos de los que fuimos testigos este año:

  • Córdoba: “No hacemos ninguna autocrítica”, sintetizó el fiscal Raúl Garzón en la conferencia de prensa donde anunció el hallazgo del cuerpo destrozado de Agostina Vega, la adolescente de 14 años buscada desesperadamente durante una semana por su familia, amigas y vecinas. El fiscal demoró cinco días en aplicar el protocolo obligatorio de alerta y cinco también en allanar la casa del principal implicado, pese a tener información fehaciente sobre su identidad, dirección y participación desde el mismo momento en que desapareció la menor. El imputado por el femicidio de Agostina ya tenía una condena por privación de la libertad agravada, pero el fiscal interviniente le otorgó la libertad condicional.
  • Mar del Plata: La defensora del femicida de Lucía Pérez atacó a los gritos a la mamá de la víctima durante la audiencia de cesura que la Cámara de Casación bonaerense obligó a realizar al cambiar el delito de femicidio por el de violación agravada. En tanto, el otro implicado fue beneficiado primero con libertad condicional, pero la Cámara ordenó su revocación, aunque su regreso a prisión está pendiente en un laberinto de apelaciones. A casi diez años del crimen de la adolescente de 16 años que motivó el primer paro de mujeres el trámite judicial está, en los hechos, como el primer día: culpabilizando a la víctima por su asesinato, torturando a su familia y negando la figura penal, en beneficio de las estadísticas.
  • Córdoba: El cuerpo de Cecilia Basaldúa fue, finalmente, encontrado en una fosa común, a seis años de su femicidio. La familia se enteró que no estaba en la morgue judicial cuando solicitó realizarle una pericia de parte. Nunca fueron notificados que la fiscalía había trasladado el cuerpo al cementerio sin su autorización.
  • San Juan: “Siempre estamos abiertos a dialogar con la defensa para acordar un juicio abreviado”, declaró a la prensa el fiscal Emiliano Pugliese encargado de investigar el asesinato de Camila Nicole Bijinai, víctima de una balacera desatada el 4 de octubre de 2025 en la provincia de San Juan. Su crimen no fue calificado de femicidio, por lo cual las estadísticas de ese año –dadas a conocer hace apenas unos días- señalan que en esa provincia no se produjeron femicidios, a pesar de que toda la dolorosa jurisprudencia producida por las víctimas de balaceras en Rosario indican lo contrario. El dato importante: la tipificación penal de femicidio no admite los juicios abreviados. Evitar esa caracterización es una tendencia que alienta la impunidad, tal como ya sufrió la familia de la periodista Griselda Blanco, asesinada en Corrientes en 2023. Tampoco Griselda formó parte de las estadísticas de ese año y por eso mismo su femicida gozó de un juicio abreviado.

Los cuatro casos tienen un denominador común: son crímenes que nuestro Observatorio ha denominado “femicidios territoriales”. Se trata de femicidios que no se ajustan a los modelos epistémicos tradicionales de la teoría de género y que no hablan de vínculos de pareja e intimidad, sino de tramas de narcocriminalidad e impunidad territorializadas, con participación de agentes estatales, tales como policías, agentes penitenciarios, fiscales y funcionarios. Participación activa, en tanto que genera condiciones de posibilidad para estas muertes en esos territorios; y también participación concreta, al garantizar y perpetuar la impunidad de esos femicidios, demorando su investigación, falseando pruebas, entorpeciendo y eternizando procesos judiciales y criminalizando a las víctimas y sus familias. Marta Montero, madre de Lucía Pérez, prefiere llamarlos “narcofemicidios”. Sumamos a este concepto la referencia al territorio porque quizá nos permita enfocar los factores que los producen: los narco-femicidios se originan en narco-territorios concretos en los cuales la actividad delictiva ya cuenta con impunidad estatal.

Para poner en contexto los datos de femicidios que sufrimos en Argentina es conveniente analizar las estadísticas que realiza la Comisión Económica para América Latina (CEPAL) de Naciones Unidas con las tasas que informan las fuentes oficiales de todos los países de América Latina:[1]

AÑOARGENTINAMÉXICOCHILE
20151.100O.7000.400
20161.1001.000.400
20171.1001.2000.500
20181.1001.4000.400
20191.1001.5000.500
20201.1001.500Sin datos
20211.0001.6000.400
20221.0001.5000.100
20231.1001.3000.400
20240.951.1800.400
20250.851.0800.46

La tasa expresa cuántos femicidios sufren estos países por cada cien mil mujeres mayores de 15 años. El femicidio de Agostina, por ejemplo, no formaría parte de esta ecuación.

Finalmente, queremos señalar que la escena del crimen de Agostina Vega que hoy nos está interpelando es la misma que se repite en las periferias urbanas de todo el país. Familias agobiadas por el multiempleo vecinas de familias rotas por el desempleo y el narcomenudeo. El Estado allí está muy presente, pero solo en su peor forma: la policía, que controla todos los movimientos, dejando hacer y dejando no hacer en una balanza que siempre se inclina hacia la impunidad de la criminalidad, que está organizada en eslabones muy débiles. Ningún capo narco vive allí y ninguna familia está preparada para soportar las consecuencias. En cada casa se sobrevive como se puede. Hasta que no.

Tal como señala Julia Monarrez, antropóloga mexicana y creadora del concepto “femicidio sistémico” para analizar, erradicar y prevenir esta violencia es necesario “concebir una unidad entre el sufrimiento individual de víctimas y familiares de víctimas, y las estructuras económicas, políticas y sociales que lo sostienen, requiere tener en cuenta que feminicidio es una palabra potente. Si dejamos de pensarla solo como producto de una relación cultural, que jerarquiza las relaciones desiguales entre hombres y mujeres en detrimento de ellas, y la comprendemos como una palabra capaz de describir los diferentes sistemas políticos, sociales y económicos que actúan en contra de la vida de las niñas y las mujeres, entonces podemos pensarla como una palabra antisistémica que denuncia los diferentes ensamblajes de opresión”. Y de esa opresión el Estado es responsable: todo femicidio es evitable.


[1] https://statistics.cepal.org/portal/cepalstat/dashboard.html?theme=4&lang=es

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La escena del crimen

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Por Claudia Acuña

Como si fuera una respuesta de la realidad a las cifras, veinticuatro horas después de difundirse los datos oficiales que afirmarían la baja de femicidios, el cuerpo de Agostina Vega, de apenas 14 años, expone por qué el Estado es responsable de estos crímenes.

La escena del crimen de Agostina es la misma que se repite en las periferias urbanas de todo el país. Familias agobiadas por el multiempleo vecinas de familias rotas por el desempleo y el narcomenudeo. El Estado allí está muy presente, pero solo en su peor forma: la policía, que controla todos los movimientos, dejando hacer y dejando no hacer en una balanza que siempre se inclina hacia la impunidad de la criminalidad, que está organizada en eslabones muy débiles. Ningún capo narco vive allí y ninguna familia está preparada para soportar las consecuencias. En cada casa se sobrevive como se puede. Hasta que no.

Estamos entonces en el barrio Cofico, en las periferias de Córdoba Capital. En ese escenario el 5 de mayo de 2025 los vecinos vieron escapar corriendo de la casa de Claudio Barrellier -33    años, empleado en una agencia de seguridad que presta servicios a la municipalidad- a una joven desnuda y con las manos atadas. Llevaba puesta solo la bombacha y gritaba desesperada “Ayúdenme”. En el negocio de enfrente le dieron una remera para que se cubra. Llamaron a la policía y llegó el patrullero. Por ese acto de violencia Barrellier fue procesado por privación ilegítima de la libertad calificada y estuvo detenido veinte días. Al concederle la excarcelación, el juez interviniente le impuso una fianza y una serie de obligaciones. Entre ellas figuraba la presentación mensual ante la fiscalía, una condición que cumplió hasta mayo de este año. Se suma así el rol que cumple en estos casos el Poder Judicial, otra vez el Estado.

El sábado 23 de mayo Agostina salió de su casa a las 22.30 para encontrarse con él. Ariel, el remisero que la trasladó declaró que le llamó la atención que una chica de su edad viajara a esa hora hacia una zona considerada peligrosa y le preguntó el motivo. Agustina respondió que iba a encontrarse con el novio de su mamá. El motivo: iban a hacerle un regalo sorpresa. El remisero fue el último en verla con vida: Agostina desapareció.

Su cuerpo fue hallado una semana después en los pastizales de Ampliación Ferreyra.

Al conocerse la noticia las y los vecinos rodearon la comisaría, cortaron las calles y quemaron gomas. Señalaron así a quien consideran también responsable de su crimen: el Estado.

Tal como señala Julia Monarrez, antropóloga mexicana y creadora del concepto “femicidio sistémico” para analizar, erradicar y prevenir esta violencia es necesario “concebir una unidad entre el sufrimiento individual de víctimas y familiares de víctimas, y las estructuras económicas, políticas y sociales que lo sostienen, requiere tener en cuenta que feminicidio es una palabra potente. Si dejamos de pensarla solo como producto de una relación cultural, que jerarquiza las relaciones desiguales entre hombres y mujeres en detrimento de ellas, y la comprendemos como una palabra capaz de describir los diferentes sistemas políticos, sociales y económicos que actúan en contra de la vida de las niñas y las mujeres, entonces podemos pensarla como una palabra antisistémica que denuncia los diferentes ensamblajes de opresión para las mujeres.”

Por eso mismo, nos vemos en las calles este miércoles.

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Lucía Pérez: la lucha para que al femicida Matías Farías no le bajen la condena

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(por Evangelina Bucari desde Mar del Plata, para lavaca)

Casi una década después del crimen que conmocionó a la Argentina y dio origen al primer Paro Nacional de Mujeres, el caso de Lucía Pérez enfrenta un nuevo capítulo judicial y otra instancia de revictimización para su familia, que ya atravesó todo tipo de maltratos en la búsqueda de justicia por el narcofemicidio de su hija de tan solo 16 años. (Foto de portada, Marta Montero y Guillermo Pérez, padres de Lucía, junto al abogado Juan Pablo Gallego)

En los tribunales de la calle Almirante Brown, en Mar del Plata, se lleva adelante una audiencia de cesura, un proceso de dos jornadas para determinar una nueva pena para Matías Farías, condenado por femicidio pero beneficiado el año pasado por un polémico cambio de carátula que hora le permitirá recibir una sentencia significativamente más baja que la prisión perpetua que cumplía.  

Tras un primer día (el miércoles 29 de abril) marcado por las declaraciones testimoniales que buscaron trazar el perfil del condenado y el impacto del crimen, la segunda jornada estará centrada en los alegatos finales de las partes.

El eje de la controversia radica en un fallo de 2025 de María Florencia Budiño y Víctor Violini, integrantes del Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires, quienes resolvieron que el asesinato de Lucía no constituyó un femicidio, sino un “abuso sexual agravado”.

Esta reconfiguración del delito tiene consecuencias directas en la condena: mientras que el femicidio conlleva prisión perpetua, la nueva carátula reduce el rango de la pena a un espectro de entre 8 y 20 años de prisión.

La querella, encabezada por el abogado Juan Pablo Gallego, adelantó que tanto la fiscalía como ellos pedirán la pena máxima posible. Sin embargo, aclaró que también plantearán una vía alternativa: “De manera subsidiaria, vamos a sostener la figura de femicidio, porque entendemos que la orden de Casación ha quedado abstracta”.

Sobre lo ocurrido en la primera jornada, el abogado destacó que “solo declararon los padres de Lucía”, y que Marta Montero, la madre, “tuvo una posición muy categórica, responsabilizando al Estado por el daño que viene padeciendo la familia”.

Gallego también cuestionó con dureza a la defensa: “Presentaron dos testigos falsos que terminaron en un papelón, en un contexto de muchísimo agravio hacia la víctima”. Pese a ese escenario, aseguró que la querella se retiró conforme con el desarrollo de la audiencia y con expectativas de cara a los alegatos finales.

En medio de esta tensión, la causa sumó otro giro relevante. Juan Pablo Offidani, condenado como partícipe secundario, vio revocada su libertad condicional hace apenas unos días. La Cámara de Apelación y Garantías hizo lugar al recurso del fiscal y la familia, y determinó que no se cumplían las condiciones para su excarcelación.

Offidani, quien inicialmente había sido beneficiado con la libertad tras pasar nueve años detenido, ahora deberá someterse a un régimen de semilibertad estrictamente supervisado, con salidas diurnas limitadas y la prohibición absoluta de acercarse a menos de 200 metros de la familia Pérez Montero.

Lucía Pérez: la lucha para que al femicida Matías Farías no le bajen la condena

En la puerta del juzgado, familiares y manifestantes con el abogado Juan Pablo Gallego, que explica:“Estamos ante un caso en el que, por motivos que se desconocen o por relaciones de poder, se busca beneficiar a una persona claramente identificada como autor de un crimen que el Código Penal define como femicidio”.

Ni un paso atrás  

La defensa de la familia Pérez Montero advirtió que si el tribunal local no convalida la gravedad del crimen y el perfil peligroso del condenado, recurrirán a la Corte Suprema o incluso a instancias de justicia internacional.

En cuanto a los fundamentos del fallo que modificó la calificación del caso, Gallego fue contundente: “En casi todos los párrafos, la propia Casación reconoce que se trata de un delito en un contexto de violencia de género, por lo que no se entiende el motivo de haber descartado el femicidio”.

En esa línea, vinculó la decisión con una coyuntura política específica: “En ese momento –señaló– se hablaba de eliminar la figura del Código Penal, cosa que finalmente no ocurrió”. De todos modos, se mostró confiado en que esa interpretación pueda revertirse.

Fue enfático en afirmar que desde la familia “no vienen a inventar una verdad”, sino a mostrar que los hechos probados encajan perfectamente en la figura que intentó “borrar” la Cámara de Casación. “En la audiencia de cesura volvió a quedar acreditado, como en todas las resoluciones y los juicios, que inequívocamente existió femicidio”, remarcó el abogado. Por eso, consideró que “estamos ante un caso en el que, por motivos que se desconocen o por relaciones de poder, se busca beneficiar a una persona claramente identificada como autor de un crimen que el Código Penal define como femicidio”.

Marta, que desde el día uno no dejó de luchar por su hija y “por todas las Lucías”, tiene una pregunta muy sencilla para hacerle a la justicia: “Si lo que le hicieron a Lucía no es femicidio, ¿entonces qué es?”.

Cronología de 10 años de impunidad y lucha

2016: Lucía es drogada, violada y asesinada el 8 de octubre. Las pericias forenses confirmaron que la última penetración anal infligida a Lucía ocurrió mientras ella agonizaba. Tenía rastros de drogas en su sangre.

2018: un primer juicio «misógino» absuelve a Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel, los tres implicados en la violación y el femicidio de Lucía, condenándolos solo por venta de drogas.

2020: Casación anula ese juicio por contener «intolerables prejuicios de género».

2023: en un segundo juicio, Farías es condenado a perpetua por femicidio. Y Juan Pablo Offidani recibió la pena de 15 años de prisión por resultar partícipe secundario del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el suministro de estupefacientes, y Alejandro Maciel, no recibió condena porque había fallecido en 2020.

2025: Un nuevo fallo de Casación “borra” el femicidio, e impone una audiencia de cesura para revisar la condena de Farías.

29 y 30 de abril de 2026: se desarrolla la audiencia de cesura.

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