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El fallo de la vergüenza

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Dos abogadas analizan el fallo de la jueza Marta Yungano que condenó a Marian Gómez por besar a su esposa en la vía pública. La abogada experta en derechos humanos Verónica Heredia analiza las irregularidades del caso: la teoría del mechón de pelo, el argumento de garantizar el “orden” y el abuso de autoridad no investigado. Y la abogada trans Cristina Montserrat Hendrickse plantea que todxs tenemos derecho a resistir ante la ilegalidad de un funcionario.
El viernes 5 de julio el Tribunal Oral en lo Criminal N°26 de la Ciudad de Buenos Aires le entregó al abogado de Marian Gómez los fundamentos del fallo que, una semana antes, había sellado una condena a prisión en suspenso bajo el delito de “resistencia a la autoridad y lesiones leves».
Todo empezó el 2 de octubre de 2017, cuando Mariana Gómez y Rocío Girat hablan, se besan y fuman un cirgarrillo en la estación de trenes de Constitución. Un empleado de Metrovías se acerca y le dice que lo apague. Mariana le contesta que no hay ningún cartel que lo prohíba. El empleado entonces llama al policía Jonathan Rojo, que la trata de “pibe” y la anota como “soltera”, a pesar de que Rocío le dice que es su mujer. Luego llega la oficial Karen Villareal. Con forcejeos la arrestan y llevan hasta la oficina de la Policía de la Ciudad de la estación Boedo de la línea E. Estuvo detenida siete horas, acusada de resistencia a la autoridad y lesiones graves.
El final es conocido: en el Día Internacional del Orgullo, el Tribunal Oral en lo Criminal N°26 de la Ciudad de Buenos Aires sentenció a Marian Gómez a un año de prisión en suspenso y al pago de las costas del juicio.
Más allá de lo que el caso significa en términos sociales, lavaca habló con dos abogadas para analizar los argumentos que respaldan la acusación.
El fallo de la vergüenza

La mirada de Verónica Heredia:

La policía actuó de oficio ante un delito leve
La jueza Yungano considera en su fallo que “arrancar un mechón de pelo” es un hecho peligroso que atenta contra la seguridad pública y habilita al Estado a actuar de oficio. Pero el Código Penal establece como regla que todos los delitos deben ser investigados de oficio por el Estado, excepto algunos pocos, entre ellos las lesiones leves -arts. 71 y 72 Código Penal-. La jueza condena a Mariana por lesiones leves contra la oficial Karen Villareal porque presuntamente le arrancó un mechón de pelo. Pero Karen Villareal no denunció a Mariana. Sin embargo, el Estado actuó de oficio. Primer abuso.
Garantizar el “orden”
¿Por qué? Según la jueza, la prohibición de actuar de oficio no rige en este caso porque: “…resulta evidente que razones de seguridad pública, lo que ocurre si por la naturaleza o circunstancias el hecho resulta potencialmente peligroso para la incolumidad de las personas o bienes en general, o de interés público, si el hecho, excediendo el marco de lo individual respecto de la víctima, su conocimiento y juzgamiento resulta útil, conveniente o necesario para el orden o bienestar de la comunidad, así lo indica[n]”.
La señora jueza explica claramente cuál es ese hecho potencialmente peligroso para la seguridad pública: es conveniente para el orden, para el bienestar de la comunidad.
El mechón de pelo vs. la presunción de inocencia
Para ello estima algo insólito: “La cantidad considerable de pelo arrancado a Villareal”. La Jueza Yungano considera que la “cantidad de pelo arrancando” a la Oficial de Policia Karen Villareal es un valor mayor al derecho humano de Mariana a la presunción de inocencia consagrado en la Constitución de la Ciudad Autónoma, en la Constitución Nacional y en los tratados internacionales de derechos humanos.
Mariana explicó que no fue su intención arrancarle pelo a Villareal, sino que se agarró del él cuando se caía producto del accionar violento del Oficial Rojo.
No investiga abuso de autoridad
Ni a la jueza ni a la fiscal les interesó investigar la legalidad del accionar del personal policial. La defensa de Mariana sostuvo que el procedimiento policial y la detención de Mariana es ilegal; que fumar en lugar prohibido –mucho menos besar a su esposa- no habilita identificar a quien lo hace para labrarle un acta, como reconoció el Oficial Rojo era su intención.
La jueza admite que existe una presunción de ilegalidad del accionar policial ya que se lo investiga en la Fiscalía 49 por “apremios ilegales”. Es decir que ni a la jueza ni a la fiscal les interesa conocer si el personal policial actúo ilegalmente contra de Mariana: solo les interesó culpar a Mariana.
Es peor ser mujer
La fiscal general Diana Goral considere que la lesión que produce arrancar pelo es más grave en una mujer “que en un hombre”. Así lo afirmó en sus alegatos.

Un año de prisión en suspenso para Marian Gómez por besar: “Vamos a seguir resistiendo”

La mirada de Cristina Hendrickse: el derecho a resistir (durante la entrevista en el programa Es la política, grabada el mismo día del fallo)

Resulta sorpresivo que el Poder Judicial avale una actitud autoritaria de un funcionario público como lo es un policía. Él considera que está prohibido besarse. El funcionario está para hacer cumplir la ley, no lo que a él le parece. Y no hay ninguna ley que diga que no te podés besar, no hay ninguna ley que prohíba el amor. Ganas no le faltan a muchos, ¿no?
Todo lo que no está prohibido, está permitido. Los funcionarios deberían conocer un mínimo de derechos humanos: ellos solo están avalados a reprimir las conductas que están prohibidas. Besarse no está prohibido, y mucho menos besar a tu esposa, como es el caso de Mariana.
Un policía ve a una pareja lesbiana besándose, va y lo reprime. La persona cercenada de su derecho tiene derecho a besarse con la persona que ama. Se resiste frente a esa actitud ilegal, injusta. Y la autoridad deja de ser autoridad: si te saliste de la ley, ya no sos autoridad. Mariana se resiste, y el Estado lo que hace es, en lugar de castigar al funcionario que se apartó de la ley, sancionar a la persona que legítimamente se resiste a la autoridad.
Nuestra Constitución Nacional en el artículo 36 habla del derecho de resistencia contra los actos que quiebran el orden constitucional. Entonces yo tengo derecho de resistirme. Lo preocupane es que el Poder Judicial no castigue al funcionario que viola la ley y castigue a quien se resiste.

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De la idea al audio: taller de creación de podcast 

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Todos los jueves de agosto, presencial o virtual. Más info e inscripción en [email protected]

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Darío y Maxi: el presente del pasado (video)

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Hoy se cumplen 23 años de los asesinatos de Darío Santillán y Maximiliano Kosteki que estaban movilizándose en Puente Pueyrredón, en el municipio bonaerense de Avellaneda. No eran terroristas, sino militantes sociales y barriales que reclamaban una mejor calidad de vida para los barrios arrasados por la decadencia neoliberal que estalló en 2001 en Argentina.

Aquel gobierno, con Eduardo Duhalde en la presidencia y Felipe Solá en la gobernación de la provincia de Buenos Aires, operó a través de los medios planteando que esas muertes habían sido consecuencia de un enfrentamiento entre grupos de manifestantes (en aquel momento «piqueteros»), como suele intentar hacerlo hoy el gobierno en casos de represión de sectores sociales agredidos por las medidas económicas. Con el diario Clarín a la cabeza, los medios mintieron y distorsionaron la información. Tenía las imágenes de lo ocurrido, obtenidas por sus propios fotógrafos, pero el título de Clarín fue: “La crisis causó 2 nuevas muertes”, como si los crímenes hubieran sido responsabilidad de una entidad etérea e inasible: la crisis.

Darío y Maxi: el presente del pasado (video)

Darío Santillán.

Darío y Maxi: el presente del pasado (video)

Maximiliano Kosteki

Del mismo modo suelen mentir los medios hoy.

El trabajo de los fotorreporteros fue crucial en 2002 para desenmascarar esa mentira, como también ocurre por nuestros días. Por aquel crimen fueron condenados el comisario de la bonaerense Alfredo Franchiotti y el cabo Alejandro Acosta, quien hoy goza de libertad condicional.

Siguen faltando los responsables políticos.

Toda semejanza con personajes y situaciones actuales queda a cargo del público.   

Compartimos el documental La crisis causó 2 nuevas muertes, de Patricio Escobar y Damián Finvarb, de Artó Cine, que puede verse como una película de suspenso (que lo es) y resulta el mejor trabajo periodístico sobre el caso, tanto por su calidad como por el cúmulo de historias y situaciones que desnudan las metodologías represivas y mediáticas frente a los reclamos sociales.

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83 días después, Pablo Grillo salió de terapia intensiva

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Pablo Grillo
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83 días.

Pasaron 83 días desde que a Pablo Grillo le dispararon a matar un cartucho de gas lacrimógeno en la cabeza que lo dejó peleando por su vida.

83 días desde que el fotógrafo de 35 años se tomó el ferrocarril Roca, de su Remedios de Escalada a Constitución, para cubrir la marcha de jubilados del 12 de marzo.

83 días desde que entró a la guardia del Hospital Ramos Mejía, con un pronóstico durísimo: muerte cerebral y de zafar la primera operación de urgencia la noche del disparo, un desenlace en estado vegetativo.

83 días y seis intervenciones quirúrgicas.

83 días de fuerza, de lucha, de garra y de muchísimo amor, en su barrio y en todo el mundo. 

83 días hasta hoy. 

Son las 10 y 10 de la mañana, 83 días después, y ahí está Pablito, vivito y sonriendo, arriba de una camilla, vivito y peleándola, saliendo de terapia intensiva del Hospital Ramos Mejía para iniciar su recuperación en el Hospital de Rehabilitación Manuel Rocca, en el barrio porteño de Monte Castro. 

Ahí está Pablo, con un gorro de lana de Independiente, escuchando como su gente lo vitorea y le canta: “Que vuelva Pablo al barrio, que vuelva Pablo al barrio, para seguir luchando, para seguir luchando”. 

Su papá, Fabián, le acaricia la mejilla izquierda. Lo mima. Pablo sonríe, de punta a punta, muestra todos los dientes antes de que lo suban a la ambulancia. Cuando cierran la puerta de atrás su gente, emocionada, le sigue cantando, saltan, golpean la puerta para que sepa que no está solo (ya lo sabe) y que no lo estará (también lo sabe).

Su familia y sus amigos rebalsan de emoción. Se abrazan, lloran, cantan. Emi, su hermano, respira, con los ojos empapados. Dice: “Por fin llegó el día, ya está”, aunque sepa que falta un largo camino, sabe que lo peor ya pasó, y que lo peor no sucedió pese a haber estado tan (tan) cerca. 

El subdirector del Ramos Mejía Juan Pablo Rossini confirma lo que ya sabíamos quienes estuvimos aquella noche del 12 de marzo en la puerta del hospital: “La gravedad fue mucho más allá de lo que decían los medios. Pablo estuvo cerca de la muerte”. Su viejo ya lloró demasiado estos casi tres meses y ahora le deja espacio a la tranquilidad. Y a la alegría: “Es increíble. Es un renacer, parimos de nuevo”. 

La China, una amiga del barrio y de toda la vida, recoge el pasacalle que estuvo durante más de dos meses colgado en las rejas del Ramos Mejía exigiendo «Justicia por Pablo Grillo». Cuenta, con una tenacidad que le desborda: «Me lo llevo para colgarlo en el Rocca. No vamos a dejar de pedir justicia».

La ambulancia arranca y Pablo allá va, para continuar su rehabilitación después del cartucho de gas lanzado por la Gendarmería. 

Pablo está vivo y hoy salió de terapia intensiva, 83 días después.

Esta es parte de la vida que no pudieron matar:

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