Nota
Los 100 días de Macri a través de sus decretos
El análisis detallado de los 774 DNU dictados por el presidente en sus primeros días de gestión, a cargo de la doctora Verónica Heredia. Las actividades beneficiadas, los inconstitucionales.
El análisis detallado de los 774 DNU dictados por el presidente en sus primeros días de gestión, a cargo de la doctora Verónica Heredia. Las actividades beneficiadas, los inconstitucionales.
(por la doctora Verónica Heredia, abogada especialista en violencia institucional y miembro de lavaca.org) Una de las características de la democracia constitucional es la división de poderes. En cuanto al Poder Ejecutivo nuestra Constitución Nacional advierte:
Artículo 29.- El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria.
También la Constitución aclara: El Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo (artículo 99.3, 2 párrafo). Así, las disposiciones que puede dictar el Poder Ejecutivo a través de los Decretos se encuentran expresamente establecidas en los 20 incisos del artículo 99 de la Constitución.
El presidente Mauricio Macri en estos 100 días de gobierno, según el Boletín Oficial, dictó 774 decretos, a saber:
- 276 desde el 10 de diciembre hasta el 31 de diciembre de 2015.
- 498 en 2016.
- Es decir, dictó 12 decretos por día hábil.
- Solo 704 se encuentran publicados. Significa que, en principio, desconocemos más del 9% de lo que hizo en estos primeros 100 días.
¿Cuáles fueron las actividades beneficiadas por estos decretos?
Dejó en cero las alícuotas para exportaciones de la minería, de mercaderías agropecuarias y de productos orgánicos; para los fabricantes y para el expendio champaña. Bajó el impuesto a los cigarrillos. No pagaron tasas las empresas organizadoras del Rally Dakar ni los que vendieron marchandasig en el Premio de Río Hondo.
¿Cuáles fueron los decretos inconstitucionales?
Todas las personas podemos hacer todo lo que no esté expresamente prohibido (artículo 19 de la Constitución Nacional) Por el contrario, las autoridades solo pueden hacer lo que está expresamente legislado y del modo que la ley lo establece. Los DNU son una excepción a la prohibición de legislar del Poder Ejecutivo, pero jamás pueden serlo en materia penal, como lo es el Decreto 257/2015 que suspendió la puesta en vigencia del Código Procesal Penal de la Nación. Tampoco pueden tratar sobre materias tributarias, menos un decreto común como el 349/2015 que exime a las exportaciones mineras.
Las reglamentaciones de las leyes no pueden alterar su espíritu o dejarlas sin efecto (artículo 28 de la Constitución Nacional), aún así el decreto 267/2015 expresamente deroga la Ley 26.522 de Regulación de Medios Audiovisual.
¿Cuántos de estos decretos fueron firmados para beneficiar a la gente?
Uno. En diciembre, cuando otorgó un subsidio extraordinario y por única vez de 400 pesos.
¿Qué hizo según sus 704 Decretos que dio a conocer? El detalle:
1. Como jefe supremo de la Nación, jefe del gobierno y responsable político de la administración general del país (inciso 1 del artículo 99 de la Constitución Nacional) firmó150 decretos.
Según el contenido, se los puede clasificar en:
A. Laborales:
- Asignaciones 02
- Designó personal 57
- Cambió de funciones 02
- Pasó a planta permanente 01
- Promocionó 01
- Trasladó personal 01
- Rechazó recursos 05
- Designó al Jefe de Gabinete para todos los cambios y designaciones 01
B. Estructura del Estado:
- Creación secretarías/unidades 02
- Bajó convenios con Universidades 01
- Modificaciones ministerios/secretarias 25
- Disolvió 04
- AMIA 01
- Plan de Modernización del Estado 01
C. Movimiento de dinero:
- Adelantó dinero a nueve provincias 14. Las beneficiadas fueron:
Buenos Aires: 3.500 millones
Catamarca: 200 millomes
Córdoba: 800 millones
Chubut: 250 millones
Entre Ríos: 600 millones
Jujuy: 1.000 millones
Mendoza: 1.800 millones
Neuquén: 1.000 millones
Santa Fe: 600 millones
Su Ciudad Autónoma fue beneficiada con un aumento de la Coparticipación Federal del 3.75%. - Modificó alícuotas 05
- Otorgó beneficios a sus Ministros 03
- Levantó prohibición de contratos en dólares 01
- Eximió de impuestos para el DAKAR 01
- Extendió prórroga para pagar con publicidad 01
- Acuerdo Nomenclatura MERCOSUR 01
- Modificó distribución Presupuesto 02
- Prórroga a fabricantes para informar trabajadores 01
- Quitó beneficio a transporte aéreo cabotaje 01
D. Administrativas:
- Asueto 01
- Declaraciones 01
- Tratamiento Huésped Especial 04
- Duelo 01
- Varios 03
F. Declaración de Emergencias: 04
- Hídrica
- Seguridad
- Eléctrica
- Sistema Estadísticos Nacional
G. Desclasificación información 02
2. Como jefe administrativo y que expide las instrucciones y reglamentos que sean necesarios para la ejecución de las leyes de la Nación, cuidando de no alterar su espíritu con excepciones reglamentarias (incisos 1 y 2 del artículo 99 de la Constitución Nacional) firmó 5 decretos.
A. Laborales
- Revisión de concursos y designaciones 01
B. Estructura del Estado
- Creación de Unidad 01
C. Movimiento de dinero
- Coparticipación fiscal Ciudad de Buenos Aires 01
- Fondo Federal Solidario 01
- Subsidio extraordinario ANSES 01
3. Como jefe administrativo y quien nombra y remueve a los embajadores, ministros plenipotenciarios y encargados de negocios con acuerdo del Senado; quien por sí solo nombra y remueve al jefe de gabinete de ministros y a los demás ministros del despacho, los oficiales de su secretaría, los agentes consulares y los empleados cuyo nombramiento no está reglado de otra forma por esta Constitución (incisos 1 y 7 del artículo 99 de la Constitución Nacional) firmó 31 decretos.
A. Laborales:
- Aceptación renuncia 02
- Designó personal 20
- Cambió de cargo/rectifica 03
- Dejó sin efecto 01
B. Estructura del Estado:
- Prórroga intervención 02
- Intervención del AFSCA 01
- Modificación 01
C. Movimiento de dinero
- Modificación de Presupuesto 01
4. Como jefe administrativo, que pide las instrucciones y reglamentos que sean necesarios para la ejecución de las leyes de la Nación y participa de la formación de las leyes con arreglo a la Constitución, las promulga y hace publicar (incisos 1, 2 y 3 primer párr. del artículo 99 de la Constitución Nacional) firmó 2 decretos:
- Boletín Oficial 01
- Modificación de TELAM 01
5. Como jefe administrativo y comandante en jefe de todas las Fuerzas Armadas de la Nación (incisos 1 y 12 del artículo 99 de la Constitución Nacional) firmó 8 decretos.
A.- Laborales:
- Designación 08
6. Como jefe administrativo y que puede llenar las vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura (incisos 1 y 19 del artículo 99 de la Constitución Nacional) firmó 13 decretos.
A.- Laborales:
- Designación 13
7. Como el que expide las instrucciones y reglamentos que sean necesarios para la ejecución de las leyes de la Nación, cuidando de no alterar su espíritu con excepciones reglamentarias (inciso 2 del artículo 99 de la Constitución Nacional) firmó 3 decretos.
A.- Movimiento de dinero
- Ley Impuesto Ganancias: aumento mínimo imponible 02
- Ley Impuestos Ganancias: asignaciones familiares 01
8. Para promulgar leyes (inciso 3, primer párrafo, artículo 99 de la Constitución Nacional) firmó 11 decretos.
9. Para dictar Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) (inciso 3, tercer párrafo, artículo 99 de la Constitución Nacional) firmó 8.
- Creación Ente Nacional de Comunicaciones ( ENACOM)
- Deroga el artículo 52 de la ley N°27.198
- Modifica la Ley de Ministerios 02
- Suspende Código Procesal Penal
- Suspende Impuesto a la Ganancias a colegios privados
- Transferencia a la CSJN de Interceptación y captación de comunicaciones
- Sobre impuestos coparticipables
10. Como el que nombra los jueces de los tribunales federales inferiores en base a una propuesta vinculante en terna del Consejo de la Magistratura, con acuerdo del Senado, en sesión pública, en la que se tendrá en cuenta la idoneidad de los candidatos (inciso 4, segundo párrafo, artículo 99 de la Constitución Nacional) firmó 9 decretos.
A.- Laboral:
- Aceptación de renuncia 08
- Designación 01
11. Como el que nombra los magistrados de la Corte Suprema con acuerdo del Senado por dos tercios de sus miembros presentes, en sesión pública, convocada al efecto, y nombra y remueve a los embajadores, ministros plenipotenciarios y encargados de negocios con acuerdo del Senado; por sí solo nombra y remueve al jefe de gabinete de ministros y a los demás ministros del despacho, los oficiales de su secretaría, los agentes consulares y los empleados cuyo nombramiento no está reglado de otra forma por esta Constitución (incisos 4, primer párrafo y 7 del artículo 99 de la Constitución nacional) firmó 1.
12. Como quien nombra y remueve a los embajadores, ministros plenipotenciarios y encargados de negocios con acuerdo del Senado; por sí solo nombra y remueve al jefe de gabinete de ministros y a los demás ministros del despacho, los oficiales de su secretaría, los agentes consulares y los empleados cuyo nombramiento no está reglado de otra forma por esta Constitución (inciso 7 del artículo 99 de la Constitución Nacional) firmó 422.
A.Laborales
- Designación 386
- Traslado 05
- Aceptación de renuncia 26
- Dejar sin efecto designación 03
B. Estructura del Estado 02
13. Como quien nombra y remueve a los embajadores, ministros plenipotenciarios y encargados de negocios con acuerdo del Senado; por sí solo nombra y remueve al jefe de gabinete de ministros y a los demás ministros del despacho, los oficiales de su secretaría, los agentes consulares y los empleados cuyo nombramiento no está reglado de otra forma por esta Constitución y llenar las vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura (incisos 7 y 19 del artículo 99 de la Constitución Nacional) firmó 4 decretos.
14. Cómo quien hace anualmente la apertura de las sesiones del Congreso, reunidas al efecto ambas Cámaras, dando cuenta en esta ocasión del estado de la Nación, de las reformas prometidas por la Constitución, y recomendando a su consideración las medidas que juzgue necesarias y convenientes (inciso 8 del artículo 99 de la Constitución Nacional) firmó 1 decreto.
15. Como quien prorroga las sesiones ordinarias del Congreso, o lo convoca a sesiones extraordinarias, cuando un grave interés de orden o de progreso lo requiera y puede convocarlas extraordinariamente (artículos 63 y 99, inciso 9 de la Constitución nacional) firmó 1.
16. De todos estos decretos firmados por el Presidente, 34 no citan el artículo de la Constitución Nacional que los avala.
Nota
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Nota
Darío y Maxi: el presente del pasado (video)

Hoy se cumplen 23 años de los asesinatos de Darío Santillán y Maximiliano Kosteki que estaban movilizándose en Puente Pueyrredón, en el municipio bonaerense de Avellaneda. No eran terroristas, sino militantes sociales y barriales que reclamaban una mejor calidad de vida para los barrios arrasados por la decadencia neoliberal que estalló en 2001 en Argentina.
Aquel gobierno, con Eduardo Duhalde en la presidencia y Felipe Solá en la gobernación de la provincia de Buenos Aires, operó a través de los medios planteando que esas muertes habían sido consecuencia de un enfrentamiento entre grupos de manifestantes (en aquel momento «piqueteros»), como suele intentar hacerlo hoy el gobierno en casos de represión de sectores sociales agredidos por las medidas económicas. Con el diario Clarín a la cabeza, los medios mintieron y distorsionaron la información. Tenía las imágenes de lo ocurrido, obtenidas por sus propios fotógrafos, pero el título de Clarín fue: “La crisis causó 2 nuevas muertes”, como si los crímenes hubieran sido responsabilidad de una entidad etérea e inasible: la crisis.

Darío Santillán.

Maximiliano Kosteki
Del mismo modo suelen mentir los medios hoy.
El trabajo de los fotorreporteros fue crucial en 2002 para desenmascarar esa mentira, como también ocurre por nuestros días. Por aquel crimen fueron condenados el comisario de la bonaerense Alfredo Franchiotti y el cabo Alejandro Acosta, quien hoy goza de libertad condicional.
Siguen faltando los responsables políticos.
Toda semejanza con personajes y situaciones actuales queda a cargo del público.
Compartimos el documental La crisis causó 2 nuevas muertes, de Patricio Escobar y Damián Finvarb, de Artó Cine, que puede verse como una película de suspenso (que lo es) y resulta el mejor trabajo periodístico sobre el caso, tanto por su calidad como por el cúmulo de historias y situaciones que desnudan las metodologías represivas y mediáticas frente a los reclamos sociales.
Nota
83 días después, Pablo Grillo salió de terapia intensiva

83 días.
Pasaron 83 días desde que a Pablo Grillo le dispararon a matar un cartucho de gas lacrimógeno en la cabeza que lo dejó peleando por su vida.
83 días desde que el fotógrafo de 35 años se tomó el ferrocarril Roca, de su Remedios de Escalada a Constitución, para cubrir la marcha de jubilados del 12 de marzo.
83 días desde que entró a la guardia del Hospital Ramos Mejía, con un pronóstico durísimo: muerte cerebral y de zafar la primera operación de urgencia la noche del disparo, un desenlace en estado vegetativo.
83 días y seis intervenciones quirúrgicas.
83 días de fuerza, de lucha, de garra y de muchísimo amor, en su barrio y en todo el mundo.
83 días hasta hoy.
Son las 10 y 10 de la mañana, 83 días después, y ahí está Pablito, vivito y sonriendo, arriba de una camilla, vivito y peleándola, saliendo de terapia intensiva del Hospital Ramos Mejía para iniciar su recuperación en el Hospital de Rehabilitación Manuel Rocca, en el barrio porteño de Monte Castro.
Ahí está Pablo, con un gorro de lana de Independiente, escuchando como su gente lo vitorea y le canta: “Que vuelva Pablo al barrio, que vuelva Pablo al barrio, para seguir luchando, para seguir luchando”.
Su papá, Fabián, le acaricia la mejilla izquierda. Lo mima. Pablo sonríe, de punta a punta, muestra todos los dientes antes de que lo suban a la ambulancia. Cuando cierran la puerta de atrás su gente, emocionada, le sigue cantando, saltan, golpean la puerta para que sepa que no está solo (ya lo sabe) y que no lo estará (también lo sabe).
Su familia y sus amigos rebalsan de emoción. Se abrazan, lloran, cantan. Emi, su hermano, respira, con los ojos empapados. Dice: “Por fin llegó el día, ya está”, aunque sepa que falta un largo camino, sabe que lo peor ya pasó, y que lo peor no sucedió pese a haber estado tan (tan) cerca.
El subdirector del Ramos Mejía Juan Pablo Rossini confirma lo que ya sabíamos quienes estuvimos aquella noche del 12 de marzo en la puerta del hospital: “La gravedad fue mucho más allá de lo que decían los medios. Pablo estuvo cerca de la muerte”. Su viejo ya lloró demasiado estos casi tres meses y ahora le deja espacio a la tranquilidad. Y a la alegría: “Es increíble. Es un renacer, parimos de nuevo”.
La China, una amiga del barrio y de toda la vida, recoge el pasacalle que estuvo durante más de dos meses colgado en las rejas del Ramos Mejía exigiendo «Justicia por Pablo Grillo». Cuenta, con una tenacidad que le desborda: «Me lo llevo para colgarlo en el Rocca. No vamos a dejar de pedir justicia».
La ambulancia arranca y Pablo allá va, para continuar su rehabilitación después del cartucho de gas lanzado por la Gendarmería.
Pablo está vivo y hoy salió de terapia intensiva, 83 días después.
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