#NiUnaMás
Lucía Pérez: cuando el poder judicial actúa como muchos femicidas
El femicidio de Lucía Pérez tuvo una primera sentencia en Mar del Plata en la que se condenó a los autores no por el crimen, sino por tenencia y venta de estupefacientes: 8 años y 135.000 pesos de multa. Los jueces excluyeron el contexto de violencia contra una menor de edad sometida a las drogas y, al contrario, se dedicaron a escrutar el supuesto pasado de Lucía, señalando a una víctima de 16 años por tener vida sexual, por no ser “sumisa” o por “tener carácter”. La familia ya anunció que apelará en todas las instancias, dispuesta a llegar a los tribunales internacionales por incumplimiento del Estado Argentino de pactos sobre derechos humanos de las mujeres. El caso de la fiscal que mintió sobre la causa de la muerte. Los jueces que se escudaron en Cristina Kirchner y María Eugenia Vidal para argumentar que la brecha entre hombres y mujeres no existe.
Matías Farías, 25 años, y Juan Pablo Offidani, 43, fueron absueltos por la violación y el asesinato de Lucía Pérez Montero, 16 años, ocurrida el 8 de octubre de 2016. Así lo dictaminó el Tribunal Oral en lo Criminal Nº1 de Mar del Plata, compuesto por Facundo Gómez Urso, Aldo Carnevale y Pablo Viñas.
La acusación presentada por el fiscal Daniel Vicente pedía la prisión perpetua de Farías como autor de «abuso sexual con acceso carnal agravado en concurso ideal con femicidio, con el agravante del suministro de estupefacientes a una menor» pero los jueces descartaron ese delito y condenaron a Farías y Offidani a ocho años de cárcel (por lo que seguirán presos por ahora) y una multa de 135.000 pesos por tenencia y venta de estupefacientes. Lucía, según esta mirada del llamado Poder Judicial, murió por una sobredosis. No hay respuesta, entre tantas, sobre quién sobredosificó a la menor de edad para que terminara muriendo. Y evidentemente eso no es considerado un delito.
Guillermo Pérez, el padre de Lucía, dijo al conocer la sentencia: “Este tribunal no entiende nada de violencia de género”.
“La justicia hace lo que hacen muchos femicidas: borrar el rostro de humanidad de la víctima, desechar su vida en una bolsa de basura o dejarla abandonada” explica a lavaca Laurana Malacalza, llamada como testigo experta al juicio por su rol como coordinadora del Observatorio de Violencia de Género de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires.
“Es una actitud sin ningún reconocimiento de parte de la justicia de la condición de víctima y de sujeta que tuvo Lucía. Sin embargo, lo que le interesó a los jueces es analizar su pasado de vida, dar cuenta de que tenía una vida sexual activa, como tenemos todos, pero el fallo no explica que eso no justifica que un varón adulto mayor se aprovecha de esa situación y que el aprovechamiento de esa situación provoque la muerte”, argumenta Malacalza.
“Entendíamos que si no se juzgaba la muerte de Lucía como femicidio, al menos se enmarcara el abuso sexual en un contexto de violencia de género”.
¿Por qué no se juzgó como femicidio? Dice la funcionaria: “Para que un delito sea femicidio tiene que haber un dolo, una búsqueda de matar. En caso de que Farías no tuviese esa intención, lo que no pudo haber descartado es que podía ocurrir eso si le daba la cantidad de drogas que le daba y mantenían relaciones sexuales mientas le daba droga. Podía ocurrir un hecho así, con una menor de edad”. El otro elemento que recuerda Laurana es que Farías había dado más estupefacientes a Lucía para endeudarla y exigirle sexo como contrapartida: “Por eso la carátula que apoyó el abogado de la familia fue Abuso sexual agravado seguido de muerte en concurso ideal con femicidio”.
Marta, la madre de Lucía, no encontraba palabras: «Es una vergüenza que los condenen por tenencia de drogas y no por la muerte de Lucía». Un tercer acusado, Alejandro Maciel, 61 años, fue absuelto por el delito de encubrimiento.
El defensor del pueblo bonaerense, Guido Lorenzino, rechazó también el fallo porque “naturaliza la violencia contra las mujeres”. «La impunidad frente a la muerte o el asesinato de una mujer alienta nuevos abusos, y también transmite el mensaje de que la violencia contra la mujer es aceptable o normal».
¿La brecha no existe?
Laurana Malacalza por su lado plantea que la sensación es desoladora. “Habíamos enviado un informe para que el tribunal tuviera claves interpretativas del propio Código Penal que diferencia un crimen ‘cuando mediare violencia de género’. Pero cuando me tocó ir a declarar, por las preguntas que me hacían, me di cuenta que iba a ser muy difícil incorporar la perspectiva de violencia contra las mujeres”.
Ese día Laurana planteó que “la subordinación de la mujer es una cuestión histórica”.
El juez Viñas le contestó: “¿A qué se refiere con que es histórica? ¿De dónde saca eso? ¿Es una teoría suya?”
Luego el juez Carnevale negó la existencia de desigualdades: “Acá hay una defensora que es mujer, una secretaria de juzgado que es mujer. Acá hay mujeres que lograron acceder a lugares de poder. Está usted, que tiene un montón de títulos” le dijo a Laurana. Viñas agregó a la defensiva: “No todos los hombres somos iguales”, como si el acusado fuese él. Carnevale completó el despropósito: ”Tuvimos una presidenta mujer, tenemos una gobernadora: esa brecha hoy no existe”.
Laurana Malacalza sostiene: “La sentencia luego no analizó el contexto en el que se dan estos hechos, que tiene que ver con un contexto de una dominación histórica de los varones con respecto a las mujeres, sobre todo cuando esa dominación se acrecienta por la edad de la víctima y el contexto de vulnerabilidad en que ocurre, que es el contexto del consumo de drogas. A partir de eso no es posible considerar que haya un consentimiento de parte de una menor de edad adolescente, porque ese consentimiento no daría cuenta de una situación de igualdad o paridad entre varón y mujer. No se puede hablar de una libre autonomía sexual”.
Culpar a la víctima
Agrega la funcionaria: “La sentencia juzga un delito de venta de droga que es un delito contra la salud pública, un delito sin víctima, donde la víctima es la salud pública. No se considera la historia de vida de Lucía ni su condición de adolescente en ese contexto. Cuando se la considera es para reforzar la victimización, planteando su pasado sexual, indaga sobre eso, algo rechazado por todos los estándares internacionales de derechos humanos: no se debe hurgar en el pasado de las víctimas, sino juzgar el hecho en particular. Porque de lo contrario, algo de la esfera de lo privado termina siendo usado por la propia justicia para legitimar un hecho contra la integridad sexual y contra la propia vida de la víctima”. En la sentencia se plantea que Lucía no era “sumisa”, que tenía carácter y que tenía vida sexual activa. Es todo un alegato que parece frivolizar que una menor de edad murió en manos de tres sujetos que la drogaron.
“Por eso se explica que esa sentencia haya sido como fue. Lo que es completamente desechado por la justicia es la vida de Lucía. No se encuentra ninguna investigación ni causal que diga cómo murió, por qué murió. Que haya muerto por sobredosis, que es la causal física, no explica el contexto en que ocurrió en esa muerte. Eso es lo que daría un mensaje de no impunidad desde el punto de vista de dominación y violencia hacia las mujeres”.
Otro argumento de Malacalza: “Aunque el caso no hubiese sido juzgado como femicidio, podría haberse explicado la situación en los fundamentos de la sentencia. Un contexto de aprovechamiento y dominación de un varón con respecto a una mujer. En la sentencia dice que había “solamente“ 7 años de diferencia, pero 7 años en una nena de 16 respecto a un varón de 23 que es el proveedor de drogas que la había endeudado dándole más droga de la que ella podía comprar para seguir manteniendo con ella un vínculo de carácter sexual”.
“¿Como eso no queda visibilizado en algún momento de la sentencia?” se pregunta Malacalza: ”Quiere decir que cualquier varón puede abusar sexualmente de una niña. ¿Cómo no va a ser considerado un abuso sexual cuando hay un varón adulto que posee el cuerpo de una menor? ¿Cómo van a hablar de igualdad, de consentimiento?”
La mentira fiscal
Otro aspecto de la sentencia es la denuncia que hacen los jueces sobre la primera fiscal del caso, María Isabel Sánchez, quien brindó una conferencia de prensa relatando detalles escabrosos sobre el modo en que Lucía fue muerta (habló de empalamiento, entre otras cosas), lo cual fue luego desmentido por las pericias médicas.
Dice la sentencia: “La fiscal Sánchez movió a un país. Y movió a un país a partir del dolor y del horror derivados de una mentira. Dando cuenta de un hecho atroz a partir de un mensaje en conferencia de prensa que no hizo más que provocar indignación”. Sánchez fue apartada del caso, y en Mar del Plata sólo hay rumores sobre su actitud de falsificar detalles de la muerte de Lucía, en busca de un ascenso.
“Pero que no haya existido lo que dijo la fiscal no quiere decir que no haya existido el abuso” expresa Malacalza. “Parecería que tiene que haber una lesión física, una
huella marcada en el cuerpo de Lucía, para que lo consideremos violencia. Entonces lo dan como consentimiento”.
Contra el Estado
Hacia adelante: “Va a hacerse la apelación. Esto recién empieza” describe Malacalza. “Y si hace falta se llegará a las instancias internacionales denunciando al Estado Argentino y al provincial por no haber incorporado la perspectiva de género en sus prácticas judiciales. Esto no es un reclamo del movimiento feminista, ni un capricho, sino que el Estado nacional y el provincial deben cumplir con una obligación al haber firmado convenciones vinculadas a los derechos de las mujeres en el sistema interamericano y de la ONU. Incorporar esa perspectiva de género es la que haría que al menos no exista la impunidad”.
#NiUnaMás
Informe femicidios 2025: el año del negacionismo de Estado

Por el Observatorio de Violencia Patriarcal Lucía Pérez
Femicidios y transfemicidios: 271
Tentativas de femicidios 243
Infancias huérfanas por femicidios 153
Femicidas suicidados 31
Marchas para exigir justicia 223
Si la única verdad es la realidad este 2025 es contundente. La cifra de 271 femicidios y transfemicidios no alcanza, sin embargo, a dar dimensión real de lo que significan estos crímenes en los que el Estado tiene una responsabilidad directa, que es justamente lo que nos advierte este año. La intervención sistémica y decidida, convertida en política de Estado, para negar la figura de femicidio es parte de esta realidad que deforma los datos y la información pública “hasta distorsionar esa verdad para amoldarla a su perspectiva”, tal cual no advierte Hanna Arendt en su libro Los orígenes del totalitarismo. El objetivo, nos alerta, Arendt, es que ya no podamos distinguir lo verdadero de lo falso.
Esta operación que fue definida conceptualmente como “negacionismo” es analizada en clave contemporánea por la filósofa italiana Donatella Di Cesare en su libro Si Auschwitz no es nada. “Los negacionistas -que operan como dobermans del pensamiento- que nos preguntan por una cifra -¿hay 6 millones de judíos exterminados por el Holocausto? ¿hay 30 mil desaparecidos por la dictadura Argentina?- no tienen una duda real. De hecho ni siquiera son dudas: son intervenciones políticas.” Lo que hacen con esa pregunta es negar o aminorar esos hechos. “Su pretensión es hacer pasar a las víctimas por farsantes, a los testigos por mentirosos y a los sobrevivientes por falsificadores”.
¿Por qué?
Responde Di Cesare: “porque los primeros en instalar la negación fueron los perpetradores de los crímenes cometidos”.
¿Hay entonces 271 femicidios y transfemicidios?
Sí y también hay más, que han quedado ocultos tras el procedimiento negacionista estatal destinado a disminuir la cifra y a dificultar el acceso a la información a los sistemas de control ciudadano, tales como los que realizamos en nuestro Observatorio.
Una posible conclusión: al aplicar este procedimiento negacionista a los femicidios y transfemicidios el Estado está confesando su participación.
Veamos cómo.
En Argentina este año se avanzó un paso más en el proceso negacionista: la construcción de las cifras que se adecuen al objetivo ideológico de quienes administran el Estado. Para lograrlo tienen a su favor el manejo total de las herramientas y la capacidad absoluta de trabajar en todos los campos hasta obtener el resultado deseado y a través de cada eslabón que compone al Estado:
Poder Judicial: Jugó un rol decisivo en esta operación al negar la figura de femicidio en casos concretos-el crimen de la periodista Griselda Blanco es uno de los más dramáticos ejemplos-, y recaratulando otros en instancias de apelación. El primero fue el de Lucía Pérez, justamente el que originó el primer Paro de Mujeres. No hay ni siquiera pudor en ocultar su intención.
En estos días de diciembre, además, la Corte Suprema de Justicia de la Nación deberá pronunciarse sobre el primer caso de femicidio que llega a esa instancia y ya se sabe que las opiniones de los jueces están divididas porque tuvieron que recurrir a la convocatoria de dos miembros más para que se expidan. El resultado incidirá en la aplicación de esa figura penal en todos los restantes.
Julieta González desapareció el Día de la Primavera de 2016. Tenía 21 años. Su cuerpo fue encontrado en un descampado de Cacheuta, Mendoza, atado de pies y manos y con un golpe en la cabeza. En la investigación judicial se encontraron rastros de piel del imputado bajo las uñas de Julieta, sangre de Julieta en su vehículo y búsquedas en internet que había hecho el sospechoso sobre si podía «detectar ADN de fetos en cadáveres» y «cómo deshacerse de un cuerpo», lo que reforzó la hipótesis de que la había matado al enterarse de que estaba embarazada. Todas pruebasque involucraron a Andrés Di Cesare, un joven de 26 años, hijo de un notable empresario local, con el que tenía una relación, aunque ambos tenían pareja. El tribunal de primera instancia consideró el crimen como homicidio simple y condenó a Di Cesare a 18 años de prisión. En la apelación fiscal el tribunal de Casación aplicó la figura de femicidio y lo condenó a reclusión perpetua. Apeló entonces la defensa y ahora es la Corte Suprema de Nación quien debe decidir si se aplica la figura o no. La duda: si está acreditada la relación entre la víctima y su victimario. En fallo de primera instancia que negó la figura femicidio el tribunal argumentó que “para que se configure la relación de pareja debe existir cierta singularidad, notoriedad y estabilidad entre los miembros de la misma, aun cuando se base en una relación fundamentalmente de contenido sexual. Esta referencia a lo sexual indefectiblemente debe llevar un cierto compromiso emocional puesto que de otro modo caemos en la mera genitalidad, lo que por cierto no permite por sí configurar el concepto de pareja”. (SIC) También se dedicó -como ya es costumbre y a pesar de que los tratados internacionales suscriptos por el Estado argentino lo impiden- a analizar la conducta de la víctima, a quien consideró “decidida, independiente y de personalidad extrovertida”, negando así la otra condición legal para aplicar esa figura: la de vulnerabilidad y desigualdad.
El solo hecho de que existan dudas en el máximo tribunal de justicia sobre la aplicación de la figura de femicidio en este caso ya debe considerarse una señal de alerta que debería movilizar a todo el movimiento de mujeres y diversidades como aquel 6 de junio de 2015, pero no: así estamos este 2025.


En la primera foto, parte de la acción llevada a cabo en Mar del Plata el último 31 de diciembre contra la libertad a uno de los responsables del femicidio de Lucía Pérez. En la segunda, el mismo día, imagen de la movilización de las mujeres en Tucumán por el sobreseimiento de los ex jugadores de Vélez Sarsfield acusados de violación.
Poder Legislativo: tiene en su agenda inmediata el tratamiento de leyes impulsadas por el Poder Ejecutivo, entre las más importante la que elimina del Código Penal la figura de femicidio, pero también la que criminaliza las “falsas denuncias”, aun cuando su incidencia es mínima en la realidad. No existen, por otro lado, ninguna iniciativa de la oposición para impulsar otro tipo de proyectos que aseguren las condiciones de contención y prevención de estas violencias. Ningún sector político trabajó en la declaración de emergencia de violencia de género ante el desmantelamiento de los escasos programas de ayuda a las víctimas, que han sufrido el mismo trato brutal que personas con discapacidad, por poner solo un ejemplo de sectores que han impuesto a los y las legisladoras la defensa de sus derechos a través de movilizaciones constantes y con claros reclamos que lograron así obtener el apoyo social necesario para presionar al Congreso, así como también iniciar amparos en la justicia que ayudaron a restablecer esos derechos: la motosierra es ilegal, hasta que el Congreso decida lo contrario.
Poder Ejecutivo: Este 2025 el Ministerio de Seguridad, a través del Sistema Integral de Estadísticas Criminales, dio a conocer las cifras correspondientes al año 2024. No figura ya el femicidio como delito. No hay datos oficiales, salvo el registro que da a conocer cada año la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de la Nación, que ha tenido que cambiar su sistema de contabilización de casos para adecuarlo a los compromisos internacionales, ya que hacerlo sólo a través de las caratulas judiciales implicaba validar el sesgo. Este año en el registro del Ministerio de Seguridad la violencia de género sólo está representada en el apartado “delitos contra la integridad sexual”, categoría penal donde se contabilizan, entre otros, las violaciones. En CABA aumentaron un 38%, cifra suficiente para encender la alarma, el grito, el reclamo.
Según los registros de nuestro Observatorio –que coinciden con lo que informó este noviembre la Defensoría del Pueblo de la Nación- las provincias más castigadas por los femicidios fueron Misiones, Neuquén, Santa Cruz, Chaco y Jujuy. En tanto los femicidios territoriales volvieron a golpear a Santa Fe (especialmente a Rosario) rozando los niveles de 2022, el año con mayor cantidad de víctimas.
Esta cartografía de la violencia femicida nos señala el dato que importa, la realidad que duele y la urgencia que nos interpela: la mayoría de las víctimas de esta violencia letal son las pobres. Lo señala también el informe de la Defensoría del Pueblo de la Nación (“En general, la mayoría de las víctimas de femicidio provienen de un estrato socioeconómico bajo.”) y lo determina la situación general que sufre esa población de mujeres y trans que ya no tiene ni los mismos derechos ni el mismo acceso a los mecanismos para garantizarlos que el resto de la población. La consecuencia es que tampoco tiene derecho a la vida. Lo que urge, entonces, es algo que hoy representa es la cifra que falta: la masiva solidaridad social de quienes, por sus privilegios de clase, pueden abrazar sus causas.
Año 2025
Femicidios por mes
Enero 31
Febrero 27
Marzo 27
Julio 27
Octubre 25
Junio 19
Abril 18
Agosto 18
Noviembre 18
Septiembre 16
Mayo 14
Diciembre 31
Funcionarios denunciados por violencia de género
Poder Ejecutivo 22
Poder Judicial 16
Fuerzas de Seguridad 12
Poder Legislativo 7
Iglesia Católica 4
TOTAL 61
Violaciones
| PROVINCIA | 2024 | 2023 | % de aumento | |
| CABA | 498 | 309 | 38% | |
| SAN LUIS | 61 | 52 | 18% | |
| CÓRDOBA | 261 | 229 | 12% | |
| CORRIENTES | 111 | 101 | 10% | |
| CHUBUT | 214 | 201 | 6% | |
| BUENOS AIRES | 2.307 | 2.242 | 3% |
Fuente: Estadísticas Criminales. Ministerio de Seguridad de la Nación
Femicidios territoriales
2025-2022
Santa Fe 104
Buenos Aires 35
Córdoba 4
Otras 10 provincias 11
TOTAL 154
#NiUnaMás
Lucía Pérez: la trama de la injusticia

“¿Por qué se procede de esta manera tan irregular y que revictimiza a esta familia una y otra vez para salvar a personas que se supone que son dos perejiles?” preguntó ayer el abogado Juan Pablo Gallego ante sucesivos cambios de carátulas, sospechosas reprogramaciones de fechas y maniobras que parecen revelar un entramado que busca la impunidad y la negación del femicidio de Lucía, que tenía 16 años. Ocurrió durante una audiencia en el que uno de los acusados pide salidas transitorias. El trasfondo de idas y venidas fue descripto por el abogado: “Lo que pasó es un hecho aberrante, que implicó la muerte atroz de una adolescente de 16 años en circunstancias probadas de narco criminalidad”.
Por Claudia Acuña
Hay que explicar lo inexplicable. Desde que el 8 de octubre de este año la Cámara de Casación modificó el segundo fallo por el crimen de Lucía Pérez para negar su femicidio se desató una catarata de maniobras –de alguna manera hay que llamarlas– para intentar liberar a sus femicidas.
El fallo de Casación confirmó la culpabilidad de Juan Pablo Offidani y Matías Farías y los condenó por los delitos de violación agravada por el uso de estupefacientes y por tratarse de una menor de edad, pero no por su crimen: Lucía simplemente se murió. Esta negación del femicidio tiene como consecuencia un disparate jurídico: por un lado, la familia apeló está decisión; pero al mismo tiempo esta apelación no puede avanzar hasta que no se determine el monto de la condena que le correspondería a Farías por esta nueva tipificación. Si es complicado de comprender, imagínense lo que significa para esta familia soportar lo que la obliga a padecer el Poder Judicial. A saber:
- Para poder determinar el monto de la pena que le correspondería a Farías –que en el segundo fallo y luego del juicio anulado había sido condenado por femicidio y por lo tanto a prisión perpetua– podría corresponderle entonces entre 8 y 20 años de prisión. Para establecer exactamente cuánto, de acuerdo a la evaluación de atenuantes y agravantes, se inventó un tribunal compuesto por tres jueces de diferentes juzgados. Serán los responsables de la audiencia de Cesura que, según dictaminó luego de una audiencia donde acordó con las partes –querella y defensa– cómo sería el procedimiento, se realizará el 29 de abril de 2026 y durante tres días.

- Imagen de la audiencia. A la izquierda, el abogado Juan Pablo Gallego. Arriba, la foto principal, la movilización que acompañó a la familia.
- Unos días después la familia recibió una notificación que le comunicaba que esa audiencia se adelantaba a septiembre. Como su abogado, Juan Pablo Gallego, no estaba ni enterado de esta anticipación –y además se encontraba en España para la fecha pautada– se presentó un escrito denunciado esta irregularidad y solicitando se mantenga lo debidamente acordado: 29 de abril de 2026. Así será.
- Un mes después hubo otra novedad: el nuevo fiscal –cuyo rol se supone que es acusatorio– pidió el cese de la prisión de Farías, aun cuando las instancias de apelación y de establecimiento del nuevo monto de pena estaban pendientes de resolución.
- Unos días después llegó el turno de Offidani: solicitó salidas transitorias. La audiencia que se realizó este miércoles en los tribunales de Mar del Plata fue para decidir si las otorgaban o no.
En esa audiencia el doctor Gallego sintetizó lo que todo este proceder judicial despierta como duda “¿por qué se procede de esta manera tan irregular y que revictimiza a esta familia una y otra vez para salvar a personas que se supone que son dos perejiles? ¿Hay algo más detrás de esta causa que permite forzar tanto los procedimientos judiciales? Si nosotros, como parte querellante, no renunciamos a que se le aplique a ambos la figura de femicidio y eso está todavía en trámite, ¿qué se busca con esto? ¿Qué se fuguen antes de que se resuelva la cuestión central?”
Como respuesta la doctora Romina Merino, abogada defensora de Offidani, propuso: “Miremos para adelante”.
El doctor Gallego replicó:
“Nosotros no vamos a dejar de mirar lo que pasó porque lo que pasó es un hecho aberrante, que implicó la muerte atroz de una adolescente de 16 años en circunstancias probadas de narco criminalidad y eso implica una doble responsabilidad del Estado: por tratarse de una menor y por estar frente a una banda que vendía drogas en la puerta de un colegio, delito por el que cumplen una condena ratificada”.
El juez de garantías que debe evaluar el pedido de Offidani tiene ahora cinco días para determinar si cumple o no con los procedimientos necesarios para obtener los beneficios de la libertad transitoria.
En tanto la familia de Lucía sigue esperando justicia.

Matías, el hermano de Lucía y sus padres Guillermo y Marta.
#NiUnaMás
Adiós a Claudia Rodríguez: la Trans andina que propuso politizar el amor

Referente del movimiento trans latinoamericano, activista, poeta, escritora y tanto más, escribió sobre su infancia, la militancia trans, la vida sexual y se autoproclamó Miss Sida en 2007. Claudia Falleció este 29 de Noviembre. Su pelea incluyó al pueblo mapuche, la educación pública, los sin techo, y planteó siempre una filosa crítica al neoliberalismo, que quita posibilidades de vida y las transforma solo en posibilidad de consumo. En uno de sus viajes a la Argentina compartió con la revista MU sus ideas sobre el orgasmo, el feminismo sin resentimiento, la creación, y por qué hay que politizar el amor. Un modo de homenajearla, de recordarla, y a la vez de volver a estar en contacto con un pensamiento y una acción que dejan una sensible huella cultural, artística y política.
Por María del Carmen Varela
Foto: Lina Etchesuri

ActualidadHace 3 semanasItuzaingó: los trabajadores ocupan la fábrica de ascensores Cóndor y proyectan una cooperativa

ComunicaciónHace 3 semanas19 y 20 de diciembre: La crónica que nos parió

ActualidadHace 3 díasInvasión a Venezuela: la verdad detrás del botín

NotaHace 2 semanasMatar por matar: la violencia policial porteña y el crimen en Lugano de Gabriel González

ActualidadHace 4 semanasPetróleo y geopolítica: carta de María Galindo a Corina Machado





























