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Juicio y castigo
La gente contra el Estado nacional, Monsanto y las corporaciones agrotóxicas: La justicia admitió una demanda colectiva contra los responsables del modelo agrotóxico. Se trata de un proceso inédito que demanda justicia para toda la sociedad argentina que padece los efectos de la contaminación sin control. ¿Será justicia?
“Iniciamos proceso colectivo urgente, autónomo y definitivo por daño ambiental, daño moral y punitivo”. Así comienzan las 101 páginas de una demanda inédita para la historia judicial argentina. Un grupo de víctimas y familiares de víctimas de los efectos de la aplicación de agrotóxicos inició un juicio contra el Estado Nacional y once corporaciones productoras de transgénicos, que se está ampliando al sumar demandantes con el correr de las semanas.
El proceso colectivo en la causa caratulada Giménez Alicia Fany y otros fue declarado admisible el 17 de junio por la titular del Juzgado Nacional Nº 3 en lo Contencioso Administrativo Federal, Claudia Rodríguez Vidal, quien lo había recibido de la Corte Suprema de Justicia.
La demanda no busca el beneficio particular de las personas que la iniciaron, sino que el daño es considerado “común a todos los habitantes del territorio argentino”. Daniel Sallaberry, uno de los abogados que promueve la causa, explica a MU: “En términos jurídicos esto se llama una acción de clase, que habilita a juicios masivos. La clase, en este caso, es toda la comunidad. La resolución reconoce a los demandantes idoneidad y representación para actuar en nombre de la totalidad de la población argentina como afectados por las fumigaciones, pero también en su carácter de consumidores de alimentos transgénicos, por ejemplo, entre otros derechos humanos básicos que resultan afectados por este modelo”.
Los demandados:
El Estado Nacional: Poder Ejecutivo y Poder Legislativo.
Provincias de Buenos Aires, Santiago del Estero, Entre Ríos y el Consejo Federal del Medio Ambiente (COFEMA).
Todas las empresas biotecnológicas, semilleras y compañías químicas productoras y comercializadoras de OGM (Organismos Genéticamente Modificados), según una lista que abarca a once corporaciones instaladas en el país: Monsanto Argentina, Dow AgroSciences, Nidera, Ciba Geigy, Novartis Agrosem, Agrevo, Syngenta Seeds, Syngenta Agro, Pioneer Argentina y Bayer.
Y todos los que sean considerados “responsables por acción u omisión, conforme resulte la prueba por producir”.
Quiénes demandan
Los demandantes son Alicia Fany Giménez (su hija Julieta Sandoval falleció a los 7 meses de edad, en 2010, en Santiago del Estero “producto de sus múltiples malformaciones a causa de los agroquímicos”); Viviana Gauna (su hija Selena de seis meses recibió diagnóstico presuntivo de epilepsia, anemia hipocrónica y pelvis renal derecha bífida según la historia clínica del Hospital Garrahan); José Milesi y Silvina Picchioni (su hijo menor Juan Estanislao sufrió “leucemia linfoblástica aguda luego de ser bañado por la fumigación de una avioneta en Mercedes, provincia de Buenos Aires, cuando tenía 2 años”); Fabián Tomasi (aplicador de agrotóxicos con múltiples secuelas en su físico y su salud), Roberto Oscar Lescano y Julia Villarreal.
“Los daños individuales de los que son víctimas se tramitan en otras causas”, explica el abogado Santiago Kaplun: “Pero en este juicio ellos están representando a toda la ciudadanía, y todo aquel que se considere con interés legítimo para sumarse a la demanda puede hacerlo. Todos los demandantes integran lo que se llama un frente activo, que lo que busca es un beneficio para toda la comunidad”.
¿Quiénes se puede sumar a ese frente activo? “Fundamentalmente organizaciones o instituciones. Sería inmanejable si fuesen personas individualmente, a las que además se considera representadas por el grupo demandante. Pero pueden agregarse al frente activo oenegés, asociaciones civiles, comunidades originarias, grupos de defensa del consumidor, gremios, y toda organización que se considere afectada por esta situación”.
Además de Sallabery y Kaplun integran el grupo de abogados Jorge Mosset Iturraspe, Graciela Vizcay Gómez, Horacio Belosi y Miguel Araya quienes plantean en la presentación que “tanto el Estado como las empresas demandadas, conocedoras de la realidad y del imperio de la relación costo-beneficio, idearon un sistema perverso que posibilitó externalizar el costo de la degradación y contaminación ambiental”, combinando la ineficiencia de los controles públicos, la conveniencia fiscal, y la falta de información pública y de recursos “que por lo general aqueja a los afectados (víctimas y consumidores) para acudir a la justicia para hacer valer sus derechos”.
Las condenas
La demanda busca condenar al Ejecutivo Nacional, en particular a la Comisión Nacional Asesora de Biotecnología Agropecuaria (CONABIA) y al Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), por incumplimiento del deber de control, y al grupo de empresas multinacionales por su acción contaminante.
¿Qué busca la demanda?
Que se ordene al PEN suspender provisionalmente la liberación incontrolada a campo abierto de OGM, y la comercialización de la soja RR2PRO (Monsanto) y la Liberty (Bayer, Syngenta, Agro, Pioneer y Dow) por cuyas patentes se pretende cobrar regalías a los productores agropecuarios, “en franca violación a la Ley de Semillas vigente”.
Que se suspenda la resolución N° 167/96 que autorizó la introducción de los transgénicos en el país y todas las posteriores “que impliquen autorizaciones de eventos transgénicos (OGM) en vegetales y animales”.
Como medida precautoria, que se suspendan provisionalmente las autorizaciones de eventos transgénicos hasta tanto exista una determinación científica sobre la inocuidad de los OGM y los paquetes químicos agrícolas y ganaderos.
Que se disponga el etiquetado obligatorio “perfectamente visible y destacable al ojo humano” de los productos que contengan derivados de OGM o transgénicos.
Otra medida precautoria: que se suspenda en todo el país la aplicación de los agrotóxicos utilizados para el cultivo de transgénicos hasta tanto se determine científicamente la inocuidad de los mismos para el ambiente, los ecosistemas, la biodiversidad y la salud de los seres vivos, el patrimonio cultural y la sostenibilidad de dicho modelo de producción, “en mira a las generaciones futuras”.
Que se exhorte al Poder Legislativo a dictar una leyes de Bioseguridad y de Presupuestos Mínimos “para el uso y manejo sostenible del recurso suelo”. La elaboración de esas leyes debe incluir a especialistas (biólogos, médicos, genetistas) junto a expertos en medio ambiente, ecólogos, científicos sociales, juristas, representantes de actores sociales, organizaciones involucradas en esta temática, y especialistas en ética aplicada.
Sallaberry: “El objeto procesal no es solamente el tema de las fumigaciones, la contaminación y la salud, sino cómo se afecta todo el medio ambiente, los ecosisistemas, la pérdida de biodiversidad, el desplazamiento de la población rural a los centros urbanos y el vaciamiento de los campos, el daño al patrimonio cultural cuando las comunidades pierden el modo de vida, y el tema alimentario que, si no me quedo corto, abarca al 90% de lo que comemos”.
Las empresas
Los demandantes piden que se condene a las once multinacionales biotecnológicas, semilleras y químicas, productoras y comercializadora de OGM. ¿Qué condena exigen?
La recomposición “de la totalidad de hectáreas sembradas con OGM (…) mediante la contratación de personas o instituciones especializadas para que diseñen y pongan en marcha un plan de recuperación y regeneración”.
En los casos en que no sea posible la recomposición de bienes dañados (suelo, agua, fauna, flora), se las obliga a contribuir monetariamente a un fondo de compensación ambiental o fideicomiso, que se podrá calcular de acuerdo a los sistemas de monetarización internacionales del daño ambiental para compensar las pérdidas por un período mínimo de 50 años. La demanda propone destinar el fideicomiso a poner en marcha Planes Agrarios Integrales del INTA, como el de 2001/2003, que no se llevaron a cabo y que contemplan la “sostenibilidad ecológica y social”.
Frente al daño moral colectivo se propone un resarcimiento mediante una obra directamente relacionada con el patrimonio social-cultural colectivo, para lo que se propone un Plan Maestro Ferroviario que reconstruya toda la red ferroviaria nacional, renovar sus edificios, estaciones, vías y trenes. Beneficios: miles de empleos; incorporación y creación de nuevas áreas productivas alejadas de los centros de consumo; mejora con respecto al sistema de transporte terrestre anacrónico, riesgoso y altamente contaminante; integración efectiva del territorio nacional; generación de una elevada rentabilidad social al reducir los accidentes mortales, disminuir los costos de fletes un 20% y acortar un 30% los tiempos de viaje.
Se propone también una condena en concepto de “daño punitivo” equivalente en monto al daño moral, una especie de multa o indemnización que “transmita un mensaje de reprobación a las violaciones de derechos humanos y a evitar que estos hechos se repitan”, dice Sallaberry.
¿De cuánto dinero se está hablando? “Nosotros no hacemos el cálculo. Ya nos pasó en la causa Riachuelo (en la que intervinieron los cinco abogados varones que promueven ésta querella) en la cual la Corte nos pidió no una cantidad de dinero, sino una equivalencia, y nosotros propusimos crear un corredor verde desde el Riachuelo a Ezeiza. En este caso, para cuantificar, cuando se anunció el proyecto del Tren Bala, se calculaba que su construcción era equivalente a la reinstalación de toda la red ferroviaria argentina: 4.000 millones de dólares”.
Si la condena acepta este criterio, el cálculo sería de 8.000 millones por daño moral sumado al daño punitivo, más lo que signifique la recomposición de hectáreas sembradas con OGM, más el fideicomiso para, por ejemplo, planes agrarios.
“O sea, es incalculable, no en el sentido de que sea mucho -explica Kaplun- sino que entran muchas variables de acuerdo a lo que surja del juicio y de la sentencia, incluso sobre qué mecanismos utilizar para recaudar los fondos para esos resarcimientos”.
Hay antecedentes en Costa Rica, en Bolivia, y un caso notorio: Ecuador, donde se condenó a la petrolera Chevron al pago de 9.000 millones de dólares por daño ambiental y moral y otro tanto por daños punitivos, que sumaron 18.000 millones de dólares.
Se viene el juicio
Casi ningún medio se ha ocupado por esta demanda inédita: “Claro, La Nación, Página 12 y Clarín no van a publicar nada porque promueven el modelo”, deduce Sallaberry. Hacia fines de septiembre la resolución judicial quedará publicada no sólo en el Boletín Oficial sino también en el diario La Nación. “A partir de eso, hay un plazo de 10 días en los cuales las organizaciones interesadas pueden presentarse a formar parte de la causa. Y después se notificará a los demandados y comenzará el juicio que, como es inédito, todavía no sabemos qué características tendrá, cuándo, qué tipo de audiencias. Todo lo definirá el juzgado”. Las organizaciones que deseen sumarse pueden presentarse en el juzgado o consultar al mail daniel@sallaberry.com.ar
¿Cuánto ganan los abogados? Kaplun: “Hasta ahora sólo pusimos dinero, y ya nos ocurrió en la causa Riachuelo donde la Corte planteó que las costas tendrían que pagarlas las víctimas. Por supuesto que entonces no cobramos. Es algo totalmente incomprensible, así como los 7 años de indefiniciones que te muestran que la Corte innovadora y moderna entró en la misma burocracia que prometió doblegar. Para nosotros se trata de mostrar la función social de esta profesión, movilizar herramientas y acciones que pueden beneficiar a la comunidad”.
Sallaberry: “Vivimos de nuestro trabajo privado, pero esta causa implica un desafío profesional, ni qué hablar al hacerlo junto a una figura importantísima del Derecho como lo es el doctor Mosset Iturraspe. El trabajo de ingeniería de la causa fue de investigación y de creatividad para lograr que no tenga fisuras, que no la puedan rechazar. La Corte de hecho se desembarazó y la mandó al juzgado. Pero en un documental llamado Desierto Verde, sobre las Madres de Ituzaingo, Ricardo Lorenzetti (presidente de la Corte) dice que hay dos maneras de encarar la cuestión de las enfermedades y la contaminación. Una es reactiva, cuando ya se produjo el daño. Y la otra, la que él dice que apoya, es proactiva: sirve para anticiparnos al daño y prevenir. Pero él ya tenía esta causa, y sin embargo la mandó al juzgado, lo que nos hace perder una enorme cantidad de tiempo y multiplica el peligro para mucha gente: eso no es muy proactivo”.
Entre las investigaciones locales que menciona la demanda se citan trabajos de médicos y científicos como Jorge Kaczewer, Andrés Carrasco, Argelia Lenardón, Alejandro Oliva, Darío Gianfelici, Rodolfo Páramo, Hugo Gómez De Maio, Horacio Lucero y organizaciones como el Grupo de Reflexión Rural.
Sallaberry: “Toda esa gente y las comunidades están desde hace años denunciando lo que ocurre. Este año la Organización Mundial de la Salud reconoció como cancerígeno al glifosato. Mientras tanto la gente se enferma o se muere sin saber por qué. Creyendo que es una fatalidad. Es la naturalización de un genocidio, no puedo llamarlo de otro modo. Se está enfermando gente a sabiendas, innecesariamente. El silencio frente a estos temas es difícil de calificar. Creo que lo único que no se puede hacer, es no hacer nada”.
Hacia adelante: “Lo que estamos cuestionando es la matriz productiva de los agronegocios y todos sus efectos. En el transcurso de 15 años, de seguir así, vamos a haber malgastado todo el dinero ingresado pero el monocultivo va a dejar un desierto y un enorme problema para recuperar eso”, dice Sallaberry. “El Derecho es una herramienta importante, que está disponible. Pero no es un maná que nos llega. Desde que nacemos tenemos reconocidos una cantidad de derechos. Pero si no lo ejercés, el Derecho no existe. Es un papel”.
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