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Hábeas corpus contra la represión y por la libertad de expresión

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El Sindicato de Prensa de Buenos Aires (SIPreBA), la Asociación de Revistas Culturales Independientes de Argentina (AReCIA) y la colectiva Periodistas Argentinas presentaron un hábeas corpus colectivo y preventivo en la justicia penal a favor de las y los trabajadores de prensa, periodistas y fotógrafxs, ante situaciones represivas, agresiones y posible armado de causas por parte de la policía. Los hechos que motivaron la denuncia ocurrieron en los últimos días, durante las coberturas de manifestaciones que reclamaban trabajo. El sentido de la libertad de expresión. El rol del Estado frente a la protesta social y la tarea periodística. Las manos rotas de los que comunican y los mensajes mafiosos.  

“Venimos a interponer acción de habeas corpus preventivo a favor de los y las trabajadores de prensa por encontrarse amenazada su libertad ambulatoria y a solicitar al señor juez ordene al Ministerio de Seguridad de la Nación y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se abstengan de realizar actos que amenacen o perturben la libertad ambulatoria de los y las trabajadores de prensa mientras ejercen su profesión, especialmente durante la cobertura de manifestaciones y/o protestas contra decisiones adoptadas por el Gobierno Nacional o el de la Ciudad de Buenos Aires”.
El párrafo pertenece al hábeas corpus presentado este jueves 21 de febrero ante el Juzgado Criminal y Correccional nº 16 a cargo de Mariano Iturralde. El escrito solicita que se cite a la Ministra de Seguridad de la Nación (Patricia Bullrich) y al Ministro de Justicia y Seguridad de la Ciudad de Buenos Aires (Diego Santilli) como autoridades denunciadas, y en representación del colectivo afectado a SIPreBA (Sindicato de Prensa de Buenos Aires), ARGrA (Asociación Reporteros Gráficos de la Argentina) y AReCIA (Asociación de Revistas Culturales Independientes de Argentina).

La libertad amenazada

La presentación abrió el Expediente CCC 12308/2019 y fue realizada bajo el patrocinio de la abogada Verónica Heredia, y por Claudia Acuña, en nombre de la colectiva Periodistas Argentinas, Fernando ’Tato’ Dondero, secretario general del Sindicato de Prensa de Buenos Aires (SIPreBA), y Sergio Ciancaglini, presidente de la Asociación de Revistas Culturales Independientes de Argentina (AReCIA).
La doctora Heredia explicó a lavaca: “Presentamos un hábeas corpus colectivo y preventivo. Es una acción prevista en la Constitución y en todos los tratados internacionales de derechos humanos porque garantiza la libertad ambulatoria. Otros derechos humanos  como la salud, la vivienda o el trabajo son protegidos por los recursos de amparo. El habeas corpus siempre es a favor de personas físicas y no jurídicas porque defiende su libertad ambulatoria”.
¿Por qué en este caso es colectivo? “Porque se presentó a favor de un colectivo de personas no identificadas con nombre y apellido. Son los y las trabajadores de prensa: fotógrafos, periodistas, movileros, todas las personas que trabajan en la comunicación y que consideramos amenazadas. Por eso, además, es preventivo: no se trata de un reclamo por alguien privado de su libertad, que sería un hábeas corpus clásico. Es preventivo porque la libertad está amenazada”.
Hábeas corpus contra la represión y por la libertad de expresión

La carátula del habeas corpus, aceptada por la justicia.

El ojo en la berenjena

Heredia describe el disparador de la presentación: “El miércoles 20 en Congreso, en el marco de una manifestación pacífica de trabajadores gráficos que se denominó ‘cuadernazo’, la policía detuvo a cuatro personas, entre ellas fotógrafos y periodistas, que realizaban la cobertura. Justamente dos de esos profesionales habían hecho la cobertura de un episodio anterior, el ‘verdurazo’ en Plaza Constitución, en el que una señora levanta una berenjena mientras la policía se aprestaba a reprimir. Esa foto que sintetizó la brutalidad y la injusticia de lo que ocurría en ese momento fue un golpe para el gobierno de la Ciudad en sintonía con el de la Nación. Fue tomada por Bernardino Ávila, quien fue justamente el fotógrafo que sufrió la detención mientras cubría esta nueva manifestación”.
El  argumento implica que el  concepto de libertad de expresión excede a los periodistas: “El hábeas corpus busca proteger la libertad ambulatoria de los trabajadores de prensa pero en el marco del derecho a la libertad de expresión de la sociedad, como ocurría en ambos casos, como eje básico de una democracia. Y esto es fundamental especialmente cuando estas manifestaciones son en contra de decisiones que adopta el gobierno”.
Sigue Heredia: “Estos conflictos donde claramente se cuestionan decisiones del Estado son los que deben tener mayor protección: justamente rige la libertad de expresión cuando decís algo que no le gusta al gobierno. Ahí funciona realmente el derecho. La posibilidad de libertad de expresión se observa cuando lo que se expresa está en tensión con las decisiones del gobierno”.
Proteger ese derecho, incluido el  del periodismo, es una obligación del Estado ya citada por la Comisión Interamericana de Derechos  Humanos, pero el habeas corpus indica que el Estado en lugar de proteger ese derecho, es quien lo está violando: “Por eso existen los jueces –explica la abogada-. El juez es el único que debería enfrentarse en esta división de poderes al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo. Es el juez el que puede garantizar que se cumpla el derecho a la libre expresión”.
¿Por qué la convocatoria a Bullrich y Santilli?: “Para que informen si ellos han dado directivas para detener a comunicadores de prensa sin orden judicial previa. Y pedimos que se requiera a todos los juzgados y fiscalías para ver si adoptaron alguna orden en general contra trabajadoras y trabajadores de prensa, y para que el juez ordene que se abstengan de seguir amenazando y restringiendo la libertad de las personas que trabajan en comunicación durante estos conflictos”.

Patotas por dos vías

Tato Dondero, secretario de SiPreBA: “Nos reprimen como cuando reclamamos, y también cuando estamos haciendo nuestro trabajo. En el CCK el año pasado nos movilizamos contra el vaciamiento, los despidos y la política de ‘paritaria cero’. ¿Qué hizo la policía? Nos golpeó, nos patoteó y nos gaseó. Pero en las marchas sobre todo los reporteros gráficos son como blancos móviles para policía. Lo de Congreso fue muy simple. Avila y Barrionuevo habían hecho las fotos el viernes, durante el verdurazo. Les apuntaron, provocaron la escaramuza y coartan la libertad de expresión porque cada vez más cuesta ejercer el oficio”.
Dondero nota que hay un motivo para toda esta dinámica: “Parece que para el gobierno la única manera de parar la movida social es la represión. Y eso lo recibimos tanto como trabajadores con nuestras reivindicaciones, como en el momento en el que cubrimos otras manifestaciones. Este hábeas corpus forma parte de eso. El miércoles durante todo el día pedimos reunirnos con Santilli, que no nos recibió. Otras veces hemos tenido reuniones con Seguridad de Capital, te palmean la espalda, te dicen ‘siga-siga’, pero no pasa nada. Lo que queremos es defender nuestro oficio y nuestra profesión frente a la sociedad”.
Hábeas corpus contra la represión y por la libertad de expresión

Ciancaglini, Dondero y Heredia en el momento de la presentación del hábeas corpus en Tribunales.

¿Qué significa una mano rota?

La colectiva Periodistas Argentinas se vio representada por Claudia Acuña en la presentación del hábeas corpus: “El relato del gobierno es intentar mostrar la situación de detención del fotógrafo. Pero hay una cadena de hechos. El primer eslabón es la protesta de los trabajadores. Esa protesta es libertad de expresión, tienen el derecho a expresarse, y lo hacen en la calle porque los medios no reflejan esas acciones, manejados por el gobierno de manera extorsiva. En ese contexto lo primero que hay que entender es que hay grupos de trabajadores que no tienen otro lugar que la calle para expresar su desacuerdo con una política estatal”.
Segundo eslabón de la cadena: “Esas voces, a su vez, para que circulen en la sociedad, necesitan de una prensa que las haga circular. Entonces, la censura en este caso es a los trabajadores que hicieron el ‘cuadernazo’, y se impone en los cuerpos de los trabajadores de prensa”.
Y màs violencia: “Al comunicador  que estaba registrando con su celular la detención de los fotógrafos, los policías le rompieron la mano de un palazo. Se ve el momento en la filmación. El gobierno quiere que hablemos de tal trabajador y de cómo fue detenido, pero no quiere que se hable de toda la cadena que va desde los trabajadores gráficos que reclamaban hasta el que registró las detenciones y le rompieron la mano: eso es un atentando a la libertad de expresión muy concreto. En este hábeas corpus estamos relatando toda esa cadena de hechos”.
La situación de amenaza al  periodismo ha sido descripta por la Comisión  Interamericana de Derechos Humanos como de “amedrentamiento” para silenciar las protestas. Acuña agrega: “Está inseguro el trabajador que no encuentra otro lugar que no sea la calle para manifestar su disconformidad con estas políticas de gobierno. Y al que registra la detención de dos periodistas le rompen la mano. ¿Qué significa esa mano rota? Es un mensaje para el resto. También denunciamos que están condicionando las decisiones de los editores. ¿Cómo hace un editor para enviar periodistas y fotógrafos a cubrir una marcha en la que puede ocurrir eso? Y vos, si sos periodista o fotógrafo, ¿vas a ir?”.
El razonamiento describe toda la dinámica: “De este modo están condicionando la agenda mediática a cubrir, qué conviene o no, y están sobre determinados cuerpos concretos rompiendo dedos. Eso es lo que hace la mafia. Eso hay que entenderlo. No podemos naturalizarlo. Por eso usamos un recurso extraordinario como el habeas corpus en la historia de la Argentina. Es algo que nos enseñó la sociedad, no la justicia, por eso el gobierno intenta criminalizar también al  habeas corpus, decir que es exagerado, que no corresponde. Pero es una herramienta que no necesita abogado, que puede ser oral, y por la que sí o sí tienen que escucharte. Estamos diciendo algo más que si le pegaron a tal o a cual: estamos diciendo que están ejerciendo una presión mafiosa sobre la libertad de expresión, rompiendo dedos”.

El texto del habeas corpus

PRESENTAN HABEAS CORPUS COLECTIVO PREVENTIVO. RESERVA
I. OBJETO
En los términos del artículo 3 inciso 1 de la Ley 23.098; artículo 43, 4º párrafo, de la Constitución Nacional; artículo XXV de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; artículo 8 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; artículos 7.6 y 25.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; artículos 2.3 y 9.4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; artículo 10 de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Persona; artículo 17.2.f) de la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas; venimos a interponer acción de habeas corpus preventivo a favor de los y las trabajadores de prensa por encontrarse amenazada su libertad ambulatoria y a solicitar al señor juez ordene al Ministerio de Seguridad de la Nación y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se abstengan de realizar actos que amenacen o perturben la libertad ambulatoria de los y las trabajadores de prensa mientras ejercen su profesión, especialmente durante la cobertura de manifestaciones y/o protestas contra decisiones adoptadas por el Gobierno Nacional o el de la Ciudad de Buenos Aires.
II. HECHOS
El 20 de febrero de 2019 se realizó una manifestación pacífica denominada “cuadernazo” frente al Congreso de la Nación Argentina, en Av. Callo y Av. Rivadavia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En el marco de la cobertura periodística las fuerzas de seguridad de la Ciudad detuvieron a dos reporteros gráficos y golpearon y gasearon a un periodista que registraba esas detenciones, hecho que quedó registrado en el celular que recibió el bastonazo policial.
Imagen: Enfoque Rojo-LID
Uno de los fotógrafos detenidos es quien retrató el 14 de febrero de 2019, en el marco de la cobertura de la manifestación denominada “verdurazo”, el momento en que una señora mayor levantaba unas berenjenas de la calle mientras cientos de policías desalojaban la manifestación. Esa foto se viralizó en redes y generó una fuerte polémica por la decisión del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Hábeas corpus contra la represión y por la libertad de expresión

Foto: Bernardino Avila


Reiteradamente se ha denunciado en diferentes instancias institucionales nacionales e internacionales la necesidad y urgencia de restablecer las condiciones indispensables para el ejercicio del periodismo en contextos de protesta social, derecho que hoy se encuentra notoriamente vulnerado.
Esta violencia ejercida por el Estado no sólo afecta los cuerpos de profesionales y trabajadores de prensa, sino también altera el desarrollo de la actividad periodística toda, ya que en estas condiciones es difícil garantizar coberturas informativas sin poner en riesgo a las personas que las realizan.
Quienes presentamos este habeas corpus somos editores, trabajadores prensa, periodistas, comunicadores y reporteros gráficos y como tal, nos vemos así limitados en nuestras tareas por la violencia estatal ya verificada, en tanto ellas no pueden ser desarrolladas en situaciones que no garantizan los mínimos derechos a la libertad de expresión y del trabajo periodístico.
Los y las trabajadoras de prensa, en el compromiso con la verdad y el relato de los hechos desde el lugar en que estos suceden, arriesgan su integridad y también su reputación, ya que para justificar las “cacerías y palizas” desde las instituciones del Estado se desatan luego campañas que tratan de distorsionar los hechos en los que se vieron forzados a participar periodistas y reporteros.
Resulta de indudable interés para un Estado Constitucional y Democrático de Derecho que exista real posibilidad en dar a conocer desde medios independientes, ajustados a la verdad de los hechos, las protestas sociales en cuanto expresiones de desacuerdo con determinadas políticas de Estado.
Por ello, en primer lugar, debe garantizarse el derecho a la libertad ambulatoria de los y las trabajadores de prensa y por eso acudimos ante el señor juez a promover la acción constitucional y convencional del habeas corpus preventivo.
III. ANTECEDENTES
Los hechos descriptos no son aislados. Da cuenta de ello el Informe “Protesta social: violencia policial contra reporteros/as y periodistas” de 1 de marzo de 2018 plasmado por SiPreBA y el CENTRO DE ESTUDIOS LEGALES Y SOCIALES [CELS]. Allí se consigna que durante los años 2016 y 2017 “tuvo lugar una escalada represiva de la protesta social, en un contexto de conflictos sociales intensos” y que “la persecución de militantes, activistas y organizaciones, las detenciones, la criminalización de manifestantes, las multas y clausuras a las organizaciones sociales y sindicales se repitieron a lo largo del país”. “Las y los periodistas, reporteros gráficos, camarógrafos y asistentes, y en general quienes se encontraban registrando la actuación policial, fueron víctimas de esta violencia. En muchos casos, debido al intento de tomar imágenes de lo que ocurría”.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Relatoría de Libertad de Expresión el 21 de diciembre de 2017 expresaron en un comunicado la preocupación por el uso inadecuado e indiscriminado de la fuerza por parte de agentes de seguridad federales de Argentina, que dejó decenas de heridos, detenidos y de periodistas lesionados, durante las protestas llevadas a cabo en rechazo a una ley de reforma previsional.
(…)
La CIDH y su Relatoría Especial recuerdan que, en democracia, los Estados deben actuar sobre la base de la licitud de las protestas o manifestaciones públicas y bajo el supuesto de que no constituyen una amenaza al orden público. A fin de contribuir a la no repetición de estos hechos, la CIDH rechaza cualquier forma de violencia y promueve la búsqueda de soluciones con absoluto apego a los derechos humanos. En reiteradas oportunidades la CIDH ha manifestado que la criminalización de la movilización y la protesta social, sea a través de represión directa a los manifestantes, o a través de la detención arbitraria de manifestantes y proceso criminal, es incompatible con una sociedad democrática donde las personas tienen el derecho de manifestar su opinión pacíficamente.
En ese sentido, los operativos de seguridad deben ser planificados de forma cuidadosa bajo protocolos de actuación claros que garanticen el uso adecuado, progresivo y proporcional de armas menos letales y favorezcan el diálogo. La actuación policial, en estos contextos debe orientarse a facilitar el ejercicio de los derechos a la libertad de expresión y de reunión, así como a la protección de la vida e integridad de los manifestantes y de los terceros presentes y no la contención o la confrontación con los manifestantes. El hecho de que algunos grupos o personas ejerzan violencia en una manifestación no vuelve, per se, violenta toda la protesta ni autoriza a las fuerzas de seguridad a disolver la protesta mediante uso de la fuerza ni a practicar detenciones masivas.
El Estado tiene, asimismo, el deber de garantizar que los periodistas y comunicadores que se encuentran realizando su labor informativa en el marco de una manifestación pública no sean detenidos, amenazados, agredidos, o limitados en cualquier forma en sus derechos por estar ejerciendo su profesión. Los ataques contra periodistas y la destrucción o incautación de equipos de quienes cubren estas situaciones violan la libertad de expresión, tanto en su dimensión individual como colectiva.
Frente a esta situación la CIDH y su Relatoría Especial hicieron un llamado a las autoridades de Argentina “a investigar de forma pronta y exhaustiva la conducta policial durante estas manifestaciones, y establecer las sanciones correspondientes”. Asimismo, exhortaron al Estado “a garantizar el estricto apego a los principios generales de legalidad, excepcionalidad, proporcionalidad y absoluta necesidad en el uso de la fuerza en contextos de protesta social”.
Durante 2017 hubo al menos 45 reporteros gráficos, camarógrafos y cronistas que, mientras desarrollaban su trabajo periodístico, resultaron heridos con perdigonazos de goma, en algunos casos disparados a muy corta distancia. Además, 13 comunicadores populares fueron detenidos mientras informaban sobre hechos de violencia policial contra manifestantes. Padecieron el encierro y la incautación de sus herramientas de trabajo y ahora deben enfrentar el armado de causas.
En 2018 dos cronistas radiales fueron detenidos arbitrariamente en marzo, en Bariloche. El 6 de junio, el SiPreBA acompañó a los trabajadores de prensa detenidos el 1 de septiembre, quienes, pese a haber sido sobreseídos, todavía padecen la persecución judicial y tuvieron que presentarse ante la Cámara de Casación. Y en el mismo Día del Periodista, la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, lanzó un ataque sin precedentes contra La Garganta Poderosa, quienes meses después fueron brutalmente detenidos en el contexto de la cobertura de la manifestación que se realizaba en el Congreso Nacional durante el debate del presupuesto 2019.
El 31 de enero de 2018 la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires formuló un pedido para garantizar la labor periodística en manifestaciones. De la reunión participaron el Defensor Adjunto Gabriel Fuks, y acompañaron Dolores Gandulfo, Directora de Política Institucional y Natalia Rodríguez, directora del área de Comunicación. Además, participaron representantes del Sindicato Argentino de Televisión (SATSAID); de la Federación Argentina de Trabajadores de Prensa (FATPREN); del Sindicato de Prensa de Buenos Aires (SiPreBA); de la Asociación de Corresponsales Extranjeros (ACE); de la Asociación de Reporteros Gráficos (ARGrA); de la Agencia de Noticias de Ciencias de la Comunicación (ANCCOM); del Canal comunitario del Partido de San Isidro (COMARCA SI); y de Asociación de Comunicadores Argentinos por Internet (ACAPI). “Cuarenta y seis es el número de periodistas heridos en las manifestaciones. Es necesario coordinar con el Gobierno, los sindicatos y la Defensoría un protocolo que garantice el derecho de los trabajadores”, remarcó Fuks. https://www.defensoria.org.ar/noticias/la-defensoria-recibio-a-sindicatos-de-prensa-para-trabajar-en-un-protocolo-de-seguridad-en-las-protestas/
IV. PROCEDENCIA DEL HABEAS CORPUS COLECTIVO PREVENTIVO
La Ley 23.098 habilita la petición preventiva del habeas corpus
Artículo 3: Corresponderá el procedimiento de habeas corpus cuando se denuncie un acto u omisión de autoridad pública:
1° Limitación o amenaza actual de la libertad ambulatoria sin orden escrito de autoridad competente
Denunciamos aquí que por los hechos relatados y sus antecedentes, la libertad de los y las trabajadores de prensa se encuentra amenazada por las autoridades públicas de las fuerzas de seguridad dependientes del Ministerio de Seguridad de la Nación y del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
La presentación de la acción constitucional y convencional del habeas corpus a favor de un colectivo ha sido favorablemente recibida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en caso como “VERBISTSKY”. Sostuvo el Cimero Tribunal Federal:
“… pese a que la Constitución Nacional no menciona en forma expresa el habeas corpus como instrumento deducible en forma colectiva (…) en el caso, por estar en riesgo su salud y su vida (…), es lógico suponer que si se reconoce la tutela colectiva de los derechos citados en el párrafo segundo del art. 43 de la Constitución Nacional, con igual o mayor razón la Carta Magna otorga las mismas herramientas a un bien jurídico de valor prioritario y del que se ocupa en especial, no precisamente para reducir o acotar su tutela sino para privilegiarla”. (Fallo 328:1146)
“… es procedente la interposición de un habeas corpus colectivo efectuada por una persona colectiva distinta de los afectados, ya que la peticionaria pretende la modificación de una situación (…), respecto del goce de derechos básicos que afectan el respeto a su dignidad humana”. (del voto en disidencia parcial del doctor Fayt Fallo 328:1146 )
V. PRUEBA
Ofrecemos como prueba:
* DOCUMENTAL: Acompañamos:
A) Informe “Protesta social: violencia policial contra reporteros/as y periodistas” de 1 de marzo de 2018 plasmado por SiPreBA y el CENTRO DE ESTUDIOS LEGALES Y SOCIALES [CELS]
B) Fotografías tomadas por trabajadores de prensa el 20 de febrero de 2019;
-INFORMATIVA. Solicitamos que se libre oficio:
A) a los Ministerios de Seguridad de la Nación y de la Ciudad de Buenos Aires a fin que informen las órdenes impartidas a sus fuerzas de seguridad para proceder a la detención sin orden judicial previa;
B) a los Juzgados de Instrucción y Correccionales y a los Contravencionales y Penales de la Ciudad, a los fines de verificar órdenes de detención a trabajadores de prensa;
C) a los Ministerios Público Fiscal de Nación y de la Ciudad de Buenos Aires, a fin de verificar órdenes de detención a trabajadores de prensa.
VI. RESERVA
Por estar en juego el derecho humano a la libertad ambulatoria y la eficacia de la garantía del habeas corpus venimos a hacer oportuna reserva de acudir ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación invocando el art. 14 de la Ley 48, incluso por la doctrina de la arbitrariedad de sentencia.
La OPINION CONSULTIVA OC-8/87 de la Corte IDH del 30 DE ENERO DE 1987 – EL HABEAS CORPUS BAJO SUSPENSIÓN DE GARANTÍAS (ARTS. 27.2, 25.1 Y 7.6 CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS) estableció que:
33. El habeas corpus en su sentido clásico, regulado por los ordenamientos americanos, tutela de manera directa la libertad personal o física contra detenciones arbitrarias, por medio del mandato judicial dirigido a las autoridades correspondientes a fin de que se lleve al detenido a la presencia del juez para que éste pueda examinar la legalidad de la privación y, en su caso, decretar su libertad.
En la Convención este procedimiento aparece en el artículo 7.6 que dice:
Toda persona privada de libertad tiene derecho a recurrir ante un juez o tribunal competente, a fin de que éste decida, sin demora, sobre la legalidad de su arresto o detención y ordene su libertad si el arresto o la detención fueran ilegales. En los Estados Partes cuyas leyes prevén que toda persona que se viera amenazada de ser privada de su libertad tiene derecho a recurrir a un juez o tribunal competente a fin de que éste decida sobre la legalidad de tal amenaza, dicho recurso no puede ser restringido ni abolido. Los recursos podrán interponerse por sí o por otra persona.
(…)
35. El hábeas corpus, para cumplir con su objeto de verificación judicial de la legalidad de la privación de libertad, exige la presentación del detenido ante el juez o tribunal competente bajo cuya disposición queda la persona afectada. En este sentido es esencial la función que cumple el hábeas corpus como medio para controlar el respeto a la vida e integridad de la persona, para impedir su desaparición o la indeterminación de su lugar de detención, así como para protegerla contra la tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
La Corte IDH entendió que el habeas corpus, como el amparo, son de aquellas garantías judiciales indispensables para la protección de varios derechos cuya suspensión está vedada por el artículo 27.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y sirven, además, para preservar la legalidad en una sociedad democrática [parr. 44].
VII. PETITORIO
Por lo expuesto, solicitamos:
1.- Se tenga por presentado esta acción de habeas corpus colectiva preventiva a favor de los y las trabajadores de prensa;
2.- Se requieran los informes solicitados;
3.- Se cite a la audiencia prevista en el art. 14 de la Ley 23.098 a la Ministra de Seguridad de la Nación, con domicilio en Gelly y Obes 2289, y al Ministro de Justicia y Seguridad de la Ciudad de Buenos Aires, con domicilio en Av. Regimiento de Patricios 1142, 4° piso, como autoridades denunciadas y, en representación del colectivo a cuyo favor se presenta esta acción, al Sindicato de Prensa de Buenos Aires (SiPreBA) sito en México 441, 2do. “D”, CABA; a la Asociación de Revistas Culturales e Independientes de la Argentina (AReCIA), sita en Riobamba 143, CABA; a la Asociación Reporteros Gráficos de la Argentina (ARGrA), sita en Venezuela 1433, CABA, y a la Colectiva Periodistas Argentinas;
4.- Oportunamente, se ordene a las autoridades denunciadas se abstengan de realizar actos que amenacen o perturben la libertad ambulatoria de los y las trabajadores de
cobertura de manifestaciones y/o protestas contra decisiones adoptadas por el Gobierno Nacional o el de la Ciudad de Buenos Aires;
5.- Se tenga presente la reserva formulada.
SERÁ JUSTICIA

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Fue agredida por un policía y cayó de nuca al asfalto durante una manifestación de jubilados. La escena se hizo viral como símbolo de la represión de cada miércoles. Beatriz pensó que había muerto pero sobrevivió al golpazo. Una causa instruida por la jueza Servini de Cubría avanza para condenar al policía que la atacó. Fue acusada por Bullrich de “jubilada patotera” y ella lo lleva con orgullo en una remera creada por sus hijas. Tiene 83 años, sigue yendo a la Plaza con su bastón y sus reclamos por una vida digna, y hace bordados para reflejar cosas alegres. LUCAS PEDULLA




MU 211: Método Pablo

El aguante: Jonathan Navarro, herido durante la represión

Un oficial de Prefectura le disparó a la cabeza durante la manifestación de hinchadas y jubilados, la misma en la que tiraron al piso a Beatriz Blanco e hirieron a Pablo Grillo. Perdió la visión del ojo izquierdo para siempre. Jonathan Navarro fue aquel día a la calle convocado por hinchas de su club, Chacarita, e indignado porque a su papá le habían sacado el acceso gratuito a los medicamentos. Hoy está desocupado. “Pero no me arrepiento de haber ido”. LUCAS PEDULLA




MU 211: Método Pablo

Renacer es posible: MU en Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur

Fue la fábrica Aurora Grundig, la del televisor “caro, pero el mejor”. Colapsada tras el menemismo, sus trabajadoras y trabajadores organizados en cooperativa la recuperaron para resistir el abismo del desempleo. Hoy enfrentan más de lo mismo. Pero son 133 personas, crearon un bachillerato, consiguieron 60 viviendas. El industricidio visto desde la óptica de quienes logran llevar adelante lo que la patronal hundió: otra forma de crear y sostener trabajo, en una isla que el gobierno busca despoblar. FRANCISCO PANDOLFI




MU 211: Método Pablo

En movimiento: Movilizaciones 2026

Más allá de todo el protocolo de represión oficial las calles fueron otra vez, durante este verano 2026, un lugar de expresión y reclamo frente a la crisis que está ocurriendo en el país y en una sociedad muchas veces vapuleada por las políticas del gobierno. Algunas imágenes para recordar estos días que todavía no sabemos qué historia terminarán escribiendo.




MU 211: Método Pablo

Crecer bajo el terror: Infancias y dictadura

Un grupo de hijos e hijas de desaparecidos comenzó un proceso judicial para que el Estado reconozca que la violencia ejercida sobre esas infancias también constituyeron delitos. Es un proceso inédito que llega luego de un análisis y reconstrucción de testimonios sobre cómo funcionó el terrorismo de Estado en sus operativos, cautiverios y crímenes. Una investigación crucial que reúne los testimonios de Teresa Laborde, María Lucía Onofri, María Eva Basterra Seoane y Dafne Casoy. EVANGELINA BUCARI




MU 211: Método Pablo

Carta abierta: Masacre planificada 2026

Retomamos la Carta de un Escritor a la Junta Militar –enviada por Rodolfo Walsh el mismo día de su desaparición– para trazar una sintonía con el actual modelo económico. Lo ya vivido, frente a un presente alucinado. Y algunas pistas para intentar encarar lo que se viene. SERGIO CIANCAGLINI




MU 211: Método Pablo

Politizate: La Kalo

Es actriz, performer, canta, baila y agita en las calles y en las redes para combatir al fascismo y a la política tibia. Es drag y “vieja bruja”. Habla sobre dopamina, lucha de clases, therians, cultura, haters y kiosqueros. Historia y terapias para pelearle a la tristeza. FRANCO CIANCAGLINI




MU 211: Método Pablo

No podrán: Luciana Jury

Cantante y compositora con base en el folclore, causó revuelvo en el Festival de Cosquín por sus críticas al gobierno. La sobrina de Leonardo Favio y cómo protegerse y tejer alianzas en tiempos de hate, para que la cultura popular no solo resista sino también haga florecer. MARIA DEL CARMEN VARELA




Cabo suelto: Crónicas del más acá

Carlos Melone

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