Nota
Lecciones de Derecho: de pueblos indígenas a la Corte Suprema
(Darío Aranda para el Observatorio de Derechos Humanos de Pueblos Indígenas) Los pueblos originarios y su rechazo a la minería de litio llegaron al máximo tribunal. En una audiencia extraña, por momentos tensa y enredada, las comunidades exigieron que se cumpla la ley. El gobierno provincial aseguró que no hay exploración de litio en la zona en conflicto. Las preguntas del máxima tribunal dejan en claro hasta qué punto el derecho de los pueblos originarios es todavía desconocido por la justicia.
Litio y derechos
Ante una Corte Suprema de Justicia diezmada, sólo cuatro de los siete jueces, la minería de litio llegó al máximo tribunal y dejó más preguntas que respuestas. A pesar de fotos y pruebas de perforaciones, el gobierno jujeño aseguró que no existe exploración minera en la zona denunciada (Salinas Grandes). Los jueces preguntaron, una y otra vez, qué implicaba la “participación indígena” (vigente y explicitada en la Constitución Nacional y tratados internacionales) e incluso dudaron de estar frente a un caso de su competencia (a pesar de que, contradicción mediante, celebraron la audiencia para tratar la causa). Las comunidades originarias señalaron como un paso adelante haber llegado hasta la Corte Suprema, solicitaron que se cumpla la legislación vigente y exigieron que se respete su derecho a decidir como pueblos indígenas.
El litio es un metal que se emplea en pilas y baterías de productos electrónicos y que comenzó a utilizarse como energía en la industria automotriz. En las Salinas Grandes-Laguna Guayatayoc, puna de Jujuy y Salta, donde viven comunidades kolla y atacama, los gobiernos provinciales identificaron la presencia de litio y dieron la bienvenida a empresas mineras.
Agua, Estado y empresas
Los pueblos originarios cuestionan que gobiernos y empresas violan leyes que obligan a informar previamente cualquier actividad que pudiera afectar sus territorio y alertan sobre el enorme consumo de agua de la minería, en una zona semidesértica como la Puna.
En noviembre de 2010, 33 comunidades indígenas recurrieron mediante un amparo a la Corte Suprema. Ayer, dieciséis meses después, se celebró la audiencia en el cuarto piso del Palacio de Tribunales.
“Por el litio entraron empresas mineras, hicieron exploraciones, pozos, hubo derrames de agua dulce, manchas en el salar, hicieron terraplenes. Y todo ha sucedido sin que pudiéramos opinar. Los gobiernos nunca nos ha consultado”, denunció Liborio Flores, del Pueblo Atacama, e hizo un recorrido histórico de la presencia indígena en las salinas (desde antes de la llegada española), las luchas de los pueblos andinos (Batalla de Quera, en 1875, y Malón de la Paz, durante el primer gobierno de Juan Perón) hasta la actualidad.
“Con la reforma de la Constitución de 1994, cuando el Estado reconoció a los pueblos indígenas, nos dieron una esperanza de recuperar nuestros territorios, el salar y poder trabajar. Sin embargo, la instrumentación de ese entramado constitucional se ha hecho demasiado largo en las provincias, no tenemos el reconocimiento de los territorios”, cuestionó.
Recordó que hace dos años las empresas llegaron hasta la comunidad y hablaron con pocas familias. Ofrecieron trabajo y mejoras a esas familias. “Eso ha hecho que nuestra en comunidad se produzcan divisiones”, lamentó y recordó que nunca se cumplió la consulta libre, previa e informada que establece la ley nacional e internacional.
“Queremos preservar integridad cultural de nuestros pueblos, pero para eso necesitamos preservar la integridad de nuestros territorios. Queremos cuidar el medio ambiente, que es la vida de nuestros pueblos”, afirmó mientras miraba a los jueces y, en el máximo tribunal del país, hizo un llamado básico: “Pedimos el cumplimiento de los derechos indígenas”.
Cerró su alocución y, de inmediato, sobrevinieron los aplausos de la sala.
El presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, advirtió que no se trataba de una “tribuna”, y pidió que no haya aplausos al final de las exposiciones.
Tierra y consultas
La abogada de las 33 comunidades indígenas, Alicia Chalabe, explicó el rol central que las salinas tienen en la cultura de los pueblos andinos, “es el elemento central de su identidad, se referencian con las salinas”. Confesó que para las culturas no indígenas es difícil entenderlo, pero llamó a intentar comprender que el ambiente tiene una dimensión “casi humana” para las comunidades.
Cuando abordaba el aspecto cultural-indígena, a dos minutos de comenzar a hablar, Lorenzetti cortó la exposición. Y comenzó un proceso de pregunta-respuesta (donde intervinieron también los jueces Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda) que abortó la exposición planificada por la abogada de las comunidades.
“Se pide derecho a participar. ¿En qué los beneficiaría?”, preguntó el Presidente de la Corte.
Chalabe: “Lo que se pide es que se cumpla el derecho a la consulta establecida en normas internaciones de derechos humanos y en el Convenio 169 de la OIT. Las comunidades no han sido consultadas”.
Maqueda preguntó, respecto al derecho a consulta referido a los recursos naturales, en qué debiera consistir la intervención de las comunidades previo a los permisos de exploración.
La respuesta es el ABC del derecho indígena.
- La abogada de las comunidades explicó que el Estado “y no las empresas mineras” debe cumplir la obligación de consultar, pero no de cualquier manera. “Con un procedimiento muy detallado”, advirtió y marcó como jurisprudencia a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Enumeró lo debe hacer el Estado.
- Se consulta a los representantes que los pueblos deciden que los representen.
- Debe haber una adecuación cultural con una evaluación de impacto social y ambiental de acuerdo a las pautas de los pueblos indígenas.
- Se debe evitar la desigualdad entre las partes. “No puede haber 15 representantes del Estado y de las universidades, y un sólo delegado indígena, como prevé el gobierno de Jujuy”, graficó.
Aún no había finalizado la descripción del proceso de consulta en base al derecho indígena, y Maqueda volvió a preguntar: “¿El Estado ha realizado esas consultas?”
Chalabe fue tajante: “No. Y hay un mapa de la empresa Orocobre (que pretende extraer litio), del 11 de marzo este año, que muestra 47 perforaciones en Salta Y jujuy…”.
Volvió a cortarla Maqueda: “¿Cuáles serían los recursos naturales que esas exploraciones autorizadas por la Provincia afectarían?
“La sal. Y el agua”. Resumió la abogada. Recordó que un estudio del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) alertó respecto al uso de agua en minería y explicó la fragilidad del sistema de salinas, con aguas superficiales y subterráneas, dulces y saladas. “La posibilidad que se mezclen aguas dulces y saladas significa la pérdida del salar, que será la pérdida de esta cultura andina de siglos”.
Interrupciones
Las constantes preguntas de los jueces, una suerte de ping-pong supremo, había hecho mutar el clima de la audiencia. Nadie había imaginado (al menos los vinculados a los pueblos indígenas) que esa sería la metodología del tribunal.
Este redactor asistió a otras tres audiencias de la Corte Suprema respecto a la realidad indígena (por la desnutrición en Chaco, los desmontes en Salta y, el 8 de marzo último, por el Pueblo Qom de Formosa) y siempre los jueces permitieron exponer sin interrupciones. Las preguntas siempre fueron al final de cada exposición.
La ausencia del juez Eugenio Raúl Zaffaroni, el más cercano a la realidad indígena, también fue un factor negativo para las comunidades.
Enredos
Los momentos más tensos fueron cuando comenzó a preguntar la jueza Highton de Nolasco. En poco menos de 15 minutos, intervino en 24 oportunidades para preguntar y/o repreguntar. La crónica sería, de citarse textual, de insoportable lectura.
Algunos tramos de Elena Highton de Nolasco (EHN) y la abogada Alicia Chalabe (AC):
EHN: La provincia de Jujuy dice que no se ha dado permiso para litio. ¿Es así?
AC: Ojalá pudiera contestarle con certeza de documento escrito. La Provincia no nos ha contestado. En las páginas web de las empresas mineras sí aparece (la exploración).
EHN: ¿Pero lo ven en territorio? ¿Hay gente intentando explotar o es algo puramente preventivo la demanda?
AC: En la comunidad Santa Ana hubo una perforación. En la zona cercana a Cangregillos se está explorando.
EHN: ¿Qué han peticionado al Gobierno?
AC: Se ha pedido en agosto de 2010 que se cumpla el derecho a la consulta.
EHN: Lo entiendo como algo genérico el derecho a consulta, pero en concreto del litio y el borato, piden consulta pero sobre todo participación. ¿En qué consistiría? ¿En si se explota o no? Aparentemente no habría oposiciones a la explotación sino que se quiere una explotación limpia. ¿O es también tener trabajo para la comunidad? Para entender en concreto.
AC: No se está solicitando el ejercicio de un derecho ambiental, sino el ejercicio de un derecho indígena, establecido y desarrollado por la Corte…
EHN: Sí, pero concreteme un poco. Actos concretos que se esperan de la Provincia o de esta Corte, de la sentencia. Porque es una forma muy general el derecho a la participación, ¿pero en concreto?
AC: En concreto es un proceso de consulta que cumpla con los estándares internaciones de derechos humanos. Proceso que no lo lleven adelante las empresas mineras, sino el Estado, con pautas claras.
EHN: ¿Hay alguna exploración o es algo preventivo, un temor?
AC: Existen los permisos de exploración en las informaciones de las empresas mineras. Tienen declaraciones de impacto ambiental, es información de las empresas, no del Gobierno.
EHN: Digamos que por ahora nadie ha pedido nada al Gobierno o no sabemos. Esta demanda contra el Gobierno es en realidad por las páginas web de las empresas.
AC: Y por las actividades (de las empresas) en la zona des salinas (… ) Todo está en la documentación (del expediente).
EHN: Lo he leído completo, pero me queda volando qué es lo concreto que pretenden frente a una exploración. ¿Qué el Gobierno los consulte o que el Gobierno los consulte en general antes de empezar nada? No tengo claro.
AC: El pedido es que se cumpla el proceso de consulta. Y que se haga antes de iniciar…
EHN: Para la Corte tiene que haber un caso, un conflicto concreto. Esto ni siquiera es una demanda meramente declarativa, que es lo mismo que surge del expediente, que está todo muy en general, como hipotético, pero no veo un caso, un conflicto concreto… usted es abogada…
AC: Por eso se ha pedido la información a la Corte. La información no ha sido cedida a la comunidad.
Dudas clave
El presidente del tribunal, Ricardo Lorenzetti, resumió. “Está claro que piden el derecho a consulta y participación”. Y preguntó: “¿Quieren que el Gobierno les pida una opinión? ¿Autorización para entrar a explorar? ¿Participación qué significa? ¿Debe ser el Estado? ¿El Estado debe pedir permiso? ¿Y si no se da permiso no se puede realizar? ¿Los pueblos originarios tendrían ese derecho? ¿O consulta y participación es un debate donde después decidiría el Estado?”
La abogada de la comunidad, Alicia Chalabe, explicó que la participación se debe dar antes, durante y después de la exploración, en todo momento que se decida sobre los recursos naturales en territorios indígenas. Y remarcó que la jurisprudencia internacional, a que Argentina adhirió, prevé como “salvaguarda especial el consentimiento. No se trata de una participación informativa o de un solo proceso de conversación con las comunidad”.
Lorenzetti redondeó la idea (sujeta a derecho indígena). “En concreto, usted plantea que para explotar debe haber consentimiento de las comunidades indígenas. Y si no lo hay no se puede explotar, como si fuera propiedad originaria”.
Chalabe cerró: “Sí”.
Gobierno
En representación del gobierno jujeño expuso el fiscal de Estado, Alberto Matuk, que enfrentó las mismas preguntas, repreguntas e interrupciones que la abogada de las comunidades indígenas.
Explicó que en la zona hay seis explotaciones de boro, pero que una sola afecta a una comunidad y que ésta dio su visto bueno “y participó en todas las etapas” de exploración, instalación y explotación.
“No existe ni exploración ni explotación de litio en la zona de Laguna Guayatayoc-Salinas Grandes. Existen pedimentos, varios, diversos, pero sin ninguna clase de trámite”, señaló sin inmutarse –por la contradicción– el Fiscal de Estado. Es una misma oración reconoció pedidos de exploración, pero no trámites. Los jueces, incisivos en toda la audiencia, no repreguntaron.
Cerró la audiencia la joven kolla Modesta Rosana Calpanchay, de la comunidad Puesto Rey. Respaldó las afirmaciones del gobierno provincial y dio la bienvenida a la minería en la región. “El Gobierno nos entregó título y nos consultó siempre (…) No sólo queremos fuentes de trabajo, queremos ser proveedores de servicios locales, queremos educación, capacitación. Si tenemos abogados y geólogos podremos controlar mejor”.
La comunidad de Calpanchay, reconocida en la zona por su cercanía al gobierno provincial, está ubicada a 90 kilómetros de la zona de conflicto, en Susques, región que no está incluida en la amparo ante la Corte Suprema y, por lo cual, no se entendió su participación en la audiencia.
Epílogo indígena
Los delegados de las 33 comunidades regresaron anoche a la Puna. Antes de partir, Liborio Flores, 49 años, padre de siete hijos, del Pueblo Atacama, hizo su balance, a título individual (avisó que la próxima semana habrá asamblea y allí surgirá una lectura colectiva). “La audiencia fue una oportunidad, es la primera vez que la Corte recibe a los pueblos andinos, planteamos nuestra realidad y pudimos recordar las luchas de nuestros abuelos. Llegar a la Corte Suprema es parte de esa misma lucha”, explicó.
Consultado sobre el gobierno provincial, Flores sonrió. “Conocemos sus dobles discursos. Se muestran como corderitos y en el territorio ya le conocemos bien el cuero. Dicen que no hay exploración, pero todos sabemos que sí hay, incluso se le escapó al decir que hay ‘pedidos’”, alertó.
Y, sin nombrarlos, Flores recordó a los jueces supremos. “Parecía que querían que dijéramos otra cosa. Nosotros no estábamos pidiendo plata ni trabajo, no pasa por ahí nuestra vida. Nosotros queremos que nos dejen decidir nuestro futuro”.
Nota
El escenario y la vida: el universo Cárdenas
Dos obras teatrales de un mismo autor nos invitan conectar con su universo personal: Martín Flores Cárdenas, dramaturgo y director, no se define como actor pero actúa, o como prefiere decirlo “está en escena”. El duelo por la muerte de su abuelo, la propuesta para montar una obra en Brasil y lxs amigxs como tesoro y sostén son algunos de los temas que aborda en No hay banda; mientras que en La fuerza de la gravedad el desafío fue escribir una obra y dedicársela a una amiga actriz, que se convierte en la protagonista. Cómo llevar la vida al escenario —o el escenario a la vida— para que la experiencia traspase la propia piel.
Fotos: Nora Lezano
“No creo que sea teatro documental. Tampoco una conferencia performática. En realidad, no es nada”, afirma el dramaturgo y director Martín Flores Cárdenas. Se refiere a su obra No hay banda, primera entrega del ciclo Obras Truncas, que está actualmente en cartelera junto a La fuerza de la gravedad, otra de sus producciones. Ambas transcurren en Casa Teatro Estudio, tres palabras que definen lo que sucede en Guardia Vieja 4257. Martín vive en la parte de arriba, pero aclara que la sala teatral es como si fuera una extensión de su casa: “Como lo son las obras, también, forman parte de uno: extensiones o sucursales de uno”.
Desde 2019 y junto al escenógrafo brasileño Ruslan Alastair Silva coordina esta sala artística del barrio de Almagro. “Es un espacio —cuenta Martín— que da la posibilidad de experimentar, sobre todo, nuevas formas de producción. Y eso, a veces con suerte, genera cosas reveladoras en el lenguaje escénico. Reveladoras para nosotros. Lo que más nos interesa es ir por caminos alternativos a los que ofrece la lógica de ´el mercado´. O al menos, tratar de producir sin que esas lógicas contaminen lo que hacemos. Es una sala re chiquita que permite crear sin presión de fechas ni, no sé… de objetivos económicos”.
No hay banda y La fuerza de la gravedad podrían encuadrarse en las clasificaciones de teatro documental o de “conferencia performática”. También como un biodrama, docuficción o teatro autobiográfico. Vamos a hacerle caso a Martín y dejaremos de lado las etiquetas que definen el género de una obra teatral. Sí vamos a decir que ambas abren una puerta —en sentido literal y simbólico— y nos permite instalarnos allí con agrado. Son invitaciones a navegar por un rato en el universo personal de quien las sintió, las escribió y puso el cuerpo en escena para contarnos parte de su vida. Y esa parte incluye la muerte de un ser querido: su abuelo.

Banda sonora
Imposible no identificarse con este duelo y sus reflexiones, incluso las más bizarras en un contexto de pérdida reciente, porque también hemos tenido esos pensamientos absurdos que dispara el dolor. Martín utiliza recursos eficientes para su narrativa, nos distrae, nos distiende, y nos vuelve a traer a una zona donde la piel se eriza y el corazón cruje. “No hay banda apareció como posibilidad de desobturar la escritura. Por más que quisiera escribir otras cosas, siempre aparecía aquella obra trunca como un tapón. Un duelo mal hecho que esta nueva obra me ayudó a atravesar. Como me parecía imposible ensayar solo, busqué un dispositivo que me contuviera. Me junté con amigos a armar los videos, a grabar los audios. Y, texto en mano, empecé a leer la obra a amigas, amigos. A mostrar lo que había pensado. Algo de esa combinación entre lo ultrapremeditado o realizado y la fragilidad del estar ahí y lo improvisado se volvió lo que es hoy la obra”.
La muerte de su abuelo y una llamada para proponerle montar una obra en Brasil. Ambas circunstacias sucedieron casi al mismo tiempo. El fin de una vida, el comienzo de un proyecto. “Me interesaba problematizar el concepto de existencia. Suena re pretencioso, ya sé. Un clásico. Pero bueno… Traté de ser honesto cuando la escribía y pensaba y trato de ser honesto ahora respondiendo esta entrevista. La existencia de una obra primero ¿Qué hace que una obra exista? ¿Dónde o cómo existe lo que imaginamos? ¿En qué momento una obra empieza a ser y cuando muere o termina? Y desde ahí poder dialogar con la relación entre existencia y materia. La existencia de aquellos que murieron y cuya falta generó una obra. Y la materialidad del cuerpo en general y del autor en particular que, bueno, en este caso soy yo. Que no soy actor pero estoy en escena. Me gusta decirlo así: estar en escena. Porque de alguna manera plantea o propone algo ¿Qué es estar en escena? ¿No es actuar acaso? Pensar el cuerpo en escena. Autor que escribe e interpreta. No hay límites o bueno… Esa es otra pregunta. Son muchas: no hay un sólo tema o eje, como verás”.
En los próximos meses No hay banda se va a presentar en Madrid, en el Festival Iberoamericano de Cádiz y en Alicante, España. “Tanto No hay banda como La Fuerza de la gravedad se hacen cuando se puede. El público tiene que estar atento a las fechas que aparecen en Alternativa Teatral. Porque como tenemos estos viajes pueden estar una semana sí y a la siguiente no y así”. Martín asegura que ambas obras tuvieron procesos muy diferentes y comparten dos elementos en común: el lugar desde donde fueron creadas y que no se puede determinar una fecha de estreno ya que comenzó a mostrarlas y se fue sumando público.


El otro como un territorio a descubrir
La fuerza de la gravedad es una pieza teatral cuya materia prima es la ternura. Un abrazo que nos incluye a quienes estamos sentadxs frente a la actriz Laura López Moyano y su pila de hojas A4 de las que irá descubriendo hilos de vivencias con la amistad como protagonista. Martín: “Apareció primero como una idea. Yo hacía mucho tiempo quería hacer una obra para mis amigos. Y tenía la idea de este dispositivo en la cabeza. Pero recién cuando se me ocurrió que Laura podía ser la amiga que pondría el cuerpo me puse a escribir. Es una obra dedicada a mis amigxs pero sobre todo a ella. Las ideas son ideas… Están ahí. Gracias a ella, a que existe y es mi amiga, existe esta obra”. La amistad como territorio a descubrir, como un vínculo necesario y elegido. “Quería hablar del vínculo con la otredad. No me gusta cómo suena esa palabra pero creo que es la que le hace más justicia. No hablar sólo de la amistad. En todo caso, usar ese vínculo misterioso para mí, para hablar de otros vínculos. La relación con la naturaleza, el planeta o el espacio. Poder pensar al otrx como un territorio desconocido. Y que mi relación con ese cuerpo me constituye”.
Sin espoilear diremos que el final de esta obra es un momento infinitamente disfrutable, de regresión al universo infantil, ese paraíso que puede no estar perdido si se lo sabe buscar. ¿Cómo se elabora en la escena lo personal y lo ficcional? ¿Te sentís cómodo trabajando con esos elementos? “No sé si es cómodo. Justamente por eso es divertido, supongo. O útil para hacer algo. Lo pienso en relación a mí pero también a Laura. Para ella no fue fácil ni cómodo. Pero lo quiso hacer, lo encontró o encontramos necesario. Forma parte del trabajo. Cómodo no era y justamente por eso nos dieron ganas de encararlo. Esa decisión nos permite meternos en lugares nuevos, propios o bueno… singulares, me gusta decir. Claro que hay otras de formas de hacerlo. No sé: nosotros elegimos esta”.
En ambas obras lxs amigxs están presentes, colaboran, aconsejan, observan, actúan. ¿Qué significan en tu vida tus amigxs?
Difícil responder esta pregunta. Todo lo que pienso suena mal. Me gusta la idea del amigo como algo que también es uno. Una parte de mí. Soy mis amigos, también. ¡No! Soy con mis amigos. Sin ellos no soy. Eso. Pero también con los otros. Los desconocidos. Estamos todos comprometidos. Los gravísimos problemas ambientales, sociales, económicos que sufrimos deberían hacernos tomar consciencia. Te lo digo a vos y me lo digo a mí que como ciudadano o terrícola no soy ejemplo de nada, la verdad. Pero bueno. Tenerlo presente, pensarlo me ayuda a hacer algo… Por el otro, otra. Hacer un poco más. Algo que nos vuelva menos mierda. Como amigos, como habitantes de este mundo.
Casa Teatro Estudio
Guardia Vieja 4257, CABA
No hay banda
Lunes, 20.30 hs, hasta el 9/10/23
La fuerza de la gravedad
Sábados, 18 y 20.30 hs, hasta el 7/10/23
@tatofc
@moyanolaura
@casateatroestudio
Nota
Radiografía de un Estado autoritario: Jujuy y los derechos humanos bajo la lupa
Limitación en el acceso a la justicia. Modificación de la estructura jurídica. Represiones y cacerías que violan derechos humanos, y estándares internacionales. Persecución a la protesta. Impunidad de las fuerzas policiales. Violación a los derechos indígenas. Compartimos aquí un resumen del informe final sobre la violación a los derechos humanos en Jujuy, que llevó a cabo la Misión de Solidaridad Internacional y de Derechos Humanos en visita a cinco localidades. Un diagnóstico de un Estado local anti democrático y autoritario: “El Estado se constituye como una organización que controla y organiza todo, legitimando la destrucción de cualquier organismo de control y/o de participación ciudadana, asumiendo el poder casi absoluto”. La descripción de las violencias, y el llamado al juzgamiento de la cúpula del gobierno por la comisión de graves delitos. Mientras, el Malón sigue en Buenos Aires, con sus integrantes encadenados al Congreso de la Nación a la espera de respuestas.
El domingo se cumplirán 100 días de aquel viernes 16 de junio en que el Tercer Malón de la Paz se constituyó como tal y partió desde Abra Pampa hacia la capitalina San Salvador para impedir que se vote la reforma constitucional, que no había sido consultada con las comunidades originarias, ni con el resto de la población jujeña.
Anteayer, integrantes del Malón que se encuentra en Buenos Aires desde el 1 de agosto, se encadenaron al Congreso de la Nación e iniciaron una huelga de hambre para exigir que los reciban y, sobre todo, que desde el Poder Legislativo se dé una respuesta al reclamo de la intervención federal de la provincia, “por haber impuesto una nueva constitución y para que cese la represión”.
En este sentido, en las últimas horas se conoció el informe final sobre la violación a los derechos humanos en Jujuy, que llevó a cabo la Misión de Solidaridad Internacional y de Derechos Humanos, integrada por un conjunto de organismos de Derechos Humanos como el SerPaJ, la CORREPI, la Convención Americana sobre Derechos; además de organizaciones sociales y sindicales. La comisión estuvo presente en las localidades de Abrapampa, Tilcara, Maimará, Purmamarca, San Salvador de Jujuy y Perico, desde el 16 al 26 de junio de 2023, para “hablar directamente con las víctimas; escuchar los reclamos que dieron lugar a la protesta y ser testigos presenciales de situaciones concretas de violación a los derechos humanos por parte del gobierno jujeño y a protocolos nacionales e internacionales en el accionar de las fuerzas policiales”.
CONTEXTO
En el documento recientemente presentado a la sociedad, se busca contextualizar el presente, yendo hacia unos años atrás: “Eduardo Alfredo Fellner, se desempeñó como gobernador de Jujuy, entre 1998-2007 y 2011-2015. Durante su última gestión se desarrollaron importantes protestas sociales. En diciembre del 2014, como respuesta política a las protestas en curso, la legislatura de Jujuy sanciona la ley 5806, conocida popularmente como Código Contravencional. El Código Contravencional comenzó a regir durante el gobierno de Cambia Jujuy, con Gerardo Morales como gobernador, en enero del 2016”. Esa legislación reconoce como contravenciones formas históricas de ejercer el derecho a la protesta social, como la permanencia en el espacio público y la obstaculización del tránsito vehicular. Afirman: “Desde su aprobación, fue utilizada como instrumento para labrar actas contra quienes se organizan y protestan. Desde la llegada de Cambia Jujuy al gobierno de la provincia se fue incrementando la violencia estatal hacia la protesta social, lo que se puede verificar en los siguientes hechos”. Enumeran:
1. Persecución y encarcelamiento a opositores políticos, particularmente a dirigentes sociales.
2. Modificación de la superestructura jurídica provincial con el claro objetivo de limitar el ejercicio a la protesta y favorecer una importante cantidad de negocios.
3. Impunidad de las fuerzas policiales provinciales como forma de garantizar cohesión interna, lo que se evidenció en el crecimiento de violencia política, institucional y de género en la vida cotidiana. Su peor exponente fue el crecimiento de femicidios impunes.
4. Violaciones a derechos propios de las comunidades originarias.
FUERA DE CONTEXTO
En relación al despliegue represivo del Estado provincial, “la misión pudo constatar que impera entre los mandos y la tropa una lógica bélica impropia de las fuerzas de seguridad de un Estado que se pretende democrático, inclusivo y respetuoso de los Derechos Humanos”. Reafirman: “No fue difícil corroborarlo. Si el objetivo inmediato de la guerra es la eliminación del oponente, la manera en que actúan las fuerzas represivas en Jujuy remite inmediatamente a ese concepto. Se impone reiterar el carácter probadamente pacífico de las movilizaciones populares, que a lo sumo cuentan con poderío defensivo como toda ‘arma’. Esto en evidente diferencia a lo que ocurre desde las líneas de las fuerzas de seguridad”. Sintetizan lo que ocurre:
a) El incumplimiento de los estándares internacionales para el uso de armas letales y no letales, durante las movilizaciones y detenciones.
b) Atentados contra la vida y la integridad física.
Profundizan: “En territorio la misión pudo constatar claramente dos formas de atentar contra el bien jurídico más importante que posee cualquier ordenamiento legal: la vida. En primer lugar, la utilización de armas no letales (término relativo, lo correcto sería pensar en armas de menor lesividad) disparadas a distancias mortales. La Misión identificó que durante las protestas se empleó uso de perdigones (de goma) y bombas lacrimógenas a la cabeza y tórax, a corta distancia, incumpliendo con los estándares internacionales en materia de uso de armas. Se acudió al empleo de la fuerza y armas de fuego no letales en contextos de pacificidad, donde las movilizaciones transcurrían normalmente su curso sin ningún tipo de disturbios, como primer recurso a la hora de intentar disuadir disturbios, es decir, no se priorizó la elección de medios no violentos. También se verificó que se utilizaron motos y caballos para imponer verdaderas cacerías humanas, corriendo y acorralando a los manifestantes, para luego golpearlos, pisarlos y finalmente detenerlos”. Sentencian: “Es decir que la implementación de medidas extraordinarias fue utilizada como plafón para violar los derechos humanos y las libertades civiles. Se ha perforado el piso mínimo indispensable de derechos fundamentales al atentar contra la vida y la integridad física de población civil indefensa”-
La inhumanidad recolectada, continúa: “Reiterados testimonios referían a la imposibilidad de asistir a centros de salud o de atención médica por temor a ser detenidos o imputados por participar de las movilizaciones. La misión constató la presencia de 28 agentes policiales en hospitales, luego de las represiones, lo que tuvo como consecuencia que las personas heridas no se acercaran a solicitar un servicio de salud, pasando días sin ser atendidos agravando su salud. Mayor gravedad reviste la decisión del gobierno jujeño de impedir la atención de heridos por parte de las ambulancias presentes donde se desarrollaron las represiones. Tanto en Purmamarca como en San Salvador, los servicios de ambulancias tenían la indicación de no atender heridos”. Agregan: “Constatamos heridos que sufrieron mala praxis, que no han sido registrados y que se ha negado información a los familiares cuando se acercaban a preguntar por ellos”.
Desde la Misión de Solidaridad Internacional y de Derechos Humanos concluyen que “atento a los testimonios y las pruebas recolectadas, esta forma de represión no se encontró dirigida hacia aquellos actos que causaban daño intolerable a terceros, sino al propio acto de la protesta social o la adopción de un plan de vida solidario que implica la participación en acciones de protesta. La declaración de una testigo que narra cómo desde la legislatura salen personas de civil encapuchadas que prenden fuego autos y luego regresan a refugiarse junto a las fuerzas policiales, es un ejemplo de lo manifestado. Esto también puede constatarse en todas las intervenciones represivas de las fuerzas policiales, donde sin mediación previa se iniciaron acciones represivas sobre los manifestantes, con prácticas generalizadas para provocar lesiones sobre los mismos”. Complementan: “Otro hecho que reviste extrema gravedad es la presencia de personal policial de civil infiltrado en las manifestaciones. La sistematicidad en la utilización de este recurso, quedó irrefutablemente confirmada a través de diversos testimonios e incluso fotos y videos, donde se puede identificar a personal del servicio penitenciario. La intervención de estos grupos en las protestas se caracteriza por la ausencia de identificación, es decir, visten de civil, y se infiltran generando disturbios e incitando a contextos violentos durante las manifestaciones. Estas acciones generan motivo suficiente para la utilización arbitraria de la fuerza. Una vez iniciada la represión, los grupos cambian de tareas, pasando a funcionar como refuerzos para las fuerzas policiales en las calles”.
LA (IN)JUSTICIA Y LOS TRES PODERES ALINEADOS
El informe considera que la represión y la criminalización de la protesta son las dos formas violentas en las que las autoridades provinciales se encuentran reaccionando de forma sistemática ante aquellos que participan en las manifestaciones. “Entendemos por criminalización a la utilización del sistema penal contra la protesta social, como parte de una estrategia política que utilizan los tres poderes de Jujuy para presentar ante la sociedad la lucha por los derechos sociales como delitos y a los sectores que las promueven como delincuentes o pertenecientes a facciones políticas que atentan contra el sistema democrático, con el fin de inmovilizar y amedrentar a aquellos que se organizan y se manifiestan”. Vuelven a enumerar:
1–detenciones arbitrarias sin comunicación de las mismas a los familiares o sin paradero durante más de 10 horas;
2–rechazo a recibir denuncias por parte del Ministerio de la acusación;
3–ausencia de defensores oficiales o coerción a los detenidos por parte de los mismos para que firmen acusaciones y hechos en el Penal de Alto Comedero;
4–incriminación a los manifestantes de delitos de sedición, tentativa de homicidio, resistencia a la autoridad, etc, por el solo hecho de estar presentes y con imposición de multas millonarias;
5–allanamientos sin órdenes judiciales;
6–habeas corpus que devienen en abstractos por no ser contestados en tiempo y forma;
7–violación a procedimientos judiciales,
La investigación deja a la vista que la imputación de cargos a manifestantes y dirigentes políticos “constituye una clara expresión de violencia política”. Ponen un ejemplo concreto: “Las y los defensores de los derechos humanos, incluyendo a las y los abogados defensores que prestan asistencia jurídica a otros defensores o a las víctimas de violaciones de derechos humanos, reciben continuamente amenazas, y se ven imposibilitados muchas veces del acceso a las comisarías donde se encuentran detenidos sus defendidos”. Y entonces manifiestan: “El Estado Argentino resulta responsable de la represión y criminalización de la protesta, atento al uso de la fuerza de manera ilegal, en forma innecesaria y desproporcionada, mediante ataques generalizados y sistemáticos hacia la población civil. Estas prácticas violentas del Estado no sólo violan los derechos humanos fundamentales de quienes participan en las protestas, sino que también son contrarias a los principios democráticos que deben guiar la convivencia social en un Estado de derecho. La institucionalización de la represión y la criminalización de la protesta social es la manera que ha desarrollado el Gobierno jujeño, en connivencia con los poderes Legislativo y Judicial, de castigar las manifestaciones sociales y políticas por reclamos gremiales y contra la reforma de la Constitución”.
CONCLUSIONES FINALES
Este documento no es la primera expresión del horror vivido y que se perpetúa en Jujuy. La mismísima Comisión Interamericana de Derechos Humanos allá por el 20 de junio había llamado al Estado “a respetar el derecho a la libertad de expresión, los estándares interamericanos del uso de la fuerza”, y a llevar a cabo un proceso de “diálogo efectivo, inclusivo e intercultural, en que se respete los derechos sindicales y de los pueblos originarios”.
El diálogo, sin embargo, no fue tal. El Informe Final de la Misión denuncia los ataques, las agresiones y las vulneraciones constatadas:
–Uso irregular de armamentos “no letales o de letalidad reducida” en contra de los
cuerpos de las personas manifestantes para dispersar protestas.
–Disparos horizontales de largo alcance en lugares residenciales y en contra el cuerpo de
los de manifestantes
–Lanzamiento de gases lacrimógenos al interior de viviendas.
–Detenciones ilegales, arbitrarias e infundadas de personas por la mera participación en
las protestas
–Tormentos y malos tratos, crueles, inhumanos y degradantes sobre personas detenidas
en el marco de las protestas y movilizaciones.
–Incumplimiento de la obligación de publicidad de los procedimientos policiales
–Uso irregular de facultades procesales para la detención y traslado arbitrario de
personas.
–Montaje de causas penales y posterior persecución judicial contra los/as participantes de
las protestas.
La Misión Internacional de Solidaridad y Derechos Humanos afirma que “el Estado argentino es responsable por la grave violación de derechos humanos de la población civil en el marco de la actuación represiva desplegada desde el 7 de junio del 2023 por las autoridades de la provincia de Jujuy en el territorio Jujeño. Gran parte de las vulneraciones, por su carácter sistemática y/o generalizada y dirigidas contra la población civil, tipifican delitos de lesa humanidad, previstos y sancionados por el derecho internacional de los DDHH en los tratados, convenciones y estatutos reseñados precedentemente, los cuales el Estado argentino ha suscrito y ratificado”.
Y concluye:
–El Estado de Derecho y el orden democrático en Jujuy se han visto gravemente limitados y afectados, suspendiendo garantías judiciales básicas y elementales.
–Al pueblo jujeño le asiste el derecho (constitucional y convencional) de protesta, de petición ante las autoridades y de ocupar el espacio público para ello. Así lo intentó ejercer, de forma pacífica. El ejercicio de la soberanía popular es inalienable y es un elemento constitutivo del Estado de Derecho y condición de la convivencia democrática.
–La existencia de un marco normativo que declare y/o reconozca los derechos ciudadanos implica inexorablemente las obligaciones del Estado de garantizar su pleno y efectivo goce. Las autoridades de la Provincia de Jujuy no sólo no los garantizó, sino que además llevó adelante una sistemática y generalizada acción lesiva contra la población civil.
–Las autoridades utilizaron de manera abusiva, arbitraria e ilegal de sus competencias, dirigiendo, ordenando y ejecutando acciones violatorias de los DDHH. El monopolio del uso de la fuerza que legalmente ostenta, fue desplegado abusivamente sin observar los criterios de proporcionalidad, racionalidad, legalidad y necesidad que les son exigidos a todo Estado de Derecho, democrático y respetuoso de los DDHH.
–El despliegue represivo del Estado ha significado la comisión de graves delitos tanto por acción u omisión de sus órganos ejecutivos y judiciales. No sólo no previno, sino que además propició graves violaciones a los derechos humanos y no inició las investigaciones correspondientes, ni mucho menos sancionó a sus responsables.
–Las autoridades de la Provincia de Jujuy deben ser investigadas por tormentos, abusos, persecuciones, amenazas, intimidaciones y otras conductas delictivas cometidas por sus fuerzas de seguridad regulares.
–Las autoridades deben ser investigadas ya que impidieron, limitaron y condicionaron deliberada y violentamente la participación política, el derecho de reunión y el derecho a la protesta.
–Las autoridades de la Provincia de Jujuy y sus agentes deben ser investigadas atento a que las graves violaciones a los derechos humanos constatadas, configuran delitos de lesa humanidad.
Y así finalizan el Informe Final de 75 páginas, que compartimos debajo en su totalidad: “Nos encontramos con un Estado Provincial que modifica su superestructura jurídica y política en clara coalición con el marco establecido por la Constitución Nacional y los tratados internacionales suscriptos por el Estado Nación. Y no solo eso. El Estado se constituye como una organización que controla y organiza todo, legitimando la destrucción de cualquier organismo de control y/o de participación ciudadana, asumiendo el poder casi absoluto. Limita el acceso a la justicia a la par que acusa casi sin necesidad de tener prueba alguna, o lo que es peor aún, convirtiendo en delito el ejercicio de la democracia plena. El gobierno de Cambia Jujuy, con Gerardo Morales a la cabeza, ha iniciado un proceso de balcanización objetivo. Con sus acciones está fragmentado el Estado Nación, con una supremacía étnica que coloca a las comunidades originarias en un estado de sumisión absoluta o lo que es peor, como objetos decorativos para turistas interesados en ver un indígena en vivo y en directo. Sentado arriba de las importantes reservas de litio, se erige como un intermediario nativo al servicio del capital extranjero interesado en los recursos naturales de la región. Para lograrlo, organiza el Estado de acuerdo a intereses foráneos; prepara las fuerzas represivas para custodiar esos negocios y ubica familiares y amigos para controlar cada milímetro de la sociedad jujeña. Estas afirmaciones podrían ser tomadas como subjetivas por aquellos que no quieran ver lo que está a la vista de todos: la gente de a pie está atemorizada frente a un gobierno que avasalla todos y cada uno de los derechos que nuestro pueblo, con sus históricas luchas, con sus resistencias a dictaduras, y con 30.000 desaparecidos, supo conquistar. Hay fotos, videos, notas periodísticas, decretos, acciones de gobierno, que se suceden unas a otras siguiendo una única lógica: la entrega de recursos naturales con la vida de los que habitan esas tierras”.

Nota
Femicidio de Iara Rueda: confirman las condenas a perpetua
El Tribunal de Revisión de Jujuy confirmó la sentencia que condenó a prisión perpetua a Mauricio Esteban Abad y Raúl Arnaldo Cachizumba por el femicidio de Iara Rueda. Además hay un tercer implicado: Tomás Fernández, que fue declarado como autor y que por ser menor de edad al momento de los hechos su pena debe ser resuelta por una jueza de menores. La familia aún espera otra resolución judicial que busca condenar a los policías que no investigaron el femicidio.
Por Natalia Aramayo
desde San Salvador de Jujuy
El Tribunal de Revisión de Jujuy confirmó la pena de prisión perpetua por el femicidio de Iara Rueda que había sido dictada el 12 de mayo de 2023 por el Tribunal en lo Criminal Nº 3.
Así quedó confirmado lo que en el pasado mayo habían establecido las juezas María Margarita Nallar y Ana Carolina Pérez Rojas, y el juez Mario Ramón Puig del Tribunal Oral en lo Criminal N°3: dos condenas a perpetuas y una declaración de responsabilidad penal con remisión al juzgado de menores para que se le establezca pena.
El Tribunal de Revisión, compuesto por las juezas Gisela Rita Macina, presidenta de trámite, y Claudia Cecilia Sadir y el juez Cristian Torres Magallanes, redactó el fallo con estas palabras: «El Tribunal rechaza los recursos de apelación interpuesto por la defensa y confirma la sentencia a Raúl Cachizumba y Mauricio Abad como autores materiales y responsables del delito de “homicidio doblemente agravado por alevosía y de una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”; como así también, la declaración de responsabilidad del menor al momento del hecho Tomas Fernández, del delito de “Homicidio triplemente agravado por el vínculo, por alevosía y de una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”, en carácter de autor».
En la calle se repitió la misma postal que se vio durante todo el juicio: la Multisectorial de Mujeres y Disidencias de Jujuy -compuesta por una multiplicidad de organizaciones, y otras familias- acompañó a la familia de Iara durante el proceso. Por eso Mónica, mamá de Iara Rueda, expresó al salir del Tribunal: «Quiero darles las gracias a todas ustedes, que nunca me dejan bajar los brazos, a ustedes y a las otras familias. Estas dos audiencias fue como revivir el asesinato de Iara de nuevo, pasamos el fin de semana teniendo confianza que se iba a hacer justicia, pero al mismo tiempo con angustia».
Sobre la confirmación de la condena Mónica dijo: «Se hizo justicia, quedó firme la condena y ahora a no bajar los brazos, falta la condena para Tomas Fernández, esperamos que la jueza de menores le de la máxima».


La historia de Iara Rueda
Iara Rueda tenía 16 años cuando el miércoles 23 de septiembre de 2020 salió de su casa para llevarle un trabajo práctico a un compañero de la escuela. Fue la última vez que su familia la vio con vida. Después de las 5 de la tarde no hay imágenes de ella: según las versiones oficiales las cámaras de seguridad no funcionaban por apagones de luz.
Cuando esa tarde Mónica llegó a su casa y no vio la bicicleta de su hija supo que algo le había pasado. Fue a la comisaría: no le tomaron la denuncia. La policía evadió todos los protocolos de búsqueda.
Ante la inacción policial, los y las vecinas del barrio se autoconvocaron para ayudar a la familia Rueda a buscar a Iara, y lo hicieron en intensos rastrillajes, de noche, sin luz.
En distintos puntos de la provincia se replicaron los cortes de ruta (algunos fueron reprimidos) que exigían que la busquen.
El cuerpo fue encontrado días después, el 28 de septiembre. Estaba atada de pies y manos. En ese lugar su familia construyó un altar.
El otro juicio
Además del juicio por el femicidio, la familia de Iara impulsó desde el primer momento la denuncia contra los funcionarios policiales que no aplicaron los protocolos de búsqueda tal como la legislación lo establece.
Mauro Cortez, Fabio Cruz, Hernán Vargas, Pablo López, Walter Ramos, Emanuel Valdiviezo, Daniel Ramírez y Laura Tapia, miembros de la policía y brigada de investigaciones de Palpalá, estaban imputados por “incumplimiento de los deberes de funcionario público” tras la denuncia de la familia de Iara. Hasta que a principios de este mes el juez Rodolfo Nino Fernández, del Juzgado Especializado de Control en lo Penal Económico y Delitos contra la Administración Pública, dictó el sobreseimiento. La familia de Iara Rueda presentó recientemente un recurso de apelación del que se espera resolución.
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