Nota
Histórico: la empresa de agrotóxicos Atanor deberá pagar 150 millones para remediar la contaminación al Río Paraná

La Cámara Primera de Apelación de San Nicolás fijó a la empresa Atanor, una de las
mayores productoras de agrotóxicos del país, una indemnización sustitutiva por el daño ambiental al Río Paraná de 150 millones de pesos, además de acreditar la contaminación en el ambiente que el Juzgado de Ejecución Penal había confirmado en una sentencia de amparo ambiental a principios de marzo. “Debe ser el primer fallo en la historia que impone una condena de indemnización sustitutiva por el daño causado al Río Paraná”, celebra el abogado Fabián Maggi, representante de los reclamos de los vecinos de los barrios Química y Ponce de León, que hace más de 10 años vienen denunciando las muertes por diversas enfermedades, entre ellas cáncer, en la comunidad, que apuntan a la contaminación de la empresa como el principal problema. Los argumentos de la Cámara sobre la afectación de suelo, aire y tierra, y del Río Paraná puntualmente, hablando del «nuevo paradigma ambiental»; las indemnizaciones escasas a los vecinos enfermos, la imputación a 6 directivos de la empresa, y el planteo de fondo que pretende llegar hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
“Considerando la entidad de la afectación del daño que ha quedado probado y que resultara
sostenida durante varios años, pese a las medidas cautelares que se dicatorn, a los
apercibimientos de aplicar sanciones pecuniarias (astreintes y multas) para disuadirla y para
evitar el agravamiento en el recurso natural del Río Paraná que baña las costas de
importantes zonas urbanas, exhibiendo un obrar negligente por parte de una empresa que
tiene presencia en el mercado de los agroquímicos, estimo justo establecer la
indemnización sustitutiva en la suma de ciento cuenta millones de pesos ($150.000.000)”.
La Cámara Primera de Apelación de San Nicolás fijó a la empresa Atanor, una de las
mayores productoras de agrotóxicos del país, una indemnización sustitutiva por el daño
ambiental al Río Paraná de 150 millones de pesos, además de acreditar la contaminación
en el ambiente que el Juzgado de Ejecución Penal había confirmado en una sentencia de
amparo ambiental a principios de marzo.
“Debe ser el primer fallo en la historia que impone una condena de indemnización sustitutiva
por el daño causado al Río Paraná”, celebra el abogado Fabián Maggi, representante de los
reclamos de los vecinos de los barrios Química y Ponce de León, que hace más de 10 años
vienen denunciando las muertes por diversas enfermedades, entre ellas cáncer, en la
comunidad, que apuntan a la contaminación de la empresa como el principal problema.
“Este fallo viene a consolidar la decisión de la jueza de primera instancia que había
determinado la ilegalidad del funcionamiento de Atanor, el vuelco contaminado con atrazina
al Paraná, la afectación de este curso de agua y la biodiversidad”, explica Maggi. “La jueza
también dijo que estaba contaminado el suelo de la planta y los alrededores. Si bien era
satisfactorio, había quedado una porción de nuestro reclamo sin resolver, por lo que
habíamos apelado. Este fallo de la Cámara hizo lugar a nuestra pretensión recursiva”.
“Daño irreversible”
A través de los votos de los jueces Fernando Kozicki y José Tivano, y la jueza Amalia Fernández Balbis, la Cámara hizo un repaso de la sentencia de la jueza de primera instancia, Luciana Bancalari, y de las apelaciones tanto de los vecinos como de la empresa. En primer lugar, los jueces rechazan todos los argumentos planteados por Atanor. Los directivos se habían quejado que la jueza Bancalari describió la “ilegalidad manifiesta” en la que funcionaba la empresa por la falta de permisos provinciales para la actividad, pero los jueces fueron tajantes respecto del reclamo: “Tal aserción exhibe un claro desentendimiento de lo sucedido en el decurso de estas actuaciones, en el que se han dispuesto innumerables medidas en pos de regularizar desde el estado embrionario del proceso, una actividad de sumo riesgo para la seguridad, salubridad e higiene de la población. Basta marcar la ausencia de permiso de vuelco de efluentes líquidos, como de certificado de aptitud ambiental vigente”, precisaron los magistrados.
Luego, se detuvieron puntualmente en cada recurso afectado: aire, suelo y agua.
● Sobre el aire, evaluaron que la jueza no encontró “debidamente probado” el daño a través de las emisiones gaseosas, “aunque consideró demostrado el riesgo que su presencia significa en pleno radio urbano si no se realizan los controles con la asiduidad y rigurosidad necesarias”. En ese sentido, la Cámara destacó el testimonio de la genetista Delia Aiassa “pues relaciona la importancia del estudio del suelo para inferir la contaminación del aire y la proyección dañosa genética en animales y células humanas expuestas al glifosato, cipermetrina y trifluralina, destacando la experiencia en poblaciones humanas expuestas a través del aire fundamentalmente, a estas sustancias tóxicas por las cercanías de su hábitat a lugares donde se pulveriza”.
● Sobre el suelo, consideraron probados los niveles de trifluralina que excedían los
valores permitidos y la detección de plaguicidas en muestras de agua y suelo, entre
ellos diversos componentes de Atrazina, un herbicida prohibido en la Unión Europea
desde 2013. En este punto, los jueces destacaron el “rigor técnico elevado” y el
“prestigio científico” del equipo del Centro de Investigaciones Medioambientales de
la Universidad Nacional de La Plata (UNLP) y el Conicet, a cargo de Damián Marino,
cuyas investigaciones habían sido objetadas por la empresa: “No se advierte la
incompetencia técnica que se le imputa al experto y el resultado de la pericia (por
tratarse de una materia eminentemente técnica) se yergue esencial para dirimir el
pleito”.
● Sobre el agua, la Cámara precisó que los resultados periciales “han dado muestras de efluentes contaminados en niveles que permiten claramente sospechar el impacto sobre la biota acuática” y, por ende, consideraron “que demanda una urgente modificación en pos de salvaguardar los intereses ambientales en juego”. Luego, consideran la apelación de los vecinos respecto de que la jueza no había ordenado una indemnización sustitutiva del daño ambiental por la afectación del curso de agua y la biota del Río Paraná. Entre sus argumentaciones, la Cámara destaca:
● “No ha de soslayarse aquí, el nuevo paradigma ambiental, que deja de lado la consideración de externalidades negativas que debía soportar la sociedad para subsidiar el desarrollo económico y que implicaba que las empresas que contaminaran no tomaran en cuenta esos costos transferidos a otras personas o a la comunidad en su conjunto, para ser sustituido por la internalización de los mismos, lo que lleva a que la sociedad ya no quiera soportarlos y obligue a las empresas a transformar los mecanismos de producción de bienes, a incorporar nuevas tecnologías limpias cuyo costo deben soportar y a abonar indemnización por los daños ambientales producidos”.
● “En el particular caso, como hemos dicho ya, ha quedado debidamente acreditado que Atanor es una empresa clasificada como industria de Tercera Categoría (art. 15, inc. c, ley 11.459) en las que se incluye a aquellos establecimientos cuyo funcionamiento constituye un riesgo para la seguridad, salubridad e higiene de la población u ocasiona daños graves a los bienes y al medio ambiente. De igual modo, que dicha planta vierte efluentes líquidos al río Paraná conformados por desechos peligrosos y tóxicos que degradan la calidad de agua del curso del río donde se vuelcan y afectan la biota acuática. Asimismo, que la presencia de Atrazina (y metabolitos) en las muestras tomadas en la planta industrial exhiben valores superiores a los permitidos para la protección de dicha biota y que el tratamiento que realiza Atanor sobre sus efluentes líquidos no es adecuado para la eliminación de los compuestos encontrados”.
Por este motivo, la Cámara separó el reclamo por la restauración ambiental de la reparación
económica.
Sobre la restauración: “No es viable fijar una restauración por lo complejidad de la
afectación, características y la naturaleza del bien receptor de los efluentes contaminantes
(río Paraná) cuyas aguas y sedimentos fluyen río abajo proyectando sus implicancias en
lugares y sectores de difícil determinación y mensuración de la lesión pretérita del
ecosistema, por lo que es mi convencimiento que nos hallamos ante una situación de daño
irreparable o irreversible que debe ser indemnizable en base a criterios de prudencia y
razonabilidad (art. 28, 2da. parte, Ley 25.675), más aún cuando se trata de un daño de un
bien no monetizable como lo es el ambiente y ante la ausencia de normativa que oriente, dé
metodología y criterios valorativos indemnizatorios”.
Sobre la reparación: “Se impone entonces la necesidad de establecer en términos económicos una reparación justa, equitativa y proporcionada a la afectación del menoscabo del patrimonio natural, debiendo ponderarse también la conducta de la demandada en los términos del primer párrafo del artículo 1725 del Cód. Civ. y Com. (“Cuanto mayor sea el deber de obrar con prudencia y pleno conocimiento de las cosas, mayor es la diligencia exigible al agente y la valoración de la previsibilidad de las consecuencias”), los recursos involucrados que se vieron lesionados (agua) y seres vivos (biota), y el período de tiempo en el que se desarrolló la actividad contaminante”.
En ese sentido, la Cámara fijó la suma de 150 millones de pesos para que se destinen
“acciones de preservación y prevención vinculadas al cauce del Río Paraná y su biota”.
Por la condena internacional
Los vecinos celebraron el fallo. “La indemnización por daño sustitutivo ambiental es una herramienta jurídica cuyo objeto es darle un valor económico al daño”, explica Maggi. “Tiene
la difícil tarea y la dudosa eficacia de darle valor a aquella porción del ambiente que no puede ser objeto de reparación del daño causado. Hay muchos daños que no pueden ser remediados, que son irreversibles y no tienen solución. La Cámara consideró que Atanor había causado un daño irreversible al Río Paraná y su biodiversidad, y por eso decidió condenarlo al pago de un monto de 150 millones, que si bien para cualquier ciudadano es abultada, para este tipo de empresas no lo es. Si bien estamos satisfechos, consideramos que la indemnización en términos monetarios es baja”. Maggi subraya que con este tema vuelve la discusión sobre si el pago es una solución aceptable: “Entendemos que no, y si bien la reclamamos porque es parte de la normativa vigente en términos ambientales, creemos que pagando no se soluciona. Por eso recurrimos al derecho penal”.
El fiscal federal Matías Di Lello imputó a seis directivos de la empresa de agroquímicos Atanor por haber contaminado al menos hasta el 16 de julio de 2020 el curso del río Paraná, sus barrancas, el suelo y el aire, a través del «esparcimiento de partículas en el ambiente y el vuelco de efluentes al río, los que contenían residuos peligrosos categorizados como desechos», y pidió el llamado a declaración indagatoria. También citó cinco directores ejecutivos del Organismo Provincial de Desarrollo Sustentable (OPDS) y tres presidentes de
la Autoridad del Agua (ADA). Maggi: “Lo que buscamos es que sean condenados a penas
de prisión por delito de atentado a la salud pública, infracción de ley de residuos peligrosos
agravado por el resultado muerte de personas. Ese elevado índice de fallecimiento por
cáncer es lo que encendió la alerta de que algo allí pasaba”.
El abogado también menciona la denuncia a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. “Estamos contentos con la sentencia, pero no hay que olvidarse que este fallo se reclamo hace más de 8 años, lo cual es una violación a la garantía de protección judicial en plazo razonable. Seguiremos también por una condena de la CIDH al Estado nacional”.
Nota
83 días después, Pablo Grillo salió de terapia intensiva

83 días.
Pasaron 83 días desde que a Pablo Grillo le dispararon a matar un cartucho de gas lacrimógeno en la cabeza que lo dejó peleando por su vida.
83 días desde que el fotógrafo de 35 años se tomó el ferrocarril Roca, de su Remedios de Escalada a Constitución, para cubrir la marcha de jubilados del 12 de marzo.
83 días desde que entró a la guardia del Hospital Ramos Mejía, con un pronóstico durísimo: muerte cerebral y de zafar la primera operación de urgencia la noche del disparo, un desenlace en estado vegetativo.
83 días y seis intervenciones quirúrgicas.
83 días de fuerza, de lucha, de garra y de muchísimo amor, en su barrio y en todo el mundo.
83 días hasta hoy.
Son las 10 y 10 de la mañana, 83 días después, y ahí está Pablito, vivito y sonriendo, arriba de una camilla, vivito y peleándola, saliendo de terapia intensiva del Hospital Ramos Mejía para iniciar su recuperación en el Hospital de Rehabilitación Manuel Rocca, en el barrio porteño de Monte Castro.
Ahí está Pablo, con un gorro de lana de Independiente, escuchando como su gente lo vitorea y le canta: “Que vuelva Pablo al barrio, que vuelva Pablo al barrio, para seguir luchando, para seguir luchando”.
Su papá, Fabián, le acaricia la mejilla izquierda. Lo mima. Pablo sonríe, de punta a punta, muestra todos los dientes antes de que lo suban a la ambulancia. Cuando cierran la puerta de atrás su gente, emocionada, le sigue cantando, saltan, golpean la puerta para que sepa que no está solo (ya lo sabe) y que no lo estará (también lo sabe).
Su familia y sus amigos rebalsan de emoción. Se abrazan, lloran, cantan. Emi, su hermano, respira, con los ojos empapados. Dice: “Por fin llegó el día, ya está”, aunque sepa que falta un largo camino, sabe que lo peor ya pasó, y que lo peor no sucedió pese a haber estado tan (tan) cerca.
El subdirector del Ramos Mejía Juan Pablo Rossini confirma lo que ya sabíamos quienes estuvimos aquella noche del 12 de marzo en la puerta del hospital: “La gravedad fue mucho más allá de lo que decían los medios. Pablo estuvo cerca de la muerte”. Su viejo ya lloró demasiado estos casi tres meses y ahora le deja espacio a la tranquilidad. Y a la alegría: “Es increíble. Es un renacer, parimos de nuevo”.
La China, una amiga del barrio y de toda la vida, recoge el pasacalle que estuvo durante más de dos meses colgado en las rejas del Ramos Mejía exigiendo «Justicia por Pablo Grillo». Cuenta, con una tenacidad que le desborda: «Me lo llevo para colgarlo en el Rocca. No vamos a dejar de pedir justicia».
La ambulancia arranca y Pablo allá va, para continuar su rehabilitación después del cartucho de gas lanzado por la Gendarmería.
Pablo está vivo y hoy salió de terapia intensiva, 83 días después.
Esta es parte de la vida que no pudieron matar:
Nota
La transfiguración de Miguelito Pepe: los milagros seducen
Una obra teatral que recurre al milagro como ingrediente imprescindible para una transformación. Un niño santo en un pueblo perdido. Su primera intervención paranormal desata furor y de todas partes van a suplicarle lo imposible. La transfiguración de Miguelito Pepe es un unipersonal con la dramaturgia y dirección de Martina Ansardi en el que el actor Tuco Richat se pone en la piel de varios personajes que dialogan con lo sagrado y lo profano. Este viernes 30 de mayo a las 20.30 podés ver en MU Trinchera Boutique la primera de tres funciones.
Por María del Carmen Varela.
La transfiguración de Miguelito Pepe gira en torno a un fenómeno que sucede en un pueblo norteño. Miguelito, un niño de Famaillá, se convierte de la noche a la mañana en la gran atracción del pueblo. De todas partes van a conocerlo y a pedirle milagros. En todo el pueblo no se habla de otra cosa que del niño santo, el que escucha los pedidos de quien se le acerque y concede la gracia.
La obra tiene dramaturgia y dirección de la activista y artista travesti Martina Ansardi, directora teatral, actriz, bailarina, coreógrafa y socia de Sintonía Producciones, quien la ideó para que fuera itinerante.
Se trata de un unipersonal en el que el actor Tuco Richat se luce en varios personajes, desde una secretaria de un manosanta que entrega estampitas a quien se le cruce en el camino, una presentadora de televisiòn exaltada a un obispo un tanto resentido porque dios le concede poderes a un changuito cualquiera y no a él, tan dedicado a los menesteres eclesiásticos.
La voz de la cantante lírica Guadalupe Sanchez musicaliza las escenas: interpreta cuatro arias de repertorio internacional. A medida que avanza la trama, Richat irá transformando su aspecto, según el personaje, con ayuda de un dispositivo móvil que marca el ritmo de la obra y sostiene el deslumbrante vestuario, a cargo de Ayeln González Pita. También tiene un rol fundamental para exhibir lo que es considerado sagrado, porque cada comunidad tiene el don de sacralizar lo que le venga en ganas. Lo que hace bien, lo merece.
Martina buscó rendir homenaje con La transfiguraciòn de Miguelito Pepe a dos referentes del colectivo travesti trans latinoamericano: el escritor chileno Pedro Lemebel y Mariela Muñoz. Mariela fue una activista trans, a quien en los años `90 un juez le quiso quitar la tenencia de tres niñxs. Martina: “Es una referenta trans a la que no se recuerda mucho», cuenta la directora. «Fue una mujer transexual que crió a 23 niños y a más de 30 nietes. Es una referenta en cuanto a lo que tiene que ver con maternidad diversa. Las mujeres trans también maternamos, tenemos historia en cuanto a la crianza y hoy me parece muy importante poder recuperar la memoria de todas las activistas trans en la Argentina. Esta obra le rinde homenaje a ella y a Pedro Lemebel”.
Con el correr de la obra, los distintos personajes nos irán contando lo que sucedió con Miguelito… ¿Qué habrá sido de esa infancia? Quizás haya continuado con su raid prodigioso, o se hayan acabado sus proezas y haya perdido la condición de ser extraordinario. O quizás, con el tiempo se haya convertido, por deseo y elección, en su propio milagro.
MU Trinchera Boutique, Riobamba 143, CABA
Viernes 30 de mayo, 20.30 hs
Entradas por Alternativa Teatral

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Relato salvaje guaraní: una perla en el teatro

Una actriz que cautiva. Una historia que desgarra. Música en vivo. La obra Perla Guaraní volvió de la gira en España al Teatro Polonia (Fitz Roy 1475, CABA) y sigue por dos domingos. El recomendado de lavaca esta semana.
Por María del Carmen Varela
La sala del teatro Polonia se tiñe de colores rojizos, impregnada de un aroma salvaje, de una combustión entre vegetación y madera, y alberga una historia que está a punto de brotar: Perla es parte de una naturaleza frondosa que nos cautivará durante un cuarto de hora con los matices de una vida con espinas que rasgan el relato y afloran a través de su voz.
La tonada y la crónica minuciosa nos ubican en un paisaje de influjo guaraní. Un machete le asegura defensa, aunque no parece necesitar protección. De movimientos rápidos y precisos, ajusta su instinto y en un instante captura el peligro que acecha entre las ramas. Sin perder ese sentido del humor mordaz que a veces nace de la fatalidad, nos mira, nos habla y nos deslumbra. Pregunta: “¿quién quiere comprar zapatos? Vos, reinita, que te veo la billetera abultada”. Los zapatos no se venden. ¿Qué le queda por vender? La música alegre del litoral, abrazo para sus penas.

La actriz y bailarina Gabriela Pastor moldeó este personaje y le pone cuerpo en el escenario. Nacida en Formosa, hija de maestrxs rurales, aprendió el idioma guaraní al escuchar a su madre y a su padre hablarlo con lxs alumnxs y también a través de sus abuelxs maternxs paraguayxs. “Paraguay tiene un encanto muy particular”, afirma ella. “El pueblo guaraní es guerrero, resistente y poderoso”.
El personaje de Perla apareció después de una experiencia frustrante: Gabriela fue convocada para participar en una película que iba a ser rodada en Paraguay y el director la excluyó por mensaje de whatsapp unos días antes de viajar a filmar. “Por suerte eso ya es anécdota. Gracias a ese dolor, a esa herida, escribí la obra. Me salvó y me sigue salvando”, cuenta orgullosa, ya que la obra viene girando desde hace años, pasando por teatros como Timbre 4 e incluyendo escala europea.
Las vivencias del territorio donde nació y creció, la lectura de los libros de Augusto Roa Bastos y la participación en el Laboratorio de creación I con el director, dramaturgo y docente Ricardo Bartis en el Teatro Nacional Cervantes en 2017 fueron algunos de los resortes que impulsaron Perla guaraní.
Acerca de la experiencia en el Laboratorio, Gabriela asegura que “fue un despliegue actoral enorme, una fuerza tan poderosa convocada en ese grupo de 35 actores y actrices en escena que terminó siendo La liebre y la tortuga” (una propuesta teatral presentada en el Centro de las Artes de la UNSAM). Los momentos fundantes de Perla aparecieron en ese Laboratorio. “Bartís nos pidió que pusiéramos en juego un material propio que nos prendiera fuego. Agarré un mapa viejo de América Latina y dos bolsas de zapatos, hice una pila y me subí encima: pronto estaba en ese territorio litoraleño, bajando por la ruta 11, describiendo ciudades y cantando fragmentos de canciones en guaraní”.
La obra en la que Gabriela se luce, que viene de España y también fue presentada en Asunción, está dirigida por Fabián Díaz, director, dramaturgo, actor y docente. Esta combinación de talentos más la participación del músico Juan Zuberman, quien con su guitarra aporta la cuota musical imprescindible para conectar con el territorio que propone la puesta, hacen de Perla guaraní una de las producciones más originales y destacadas de la escena actual.
Teatro Polonia, Fitz Roy 1475, CABA
Domingos 18 y 25 de mayo, 20 hs
Más info y entradas en @perlaguarani
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