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Funcionarios denunciados: entre la violencia de género y la violencia institucional
Presentamos el informe de agosto 2022 del Observatorio de Violencia Patriarcal Lucía Pérez. Este mes el foco está puesto en el padrón de funcionarios denunciados por violencia de género que el Observatorio lleva adelante. Lo que se ve: un sistema que expresa la mutua imbricación entre la violencia patriarcal y la violencia institucional, con la impunidad como puente. El Observatorio Lucía Pérez lleva registrados 345 los funcionarios denunciados, “ya no hablamos solo de un Estado ausente o ineficaz, sino de un Estado violento”, expresa en el informe la antropóloga Florencia Paz Landeira.






A mediados de agosto, Marcelo Guzmán, funcionario judicial de Tierra del Fuego, fue separado de su cargo luego de la denuncia pública y judicial por violencia de género realizada por su esposa, Carla Kirstein. El juez Javier De Gamas Soler dictó el procesamiento de Guzmán por los delitos de “lesiones graves agravadas por haber sido cometidas contra su pareja en el marco de una situación de violencia de género” (en un hecho) y “lesiones leves” (en otros dos) y ordenó una prohibición de acercamiento. Carla decidió hacer la denuncia por redes sociales, movida por el miedo y la impotencia no solo por la recurrencia de la violencia y la situación de dependencia en que se encontraba, sino también por las barreras en el acceso a la justicia: “Fui a ver a varios abogados para que me representaran y cuando se enteraban quién era mi marido y para quién trabajaba, ponían cualquier excusa para no tomar el caso”. Su historia habla de entramados de poder institucionales que silencian, encubren, obstruyen y que, en definitiva, avalan y perpetúan la violencia.
Es la historia de Carla, pero no es un “caso”, es un sistema que expresa la mutua imbricación entre la violencia patriarcal y la violencia institucional, con la impunidad como puente. El Observatorio Lucía Pérez registra en su padrón 345 denuncias por violencia de género contra integrantes del Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial, de las Fuerzas de Seguridad y de la Iglesia Católicas. El registro -que formalmente le corresponde al Estado argentino, en función de los compromisos asumidos ante la CIDH y que hasta hoy incumple- se basa, a su vez, en la hipótesis de que estas denuncias encarnan la persistencia de sentidos y prácticas machistas y misóginas en las burocracias estatales y la resistencia a la transversalización de la perspectiva de género que, en concreto, resultan en la ausencia o debilidad de las políticas públicas para prevenir y contener la violencia contra mujeres y trans.
Cuando reiteramos la consigna “El Estado es responsable”, solemos referirnos a formas sistemáticas de complicidad, omisión y/o insuficiencia en las políticas para erradicar la violencia de género. La responsabilidad estatal encuentra en este registro de funcionarios denunciados su rostro más grotesco y encarnado. El poder político que el puesto les confiere aparece reforzando e incrementando posiciones de privilegio y dominio fundadas en estructuras de género desiguales. Ya no hablamos solo de un Estado ausente o ineficaz, sino de un Estado violento. Las denuncias alcanzan a jueces civiles y de familia, fiscales, comisarios, jefes de policía, es decir, agentes estatales que deberían estar implicados en prevenir las violencias, sancionar a quienes las ejercen y proteger a las víctimas.

El Estado ¿por fuera de la ley?
Es sabido que el Estado no es un bloque homogéneo y coherente, sino que está habitado y atravesado por tensiones, contradicciones y balances de poder. Este mismo Estado que denunciamos como responsable de la violencia patriarcal, ha instrumentado leyes y políticas tendientes a reconocer y combatir las desigualdades de género, movido por las luchas y demandas de los movimientos feministas.
La ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, sancionada en 2009, incluye en su definición y caracterización de la violencia a la violencia institucional, definida como: “aquella realizada por las/los funcionarias/os, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución pública, que tenga como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las políticas públicas y ejerzan los derechos previstos en esta ley. Quedan comprendidas, además, las que se ejercen en los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, deportivas y de la sociedad civil” (Artículo 6, b). Ya en 1996, el Estado argentino ratificó la Convención de Belém do Pará, en la que los estados acordaron “abstenerse de cualquier acción o práctica de violencia contra la mujer y velar por que las autoridades, sus funcionarios, personal y agentes e instituciones se comporten de conformidad con esta obligación” (Artículo 7, a).
En esta misma línea, en 2010, el Comité de la CEDAW instó a velar por que jueces, abogados, fiscales y defensores públicos conocieran los derechos de las mujeres y las obligaciones del Estado para garantizarlos y alentó a que se impartan capacitaciones sobre género a quienes integran el sistema de justicia. Recién ocho años después, en el país se sancionó la ley 27.499, que establece la capacitación obligatoria en temáticas de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñan en la función pública. Esta ley es conocida como Ley Micaela, en homenaje a Micaela García, militante feminista y víctima de femicidio en abril de 2017.
En este contexto de avances en términos legislativos y en la asunción de compromisos por parte del Estado, ¿qué implica pensar a la violencia de género ejercida por funcionarios públicos como violenta institucional? La investigadora María Pita[i] propone pensar a la violencia institucional como categoría política local, construida progresivamente como resultado de la articulación entre la reflexión y la acción de la militancia del campo de los derechos humanos. Aunque su sentido más restringido remite a la violencia policial y penitenciaria, se ha convertido en una herramienta para la lucha política de uso cada vez más amplio y extendido por diversos colectivos de víctimas y de demanda de justicia con foco en denunciar la recurrencia y la sistematicidad de la implicación de agentes estatales en el ejercicio de las violencias. Implicación que se traduce en hechos de violencia concretos, pero también en formas rutinarias y sedimentadas de construcción de poder e impunidad. Al denunciar la violencia de género ejercida por funcionarios como violenta institucional apuntamos a evidenciar el encubrimiento corporativo y la persistencia sistemática de estereotipos, prejuicios y patrones discriminatorios por género en las prácticas estatales y judiciales. Implica también seguir insistiendo en que la violencia de género es un asunto de derechos humanos.
Poder policial y violencia de género
El 5 de junio, Daiana Abregú, de 26 años, apareció muerta en la celda de una comisaría de Laprida, provincia de Buenos Aires, tras ser demorada por una contravención. Desde el inicio, la policía sostuvo que Daiana se suicidó, pero nada cierra en esa hipótesis. La última autopsia evidencia asfixia por sofocación y lesiones de autodefensa. Lo que sí quedó expuesto es la trama de encubrimientos y complicidad entre la fuerza de seguridad y las áreas de justicia.
El Observatorio Lucía Pérez tiene registradas 41 denuncias a altos mandos de las fuerzas de seguridad. Los femicidios policiales[ii], como el de Daiana, son la expresión más extrema de la vulneración de derechos de las mujeres dentro del universo de la violencia institucional. Como en muchos otros casos de uso ilegal de la fuerza policial, existen prácticas de encubrimiento que suelen consistir en falsear el relato de lo sucedido y manipular la escena para que coincida con su versión. En este sentido, la violencia de género ejercida por integrantes de las fuerzas de seguridad no puede pensarse como agresiones individuales y particulares, sino como parte de una institución con históricas prácticas de violencia encubierta y de reproducción de formas machistas de construcción de poder.
En muchos casos, las mujeres víctimas de la violencia de género ejercida por agentes policiales son también integrantes de las fuerzas de seguridad. A partir de una investigación con la Red Nacional de Mujeres Policías con Perspectiva de Género, Mariana Sirimarco[iii] señala que la regla en las fuerzas policiales es que los hombres denunciados son encubiertos, mientras que las mujeres denunciantes, son castigadas. Sirimarco afirma que la violencia de género -en particular, la violencia policial contra mujeres policías- es parte constitutiva del ejercicio del poder policial, porque éste se asienta en sentidos sobre lo territorial, lo violento y lo masculino avasallante. Ambas estructuras de poder, la policial y la masculina-patriarcal, se sostienen en lo mismo: en el ejercicio de dominio y pertenencia del otro-bajo-mando. De esta forma, la violencia de género ejercida por policías pone en evidencia rasgos comunes a todos los funcionarios denunciados: una forma de construir y ejercer el poder (político) fundada en la masculinidad violenta, autoritaria y avasallante.
Por Florencia Paz Landeira. Doctora en Antropología Social. Becaria posdoctoral del LICH-CONICET. Integrante del Programa de Estudios Sociales en Género, Infancia y Juventud (UNSAM).
[i] Pita, M. (2017). Pensar la Violencia Institucional: vox populi y categoría política local. Espacios de crítica y producción, 53(9), 33-42.
[ii] https://violenciapolicial.org.ar/violencia-policial/#!#femicidios
[iii] Sirimarco, M. (2021). Sexo, violencia y desigualdad. Mujeres en la policía. Delito y Sociedad, 30(51),
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Lucía Pérez: la lucha para que al femicida Matías Farías no le bajen la condena

(por Evangelina Bucari desde Mar del Plata, para lavaca)
Casi una década después del crimen que conmocionó a la Argentina y dio origen al primer Paro Nacional de Mujeres, el caso de Lucía Pérez enfrenta un nuevo capítulo judicial y otra instancia de revictimización para su familia, que ya atravesó todo tipo de maltratos en la búsqueda de justicia por el narcofemicidio de su hija de tan solo 16 años. (Foto de portada, Marta Montero y Guillermo Pérez, padres de Lucía, junto al abogado Juan Pablo Gallego)
En los tribunales de la calle Almirante Brown, en Mar del Plata, se lleva adelante una audiencia de cesura, un proceso de dos jornadas para determinar una nueva pena para Matías Farías, condenado por femicidio pero beneficiado el año pasado por un polémico cambio de carátula que hora le permitirá recibir una sentencia significativamente más baja que la prisión perpetua que cumplía.
Tras un primer día (el miércoles 29 de abril) marcado por las declaraciones testimoniales que buscaron trazar el perfil del condenado y el impacto del crimen, la segunda jornada estará centrada en los alegatos finales de las partes.
El eje de la controversia radica en un fallo de 2025 de María Florencia Budiño y Víctor Violini, integrantes del Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires, quienes resolvieron que el asesinato de Lucía no constituyó un femicidio, sino un “abuso sexual agravado”.
Esta reconfiguración del delito tiene consecuencias directas en la condena: mientras que el femicidio conlleva prisión perpetua, la nueva carátula reduce el rango de la pena a un espectro de entre 8 y 20 años de prisión.
La querella, encabezada por el abogado Juan Pablo Gallego, adelantó que tanto la fiscalía como ellos pedirán la pena máxima posible. Sin embargo, aclaró que también plantearán una vía alternativa: “De manera subsidiaria, vamos a sostener la figura de femicidio, porque entendemos que la orden de Casación ha quedado abstracta”.
Sobre lo ocurrido en la primera jornada, el abogado destacó que “solo declararon los padres de Lucía”, y que Marta Montero, la madre, “tuvo una posición muy categórica, responsabilizando al Estado por el daño que viene padeciendo la familia”.
Gallego también cuestionó con dureza a la defensa: “Presentaron dos testigos falsos que terminaron en un papelón, en un contexto de muchísimo agravio hacia la víctima”. Pese a ese escenario, aseguró que la querella se retiró conforme con el desarrollo de la audiencia y con expectativas de cara a los alegatos finales.
En medio de esta tensión, la causa sumó otro giro relevante. Juan Pablo Offidani, condenado como partícipe secundario, vio revocada su libertad condicional hace apenas unos días. La Cámara de Apelación y Garantías hizo lugar al recurso del fiscal y la familia, y determinó que no se cumplían las condiciones para su excarcelación.
Offidani, quien inicialmente había sido beneficiado con la libertad tras pasar nueve años detenido, ahora deberá someterse a un régimen de semilibertad estrictamente supervisado, con salidas diurnas limitadas y la prohibición absoluta de acercarse a menos de 200 metros de la familia Pérez Montero.

En la puerta del juzgado, familiares y manifestantes con el abogado Juan Pablo Gallego, que explica:“Estamos ante un caso en el que, por motivos que se desconocen o por relaciones de poder, se busca beneficiar a una persona claramente identificada como autor de un crimen que el Código Penal define como femicidio”.
Ni un paso atrás
La defensa de la familia Pérez Montero advirtió que si el tribunal local no convalida la gravedad del crimen y el perfil peligroso del condenado, recurrirán a la Corte Suprema o incluso a instancias de justicia internacional.
En cuanto a los fundamentos del fallo que modificó la calificación del caso, Gallego fue contundente: “En casi todos los párrafos, la propia Casación reconoce que se trata de un delito en un contexto de violencia de género, por lo que no se entiende el motivo de haber descartado el femicidio”.
En esa línea, vinculó la decisión con una coyuntura política específica: “En ese momento –señaló– se hablaba de eliminar la figura del Código Penal, cosa que finalmente no ocurrió”. De todos modos, se mostró confiado en que esa interpretación pueda revertirse.
Fue enfático en afirmar que desde la familia “no vienen a inventar una verdad”, sino a mostrar que los hechos probados encajan perfectamente en la figura que intentó “borrar” la Cámara de Casación. “En la audiencia de cesura volvió a quedar acreditado, como en todas las resoluciones y los juicios, que inequívocamente existió femicidio”, remarcó el abogado. Por eso, consideró que “estamos ante un caso en el que, por motivos que se desconocen o por relaciones de poder, se busca beneficiar a una persona claramente identificada como autor de un crimen que el Código Penal define como femicidio”.
Marta, que desde el día uno no dejó de luchar por su hija y “por todas las Lucías”, tiene una pregunta muy sencilla para hacerle a la justicia: “Si lo que le hicieron a Lucía no es femicidio, ¿entonces qué es?”.
Cronología de 10 años de impunidad y lucha
2016: Lucía es drogada, violada y asesinada el 8 de octubre. Las pericias forenses confirmaron que la última penetración anal infligida a Lucía ocurrió mientras ella agonizaba. Tenía rastros de drogas en su sangre.
2018: un primer juicio «misógino» absuelve a Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel, los tres implicados en la violación y el femicidio de Lucía, condenándolos solo por venta de drogas.
2020: Casación anula ese juicio por contener «intolerables prejuicios de género».
2023: en un segundo juicio, Farías es condenado a perpetua por femicidio. Y Juan Pablo Offidani recibió la pena de 15 años de prisión por resultar partícipe secundario del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el suministro de estupefacientes, y Alejandro Maciel, no recibió condena porque había fallecido en 2020.
2025: Un nuevo fallo de Casación “borra” el femicidio, e impone una audiencia de cesura para revisar la condena de Farías.
29 y 30 de abril de 2026: se desarrolla la audiencia de cesura.
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Cecilia Basaldúa: su cuerpo, en una fosa común

Por Bernardina Rosini para lavaca.org
Desde Córdoba
Bajo la lluvia, debajo de un árbol, rodeados de las personas que los acompañan desde el femicidio de Cecilia Basaldúa, hace 6 años, sus padres hicieron una conferencia de prensa que no tendría que haber sido necesaria. Susana Reyes y Daniel Basaldúa debieran estar viviendo esta jornada de otro modo. Debieran poder decirle a su hija que la extrañan pero que lograron hacer justicia, que descanse en paz. En cambio, están parados en el cementerio de San Vicente de Córdoba Capital, en una ciudad que no es la de ellos, sin saber con certeza si el cuerpo que está allí es el de Cecilia.
Este sábado se cumplen seis años desde que apareciera el cuerpo de Cecilia Basaldúa en un codo de río de Capilla del Monte. Tenía signos de abuso sexual y estrangulamiento. Llevaba veinte días desaparecida. Era la peor noticia que podían recibir sus padres. Hoy reciben otra: Cecilia está enterrada en una fosa común, junto a desconocidos (según el reporte que les entregaron se tratan de “Silvia Becerra” y “Eduardo Arce”) en este cementerio. Nadie les avisó. No fueron notificados. No estuvieron presentes. No dieron su autorización.

«A nosotros nos mataron a nuestra hija y queremos justicia», dice Daniel. «Debe haber responsables, debe haber firmas, nombres de quienes han autorizado esto. Se tiene que encargar la misma justicia de dar con el o los asesinos pero también de los responsables de estos traslados del cuerpo. Ya sé cuál es su argumento: que nosotros sabíamos, y lo digo de nuevo acá: nosotros no sabíamos nada».
Susana apunta a los próximos pasos: «Queremos un ADN. Nosotros no tenemos la certeza de que allí está enterrada Cecilia. Es una incógnita».
Un cuerpo desaparecido
La abogada querellante Gisela Videla explicó lo que esa incógnita significa en términos jurídicos y humanos: «Desde una perspectiva de derechos humanos, el cuerpo de Cecilia, hasta que no se sepa efectivamente dónde está, es un cuerpo que está desaparecido. Si hoy nos dicen que en la morgue ya no está y estaría supuestamente acá, pero con una cadena de custodia rota, no sabemos efectivamente: el cuerpo de Cecilia está desaparecido hasta que se haga este ADN». Y agregó: «Desde el punto de vista humano, es una crueldad manifiesta y sistemática que se viene dando para con estos padres. Sigue siendo un ninguneo y un manoseo de una situación tan dolorosa como es la de perder a una hija y a seis años que no haya ni una persona imputada en relación al hecho en sí».
Para entender cómo se llegó hasta acá hay que volver a noviembre de 2021. Antes de que comenzara el juicio que finalizaría absolviendo a Lucas Bustos, la querella presentó por escrito su oposición explícita a que el cuerpo fuera retirado de la morgue judicial. La familia quería avanzar con pericias más exhaustivas. El escrito quedó en el expediente. El cuerpo fue enterrado igual.
La familia no supo nada de esto hasta octubre de 2024, en una reunión con la actual fiscal de la causa, Sabrina Ardiles –la cuarta en hacerse cargo de una investigación que pasó también por Paula Kelm, el fiscal de Cámara Sergio Cuello, Barrera y Nelson Lingua–. Ardiles les mostró un papel, un comunicado. El cuerpo de Cecilia no estaba en la morgue judicial como ellos suponían desde hacía cinco años.
Cuando la fiscal habló públicamente sostuvo que la familia había sido notificada. La abogada querellante Daniela Pavón lo desmintió: el oficio estaba en la causa desde noviembre de 2021, pero la querella no tuvo acceso al expediente de Bustos desde su elevación a juicio. No existieron las varias notificaciones que mencionó Ardiles. El cuerpo de Cecilia Basaldúa fue inhumado sin autorización, sin consentimiento, y en condiciones que los propios trabajadores del cementerio calificaron hoy como «extrañas».

¿Quién mató a Cecilia?
Cecilia no murió una sola vez. La mató uno o varios femicidas que todavía caminan libres. La mató una fiscal que apuró el cierre de la investigación, mantuvo en prisión dos años a un joven inocente y puso la firma para que se desarrollara lo que terminó siendo un simulacro de proceso judicial. La mató un sistema que apostó durante años a fiscales que demoraron, desgastaron y clausuraron posibilidades reales de avance en la causa. La mató la burocracia que perdió el oficio, o lo ocultó, o simplemente decidió que no importaba notificar a sus padres que el cuerpo de Cecilia sería retirado de la morgue y enterrado. Cada institución que intervino en esta causa dejó su marca sobre ella. Una cadena de violencias. Una cadena de femicidas.
Además de los cuatros fiscales, el cuadro de estos seis años es éste:
- Cuatro policías presos por violencia de género, entre ellos quienes dirigieron la búsqueda y la investigación original.
- Un imputado absuelto porque las pruebas no existían.
- Un sospechoso principal -Mario Mainardi, la última persona que alojó a Cecilia en Capilla del Monte- que vendió sus pertenencias, borró mensajes, pintó la casa donde ella se hospedaba (donde se registraron once muestras positivas de luminol) y se mudó a Rosario: libre, sin imputación, sin investigación que lo alcance.
- Y un cuerpo enterrado sin autorización, en una ciudad que no es la de su familia, en una fosa que no eligieron.
La Ley de Víctimas 27.372 existe para que nada de esto ocurra: garantiza el derecho a ser asesorado, a acceder a la justicia, a recibir protección y a ser escuchado durante todo el proceso penal. El Estado cordobés la violó en cada uno de esos puntos tal vez porque se entrena para lo contrario.
Al cerrar la jornada en el cementerio, Daniel y Susana repitieron el profundo agradecimiento a quienes siempre los acompañan, “la familia Basaldúa ahora es grande, y yo sé que Cecilia nos está dando fuerza, está por ahí dándonos fuerza”. Gran número de las mujeres presentes vinieron desde Capilla del Monte, traen su rostro y gritan “Cecilia Gisela Basaldúa, ¡Presente! ¡Ahora y Siempre!”
Este sábado la actividad continuaba en Capilla del Monte donde la Mesa de Trabajo «Justicia por Cecilia» convocó una movilización “por Memoria, por Verdad y Justicia, y para que los culpables de su femicidio sean condenados”.
La semana que viene, sus abogadas harán una presentación judicial para determinar responsabilidades en torno a las órdenes que se dieron para sepultar sus restos sin consultar a la familia.

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Adiós a Claudia Rodríguez: la Trans andina que propuso politizar el amor

Referente del movimiento trans latinoamericano, activista, poeta, escritora y tanto más, escribió sobre su infancia, la militancia trans, la vida sexual y se autoproclamó Miss Sida en 2007. Claudia Falleció este 29 de Noviembre. Su pelea incluyó al pueblo mapuche, la educación pública, los sin techo, y planteó siempre una filosa crítica al neoliberalismo, que quita posibilidades de vida y las transforma solo en posibilidad de consumo. En uno de sus viajes a la Argentina compartió con la revista MU sus ideas sobre el orgasmo, el feminismo sin resentimiento, la creación, y por qué hay que politizar el amor. Un modo de homenajearla, de recordarla, y a la vez de volver a estar en contacto con un pensamiento y una acción que dejan una sensible huella cultural, artística y política.
Por María del Carmen Varela
Foto: Lina Etchesuri

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