Nota
A libertad de expresión vs. la imagen de los funcionarios: primer condenado post morten
Varios portales periodísticos de la ciudad de Ushuaia reemplazaron este lunes todas las imágenes que acompañaban las noticias del día por una sola: “libertad de expresión”. Aludían así al fallo con el que el Tribunal Superior de la provincia condenó a pagar 50 mil pesos a los herederos del ex senador José Martínez, el primer condenado post morten, ya que falleció el 7 de julio de 2011 pasado en un accidente automovilístico. Martínez, hace 10 años, denunció al fiscal provincial Virgilio Martínez Sucre. En el marco de un pedido de juicio político, señaló a Sucre como “cómplice” de “los grandes intereses corporativos, políticos y económicos que vaciaron la provincia”. Por entonces, la Legislatura rechazó el pedido de juicio político, y Martínez de Sucre inició una causa por “daños y perjuicio” ante la Justicia Civil que podría haber desestimado cuando Martínez murió, pero decidió continuar. Ahora, su viuda y sus 4 hijos fueron condenados a pagar 50 mil pesos, de acuerdo a una sentencia que rompe un récord en cuanto a los límites de la libertad de expresión.
El fallo deja así un antecedente peligroso: establece una nueva frontera entre las críticas y los funcionarios públicos. Tal como lo interpretó en su dictamen el jefe de los fiscales Oscar Fappiano “Ninguno de los calificativos (con los que el fallecido se refirió a Martínez de Sucre) se refiere a la vida privada del actor sino a su actuación como Fiscal de Estado. Todas las expresiones se refieren a asunto de evidente interés público. Esta circunstancia debió ser tomada en cuenta a la hora de estimar el daño”. También señaló que las personalidades públicas “tienen un mayor acceso a los medios periodísticos para replicar falsas imputaciones”. Sin embargo, en su instancia de apelación, el Tribunal Superior desestimó estos argumentos y confirmó la condena, en un fallo escueto.
El único integrante del Tribunal que fundamentó su voto fue el juez Gonzalo Sagastume, quien alega que Martínez abusó de su derecho de libertad de expresión y afectó el honor del fiscal. Luego define que el funcionario “es ante todo una persona” y defiende su derecho a mantener su “imagen” social. Esta sería la nueva frontera de la impunidad: el supuesto daño que las críticas públicas pueden ejercer sobre “la imagen social” de un funcionario es un bien jurídico que este fallo protege, por encima del derecho humano a la libertad de expresión.
Ahora, los herederos de Martínez podrían acudir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación con un recurso extraordinario federal (o un recurso de queja), pero mientras tanto el fiscal de Estado estaría habilitado para iniciar la ejecución de la sentencia, y por lo tanto, exigir el pago del monto indemnizatorio fijado por la justicia.
Un antecedente peligroso
El pedido de juicio político al fiscal Martínez de Sucre data de 10 años atrás, pero sus repercusiones son toda una novedad. En febrero de este año, la jueza civil de Ushuaia , Adriana Rapossi, condenó a la asociación Participación Ciudadana al pago de una indemnización de 10 mil pesos por haber criticado al mismo fiscal, a través de los medios de comunicación. Fue hace 10 años y en el mismo marco del pedido de juicio político que contextualiza las expresiones tanto de esta oenegé como del ahora condenado post morten.
“La jueza Rapossi ha trazado una línea divisoria estableciendo cuál es el límite de la crítica pública en Tierra del Fuego. A partir de ahora, como mínimo, periodistas, dirigentes sociales, sindicales y opositores quedan abarcados con la restricción que la jueza acaba de imponer”, interpretó el titular de esa oenegé, Guillermo Worman, al conocerse la condena.
Nota
Mía: Cuando el arte abraza

Mía es una obra de teatro que podríamos encuadrar dentro del biodrama o autoficción. Y es mucho más: es grito, es abrazo y, también es un espejo. La actriz y médica psquiatra Mercedes Bertuzzi expone en escena su propia historia: una situación de violencia machista que sufrió por parte de una ex pareja. Este sábado 18 de marzo y en el marco del 8M, esta obra testimonial se presenta en MU Trinchera Boutique a las 21 hs, entradas a la gorra.
“Los primeros años, luego de salir, fueron de mucha confusión, angustia y mucha bronca. Escribir me permitía depositar esas emociones en el texto. El primer objetivo fue descargar. Siempre estuvo el deseo de poder denunciar a través de ese texto que iba escribiendo, pero no estaba segura de si iba a encontrarle la forma. En el proceso empecé a entrenar con Marina Otero, ella hace autoficción, y ahí algo se destrabó, la vi, vi la obra”, cuenta Mercedes. Al terminar de escribir el texto, tomó conciencia de que no era exclusivamente autorreferencial sino que involucraba la historia de muchas otras. Así tomó coraje para llevarla a la escena. “En cada función se me acercan decenas de mujeres emocionadas a abrazarme diciéndome ‘somos muchas’. Todas pasaron por una situación de violencia o acompañaron a otra mujer que la pasó. Siempre termino la función con ganas de gritar cada vez más fuerte el texto de esta obra. Siento que estoy entregando mi historia al colectivo y eso hace que ya no me pese, ya no lucho contra ella. Cada mujer que se identifica con la historia se la apropia un poquito y le va dando más cuerpo al personaje de Mía”.
Con sus herramientas artísticas, Mercedes logró una obra poética, sin golpes bajos, con ironía y momentos muy divertidos.
En una escena, dos niñas juegan a ser actrices, prueban vestuario y declaman en nombre del amor. Las palabras son extraídas de las típicas canciones románticas de cantantes famosos, las que hemos aprendido y cantado a lo largo de los años. “Para quienes fueron víctimas, no es fácil hablar. La violencia nos deja mudas, vacías, solas, no hay palabras que alcancen para explicar. El arte nos habilita un lenguaje a través del cual poder decir lo indecible, nos devuelve la voz, en la forma que cada una elija expresarse. Y para quienes son público, adentrarse a la temática desde una propuesta artística creo que les permite hacerlo sin tantas resistencias. Te permite escuchar con otra disponibilidad. El relato atravesado por la dramaturgia, la música, los cuerpos. Mantiene su fuerza y su crudeza, pero es amortiguado de ternura, poesía, risa. Y eso permite que hablemos de violencia con personas que quizás no se acercarían de otras formas”.

Cada vez que Mía fue presentada en distintos teatros —Mercedes quiere que la obra circule y abra a la reflexión— los comentarios de personas del publico se multiplican: “Presencié ese mismo diálogo”, “sentí exactamente eso”, “estuve en pareja con un tipo igual”. No solo es reparador para ella sino para muchas. “Romper el silencio es imprescindible. Me sigue sorprendiendo la cantidad de mujeres que se acercan después de la función a abrazarme emocionadas por haber ‘contado su historia’, estuvieron ahí mismo o acompañaron a otra. De todas las edades, todas las clases sociales. Es escalofriante, es triste. Pero es también esperanzador encontrarnos. Ya no nos estamos quedando calladas, estamos denunciando y estamos convencidas de cambiar esa realidad. El haber sido víctima de violencia ya no queda solo como una herida que duele y mejor callar y olvidar. Hoy somos víctimas enojadas, creativas y sobre todo, en red. Compartir Mía me abrió los ojos a eso… Es mi historia, es la de muchas otras y, por suerte, es parte de la historia que estamos modificando”.
MU Trinchera Boutique, Riobamba 143
Sábado 18 de marzo a las 21 hs
Actúan: Mercedes Bertuzzi, Juliana Gotta, Gonzalo Pungitore, María Tibi
Entradas “a la olla”.
Podés reservar en este link:
Nota
Punitivismo y feminismo en el caso de Lucía Pérez: una mirada sobre esa falsa dicotomía

La abogada trans Cristina Montserrat Hendrickse analiza por qué es falsa la dicotomía que pretenden instalar sectores que siempre trabajan para categorizar las divisiones del movimiento feminista. Así crean grietas sociales que les permiten alentar congresos, investigaciones y polémicas de las cuales viven.
Por Cristina Montserrat Hendrickse
Una corriente muy minoritaria de los feminismos entiende que reclamar la sanción penal del femicidio es una actitud punitivista.
Llegan a tal conclusión partiendo del concepto de que el castigo refuerza la violencia.
Evidentemente la idea de la que se parte es correcta, pero el error de la conclusión reside en asociar pena a castigo. En no distinguir la finalidad de la pena que impone nuestro Derecho de la triste realidad de castigo que significa la ejecución efectiva de las penas privativas de libertad.
Los feminismos en nuestro país se encuentran justificados jurídicamente en la Convención Contra Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) incorporada a nuestra Constitución en 1994; la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra La Mujer (Convención de Belem do Pará) que es un tratado internacional de jerarquía superior a las leyes; y las leyes nacionales y provinciales que reglamentan a estos tratados.
Nótese que la convención de Belem do Pará obliga a los Estados a “sancionar” la violencia de género, además de prevenirla y erradicarla. El marco jurídico “sancionatorio” por excelencia es el Derecho Penal.
De allí que en nuestro sistema de derecho pretender eludir o abolir la punición de la violencia de género resulta jurídicamente anticonvencional, y por tanto anticonstitucional.
No por ello se deja de valorar el aporte del antipunitivismo feminista en cuanto sostiene que el castigo refuerza la violencia. Pero el problema del antipunitivismo reside en cuestionar al sistema (de origen convencional interamericano) de sanción de la violencia de género, y no al sistema de castigo que en los hechos (y apartándose del Derecho) sucede con la aplicación de la pena.
En efecto, la finalidad esencial de las penas privativas de la libertad es la reforma y la readaptación social de los condenados (art. 5.6. de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, también incorporada a nuestra Constitución en 1994), sin olvidar el mandato de que “…Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas…” (artículo 18 de la Constitución Nacional). De ambas reglas de jerarquía superior surge que la finalidad jurídica de las penas no es el castigo, como erradamente lo entiende cierta expresión del feminismo antipunitivista, sino la resocialización.
De allí que se impone una diferenciación entre “antipunitivismo” y “abolicionismo” que permita distinguir: si se pretende que la pena no se constituya en castigo sino como resocialización (antipunitivismo); o si se pretende abolir todo tipo de pena (abolicionismo penal).
La primera debería hacer foco en una reforma penitenciaria feminista, que lejos de reforzar el patriarcado lo deconstruya, no aboliendo las penas, sino modificando su ejecución a la finalidad que el impone el Derecho.
La segunda implicaría la abolición de todas las prisiones; y además, el desafío de construir respuestas ante los crímenes o lo que cada sociedad considera crímenes.
Evidentemente el castigo refuerza la violencia. Por lo que el mismo debe ser eliminado del sistema de ejecución penal, pero no el sistema de sanción; salvo que se sostenga el abolicionismo, teoría también respetable, pero que resulta anticonstitucional en nuestro sistema de Derecho, al menos en materia de violencia de género ya que la República Argentina se obligó ante la comunidad interamericana a sancionarla.
Toda decisión que se aparte de ese compromiso violentaría el sistema jurídico argentino y comprometería a nuestra Nación frente a la Comunidad Interamericana exponiéndonos a ser destinatarios de reclamos, cuando no de sentencias condenatorias, ante el sistema interamericano de Derechos Humanos.
En resumen: debatamos sobre las cárceles, no sobre las penas.
Cristina Montserrat Hendrickse
Nota
Pergamino: sentencia contra los agrotóxicos y triunfo de la comunidad frente a un intendente

La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la distancia de 1.095 metros dentro de las cuales están prohibidas las fumigaciones terrestres con agrotóxicos, y de 3.000 metros para las aéreas. De ese modo denegó el recurso de amparo presentado por el intendente pro agronegocio de Pergamino, Javier Martínez. La denuncia original había sido presentada por Sabrina Ortiz (en la foto principal), vecina de Pergamino, que en su reclamo contra el envenenamiento cotidiano que sufrían ella, su familia y sus vecinos, y sin encontrar quien la defendiera legalmente, terminó recibiéndose de abogada para encarar sus propias causas. La sentencia de primera instancia había sido dictada por el juez del juzgado penal 2 de San Nicolás Carlos Villafuerte Ruzo.
Frente a la ratificación de la Corte dijo a Sabrina Ortiz a lavaca, entre otras cosas:
- “Se me vinieron a la mente un montón de recuerdos de personas que la pasaron muy mal, personas que ya no están incluso, que fueron víctimas de este modelo y que perdieron la vida por esta causa”.
- “Celebro por duplicado porque cada batalla que damos tenemos oponentes muy fuertes, corporaciones, intereses políticos, corrupción, sectores del agronegocio. Entonces, en parte estoy feliz porque aunque sabemos que la solución sería que sea agrotóxicos cero para todo el mundo, no sólo para esta región, podemos decir que es un pasito más que estamos dando hacia el buen vivir”.
Publicamos además la nota completa realizada en la revista MU.
Por Francisco Pandolfi

Un fallo de la Corte Suprema de Justicia ratificó la distancia de 1.095 metros de prohibición de fumigaciones terrestres y de 3.000 metros para las fumigaciones aéreas, denegando el recurso de amparo que había presentado nada menos que el intendente de Pergamino, Javier Martínez, pretendiendo fumigar en todas partes, pese a las denuncias sobre los efectos de los agrotóxicos en la comunidad, el suelo, el aire y el agua.
El fallo en primera instancia, apelado por Martínez, había sido del Juez Carlos Villafuerte Ruzo, titular del Juzgado Penal Número 2 de San Nicolás, en septiembre de 2019, como medida protectoria paliativa urgente frente a las masivas fumigaciones.

Quien realizó la denuncia original ante la justicia federal fue la activista ambiental y abogada Sabrina Ortiz, también víctima de los agrotóxicos. Ante este fallo de la Corte Suprema de la Nación, explica a lavaca: “Esperábamos la resolución desde hace bastante tiempo, con muchas expectativas, pese que los últimos fallos que ha tenido la Corte en materia ambiental no han sido para nada alentadores. Sin embargo, para nosotros era casi seguro que iba a fallar a favor. Se me vinieron un montón de situaciones a la cabeza, sobre todo por cómo comenzó esta causa, por la salud de mis hijos, por las afectaciones que tuvieron, con las afectaciones que tuve en mi cuerpo; se me vinieron a la mente un montón de recuerdos de personas que la pasaron muy mal, personas que ya no están incluso, que fueron víctimas de este modelo y que perdieron la vida por esta causa. Fueron recuerdos muy tristes, muy angustiantes, dolorosos, del vivir cotidiano, de hecho todavía están en controles mis hijos y hay un montón de gente que la sigue sufriendo”.

Relata también con asombro: “Me da mucho dolor, que sea el propio municipio el que intenta ir en contra de la salud de las personas. Me da mucha impotencia que el intendente Javier Martínez sea quien quiere que nos fumiguen en la cabeza. Al mismo tiempo, celebro por duplicado porque cada batalla que damos tenemos oponentes muy fuertes, corporaciones, intereses políticos, corrupción, sectores del agronegocio. Entonces, en parte estoy feliz porque aunque sabemos que la solución sería que sea agrotóxicos cero para todo el mundo, no sólo para esta región, podemos decir que es un pasito más que estamos dando hacia el buen vivir”.
Aquí, el viaje, la investigación y la nota completa sobre la situación en Pergamino publicada en la revista MU: La capital del veneno.
https://lavaca.org/mu163/mu-en-pergamino-la-capital-del-veneno/

-
MU180Hace 2 semanas
La aventura del cine: Laura Citarella y Laura Paredes
-
NotaHace 6 días
Pergamino: sentencia contra los agrotóxicos y triunfo de la comunidad frente a un intendente
-
NotaHace 3 semanas
Entrevista al fiscal Leandro Arévalo: “Hay una diferencia inconmensurable con el primer juicio”
-
MU180Hace 2 semanas
La barbarie de la civilización: Lorena Cañuqueo
-
NotaHace 5 días
Punitivismo y feminismo en el caso de Lucía Pérez: una mirada sobre esa falsa dicotomía
-
#NiUnaMásHace 3 semanas
El contexto de la amenaza a Messi en Rosario: narco Estado, violencia, femicidios y extractivismo
-
MU180Hace 2 semanas
El juicio del Nunca Más: Qué se juega en el fallo por el femicidio de Lucía Pérez
-
NotaHace 4 días
Mía: Cuando el arte abraza