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Sin orden judicial y a los tiros: así entró la Gendarmería a territorio mapuche cuando desapareció Santiago

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Desde Esquel, Lavaca pudo acceder a la causa penal por la desaparición forzada de Santiago Maldonado en la que se consigna un listado con parte de los efectivos de Gendarmería que participaron de la represión el 1 de agosto. El expediente, además, narra la secuencia de hechos desde que los mapuches cortan la ruta, hasta que los gendarmes deciden entrar sin orden del juez a los territorios de la comunidad. Justo antes del desastre, el racconto de hechos se detiene. Luego, los gendarmes se pasan culpas.
Las causas que investigan la desaparición Maldonado se cruzan en un expediente que lleva adelante el Ministerio Público Fiscal en el que la Gendarmería narra la secuencia de hechos hasta el momento en que entró a territorio mapuche. Según informes que requiere el Ministerio Público Fiscal a Gendarmería, esta fuerza ingresó al Pu Lof a las 11:15, hasta que a las 16:30 finaliza el informe relatando que “se repliega a su asiento natural”. En el medio, Santiago desapareció.

Causas y consecuencia

Las causas que investigan la desaparición Maldonado se dividen en la acumulación de habeas corpus que lleva adelante el Juzgado Federal de Esquel -a cargo del doctor Guido Otranto- y el expediente penal por la desaparición forzada del joven de 28 años que encabeza la fiscal federal Silvina Ávila. Hay una tercera causa que les labraron a tres personas que ingresaron y salieron del Pu Lof en Resistencia del Departamento de Cushamen, previo a la represión del 1 de agosto.
Lavaca tuvo acceso a información del expediente por la investigación penal por la desaparición forzada de Maldonado que lleva adelante la fiscal Ávila. Consigna una serie de informes que el 7 de agosto de este año el Ministerio Público Fiscal requiere a los Escuadrones 35 y 36 de Gendarmería. En ellos se detallan algunos de los nombres del personal asignado el 31 de julio y el 1 de agosto (día que Santiago fue visto por última vez), en distintos horarios.
Lo más relevante que surge de los informes es que la Gendarmería entró a la comunidad sin orden judicial. Ni siquiera – como aseguró la ministra de Seguridad Patricia Bullrich ayer en el Senado- hubo una llamada telefónica que habilitara el procedimiento: el expediente refiere que las 11:15 del 1 de agosto, luego de un enfrentamiento en la ruta con mapuches, los gendarmes “ingresan a través de la tranquera a fin de proceder a la aprehensión de los agresores”.

La lista incompleta

Todo comienza el 31 de julio. En los detalles del expediente que refieren a los hechos de ese día ya comienzan a figurar algunos nombres de los efectivos que participaron. A las 13 horas, se hacen presente entre los km 1848 y 1849 de la Ruta 40 los gendarmes de apellido Gómez, Coronel, González, Coca Alba, Carmen Saldaño y Echazú. A las 17:15 -mismo día- surge que personal a cargo del Comandante Principal Fabían Arturo Méndez, del Escuadrón 35 de El Bolsón, trae el oficio 972/2017 del Juzgado Federal de Esquel. Esa es la orden para despejar la ruta 40 de los cortes. Más tarde, a las 19:20, consigna que “se hacen fotografías y filmaciones por ser zona despoblada sin testigos”.
Luego, el expediente ya pasa a los hechos de la madrugada del 1 de agosto.

La represión

Según las fojas del expediente que lleva la fiscal federal Ávila, la cronología de los hechos fue así:

  • 3:30 de la madrugada: El 1er Alférez Daniel Gómez informa que personal del Escuadrón 35 de El Bolsón -apoyado por personal del Escuadrón 36 de Esquel- aprovecharon que “los manifestantes no se encontraban sobra la ruta 40” y procedieron a desarmar “cuatro barricadas compuestas por palos, árboles cortados, piedras y chatarras distribuidas estratégicamente”.
  • 5:30: Gómez labra un acta (fojas 14) en la que expresa que “ante la ausencia de manifestantes no hubo enfrentamiento con personal uniformado”. Y que una vez “despejada la ruta en cumplimiento a la demanda judicial 972/2017 se informó lo actuado al magistrado interviniente telefónicamente”. El magistrado interviniente es el doctor Otranto. Es la última vez que se consigna una comunicación con el juez.
  • 9:00: Gómez observa un vehículo color gris que ingresa por un camino al margen de la ruta 40 “a la construcción que se encuentra a 400 metros”.
  • 10:30: Personal apostado observa al auto salir “y ordena a un vehículo oficial realizar un seguimiento controlado”. En ese momento detienen a dos mujeres y un hombre que viajaban allí. Fueron liberados pero les labraron la causa 3144/2017: “NN s/ entorpecimiento de servicios públicos”.
  • 11:15: “En cumplimiento del oficio 972/2017 se procedió al despeje del corredor antes mencionado”. Comienza el desalojo a los integrantes de la comunidad que exigían la liberación de Jones Huala. El acta dice que eran “entre 8 y 10 personas obstruyendo la normal circulación”. Dice que estaban “encapuchadas ostentando piedras en sus manos que comienzan a lanzar hacia el personal de Gendarmería”.

El horario coincide con el relato de la comunidad a la Revista Cítrica: los integrantes del Pu Lof describen que entraron a la ruta “a eso de las once de la mañana”; que bajó un contingente “de unos cien gendarmes y empezaron abrir fuego sin hacer asco a nada”; que se replegaron al territorio porque pensaron que sólo querían despejar la ruta pero “siguieron tiroteando para adentro” y “cruzaron el alambrado”. En ese momento en el expediente Gendarmería confirma la versión mapuche: dice que los gendarmes “ingresan a través de la tranquera a fin de proceder a la aprehensión de los agresores”. Fuentes de la investigación dicen a lavaca que esa acta está labrada mano, y que no especifica el momento exacto del ingreso: según testimonios se produjo entre las 12 y las 14.

  • 13:30: los gendarmes informan dos efectivos lastimados con heridas cortantes en el pómulo y el cuero cabelludo. Surgen nuevos nombres: el subalférez Emanuel Echazu, el cabo Aníbal Ernesto Yáñez, la cabo enfermera Rita Arijona. También aparece el nombre del comandante Juan Carlos Escola: el subalférez Echazu firma en el acta (fojas 18/20) diciendo que Escola estaba a cargo del procedimiento por parte del Escuadrón 36 de Esquel.
  • Finaliza el informe a las 16:30: “Se repliegan a su asiento natural”.

Internas
El 4 de agosto (fojas 9/43) surge otro dato: el comandante del Escuadron 36 de Gendarmería, Juan Pablo Badie , dice que «ellos no hicieron actuaciones sino el Escuadrón 35 de El Bolsón», y ellos acompañan.
La aclaración tiene su efecto: el 7 de agosto el Ministerio Público Fiscal requiere a los Escuadrones 35 y 36 estos nombres del responsable personal asignado, horario de inicio y fin de registro de guardia. El comandante del Escuadrón 36 de Esquel, Juan Pablo Badié, contesta el 8 de agosto quiénes fueron los supuestos efectivos que participaron en apoyo al operativo “a cargo” del Escuadrón 35 y da 8 apellidos más: Lozano, Gauna, Ocampo, Sánchez, Ahumada, Leguizamón, Enciso, y Escola, a cargo del operativo.
Sin embargo, sobre la cantidad de gendarmes hay un vacío: más de allá de lo aportado por los Escuadrones a la fiscal federal, los testigos de la comunidad aseguran que fueron muchos más. Un dato llamativo que da lugar a la sospecha: fuentes de la investigación se alarman de la cantidad de gendarmes mujeres señaladas, en relación a la mayoría de hombres de los escuadrones que participaron.

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Mía: Cuando el arte abraza

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Mía es una obra de teatro que podríamos encuadrar dentro del biodrama o autoficción. Y es mucho más: es grito, es abrazo y, también es un espejo. La actriz y médica psquiatra Mercedes Bertuzzi expone en escena su propia historia: una situación de violencia machista que sufrió por parte de una ex pareja. Este sábado 18 de marzo y en el marco del 8M, esta obra testimonial se presenta en MU Trinchera Boutique a las 21 hs, entradas a la gorra.

“Los primeros años, luego de salir, fueron de mucha confusión, angustia y mucha bronca. Escribir me permitía depositar esas emociones en el texto. El primer objetivo fue descargar. Siempre estuvo el deseo de poder denunciar a través de ese texto que iba escribiendo, pero no estaba segura de si iba a encontrarle la forma. En el proceso empecé a entrenar con Marina Otero, ella hace autoficción, y ahí algo se destrabó, la vi, vi la obra”, cuenta Mercedes. Al terminar de escribir el texto, tomó conciencia de que no era exclusivamente autorreferencial sino que involucraba la historia de muchas otras. Así tomó coraje para llevarla a la escena. “En cada función se me acercan decenas de mujeres emocionadas a abrazarme diciéndome ‘somos muchas’. Todas pasaron por una situación de violencia o acompañaron a otra mujer que la pasó. Siempre termino la función con ganas de gritar cada vez más fuerte el texto de esta obra. Siento que estoy entregando mi historia al colectivo y eso hace que ya no me pese, ya no lucho contra ella. Cada mujer que se identifica con la historia se la apropia un poquito y le va dando más cuerpo al personaje de Mía”.

Con sus herramientas artísticas, Mercedes logró una obra poética, sin golpes bajos, con ironía y momentos muy divertidos.

En una escena, dos niñas juegan a ser actrices, prueban vestuario y declaman en nombre del amor. Las palabras son extraídas de las típicas canciones románticas de cantantes famosos, las que hemos aprendido y cantado a lo largo de los años. “Para quienes fueron víctimas, no es fácil hablar. La violencia nos deja mudas, vacías, solas, no hay palabras que alcancen para explicar. El arte nos habilita un lenguaje a través del cual poder decir lo indecible, nos devuelve la voz, en la forma que cada una elija expresarse. Y para quienes son público, adentrarse a la temática desde una propuesta artística creo que les permite hacerlo sin tantas resistencias. Te permite escuchar con otra disponibilidad. El relato atravesado por la dramaturgia, la música, los cuerpos. Mantiene su fuerza y su crudeza, pero es amortiguado de ternura, poesía, risa. Y eso permite que hablemos de violencia con personas que quizás no se acercarían de otras formas”. 

Cada vez que Mía fue presentada en distintos teatros —Mercedes quiere que la obra circule y abra a la reflexión— los comentarios de personas del publico se multiplican: “Presencié ese mismo diálogo”, “sentí exactamente eso”, “estuve en pareja con un tipo igual”. No solo es reparador para ella sino para muchas. “Romper el silencio es imprescindible. Me sigue sorprendiendo la cantidad de mujeres que se acercan después de la función a abrazarme emocionadas por haber ‘contado su historia’, estuvieron ahí mismo o acompañaron a otra. De todas las edades, todas las clases sociales. Es escalofriante, es triste. Pero es también esperanzador encontrarnos. Ya no nos estamos quedando calladas, estamos denunciando y estamos convencidas de cambiar esa realidad. El haber sido víctima de violencia ya no queda solo como una herida que duele y mejor callar y olvidar. Hoy somos víctimas enojadas, creativas y sobre todo, en red. Compartir Mía me abrió los ojos a eso… Es mi historia, es la de muchas otras y, por suerte, es parte de la historia que estamos modificando”.

MU Trinchera Boutique, Riobamba 143

Sábado 18 de marzo a las 21 hs

Actúan: Mercedes Bertuzzi, Juliana Gotta, Gonzalo Pungitore, María Tibi

Entradas “a la olla”.

Podés reservar en este link:

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Punitivismo y feminismo en el caso de Lucía Pérez: una mirada sobre esa falsa dicotomía

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La abogada trans Cristina Montserrat Hendrickse analiza por qué es falsa la dicotomía que pretenden instalar sectores que siempre trabajan para categorizar las divisiones del movimiento feminista. Así crean grietas sociales que les permiten alentar congresos, investigaciones y polémicas de las cuales viven.

Por Cristina Montserrat Hendrickse

Una corriente muy minoritaria de los feminismos entiende que reclamar la sanción penal del femicidio es una actitud punitivista.

Llegan a tal conclusión partiendo del concepto de que el castigo refuerza la violencia.

Evidentemente la idea de la que se parte es correcta, pero el error de la conclusión reside en asociar pena a castigo. En no distinguir la finalidad de la pena que impone nuestro Derecho de la triste realidad de castigo que significa la ejecución efectiva de las penas privativas de libertad.

Los feminismos en nuestro país se encuentran justificados jurídicamente en la Convención Contra Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) incorporada a nuestra Constitución en 1994; la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra La Mujer (Convención de Belem do Pará) que es un tratado internacional de jerarquía superior a las leyes; y las leyes nacionales y provinciales que reglamentan a estos tratados.

Nótese que la convención de Belem do Pará obliga a los Estados a “sancionar” la violencia de género, además de prevenirla y erradicarla. El marco jurídico “sancionatorio” por excelencia es el Derecho Penal.

De allí que en nuestro sistema de derecho pretender eludir o abolir la punición de la violencia de género resulta jurídicamente anticonvencional, y por tanto anticonstitucional.

No por ello se deja de valorar el aporte del antipunitivismo feminista en cuanto sostiene que el castigo refuerza la violencia. Pero el problema del antipunitivismo reside en cuestionar al sistema (de origen convencional interamericano) de sanción de la violencia de género, y no al sistema de castigo que en los hechos (y apartándose del Derecho) sucede con la aplicación de la pena.

En efecto, la finalidad esencial de las penas privativas de la libertad es la reforma y la readaptación social de los condenados (art. 5.6. de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, también incorporada a nuestra Constitución en 1994), sin olvidar el mandato de que “…Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas…” (artículo 18 de la Constitución Nacional). De ambas reglas de jerarquía superior surge que la finalidad jurídica de las penas no es el castigo, como erradamente lo entiende cierta expresión del feminismo antipunitivista, sino la resocialización.

De allí que se impone una diferenciación entre “antipunitivismo” y “abolicionismo” que permita distinguir: si se pretende que la pena no se constituya en castigo sino como resocialización (antipunitivismo); o si se pretende abolir todo tipo de pena (abolicionismo penal).

La primera debería hacer foco en una reforma penitenciaria feminista, que lejos de reforzar el patriarcado lo deconstruya, no aboliendo las penas, sino modificando su ejecución a la finalidad que el impone el Derecho.

La segunda implicaría la abolición de todas las prisiones; y además, el desafío de construir respuestas ante los crímenes o lo que cada sociedad considera crímenes.

Evidentemente el castigo refuerza la violencia. Por lo que el mismo debe ser eliminado del sistema de ejecución penal, pero no el sistema de sanción; salvo que se sostenga el abolicionismo, teoría también respetable, pero que resulta anticonstitucional en nuestro sistema de Derecho, al menos en materia de violencia de género ya que la República Argentina se obligó ante la comunidad interamericana a sancionarla.

Toda decisión que se aparte de ese compromiso violentaría el sistema jurídico argentino y comprometería a nuestra Nación frente a la Comunidad Interamericana exponiéndonos a ser destinatarios de reclamos, cuando no de sentencias condenatorias, ante el sistema interamericano de Derechos Humanos.

En resumen: debatamos sobre las cárceles, no sobre las penas.

Cristina Montserrat Hendrickse

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Pergamino: sentencia contra los agrotóxicos y triunfo de la comunidad frente a un intendente

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la distancia de 1.095 metros dentro de las cuales están prohibidas las fumigaciones terrestres con agrotóxicos, y de 3.000 metros para las aéreas. De ese modo denegó el recurso de amparo presentado por el intendente pro agronegocio de Pergamino, Javier Martínez. La denuncia original había sido presentada por Sabrina Ortiz (en la foto principal), vecina de Pergamino, que en su reclamo contra el envenenamiento cotidiano que sufrían ella, su familia y sus vecinos, y sin encontrar quien la defendiera legalmente, terminó recibiéndose de abogada para encarar sus propias causas. La sentencia de primera instancia había sido dictada por el juez del juzgado penal 2 de San Nicolás Carlos Villafuerte Ruzo.

Frente a la ratificación de la Corte dijo a Sabrina Ortiz a lavaca, entre otras cosas:

  • “Se me vinieron a la mente un montón de recuerdos de personas que la pasaron muy mal, personas que ya no están incluso, que fueron víctimas de este modelo y que perdieron la vida por esta causa”.
  • “Celebro por duplicado porque cada batalla que damos tenemos oponentes muy fuertes, corporaciones, intereses políticos, corrupción, sectores del agronegocio. Entonces, en parte estoy feliz porque aunque sabemos que la solución sería que sea agrotóxicos cero para todo el mundo, no sólo para esta región, podemos decir que es un pasito más que estamos dando hacia el buen vivir”.

Publicamos además la nota completa realizada en la revista MU.

Por Francisco Pandolfi

Madres fumigadas: Silvana, Erika, Paola, Juana, Natalia. Fotos: Nacho Yuchark.

Un fallo de la Corte Suprema de Justicia ratificó la distancia de 1.095 metros de prohibición de fumigaciones terrestres y de 3.000 metros para las fumigaciones aéreas, denegando el recurso de amparo que había presentado nada menos que el intendente de Pergamino, Javier Martínez, pretendiendo fumigar en todas partes, pese a las denuncias sobre los efectos de los agrotóxicos en la comunidad, el suelo, el aire y el agua.

El fallo en primera instancia, apelado por Martínez, había sido del Juez Carlos Villafuerte Ruzo, titular del Juzgado Penal Número 2 de San Nicolás, en septiembre de 2019, como medida protectoria paliativa urgente frente a las masivas fumigaciones.

Paola, su nieto con sobrepeso, su nieta con déficit de crecimiento, parte de los efectos en la salud de las fumigaciones masivas para cultivos transgénicos. Fotos: Nacho Yuchark.

Quien realizó la denuncia original ante la justicia federal fue la activista ambiental y abogada Sabrina Ortiz, también víctima de los agrotóxicos. Ante este fallo de la Corte Suprema de la Nación, explica a lavaca: “Esperábamos la resolución desde hace bastante tiempo, con muchas expectativas, pese que los últimos fallos que ha tenido la Corte en materia ambiental no han sido para nada alentadores. Sin embargo, para nosotros era casi seguro que iba a fallar a favor. Se me vinieron un montón de situaciones a la cabeza, sobre todo por cómo comenzó esta causa, por la salud de mis hijos, por las afectaciones que tuvieron, con las afectaciones que tuve en mi cuerpo; se me vinieron a la mente un montón de recuerdos de personas que la pasaron muy mal, personas que ya no están incluso, que fueron víctimas de este modelo y que perdieron la vida por esta causa. Fueron recuerdos muy tristes, muy angustiantes, dolorosos, del vivir cotidiano, de hecho todavía están en controles mis hijos y hay un montón de gente que la sigue sufriendo”.

Pedro y Guido, dos de los agricultores que descubrieron que se puede producir de modo sano en las zonas en las que se prohíben los agroquímicos. Fotos Nacho Yuchark

Relata también con asombro: “Me da mucho dolor, que sea el propio municipio el que intenta ir en contra de la salud de las personas. Me da mucha impotencia que el intendente Javier Martínez sea quien quiere que nos fumiguen en la cabeza. Al mismo tiempo, celebro por duplicado porque cada batalla que damos tenemos oponentes muy fuertes, corporaciones, intereses políticos, corrupción, sectores del agronegocio. Entonces, en parte estoy feliz porque aunque sabemos que la solución sería que sea agrotóxicos cero para todo el mundo, no sólo para esta región, podemos decir que es un pasito más que estamos dando hacia el buen vivir”.

Aquí, el viaje, la investigación y la nota completa sobre la situación en Pergamino publicada en la revista MU: La capital del veneno.


https://lavaca.org/mu163/mu-en-pergamino-la-capital-del-veneno/

Salud humana y de la naturaleza: lo que está en juego en Pergamino, como caso testigo de tantos lugares del país.
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LA NUEVA MU. Lo que está en juego

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