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Camino al #AbortoLegal: con 65 firmas, el proyecto pasó las comisiones y mañana se votará en Diputados por primera vez en la historia

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Con 65 firmas, hoy el proyecto de interrupción voluntaria del embarazo obtuvo dictamen de mayoría en las comisiones de Diputados y mañana llegará a la Cámara por primera vez en la historia. Compartimos aquí el proyecto que se votará mañana desde las 11 en una jornada que promete ser larga y ruidosa. Mientras tanto, siguen acumulándose voces, firmas, videos y todo tipo de contenidos que invitan a los diputados y diputadas a hacer historia por los derechos de las mujeres.

Camino al #AbortoLegal: con 65 firmas, el proyecto pasó las comisiones y mañana se votará en Diputados por primera vez en la historia

Foto: Nacho Yuchark


“Les quiero anunciar que el dictamen de mayoría que propone la legalización del aborto ha obtenido 65 firmas y el de rechazo, 57 firmas”. Así selló un momento histórico el diputado Daniel Lipovetzky, encargado de llevar adelante el debate en comisiones que hoy emitió dictamen favorable para que el #AbortoLegal sea tratado mañana en el Congreso.
Luego de 15 sesiones expositivas, 738 oradores, y tres sesiones en donde se construyó un dictamen de consenso, se llegó al proyecto que mañana, por primera vez en la historia Argentina, entra a tratarse a la Cámara de Diputados.
Camino al #AbortoLegal: con 65 firmas, el proyecto pasó las comisiones y mañana se votará en Diputados por primera vez en la historia

Foto: Nacho Yuchark


Se discutirá entonces si el aborto en nuestro país pasa a ser legal o continúa en la clandestinidad, produciendo muerte y enfermedad.
En la sesión de hoy fue la diputada de la UCR Brenda Austin la primera en tomar la palabra: » Este proyecto posible tiene que ver con dar un paso necesario en nuestro país», sintetizó.
Fue el diputado Daniel Filmus, del Frente para la Victoria, que habló luego a favor de la legalización y apuntó: «No cabe ninguna duda de que el movimiento de mujeres va a conseguir tarde o temprano la ley».
A continuación la diputada del Frente Renovador Cecilia Moreau agradeció a la Generación Verde: «Las chicas jóvenes que estos días están por las calles con sus pañuelos colgados en sus mochilas nos dieron un ejemplo de ampliación de cultura democrática».
Camino al #AbortoLegal: con 65 firmas, el proyecto pasó las comisiones y mañana se votará en Diputados por primera vez en la historia

Foto: Nacho Yuchark


Compartimos acá el dictamen completo.
Que sea ley.

PROYECTO DE LEY

INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO

TÍTULO I
Interrupción voluntaria del embarazo.
ARTÍCULO 1°- Objeto. Esta ley tiene por objeto garantizar el derecho de las mujeres o personas gestantes a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo de conformidad con las disposiciones de la misma.
ARTÍCULO 2°- Derechos protegidos. Esta ley garantiza todos los derechos reconocidos en la Constitución Nacional y los tratados de derechos humanos ratificados por la República Argentina, en especial, los derechos a la dignidad, la vida, la autonomía, la salud, la integridad, la diversidad corporal, la intimidad, la igualdad real de oportunidades, la libertad de creencias y pensamiento y la no discriminación. En ejercicio de estos derechos, toda mujer o persona gestante tiene derecho a decidir la interrupción voluntaria de su embarazo de conformidad a lo establecido en la presente ley.
ARTÍCULO 3°- Supuestos. Se garantiza el derecho a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo con el solo requerimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana catorce (14), inclusive, del proceso gestacional.
Fuera del plazo dispuesto, se garantiza el derecho de la mujer o persona gestante a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo en los siguientes casos:

  1. si el embarazo fuera producto de una violación, con el solo requerimiento y la declaración jurada de la mujer o persona gestante ante el/la profesional de la salud interviniente;
  2. si estuviera en riesgo la vida o la salud de la mujer o persona gestante, considerada como derecho humano;
  3. si se diagnosticara la inviabilidad de vida extrauterina del feto.

ARTÍCULO 4º- Consentimiento informado. Previo a la realización de la interrupción voluntaria del embarazo en los casos previstos en la presente ley, se requiere el consentimiento informado de la mujer o persona gestante expresado por escrito, de conformidad con lo previsto en la Ley 26.529 y concordantes y el artículo 59 del Código Civil y Comercial. Ninguna mujer o persona gestante puede ser sustituida en el ejercicio de este derecho.
ARTÍCULO 5°- Personas menores de edad. Si se tratara de una adolescente, niña o persona gestante menor de dieciséis (16) años, la interrupción voluntaria del embarazo se debe realizar con su consentimiento informado en los términos del artículo anterior y conforme lo dispuesto en el artículo 26 del Código Civil y Comercial, en concordancia con la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley 26.061 y el artículo 7° de su decreto reglamentario 415/06. En particular, debe respetarse el interés superior del/a niño/a o adolescente y su derecho a ser oído.
ARTÍCULO 6°- Personas con capacidad restringida. Si se tratara de una mujer o persona gestante con capacidad restringida por sentencia judicial y la misma no impidiere el ejercicio del derecho que otorga la presente ley, ella debe prestar su consentimiento informado sin ningún impedimento ni necesidad de autorización previa alguna.
Si la sentencia de restricción a la capacidad impide el ejercicio del derecho previsto en la presente ley o la persona ha sido declarada incapaz, el consentimiento informado debe ser prestado con la correspondiente asistencia prevista por el sistema de apoyos del artículo 32 del Código Civil y Comercial o con la asistencia del representante legal, según corresponda. En ambos supuestos, ante la falta o ausencia de quien debe prestar el asentimiento, puede hacerlo un allegado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 del Código Civil y Comercial.
ARTÍCULO 7°- Plazo. La mujer o persona gestante tiene derecho a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo en el sistema de salud en un plazo máximo de cinco (5) días corridos desde su requerimiento y en las condiciones que determina la presente ley, la Ley 26.529 y concordantes.
ARTÍCULO 8°- Consejerías. Realizada la solicitud de interrupción voluntaria del embarazo, el establecimiento de salud debe garantizar a aquellas mujeres o personas gestantes que lo requieran:

  1. información adecuada;
  2. atención previa y posterior a la interrupción voluntaria del embarazo de carácter médica, social y psicológica, con el objeto de garantizar un espacio de escucha y contención integral; y,
  3. acompañamiento en el cuidado de la salud e información adecuada y confiable sobre los distintos métodos anticonceptivos disponibles, así como la provisión de los métodos anticonceptivos previstos en el Plan Médico Obligatorio y en el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable establecidos por la Ley 25.673 o la normativa que en el futuro los reemplace.

La atención y acompañamiento previstos en este artículo deben basarse en los principios de autonomía, libertad, intimidad y confidencialidad, desde una perspectiva de derechos que favorezca la autonomía en la toma de decisiones.
Cuando las condiciones del establecimiento de salud no permitiesen garantizar la atención prevista en el inc. b, la responsabilidad de brindar la información corresponde al/la profesional de la salud interviniente.
ARTÍCULO 9°- Responsabilidad de los establecimientos de salud. Las autoridades de cada establecimiento de salud deben garantizar la realización de la interrupción voluntaria del embarazo en los términos establecidos en la presente ley y con los alcances del artículo 40 de la Ley 17.132 y el artículo 21 de la Ley 26.529 y concordantes.
La interrupción voluntaria del embarazo establecida en la presente ley se debe efectivizar sin ninguna autorización judicial previa. No pueden imponerse requisitos de ningún tipo que dificulten el acceso a las prestaciones vinculadas con la interrupción voluntaria del embarazo, debiendo garantizarse a la mujer o persona gestante una atención ágil e inmediata que respete su privacidad durante todo el proceso y garantice la reserva de la información aportada.
En el caso excepcional de ser necesaria la derivación a otro establecimiento, la interrupción voluntaria del embarazo debe realizarse en el plazo establecido en el artículo 7º y las demás disposiciones de la presente ley, siendo responsable de la efectiva realización el establecimiento derivante.
ARTÍCULO 10- Acceso. La interrupción voluntaria del embarazo debe ser realizada o supervisada por un/a profesional de la salud.
El mismo día en el que la mujer o persona gestante solicite la interrupción voluntaria del embarazo, el/la profesional de la salud interviniente debe suministrar información sobre los distintos métodos de interrupción del embarazo, los alcances y consecuencias de la prosecución de la práctica y los riesgos de su postergación.
La información prevista debe ser clara, objetiva, comprensible y acorde a la capacidad de comprensión de la persona. En el caso de las personas con discapacidad, se debe proporcionar en formatos y medios accesibles y adecuados a sus necesidades. En ningún caso puede contener consideraciones personales, religiosas o axiológicas de los/as profesionales de la salud ni de terceros/as.
Se deben establecer mecanismos efectivos para garantizar el cumplimiento del plazo y condiciones establecidas en la presente ley a las mujeres o personas gestantes privadas de su libertad.
Ningún profesional interviniente que haya obrado de acuerdo con las disposiciones de la presente ley está sujeto a responsabilidad civil, penal o administrativa derivada de su cumplimiento, sin perjuicio de los casos de imprudencia, negligencia e impericia en su profesión o arte de curar o inobservancia de los reglamentos y/o apartamiento de la normativa legal aplicable.
ARTÍCULO 11- Objeción de conciencia. El/la profesional de la salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción voluntaria del embarazo tiene la obligación de garantizar el acceso a la práctica y no puede negarse a su realización.  
El/la profesional mencionado/a en el párrafo anterior sólo puede eximirse de esta obligación cuando manifestare su objeción previamente, de manera individual y por escrito, y la comunicare a la máxima autoridad del establecimiento de salud al que pertenece.
La objeción puede ser revocada en iguales términos, y debe mantenerse en todos los ámbitos, públicos o privados, en los que se desempeñe el/la profesional.
El/la profesional no puede objetar la interrupción voluntaria del embarazo en caso de que la mujer o persona gestante requiera atención médica inmediata e impostergable.
Cada establecimiento de salud debe llevar un registro de los profesionales objetores, debiendo informar del mismo a la autoridad de salud de su jurisdicción.
Queda prohibida la objeción de conciencia institucional y/o de ideario.
ARTÍCULO 12- Cobertura. El sector público de la salud, las obras sociales enmarcadas en las Leyes 23.660 y 23.661, el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados creado por Ley 19.032, las entidades y agentes de salud comprendidas en la Ley 26.682 de marco regulatorio de medicina prepaga, las entidades que brinden atención dentro de la reglamentación del Decreto 1993/2011, las obras sociales de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, las obras sociales del Poder Legislativo y Judicial y las comprendidas en la Ley 24.741 de Obras Sociales Universitarias, y todos aquellos agentes y organizaciones que brinden servicios médico-asistenciales a sus afiliadas o beneficiarios independientemente de la figura jurídica que posean, deben incorporar la cobertura integral  de la interrupción voluntaria del embarazo prevista en la presente en todas las formas que la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda. Estas prestaciones quedan incluidas en el Programa Médico Obligatorio (PMO), como así también las prestaciones de diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo.
ARTÍCULO 13- Políticas de salud sexual y reproductiva. Educación sexual integral. El Estado Nacional, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios tienen la responsabilidad de establecer políticas activas para la prevención de embarazos no deseados, y la promoción y el fortalecimiento de la salud sexual y reproductiva de la población. Estas políticas deberán estar enmarcadas en los objetivos y alcances establecidos en las Leyes 25.673, 26.150, 26.485 y 26.061, además de las leyes citadas anteriormente en la presente ley. Deberán además capacitar en perspectiva de género a todos/as los/las profesionales y personal de la salud a fin de brindar una atención, contención y seguimiento adecuados a las mujeres que deseen realizar una interrupción voluntaria del embarazo en los términos de la presente ley.
​El Estado debe asegurar la educación sexual integral, lo que incluye la procreación responsable, a través de los programas creados por las Leyes 25.673 y 26.150. En este último caso, deben incluirse los contenidos respectivos en la currícula de todos los niveles educativos, independientemente de la modalidad, entorno o ámbito de las distintas instituciones educativas, sean éstas de gestión pública o privada, lo que deberá hacerse efectivo en todo el territorio nacional a partir del próximo ciclo lectivo. Se debe prestar especial atención a los pueblos indígenas, respetando su diversidad e identidad cultural.
ARTÍCULO 14- Registro estadístico. Créase un registro de estadísticas, monitoreo y evaluación de la interrupción voluntaria del embarazo, a efectos de generar información actualizada relativa a la implementación de la presente ley.
La autoridad de aplicación, en articulación con las jurisdicciones provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios, debe arbitrar los medios a fin de llevar un registro estadístico en todo el territorio nacional de:

  1. a) las consultas realizadas a los fines de acceder a lo dispuesto por la presente ley;
  2. b) las interrupciones voluntarias del embarazo efectuadas, indicando el plazo y cuál de los supuestos del artículo 3° de la presente ley hubiera sido invocado;
  3. c) la información de los registros de objetores previstos en el art. 11 de la presente ley;
  4. d) todo dato sociodemográfico que se estime pertinente para evaluar en forma anual los efectos de la presente ley, así como los indicadores de seguimiento que pudieren realizarse.

En todos los casos se tomarán los recaudos necesarios para salvaguardar el anonimato y la confidencialidad de los datos recabados.
ARTÍCULO 15- Definiciones. A los efectos de la  presente ley, interrupción voluntaria del embarazo y aborto son considerados términos equivalentes y la salud se entiende conforme a la definición que establece la Organización Mundial de la Salud.
TÍTULO II
Modificación del Código Penal.
ARTÍCULO 16- Sustitúyese el artículo 85 del Código Penal el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 85.- El que causare un aborto será reprimido:
1)         con prisión de tres (3) a diez (10) años si obrare sin consentimiento de la mujer o persona gestante. Esta pena podrá elevarse hasta quince (15) años si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer o persona gestante. Los médicos, cirujanos, parteros, farmacéuticos u otros profesionales de la salud que causaren el aborto o cooperaren a causarlo sin consentimiento de la mujer o persona gestante sufrirán, además, inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena;
2)         con prisión de tres (3) meses a un (1) año si obrare con el consentimiento de la mujer o persona gestante y el aborto se produjere a partir de la semana quince (15) del proceso gestacional, siempre que no mediaren los supuestos previstos en el artículo 86 del presente Código”.
ARTÍCULO 17- Incorpórase como artículo 85 bis del Código Penal el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 85 bis- Será reprimida con prisión de tres (3) meses a un (1) año e inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena la autoridad de un establecimiento de salud o profesional de la salud que dilatare, obstaculizare o se negare a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados.
La pena se elevará de uno (1) a tres (3) años si, como resultado de la conducta descripta en el párrafo anterior, se hubiera generado perjuicio en la vida o la salud de la mujer o persona gestante.”.
ARTÍCULO 18- Sustitúyese el artículo 86 del Código Penal el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 86.- No es delito el aborto realizado con consentimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana catorce (14), inclusive, del proceso gestacional.
En ningún caso será punible el aborto practicado con el consentimiento de la mujer o persona gestante:

  1. si el embarazo fuera producto de una violación, con el solo requerimiento y la declaración jurada de la mujer o persona gestante ante el profesional de salud interviniente;
  2. si estuviera en riesgo la vida o de la salud la mujer o persona gestante, considerada como derecho humano;
  3. si se diagnosticara la inviabilidad de vida extrauterina del feto.”.

ARTÍCULO 19- Sustitúyese el artículo 88 del Código Penal el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 88.- Será reprimida con prisión de tres (3) meses a un (1) año la mujer o persona gestante que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare cuando el mismo fuera realizado a partir de la semana quince (15) del proceso gestacional y no mediaren los supuestos previstos en el artículo 86 del presente Código. La tentativa de la mujer o persona gestante no es punible.
El juez podrá disponer que la pena se deje en suspenso en atención a los motivos que impulsaron a la mujer o persona gestante a cometer el delito, su actitud posterior, la naturaleza del hecho y la apreciación de otras circunstancias que pudieren acreditar la inconveniencia de aplicar la pena privativa de la libertad en el caso.”.
TÍTULO III
Disposiciones finales.
ARTÍCULO 20- Autoridad de aplicación. La autoridad de aplicación de la presente ley será establecida por el Poder Ejecutivo Nacional.
ARTÍCULO 21- Orden público. Las disposiciones de la presente ley son de orden público y de aplicación obligatoria en todo el territorio de la República Argentina.
ARTÍCULO 22- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

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La marcha en Córdoba: detrás de los ojos de Agostina

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Córdoba llegó a la undécima edición del Ni Una Menos con una herida abierta y reciente: el femicidio de Agostina Vega, de 14 años, ocurrido días antes en la ciudad. La convocatoria no necesitaba más argumento que ese flequillo y esa mirada. Córdoba salió a la calle bajo la lluvia este 3J, once años después del grito que fundó esta fecha, con la misma urgencia y con la misma pregunta sin respuesta.

Por Bernardina Rosini

El trole que recorre los barrios del oeste de la ciudad viene casi lleno faltando dos horas para la marcha. El parabrisas anticipa el motivo: el rostro pequeño de Agostina Vega, 14 años. Era fácil intuir que será una marcha que desbordará una ciudad que expresa hartazgo. Nadie mira los barrios de Córdoba, nadie atiende a su gente. Los que ocupan los sillones más mullidos de las oficinas del poder local sobrevuelan las veredas estalladas, no las caminan. Los cordobeses respondieron muy bien a los discursos contra la casta porque describe con precisión algo que ya conocen de cerca: un Estado que administra con diligencia donde hay recursos e influencia, y que llega tarde, mal o nunca adonde no los hay.

La marcha en Córdoba: detrás de los ojos de Agostina

El flequillo y los ojos de Agostina. Fotos: Nanny Pelazzini/lavaca.org.

Lo que no se puede creer

Son las 18 horas y comienza excepcionalmente puntual la undécima edición del 3J. Llueve, llueve, llueve, como si la meteorología comprendiera mejor de duelos que quienes toca narrarlos. Miguel y Elizabeth, los abuelos de Agostina, encabezan la multitud. De frente, el arco de cámaras y cronistas. Un grupo de sikuris hace una ofrenda a las víctimas de la fecha, queman hierbas y hacen sonar su música. Recién entonces todo empieza. Tres horas llevará recorrer las diez cuadras dispuestas a paso lento y apretado, bajo paraguas que cubren a propios y ajenos. Una mujer contempla desde el cordón y llora desconsolada: «Es la primera vez que vengo. Es la primera vez en una marcha. Yo no puedo creer lo que hicieron con esa niña.» Está junto a su hija de 19 años y no sabe si sumarse al recorrido. Llora y llueve. Desde una mesa que intenta protegerse del agua se reparten lienzos con los ojos serigrafiados de Agostina. Los ojos y su flequillo de nena.

Varones

Hay varios hombres presentes: padres con sus hijas, grupos de amigos, novios. «Con los pares que no tienen sensibilidad al tema, la conversación se vuelve muy estratégica, hay que evitar el choque frontal. Mi método es a través del interrogante, que puedan encarnar la pregunta», comparte Gonzalo, de 41 años.

La marcha en Córdoba: detrás de los ojos de Agostina

Acompañando la marcha y una percepción sobre los varones: «Reconocer la miseria propia es difícil». ¿Cómo es el camino para llegar desde allí, al reconocimiento del problema?

«Para cualquiera reconocer la miseria propia es difícil. El problema es que el varón no asimila. Pero si asimila, reconoce; si reconoce, cuestiona; si cuestiona, suelta; y si suelta, lucha. Son muchos procesos por delante». Un grupo de docentes toma esa misma dificultad para reclamar por la ESI. «Es un cambio que requiere tiempo, pero tenemos que empezar en serio hoy, y la ESI es la mejor herramienta para trabajarlo con los chicos. Insisten con diluirla, como mínimo», se lamenta Graciela, maestra de nivel inicial en una escuela de barrio Juniors.

La marcha en Córdoba: detrás de los ojos de Agostina

La familia encabezando la marcha en Córdoba. Fotos: Nanny Pelazzini/lavaca.org

La marcha se detiene frente a grandes mosaicos fotográficos que vuelven a traer los ojos de Agostina. Su mirada se despliega ocupando todo el ancho de la calle. Todos quedan detrás de ella. Ya no existe la división entre quienes la conocían -y hablaban de su risa y sus anhelos- y quienes aventuraban, con violencia, sentencias sobre su sexualidad. Todos detrás de sus ojos. Todos debajo de la lluvia.

Dónde está Delicia

Se grita al cielo preguntando dónde está Delicia Mamaní Mamaní, la joven de 25 años desaparecida desde noviembre pasado, cuando salió de su hogar en el paraje rural Punta de Agua, Malagueño, con destino a la Escuela Normal Superior Dr. Alejandro Carbó en el centro de Córdoba, donde cursaba el segundo año del profesorado de Educación Primaria. También en este caso los primeros obstáculos surgieron en las propias dependencias estatales. La mamá de Delicia intentó hacer la denuncia en medio de una profunda barrera lingüística -el aymara es su lengua materna- y ninguna Unidad Judicial de la zona la recibió durante los primeros días clave. Ante la desidia, fue la comunidad educativa del Carbó la que asumió un rol activo: organizó movilizaciones, consiguió el patrocinio ad honorem de abogadas y logró judicializar la causa una semana más tarde. También en este caso, justicia a fuerza de organización y de calle.

Paula, del barrio Portal de Córdoba, lleva un maquillaje de lágrimas rojas. No lágrimas: llanto rojo, angustioso. Levanta un cartel que recuerda que hace once años el padre de su hija abusó de la niña. Su lucha nació en las mismas fechas que esta marcha, y también la falta de respuesta. «No sucedió nada. Hice denuncias, peritajes, pero él está recorriendo Europa y ya ves dónde estoy yo«.

Justicia sin apellido

Del otro lado del cartel, el nombre de una amiga: «Jessica Barrera, presente.» Una vecina a quien el ex novio mató metiéndose por la puerta trasera de su casa. Ella había hecho la denuncia. Tenía custodia policial en ese mismo momento. Luego buscó su nombre en los padrones de femicidios y no lo encuentro. A Paula la acompaña una amiga: «Me llevó toda la noche hacer la denuncia. Me dieron un botón antipánico y a mí me sirvió. Pero es cierto que estás ocho, diez horas esperando y quién sabe qué va a resultar después.»

Lo narrado por el fiscal Garzón en la conferencia de prensa días atrás no le resultó ajeno a nadie que alguna vez haya tenido que sentarse a esperar justicia sin apellido que lo respalde.

La marcha empieza a dispersarse, pero no hay un momento claro en que finalice. Simplemente ocurre, como todo lo que se sostiene once años: porque alguien decide seguir. No hay documento, no hay escenario al que llegar. Es con las de al lado, es detrás de los ojos de Agostina, es debajo del reparo ofrecido. Once años de marchar.

La marcha en Córdoba: detrás de los ojos de Agostina

Las mujeres de Córdoba ganando las calles, pese a la lluvia, y pese a todo. Fotos: Nanny Pelazzini/lavaca.org

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MU 213: Movete

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MU 213: Movete

Son personas que se organizan y se movilizan para defender derechos de toda la
sociedad. Son quienes sufren palos, gases y humillaciones por estar de pie. Quienes
crean respuestas donde hay impotencia y nuevas palabras para definir el futuro.
Nuestro homenaje: reunirlas y escucharlas.




MU 213: Movete

Mover el mundo: Cumbre de imprescindibles

Jubilados, discas, asambleístas ambientales, travas, familias víctimas de femicidios y el papá de Pablo Grillo: reunimos a quienes se movilizan y no abandonan la calle a pesar de los palazos y de la falta de respuestas. Quienes marcan una agenda por abajo que es a la vez un rumbo y un llamado a la acción, y también a la unidad. Frente a la dispersión, voces que hablan de un horizonte común, más acá de la política partidaria, para repensar la democracia y la forma en que resistimos.

Por Claudia Acuña




MU 213: Movete

Del dicho al hecho: Los crímenes de odio baten récords

En 2025 se produjeron 227 crímenes de odio contra personas de la comunidad LGTBIQ+: 60% más que el año anterior. El combustible: la violencia y discriminación desde el gobierno, empezando por el Presidente, y el desmantelamiento de políticas públicas. La precarización de la vida privada y lo que ocurre cuando el Estado se retira.

Por Evangelina Bucari




MU 213: Movete

Comunicacción: Unión de Medios Autogestivos

Siete medios de todo el país nos reunimos para crear transversalidad, proyectos y compartir ideas sobre cómo hacer periodismo en tiempos mileístas y más acá: el cooperativismo, las comunidades, el territorio, la agenda propia. ¿Cómo crear valor, generar puestos de trabajo y sostenerse cuando todo se cae? Lo que representan estos diarios, revistas, agencias y periodistas todoterreno que resguardan lo mejor del oficio, por fuera de Tik Tok y los streamings de turno.

Por Lucas Pedulla




MU 213: Movete

Ojos bien abiertos: Tadeo Bourbon, fotógrafo

Fue uno de los premiados por el World Press Photo por una imagen que podés ver en la página siguiente. La historia de Tadeo y de aquel día de marcha, represión, golpes y gas pimienta. De la moto, los casamientos y otros empleos, al contexto profesional y a la vez emocional que alimentó ese click al que llamó La Argentina de Milei.

Por Sergio Ciancaglini




MU 213: Movete

Alerta verde: MU en Misiones

Desde que asumió Milei, el precio que se paga a productores y trabajadores está desregulado. Cómo impacta esto en una industria ya precarizada, y lo que genera: éxodo rural, desarraigo, pobreza. Crónica de una época desde un territorio olvidado y en lucha.

Por Francisco Pandolfi




MU 213: Movete

Mondiablo: Juicios contra el Roundup de Monsanto/Bayer

Las pérdidas millonarias de Bayer por las demandas vinculadas al glifosato vuelven a poner en escena una historia que lleva décadas: evidencia científica, fraude corporativo, lobby político y daños sanitarios y ambientales a escala global. Mientras avanzan nuevos acuerdos judiciales y Trump sale al rescate de la compañía, el herbicida sigue presente en cuerpos, territorios y alimentos.

Por Anabel Pomar




MU 213: Movete

Anti algoritmo: Cineclub Mabuse

Hace 25 años que Uriel Barros proyecta películas en Súper 8 en festivales, centros culturales, escuelas, bares y espacios under. Una defensa artesanal y colectiva del cine frente a las plataformas, los algoritmos y el consumo individual. Terror, ciencia ficción, muñecos malditos y películas que todavía necesitan ser vistas.

Por María del Carmen Varela




MU 213: Movete

Monte Hermosa: Josefina Lamarre

Editó el álbum Yin Yang y también le cantó (en contra) al amor extractivista. De la tevé en piyamas a la comedia musical, la perfomance, el Hotel Faena y las coplas chismosas. Lo que surgió de una ducha y la convivencia entre lo tanático, lo erótico y lo vital.

Por María del Carmen Varela




MU 213: Movete

Biblias.

Por Carlos Melone

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MU 212: El fin de un mundo

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MU 212: El fin de un mundo

MU en Tierra del Fuego: todo lo que se ve desde el sur del sur y nos ayuda a entender qué representa Argentina en el mapa geopolítico mundial. Un puerto intervenido, importaciones que matan a la industria, explotación sin control de recursos naturales. La puerta a la Antártida y el significado de Malvinas: lo que está en juego en tiempos de guerra.




MU 212: El fin de un mundo

El principio de todo: MU en Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Javier Milei intervino el puerto de Ushuaia sin provocar un rechazo opositor visible. Un sitio clave en la geopolítica y a la vez una caja de 30.000 millones de pesos anuales que mezcla industria marítima, turismo, y la puerta a la Antártida. Los testimonios sobre la falta de control . Hablan el gobernador, funcionarios, trabajadores, ex combatientes. Trump y el misterioso avión, China y los acuerdos, Gran Bretaña adentro, la forma de la crisis y la resistencia contra el vaciamiento de un país.

POR FRANCISCO PANDOLFI




MU 212: El fin de un mundo

El industricidio: Crónica desde el polo fabril de Río Grande


Un predio lleno de fábricas vaciadas. Trabajadores organizados resistiendo al desempleo, la apertura de las importaciones y la reducción de aranceles de promoción en una provincia que de 16.000 obreros pasó a tener 6.400. Una política que golpea a empresas de todos los tamaños y rubros: tecnológicas, textiles, metalúrgicas, electrodomésticas y electrónicas. Y todo esto sin que todavía se aplique la reforma laboral. Las propuestas para que los propios trabajadores se hagan cargo de las empresas en crisis. Los gestos de solidaridad, las donaciones de quienes todavía tienen empleo, el bingo provincial y cómo se va recuperando desde abajo una idea de hermandad para enfrentar estos tiempos.

POR FRANCISCO PANDOLFI




MU 212: El fin de un mundo

A contracorriente: La lucha fueguina frente a la industria salmonera

De espaldas a la sociedad y bajo presión del gobierno nacional, la Legislatura fueguina (la misma que en 2021 votó en contra) aprobó un proyecto que permite la instalación de megafactorías marítimas del salmón, uno de los productos que más se exportan al mundo. El impacto ambiental es conocido y hay un ejemplo cercano en la vecina Chile: peces hacinados, contaminación por antibióticos y heces, destrucción de otras especies, y una precarización total de las condiciones de trabajo. El cuadro de situación ante un “pescado químico”, la lucha de la asamblea, y el gobernador que responde sobre los principales contrapuntos.

POR FRANCISCO PANDOLFI




MU 212: El fin de un mundo

Agroecología en el principio del mundo: El modelo Panchito

Cultiva alimentos y medicinas en medio de temperaturas extremas, sin venenos y con semillas propias: “Una semilla viva significa una familia sana”, dice el productor agroecológico Francisco Pancho Barria. Cosechas asombrosas, zanahorias de 3 kilos, nabos de 12, acelgas de metro y medio de alto. Cómo volver posible lo inimaginable con ideas simples, ancestrales, trabajo a conciencia y sentimiento. La política para la foto, el lugar de los niños, la idea de agacharse, y los números que muestran que la vida sana es, además, rentable. 

FRANCISCO PANDOLFI




MU 212: El fin de un mundo

La guerra invisible: la Antártida en la mira


Juan Rattenbach recoje el guante de su abuelo, autor del Informe Rattenbach que denunció a las jerarquías militares por los errores y delitos cometidos en Malvinas. El significado hoy, con Gran Bretaña ocupando el 25% de la superficie argentina. La Antártida y el Atlántico Sur en la geopolítica actual. El rol de Estados Unidos y China. El ataque a la industrialización fueguina. Dos cuestiones: ¿Cuál es nuestro centro geográfico? ¿Y cuándo nació el pueblo?

SERGIO CIANCAGLINI




MU 212: El fin de un mundo

Efecto Trump: Valeria Carbone y su mirada sobre EE.UU.

Es doctora y docente de la Cátedra de Historia de los Estados Unidos en la UBA y en la UNLP. Integra grupos de trabajo sobre EE.UU. en CLACSO y universidades en Alemania y México, además de coordinar programas de intercambio internacional. Y acaba de dictar un curso sobre el tema en MU. En esta entrevista explica las movidas de Trump intentando sostener un imperio en crisis en medio de una conflictividad que él mismo provoca o acompaña: Irán, China, Israel, petróleo, Ormuz, Venezuela, OTAN, Malvinas, Antártida. Y hasta el caso de Jeffrey Epstein.

POR LUCAS PEDULLA




MU 212: El fin de un mundo

Decolonizar el presente: Walter Mignolo y el pensamiento decolonial

En medio de conflictos geopolíticos, disputas culturales y crisis del modelo occidental, el pensamiento decolonial nos recuerda una serie de preguntas fundamentales. Aquí, una conversación breve y magistral sobre la esfera pública, la organización social y las formas de acción colectiva vistas desde una perspectiva para ampliar, o retomar, los horizontes propios.

POR CLAUDIA ACUÑA




MU 212: El fin de un mundo

Tierras raras: Florencia Levy, artista, y su trabajo sobre el litio

Trabaja con instalaciones visuales y materiales que representan y denuncian las distintas formas del extractivismo. Su trabajo sobre el litio es impactante, pero también investigó sobre el fracking en Vaca Muerta, el basurero del mundo en China y la relación entre el cáncer y el agronegocio en Entre Ríos, motivada por su padre oncólogo. Cómo hablar de temas que casi nadie conoce desde un video o una sala de exposiciones, y hacer algo para transformar miradas, sentimientos e ideas.

POR MARÍA DEL CARMEN VARELA

Patagonia rebelde

Crónicas del más acá por Carlos Melone.




MU 212: El fin de un mundo

Astrolo-guías: Elisa Carricajo y su nuevo libro sobre Tarot

Dramaturga, actriz y directora, plantea al Tarot como un objeto “popero” e invita a jugar y llenar de sentido ese lenguaje. Un modo de recuperar la espiritualidad capturada por el mercado, para sentir, entender y actuar en tiempos espantosos. Lo individual y lo comunitario. Los fantasmas y cómo imaginar un mundo mejor. Un libro que es un oasis y una invitación a re-pensar el arte y lo político, tirando las cartas.

POR FRANCO CIANCAGLINI




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Femicidios, narcotráfico y Estado