#NiUnaMás
Invisibles. Niñez y femicidios: un tema pendiente
La infancia y adolescencia están atravesadas por la violencia patriarcal pero el Estado parece no verlo, pese a que este año hubo 19 femicidios de menores, 31 niñes testigos de femicidios y 236 que quedaron huérfanxs. La antropóloga Florencia Paz Landeira recupera aquí el concepto de les niñes como actores sociales (y no como víctimas indirectas o colaterales) inmersos en formas de subordinación y violencias. El modelo androcéntrico y adultocéntrico. Las leyes que están y las políticas que faltan para considerar los derechos de les niñes como derechos humanos. Por Florencia Paz Landeira.
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Brenda Carolina Flores, de 30 años, fue asesinada por su pareja y padre de sus tres hijes, Marcelo Vilche, de 44 años, en su casa en Media Agua, San Juan, el pasado 22 de octubre. La mató de 17 puñaladas en la zona del pecho y luego se quitó la vida de un disparo. En la escena también se encontraba la hija menor de ambos, de 3 años, quien presenció el femicidio y luego alertó a su tía paterna, vecina de la casa contigua.
¿Alcanza la categoría de “testigo” para hablar de lo vivido por esa niña?
Gloria Cristina Domínguez, de 29 años, fue asesinada por Juan Leonardo Doval, de 41 años, en la localidad de Villa Luzuriaga, Buenos Aires, el pasado 14 de junio. El encuentro se había organizado para concretar la compra de una panchera para el kiosco en el que Gloria trabajaba. Con esa excusa, Doval la engañó para llevarla a un predio abandonado. Allí abusó sexualmente de ella y luego la mató a golpes. Braian, el hijo de 5 años de Gloria, la había acompañado y presenció todo. Lo encontraron llorando solo y fue él quien guio a la policía hasta el lugar del crimen.
¿Alguien le adjudicaría la categoría de víctima indirecta o colateral?
Nancy Villa, de la comunidad wichí, tenía 14 años y un embarazo de 4 meses cuando fue asesinada de una puñalada en la zona de la aorta, en Embarcación, Salta, el pasado 9 de enero. El imputado por el femicidio es Carlos Arsenio Juárez, de 18 años, pareja de la víctima.
Estos son solo tres de los 296 femicidios en lo que va de 2021. Los tres implican de forma directa a niñas, niños y adolescentes. Hasta la fecha, se cuentan 25 femicidios de menores de 18 años; diez de los cuales eran menores de 10 años. A su vez, 31 femicidios fueron presenciados por niñes. Y 126 de las mujeres asesinadas eran madres. Este año acumula la insoportable cifra de 247 huérfanxs por femicidios.
En todos los casos, se trata de infancias y adolescencias atravesadas por la violencia patriarcal. La experiencia infantil de los femicidios aparece como una dimensión que aún no es considerada en todo su espesor socialmente y, en especial, por el Estado, cuyas regulaciones y políticas al respecto resultan insuficientes. En este texto proponemos aportar a pensar la experiencia infantil de la violencia patriarcal, desde una mirada que tome en serio la consideración de les niñes como sujetos sociales. Se nutre, en ese sentido, de perspectivas relacionales y situadas para pensar a las infancias. Es decir, aquellas que problematizan su cosificación o la reproducción de paradigmas de desarrollo lineales y de pretensión universal de les niñes, que tienden a enfatizar su incompletud, su dependencia, su pasividad y su incapacidad, como también de aquellas visiones romantizadas y homogeneizantes de les niñes como inocentes y puros, que no hacen más que extraerlos de la trama social y aproximarlos a un supuesto estado de naturaleza. Por el contrario, nos interesa subrayar que la experiencia infantil solo es posible de ser pensada en relación con otres y en el marco de dinámicas familiares, comunitarias e institucionales de las que niños, niñas y adolescentes son partícipes activos.
Desde este enfoque, les niñes son considerados como actores sociales inmersos en contextos sociales relacionales y constituidos por procesos de jerarquización, formas de subordinación y violencias. En particular, las marcaciones de género y edad son en nuestras sociedades centrales en la producción de desigualdades (Llobet, 2020). De hecho, mujeres y niñes han sido objeto de las mismas formas de exclusión en lo que se refiere al ejercicio de derechos y de la ciudadanía, regida desde sus inicios –y en cierta medida, hasta el día de hoy– por el modelo androcéntrico y adultocéntrico que los construyó como “otros” deficitarios. Así, en lugar de ser reconocides como sujetos plenos de derechos, fueron objeto de políticas de tutelaje, protección y civilización. De allí que resulta fundamental pensar las violencias patriarcales y adultocéntricas de forma compleja e integrada.
Desprotegidas
Lucía Pérez –quien da nombre a este Observatorio– tenía 16 años cuando fue abusada sexualmente y asesinada. ¿Por qué entonces no denunciar su crimen como abuso sexual en la infancia tanto como femicidio? ¿Hace falta recordar que, además de ser una mujer, era una adolescente y que, por este estatus, era titular de derechos especiales que el Estado debía proteger? Hace falta.
En Argentina, cuatro años antes de sancionarse la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, se promulgó la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, cuyo principal objetivo fue armonizar la normativa nacional a la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), el instrumento de derechos humanos más ratificado a escala global. Su eje central se encuentra en el reconocimiento por parte de los Estados de los niños y las niñas como sujetos de derecho y no ya como objetos de protección o tutela paterna y/o estatal. Los derechos de les niñes son, en lo fundamental, derechos humanos, con la especificidad de reconocer lo singular de la experiencia infantil. Como señala Magistris (2019), durante mucho tiempo los niños y niñas fueron condenados a un margen de “no–derecho”. Su caracterización como seres incompletos, maleables y vulnerables los vinculaba a una necesidad de protección desubjetivante, que despolitizaba su estar en el mundo. Los niños y niñas eran vistos así como sujetos “en potencia”, antes que como actores sociales presentes y con agencia.
La CDN y la ley nacional implicaron así un cambio en el modo de concebir a la infancia y, en particular, a las políticas dirigidas a esta población. En este sentido, la Ley 26061 creó un sistema integral de protección entre instituciones y actores estatales y sociales que se identifican como corresponsables en velar por el ejercicio de derechos de les niñes. Dentro de este sistema, un papel importante lo desempeñan los órganos de protección dependientes de los distintos poderes ejecutivos, que constituyen áreas especializadas en la temática a cargo de planificar políticas e instrumentar medidas cuando los derechos de les niñes se ven vulnerados o amenazados. La ley creó también la figura del/a Defensor/a de los Derechos de NNyA; figura que demoró quince años en instrumentarse y que debería velar y monitorear el reconocimiento, respeto y restitución de los derechos de la niñez y adolescencia, sea por parte del Estado o de la sociedad en su conjunto.
El enfoque de derechos que hoy estructura las políticas hacia las infancias y adolescencias fue, a su vez, enriquecido y complejizado por la perspectiva feminista, y el reconocimiento tanto de las violencias sexo-genéricas como de los derechos sexuales y reproductivos de niñas, niños y adolescentes.
La Ley de Educación Sexual Integral justamente fue sancionada tan solo un año después de la Ley de Protección de los Derechos de NNyA, dando cuenta de esta imbricación de perspectivas que dio lugar a una herramienta clave para avanzar en la democratización de las relaciones interpersonales, para reafirmar los derechos de NNyA, para garantizar el acceso a la salud, al derecho a decidir sobre la orientación sexual y de género, sobre la sexualidad y la maternidad y paternidad responsables (Naddeo, 2020). Sin embargo, a quince años de su sanción, comprobamos que no existe un protocolo específico en la comunidad educativa para abordar los femicidios, ni para casos donde un/a niño/a haya perdido a su madre por la violencia patriarcal, ni para aquellos que se cobran la vida de una estudiante, docente u otra integrante de la comunidad educativa.
Agustina Cruz tenía 17 años y estaba camino al colegio en Coronel Moldes, Salta, cuando fue atacada y degollada por su ex pareja, Juan Gallardo. Agustina, acompañada por su madre, había realizado dos denuncias antes de que ocurriera el femicidio. De más está señalar la insuficiencia de la protección estatal. Agustina la pagó con su vida. Una amiga y compañera del secundario se sorprendió ese día por la ausencia sin aviso de Agustina. Se terminó enterando de lo ocurrido cuando vio su foto en el noticiero. Frente a semejante horror, la comunidad educativa se organizó y convocaron a marchas y manifestaciones en reclamo de justicia. Sin embargo, se trató de una iniciativa espontánea movilizada principalmente por sus compañeres, las familias y los docentes. Las escuelas no cuentan con protocolos para abordar estas situaciones, ni con los recursos o la formación necesarias para brindar la contención y el acompañamiento que les compañeres de las tantas Agustinas necesitan. Lo anterior, a su vez, coloca el foco en la necesidad de fortalecer la atención de la salud mental de niñes y adolescentes, que avance en considerar la experiencia infantil de la violencia patriarcal como una problemática psicosocial.
Se evidencia, de esta forma, que los femicidios y la violencia patriarcal distan de ser un problema reconocido públicamente como relativo a la niñez y sus derechos, cuya garantía –insistimos– es materia del Estado. Sin duda la Ley Brisa (27452) implicó un avance en este sentido; sin embargo, la falta de articulación entre las áreas de género y de niñez y los obstáculos que el actual decreto reglamentario presenta para su concreción dan cuenta de los persistentes obstáculos en reconocer a les niñes como víctimas de femicidios. A su vez, mucho queda por debatir con respecto a (las limitaciones de) el ejercicio de la responsabilidad parental en aquellos casos en los que el femicida es el padre de les hijes de la víctima. El femicidio de Carla Siggou (abordado en otra parte de esta publicación), nos enfrenta con urgencia a esta encrucijada. Carla fue secuestrada, atada, violada y golpeada por Sergio Fuentes, su ex pareja y padre de sus dos hijes, el 26 de diciembre de 2018 en la ciudad de Buenos Aires. La menor de sus hijas, de 2 años, fue testigo de la violencia. Fuentes fue condenado a seis años de prisión por violación y privación ilegítima de la libertad. Mientras la madre y el padre de Carla continúan la búsqueda de justicia por establecer la vinculación directa entre los hechos de violencia y su muerte, como también la (i)responsabilidad del gobierno de la ciudad en proteger a Carla, Fuentes puede reclamar el ejercicio de la responsabilidad parental por sus hijes.
El legado de las Abuelas
Lejos de la idea de “víctimas indirectas o colaterales”, sostenemos que los femicidios afectan directamente al bienestar infantil y, por lo tanto, requieren de políticas públicas específicas. Hablamos, entonces, de niñes y adolescentes víctimas de femicidios, como una categoría abarcadora de distintas experiencias infantiles de la violencia patriarcal –tanto de aquellos crímenes que sustraen su vida, de aquellos que los colocan compulsivamente en la posición de testigos, como de aquellos que les dejan huérfanes– y, sobre todo, como una categoría a partir de la cual movilizar políticamente y demandar recursos, regulaciones y programas. Se trata de una problemática de infancia y de género y, crucialmente, de derechos humanos.
La historia reciente de nuestro país y, muy especialmente, la labor desplegada por las Abuelas de Plaza de Mayo ha tornado incuestionable que la situación de las infancias, sus derechos y sus historias distan de ser un asunto privado que puede dirimirse entre las paredes de un hogar. Competen a la sociedad en su conjunto y, en especial, a los Estados, que deben instrumentar no solo mecanismos de protección, sino también políticas de reparación materiales y simbólicas cuando sus derechos son violentados. Si el abandono ha sido configurado socialmente como la peor de las violencias hacia las infancias, la ausencia de políticas integrales hacia niñes víctimas de femicidios (en su concepción amplia) es la forma estatal de abandono más cruel.
Resulta fundamental, por un lado, visibilizar a les niñes (en su diversidad de expresiones e identidades de género) en las formas de analizar e intervenir sobre la violencia de género y, por el otro, desafiar el presunto carácter neutro y no generizado de los organismos de protección de derechos de niños, niñas y adolescentes para avanzar en una comprensión articulada de las desigualdades de género y la protección a la niñez (Llobet, 2020). Así se podrán problematizar las estructuras de poder comunes a las formas sistemáticas de subordinación, cosificación y disminución de mujeres, trans y niñes.
Hasta el día de hoy, las marcas de esta visión adultocentrista y paternalista permea las políticas públicas hacia les niñes. En este sentido, es necesario avanzar en políticas que reconozcan a les niñes como sujetos, que consideren la experiencia infantil a la hora de diseñar intervenciones de modo de reconocer las vulneraciones de sus derechos humanos, sin reducirlos a una figura de víctima inerte y pasiva, sin capacidad de agencia.
Bibliografía
Llobet, Valeria (2020). “Infancia(s) y género(s): desafíos a 15 años de la 26061”. En Miradas diversas sobre los derechos de las infancias. Análisis y reflexiones a 15 años de la Ley 26061. Buenos Aires: SENAF.
Magistris, Gabriela (2020). “La(s) infancia(s) en la era de los derechos. Balances y desafíos a 30 años de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño”. En Isacovich, Paula y Grinberg, Julieta: Infancias y juventudes a 30 años de la Convención sobre los derechos del Niño. José C. Paz: UNPAZ.
Naddeo, María Elena (2020). “Niñez y género, una mirada desde los derechos humanos”. En Miradas diversas sobre los derechos de las infancias. Análisis y reflexiones a 15 años de la Ley 26061. Buenos Aires: SENAF.
La autora es integrante del Programa de Estudios Sociales en Género, Infancia y Juventud (UNSAM).
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Lucía Pérez: la lucha para que al femicida Matías Farías no le bajen la condena

(por Evangelina Bucari desde Mar del Plata, para lavaca)
Casi una década después del crimen que conmocionó a la Argentina y dio origen al primer Paro Nacional de Mujeres, el caso de Lucía Pérez enfrenta un nuevo capítulo judicial y otra instancia de revictimización para su familia, que ya atravesó todo tipo de maltratos en la búsqueda de justicia por el narcofemicidio de su hija de tan solo 16 años. (Foto de portada, Marta Montero y Guillermo Pérez, padres de Lucía, junto al abogado Juan Pablo Gallego)
En los tribunales de la calle Almirante Brown, en Mar del Plata, se lleva adelante una audiencia de cesura, un proceso de dos jornadas para determinar una nueva pena para Matías Farías, condenado por femicidio pero beneficiado el año pasado por un polémico cambio de carátula que hora le permitirá recibir una sentencia significativamente más baja que la prisión perpetua que cumplía.
Tras un primer día (el miércoles 29 de abril) marcado por las declaraciones testimoniales que buscaron trazar el perfil del condenado y el impacto del crimen, la segunda jornada estará centrada en los alegatos finales de las partes.
El eje de la controversia radica en un fallo de 2025 de María Florencia Budiño y Víctor Violini, integrantes del Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires, quienes resolvieron que el asesinato de Lucía no constituyó un femicidio, sino un “abuso sexual agravado”.
Esta reconfiguración del delito tiene consecuencias directas en la condena: mientras que el femicidio conlleva prisión perpetua, la nueva carátula reduce el rango de la pena a un espectro de entre 8 y 20 años de prisión.
La querella, encabezada por el abogado Juan Pablo Gallego, adelantó que tanto la fiscalía como ellos pedirán la pena máxima posible. Sin embargo, aclaró que también plantearán una vía alternativa: “De manera subsidiaria, vamos a sostener la figura de femicidio, porque entendemos que la orden de Casación ha quedado abstracta”.
Sobre lo ocurrido en la primera jornada, el abogado destacó que “solo declararon los padres de Lucía”, y que Marta Montero, la madre, “tuvo una posición muy categórica, responsabilizando al Estado por el daño que viene padeciendo la familia”.
Gallego también cuestionó con dureza a la defensa: “Presentaron dos testigos falsos que terminaron en un papelón, en un contexto de muchísimo agravio hacia la víctima”. Pese a ese escenario, aseguró que la querella se retiró conforme con el desarrollo de la audiencia y con expectativas de cara a los alegatos finales.
En medio de esta tensión, la causa sumó otro giro relevante. Juan Pablo Offidani, condenado como partícipe secundario, vio revocada su libertad condicional hace apenas unos días. La Cámara de Apelación y Garantías hizo lugar al recurso del fiscal y la familia, y determinó que no se cumplían las condiciones para su excarcelación.
Offidani, quien inicialmente había sido beneficiado con la libertad tras pasar nueve años detenido, ahora deberá someterse a un régimen de semilibertad estrictamente supervisado, con salidas diurnas limitadas y la prohibición absoluta de acercarse a menos de 200 metros de la familia Pérez Montero.

En la puerta del juzgado, familiares y manifestantes con el abogado Juan Pablo Gallego, que explica:“Estamos ante un caso en el que, por motivos que se desconocen o por relaciones de poder, se busca beneficiar a una persona claramente identificada como autor de un crimen que el Código Penal define como femicidio”.
Ni un paso atrás
La defensa de la familia Pérez Montero advirtió que si el tribunal local no convalida la gravedad del crimen y el perfil peligroso del condenado, recurrirán a la Corte Suprema o incluso a instancias de justicia internacional.
En cuanto a los fundamentos del fallo que modificó la calificación del caso, Gallego fue contundente: “En casi todos los párrafos, la propia Casación reconoce que se trata de un delito en un contexto de violencia de género, por lo que no se entiende el motivo de haber descartado el femicidio”.
En esa línea, vinculó la decisión con una coyuntura política específica: “En ese momento –señaló– se hablaba de eliminar la figura del Código Penal, cosa que finalmente no ocurrió”. De todos modos, se mostró confiado en que esa interpretación pueda revertirse.
Fue enfático en afirmar que desde la familia “no vienen a inventar una verdad”, sino a mostrar que los hechos probados encajan perfectamente en la figura que intentó “borrar” la Cámara de Casación. “En la audiencia de cesura volvió a quedar acreditado, como en todas las resoluciones y los juicios, que inequívocamente existió femicidio”, remarcó el abogado. Por eso, consideró que “estamos ante un caso en el que, por motivos que se desconocen o por relaciones de poder, se busca beneficiar a una persona claramente identificada como autor de un crimen que el Código Penal define como femicidio”.
Marta, que desde el día uno no dejó de luchar por su hija y “por todas las Lucías”, tiene una pregunta muy sencilla para hacerle a la justicia: “Si lo que le hicieron a Lucía no es femicidio, ¿entonces qué es?”.
Cronología de 10 años de impunidad y lucha
2016: Lucía es drogada, violada y asesinada el 8 de octubre. Las pericias forenses confirmaron que la última penetración anal infligida a Lucía ocurrió mientras ella agonizaba. Tenía rastros de drogas en su sangre.
2018: un primer juicio «misógino» absuelve a Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel, los tres implicados en la violación y el femicidio de Lucía, condenándolos solo por venta de drogas.
2020: Casación anula ese juicio por contener «intolerables prejuicios de género».
2023: en un segundo juicio, Farías es condenado a perpetua por femicidio. Y Juan Pablo Offidani recibió la pena de 15 años de prisión por resultar partícipe secundario del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el suministro de estupefacientes, y Alejandro Maciel, no recibió condena porque había fallecido en 2020.
2025: Un nuevo fallo de Casación “borra” el femicidio, e impone una audiencia de cesura para revisar la condena de Farías.
29 y 30 de abril de 2026: se desarrolla la audiencia de cesura.
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Cecilia Basaldúa: su cuerpo, en una fosa común

Por Bernardina Rosini para lavaca.org
Desde Córdoba
Bajo la lluvia, debajo de un árbol, rodeados de las personas que los acompañan desde el femicidio de Cecilia Basaldúa, hace 6 años, sus padres hicieron una conferencia de prensa que no tendría que haber sido necesaria. Susana Reyes y Daniel Basaldúa debieran estar viviendo esta jornada de otro modo. Debieran poder decirle a su hija que la extrañan pero que lograron hacer justicia, que descanse en paz. En cambio, están parados en el cementerio de San Vicente de Córdoba Capital, en una ciudad que no es la de ellos, sin saber con certeza si el cuerpo que está allí es el de Cecilia.
Este sábado se cumplen seis años desde que apareciera el cuerpo de Cecilia Basaldúa en un codo de río de Capilla del Monte. Tenía signos de abuso sexual y estrangulamiento. Llevaba veinte días desaparecida. Era la peor noticia que podían recibir sus padres. Hoy reciben otra: Cecilia está enterrada en una fosa común, junto a desconocidos (según el reporte que les entregaron se tratan de “Silvia Becerra” y “Eduardo Arce”) en este cementerio. Nadie les avisó. No fueron notificados. No estuvieron presentes. No dieron su autorización.

«A nosotros nos mataron a nuestra hija y queremos justicia», dice Daniel. «Debe haber responsables, debe haber firmas, nombres de quienes han autorizado esto. Se tiene que encargar la misma justicia de dar con el o los asesinos pero también de los responsables de estos traslados del cuerpo. Ya sé cuál es su argumento: que nosotros sabíamos, y lo digo de nuevo acá: nosotros no sabíamos nada».
Susana apunta a los próximos pasos: «Queremos un ADN. Nosotros no tenemos la certeza de que allí está enterrada Cecilia. Es una incógnita».
Un cuerpo desaparecido
La abogada querellante Gisela Videla explicó lo que esa incógnita significa en términos jurídicos y humanos: «Desde una perspectiva de derechos humanos, el cuerpo de Cecilia, hasta que no se sepa efectivamente dónde está, es un cuerpo que está desaparecido. Si hoy nos dicen que en la morgue ya no está y estaría supuestamente acá, pero con una cadena de custodia rota, no sabemos efectivamente: el cuerpo de Cecilia está desaparecido hasta que se haga este ADN». Y agregó: «Desde el punto de vista humano, es una crueldad manifiesta y sistemática que se viene dando para con estos padres. Sigue siendo un ninguneo y un manoseo de una situación tan dolorosa como es la de perder a una hija y a seis años que no haya ni una persona imputada en relación al hecho en sí».
Para entender cómo se llegó hasta acá hay que volver a noviembre de 2021. Antes de que comenzara el juicio que finalizaría absolviendo a Lucas Bustos, la querella presentó por escrito su oposición explícita a que el cuerpo fuera retirado de la morgue judicial. La familia quería avanzar con pericias más exhaustivas. El escrito quedó en el expediente. El cuerpo fue enterrado igual.
La familia no supo nada de esto hasta octubre de 2024, en una reunión con la actual fiscal de la causa, Sabrina Ardiles –la cuarta en hacerse cargo de una investigación que pasó también por Paula Kelm, el fiscal de Cámara Sergio Cuello, Barrera y Nelson Lingua–. Ardiles les mostró un papel, un comunicado. El cuerpo de Cecilia no estaba en la morgue judicial como ellos suponían desde hacía cinco años.
Cuando la fiscal habló públicamente sostuvo que la familia había sido notificada. La abogada querellante Daniela Pavón lo desmintió: el oficio estaba en la causa desde noviembre de 2021, pero la querella no tuvo acceso al expediente de Bustos desde su elevación a juicio. No existieron las varias notificaciones que mencionó Ardiles. El cuerpo de Cecilia Basaldúa fue inhumado sin autorización, sin consentimiento, y en condiciones que los propios trabajadores del cementerio calificaron hoy como «extrañas».

¿Quién mató a Cecilia?
Cecilia no murió una sola vez. La mató uno o varios femicidas que todavía caminan libres. La mató una fiscal que apuró el cierre de la investigación, mantuvo en prisión dos años a un joven inocente y puso la firma para que se desarrollara lo que terminó siendo un simulacro de proceso judicial. La mató un sistema que apostó durante años a fiscales que demoraron, desgastaron y clausuraron posibilidades reales de avance en la causa. La mató la burocracia que perdió el oficio, o lo ocultó, o simplemente decidió que no importaba notificar a sus padres que el cuerpo de Cecilia sería retirado de la morgue y enterrado. Cada institución que intervino en esta causa dejó su marca sobre ella. Una cadena de violencias. Una cadena de femicidas.
Además de los cuatros fiscales, el cuadro de estos seis años es éste:
- Cuatro policías presos por violencia de género, entre ellos quienes dirigieron la búsqueda y la investigación original.
- Un imputado absuelto porque las pruebas no existían.
- Un sospechoso principal -Mario Mainardi, la última persona que alojó a Cecilia en Capilla del Monte- que vendió sus pertenencias, borró mensajes, pintó la casa donde ella se hospedaba (donde se registraron once muestras positivas de luminol) y se mudó a Rosario: libre, sin imputación, sin investigación que lo alcance.
- Y un cuerpo enterrado sin autorización, en una ciudad que no es la de su familia, en una fosa que no eligieron.
La Ley de Víctimas 27.372 existe para que nada de esto ocurra: garantiza el derecho a ser asesorado, a acceder a la justicia, a recibir protección y a ser escuchado durante todo el proceso penal. El Estado cordobés la violó en cada uno de esos puntos tal vez porque se entrena para lo contrario.
Al cerrar la jornada en el cementerio, Daniel y Susana repitieron el profundo agradecimiento a quienes siempre los acompañan, “la familia Basaldúa ahora es grande, y yo sé que Cecilia nos está dando fuerza, está por ahí dándonos fuerza”. Gran número de las mujeres presentes vinieron desde Capilla del Monte, traen su rostro y gritan “Cecilia Gisela Basaldúa, ¡Presente! ¡Ahora y Siempre!”
Este sábado la actividad continuaba en Capilla del Monte donde la Mesa de Trabajo «Justicia por Cecilia» convocó una movilización “por Memoria, por Verdad y Justicia, y para que los culpables de su femicidio sean condenados”.
La semana que viene, sus abogadas harán una presentación judicial para determinar responsabilidades en torno a las órdenes que se dieron para sepultar sus restos sin consultar a la familia.

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Adiós a Claudia Rodríguez: la Trans andina que propuso politizar el amor

Referente del movimiento trans latinoamericano, activista, poeta, escritora y tanto más, escribió sobre su infancia, la militancia trans, la vida sexual y se autoproclamó Miss Sida en 2007. Claudia Falleció este 29 de Noviembre. Su pelea incluyó al pueblo mapuche, la educación pública, los sin techo, y planteó siempre una filosa crítica al neoliberalismo, que quita posibilidades de vida y las transforma solo en posibilidad de consumo. En uno de sus viajes a la Argentina compartió con la revista MU sus ideas sobre el orgasmo, el feminismo sin resentimiento, la creación, y por qué hay que politizar el amor. Un modo de homenajearla, de recordarla, y a la vez de volver a estar en contacto con un pensamiento y una acción que dejan una sensible huella cultural, artística y política.
Por María del Carmen Varela
Foto: Lina Etchesuri

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