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¿Quién defiende la educación pública?

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Después de una recorrida minuciosa por la Escuela Mariano Acosta, una comisión enviada por la Facultad de Ingeniería de la UBA a pedido de la Dirección de Infraestructura de la Ciudad (por presión de los padres y estudiantes) redactó el presente informe con sus observaciones, el diagnóstico y las recomendaciones del cúmulo de obras que faltan realizar o que hay que hacer de nuevo. Publicamos primero las conclusiones y luego el resto del documento, que demuestran cómo trabaja una empresa privada contratista del Estado, la clase de financiaciones que aprueba el BID, y la falta de controles que pudo terminar en una matanza.

Conclusiones:

La instalación relevada no cumple con las reglas del arte, ni con los requisitos del Reglamento de la Asociación Electrotécnica Argentina para la ejecución de instalaciones eléctricas en inmuebles edición vigente a la fecha del presente relevamiento.

Por lo tanto se deberán tomar las medidas necesarias para adecuar la totalidad de la misma a lo exigido por dicho Reglamento ANTES de librarlas a su uso específico, garantizando la seguridad de las personas y bienes contra los riesgos de electrocución e incendio.

Se recomienda:

  • Asegurar la protección de las personas contra contactos indirectos con partes bajo tensión o elementos que eventualmente tomen tensión.
  • Asegurar la protección de las instalaciones contra cortocircuitos y sobrecargas
  • Verificar el correcto funcionamiento del sistema de puesta a tierra del edificio, el valor de la resistencia de puesta a tierra y la continuidad del conductor de protección en toda la instalación eléctrica.
  • Utilizar para la confección de la instalación eléctrica cables que cumplan con la norma Iram 62266 y 62267.
  • Utilizar para las canalizaciones materiales de metal o de material aislante con características no propagantes de la llama, con baja emisión de humos opacos y gases tóxicos, libres de halógenos.
  • En el tendido de las canalizaciones respetar la ortogonalidad de los ambientes, siguiendo líneas verticales y horizontales o paralelas a las aristas de las paredes que delimitan el local donde se efectúa la instalación. No se permiten los tendidos en diagonal.
  • Realizar las transiciones entre dos sistemas de canalización siempre en una caja.
  • No admitir la existencia de canalizaciones que ingresen a las cajas y queden sueltas.
  • Que toda cañería de largo igual o superior a 2 m sea fijada a la pared como mínimo en tres puntos, por cada tramo de 3 m, y mediante sujeciones adecuadas.
  • Que toda cañería con curvas sea fijada a la entrada y salida de dichas curvas con elementos adecuados.
  • Que toda caja sea fijada a la pared en por lo menos dos puntos.
  • Que toda cañería vinculada a una caja tenga un punto de fijación a la pared, a no más de 0,5 m de la caja.
  • Que toda canalización eléctrica sea instalada a más de 0,2 m de conductos de escape de gases calientes, chimeneas, conductos de calefacción.
  • Que las canalizaciones ocultas sobre cielorrasos suspendidos estén fijadas al techo o suspendidas del techo pero nunca apoyadas sobre el cielorraso suspendido de manera que su peso o esfuerzos de tracción o compresión sean transmitidos a este.
  • Que las canalizaciones sean realizadas de forma tal que formen una estructura rígida, que no registre movimientos en sentido horizontal ni vertical, para lo cual, los elementos mecánicos de soporte entre techo y conducto y entre paredes y conducto (por ejemplo varilla de hierro, planchuela rígida de hierro, hierro Angulo etc.) deben realizarse con sistemas que soporten tanto la acción de tracción (desconectar una ficha del tomacorriente instalado en la caja suspendida) como la acción de compresión producida al conectar la ficha al tomacorriente sin que ninguna de estas acciones genere movimientos en la instalación.
  • Que las vinculaciones entre cañerías y cajas sean efectuadas mediante conectores o tuerca y boquilla.
  • Que las cajas de paso y derivación sean instaladas en lugares siempre accesibles
  • Que las bandejas portacables se instalen formando un sistema completo, es decir disponiendo todos los accesorios que hacen al sistema: curvas planas de diferentes ángulos curvas verticales que permiten obtener diferentes y adecuados radios de curvatura. Cuplas de unión, grapas de tierra grapas que fijen las bandejas a las ménsulas etc.
  • Que cuando por la misma bandeja deban tenderse conductores de muy baja tensión, computación circuitos cerrados de televisión, etc., ello solo será posible hacerlo instalando un separador o barrera del mismo material y altura que la bandeja y que genere un canal separado de los cables de mayor tensión o bien por dentro de cañerías del mismo tipo que las permitidas para instalaciones a la vista.
  • Conectar a tierra las bandejas, para ello se deberá tender por el interior de la misma un conductor de protección, a partir del cual las bandejas y sus accesorios como curvas reducciones uniones tee deberán ponerse a tierra.
  • Que cuando exista una discontinuidad mecánica o conductiva entre las bandejas o entre las bandejas y la canalización y o tableros se deberá asegurar la equipotencialidad o puesta a tierra de ellos efectuando una conexión de los mismos al conductor equipotencial de protección.
  • Que cuando los cables entren desde la bandeja a otras canalizaciones tableros etc., se instalen apoyos o soportes que eviten esfuerzos sobre los mismos.
  • Sujetar adecuadamente los cables a las bandejas, cada 2 m como mínimo para cables multipolares y cada 1,5 m como mínimo para cables unipolares, ya sea por el empleo de grapas de fijación o por ataduras.
  • Respetar las medidas mínimas de las cajas, estas quedan fijadas por la cantidad y sección de los conductores y dispositivos que van dentro de ellas.
  • Fijar a los ventiladores al techo, preferentemente a los perfiles doble te que forman parte de la estructura del techo de bovedilla, y no al cielorraso suspendido. Se debe tener que los mismos constituyen una solicitación dinámica para la estructura que los soporta.

Ing Luis M Donzelli

1 INTRODUCCIÓN

Con motivo de la caída de un cielorraso en la Escuela Normal Superior Nº 2 “Mariano Acosta” Distrito Escolar 6° ubicada en la calle Gral. Urquiza Nº 277 de la ciudad de Buenos Aires, el Director General de Infraestructura Mantenimiento y Equipamiento, Ing Mario Rocco, dependiente del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, convocó a la Facultad de Ingeniería, a través de la Secretaría de Relaciones con el Medio, a realizar una evaluación de las condiciones de seguridad de los diversos cielorrasos de las aulas de dicha escuela que se encuentran ejecutados hace poco tiempo en el marco de una Licitación Pública Nacional Nº 01/2003, Expediente Nº 67.495/2002 de GCBA, que comprende varias obras en general en la escuela, siendo los profesionales que concurrieron a realizar la evaluación el Ing. Ricardo A. Calzaretto y la Arq. Isabel De Urquiza

Los trabajos que contrató el GCBA por medio de esa licitación en el establecimiento, consisten en la refuncionalización general y ampliación del establecimiento, sobre una superficie cubierta de 9.860 metros cuadrados.

El criterio contemplado en dicha refuncionalización de ese edificio histórico, tenía como objetivo mantener una continuidad de la lógica del pensamiento arquitectónico de finales del siglo XIX del Arquitecto-Ingeniero Tamburini, dentro del cual el diseño de las grandes alturas y de su ornamentación era parte indivisible de la concepción del espacio, además esta escuela pública, es una destacada obra arquitectónica que alberga una gran cantidad de alumnos.

En la Memoria Descriptiva del proyecto, se indica que:

“El estado general del edificio es en líneas generales regular, se observa falta de mantenimiento y de adecuación de instalaciones y de infraestructura a lo que debe ser un edificio escolar moderno”.
“No debemos olvidar que el establecimiento tiene ciento trece años y es Monumento Histórico Nacional, por lo que el accionar en él se complejiza un poco mas, las patologías que presenta son en general producto de su antigüedad.”

Las obras previstas en Aulas y laboratorios, según se indica en dicho pliego fue la construcción de nuevos cielorrasos con un nivel inferior al existente para lo cual se modifica la iluminación, se incorpora la calefacción por aire caliente, mediante conductos ubicados en el entretecho, sistemas de ventilación, y la incorporación de nuevas instalaciones, corrientes débiles, datos, alarmas y detectores.

El edificio presenta problemas por envejecimiento propio
de los materiales con que fue construido, y por el escaso y deficiente mantenimiento del que fue objeto, en el propio pliego se indica en informes presentados el edificio, con sectores de 113 años de antigüedad, presenta patologías características como asentamiento de suelo, grietas verticales en mampostería por descalce, fisuras por cedimiento de apoyos en dinteles, filtraciones por antepechos y umbrales, desprendimientos de revoques y de partes de cielorrasos, desprendimiento de molduras, cornisas y ornato tanto en el interior como en el exterior. Mal estado de artefactos sanitarios y de instalaciones en general. Piezas del ornato con precaria adhesión a muros y cielorrasos, que con la acción de humedades están desprendidos, en el caso de la estructura, fallas en perfiles de hierro constitutivos de bovedillas producto de continuas filtraciones de agua.

El alcance del Pliego de Especificaciones Técnicas, según se indica en el mismo, tiene como finalidad dar el lineamiento de las especificaciones de aplicación para la construcción y/o la ejecución de las tareas que integran las obras a realizarse en dicha licitación y las instrucciones, supervisión y/o aprobación que deba requerir de la Inspección de Obra para su correcta ejecución, completando las indicaciones del Pliego de Condiciones Generales y del Pliego de Condiciones Particulares.

Según el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares se establece:

4.1.2 Calidad de la Obra
Los trabajos se realizarán de modo de obtener una obra prolija, eficiente y correctamente ejecutada tanto en conjunto como en detalle de acuerdo a las más estrictas reglas del arte. Para ello, el Adjudicatario adoptará todas las medidas necesarias para la calidad y adecuación de la mano de obra, los materiales, los equipos, las herramientas, los procedimientos y/o disposiciones constructivas que se requieran y sean los más apropiados para esas finalidades.
El trabajo comprende todas las tareas necesarias para la ejecución completa de la obra, tal cual queda definida en los pliegos, planos, planillas y listado de tareas.
El Contratista proveerá todo lo necesario (materiales, mano de obra, equipos, herramientas, etc.) para que los trabajos objeto de este concurso queden totalmente terminados conforme a su fin, en perfectas condiciones de funcionamiento, de acuerdo a las normas técnicas vigentes y las reglas del buen arte, aunque en las presentes especificaciones se haya omitido indicar trabajos o elementos necesarios para ello.

También se aclara que en los casos, que en el Pliego o en los planos, se citen modelos o marcas comerciales, es al sólo efecto de fijar normas de construcción tipo, calidad o características requeridas.

2 SITUACIÓN ACTUAL RELEVADA

Se realizó una visita a la obra los días Miércoles 6, Jueves 7, Viernes 8, Sábado 9 y Domingo 10 de Junio de 2007, cuya registro fotográfico completo se encuentra en el anexo “Relevamiento de Aulas”

En este capítulo se presenta una descripción sucinta de las evidencias recolectadas en la inspección realizada, y tiene como objetivo sistematizar las distintas condiciones de los cielorrasos ejecutados en la escuela, y determinar los potenciales riesgos y las modificaciones necesarias.

En el pliego de especificaciones técnicas particulares de la licitación para la “Refuncionalización y ampliación del edificio de la E.N.S N°2, D.E. N° 6 – Mariano Acosta”, sito en la calle Gral. Urquiza 277 de la Ciudad de Buenos Aires, en el artículo 4.12 CIELORRASOS, apartados 4.12.2 y 4.12.3 se describe sucintamente la metodología de construcción de los cielorrasos según se transcribe a continuación:

4.12.2 Estructura para cielorraso
En las aulas del edificio histórico, en el PEP y en las de Siberia, la estructura, soporte del cielorraso y de los ventiladores de techo, se realizará de perfiles C galvanizados N° 10 colgados de los nuevos IPN, (donde se los deba colocar) por riendas realizadas en planchuela de hierro de 1″x3/16″, soldadas a los IPN y abulonadas a los perfiles C.

4.12.3 Suspendido de placas de roca de yeso
Se colocará en los locales indicados en los planos.
En los cielorrasos a ejecutar se proveerán y colocarán placas macizas de roca de yeso bihidratado de 1.22 x 2.44 m, revestidas en papel de celulosa especial sobre ambas caras, de 12.5 mm de espesor, para junta tomada, tipo “Durlock” o equivalente. Para el armado se construirá un entramado de perfiles metálicos de soleras y montantes de 70 y 70 mm. respectivamente, a los que se atornillarán las placas de roca de yeso con tornillos autorroscantes Nº 2 para chapa. Los montantes se colocarán separados cada 0,40 m como máximo.
Para sujetar la estructura y reforzarla se colocan montantes o soleras en sentido transversal a ésta, actuando como vigas maestras.
Los perfiles metálicos estructurales se dispondrán cada 1.20 m y los montantes cada 40 cm, unidos por tornillos tipo “Parker”. Toda la estructura se terminará con una solera perimetral que se unirá a los muros mediante tornillos y tarugos “Fisher” o equivalentes.
Las placas llevarán tornillos de fijación a la estructura cada 20 cm y nunca a menos de 15 mm de los bordes del tablero con tornillos tipos “Parker”, autorroscantes. Las juntas se tomarán con cinta de celulosa de 5 cm de ancho, con colocación previa de masilla especial, para cubrir la depresión lateral de las placas y la producida por la colocación de los tornillos y la propia junta.
Donde fuera necesario, se colocarán travesaños estructurales a modo de refuerzo, como es el caso del anclaje de los artefactos de iluminación y de los ventiladores de techo.

Por otra parte, la metodología establecida es la correspondiente a la marca comercial “Durlock”, la cual tiene sus propias recomendaciones técnicas, se ha utilizado las mismas a fin de comparar, las ejecuciones realizadas con dichas recomendaciones, a fin de establecer un patrón de comparación entre lo que se puede interpretar como “más estrictas reglas del arte”, tal lo especificado en Art. 4.1.2. y lo efectivamente ejecutado, además de las consideraciones estructurales que se analizaron en el siguiente capitulo de este informe.

Si bien hay disparidad en las ejecuciones de las diversas aulas verificadas, y no en todas se puede observar la misma dedicación y esmero en la construcción, en líneas generales se pueden indicar en las siguientes deficiencias:

2.1. Sujeción al techo existente

En las recomendaciones técnicas del fabricante, se establece que la utilización de las placas de roca de yeso es para materializar un cielorraso bajo una estructura existente que tiene las condiciones de tomar cargas, usando las denominadas “velas rígidas”, las que se colocan cada 1 m de distancia, sosteniendo las “vigas maestras”. Dichas vigas maestras se colocan cada 1,20 m.

Con tal requerimiento se debería contar con una “vela rígida” cada 1,2 m2 de superficie de techo.

En el pliego analizado, en el artículo 4.12.2, no se consideró utilizar la estructura existente, en cambio se preconizó el uso de perfiles C galvanizados Nº 10.

Considerando la recomendación del fabricante, se debería haber colocado estos perfiles C cada 1,20 m en coincidencia con las “vigas maestras” a fin de poder tomar las cargas del cielorraso a construir.

En la mayoría de las aulas analizadas se ha podido constatar que, no solo no existe una cantidad como la indicada de vigas C, sino que tampoco están tomados los ventiladores de techo y artefactos de iluminación al mismo, tal lo indicado en el artículo 4.12.2.

Por ejemplo en el local 127, según el plano A21 de la licitación de fecha20/01/2003, esa aula tiene 10,70 m x 7,15 m, lo que implicaría que debería haber aproximadamente 9 líneas de fijación al techo existente o una cantidad equivalente de vigas C, en correspondencia a las vigas maestras.

En la visita a obra se pudo constatar que hay sólo dos vigas C y no hay
“velas rígidas” en cantidad recomendada. Esto se presenta en las fotos obtenidas en imágenes 2.1.1 y 2.1.2
2.2. Fijación de las velas rígidas

En las recomendaciones técnicas del fabricante, se establece que las denominadas “velas rígidas”, se suspenderán de la losa mediante un encuentro en T, tal como se muestra en las figuras 2.2.1 y 2.2.2.

Por ejemplo en los locales 33 y 140, según el plano A20 y A21 de la licitación de fecha 20/01/2003, se pueden observar las metodologías de colocación utilizadas, que son con un simple doblado del alma de la viga, y con una sola fijación.

Esa forma de colocación implica que ese perfil sólo tomará carga en caso de gran deformación. Esto se muestra en la foto obtenida de imagen 2.2.1 correspondiente al local 33

Asimismo en esa aula como en el local 140 se han observado velas rígidas que están sueltas. Mostrado en las fotos obtenidas en imágenes 2.2.2 en local 140 y 2.2.3 en local 33.

2.3. Fijaciones no conforme

En algunas aulas se ha observado que se utilizan perfiles inclinados de secciones pequeñas para descargar en forma diagonal los esfuerzos del cielorraso.

Debe destacarse que en general los revoques de las paredes, tal como se muestra en la imagen 2.3.1, obtenida en la circulación 040, se ve que tiene una consistencia muy disgregada, producto de las condiciones originales de ejecución, como de la antigüedad del edificio, lo que permitió introducir sin casi esfuerzo una simple llave.

En las imágenes siguientes 2.3.2 a 2.3.4, obtenidas en los locales 032, 022 y 039, respectivamente se puede observar que se han utilizado estos tipos de fijaciones, las cuales no reemplazan las fijaciones al techo existente, como a las vigas C.

Por otra parte en las imágenes siguientes 2.3.5 y 2.3.6, obtenidas en los locales 134 y 048, respectivamente se puede observar que hay casos en que las fijaciones se hacen con inclinaciones importantes o como en el último caso de ha preferido cortar las alas del perfil a fin adaptarlo a un defecto de construcción en la colocación del perfil C, o directamente dejarlo sin vinculación, como el que se observa más atrás en la misma foto.

2.4. Montaje de las vigas maestras y montantes

Se ha observado una deficiente fijación las vigas maestras y montantes a las soleras o con perfiles de sección menor a la recomendada.

En las imágenes siguientes 2.4.1 a 2.4.4, obtenidas en los locales 034, 036, 037 y 029 respectivamente, se puede observar que hay vigas maestras que sólo están próximas a las soleras, sin ningún tipo de conexión, así como también secciones inferiores a las correspondientes.

2.5. Fijación a las paredes de vigas C y Soleras

Se ha observado una deficiente fijación las vigas C y soleras a las paredes, sobretodo considerando que las condiciones de la mayoría de revoques no tienen una aptitud aceptable para su uso.

Por ejemplo en el caso de las vigas C según el plano A20 y A21 el perfil se debe apoyar sobre un refuerzo de hormigón, lo cual en algunos casos no ha sido realizado, tal como puede observase en las imágenes siguientes 2.5.1 y 2.5.2, obtenidas en los locales 127 y 138 respectivamente.
Por otra parte las fijaciones mediante los tornillos con tarugos plásticos Nº 8, que tienen una profundidad de 4 cm, tal como los usados en diversos sectores, con la poca aptitud de los revoques han resultado, que la solera se desprenda, como por ejemplo en el local 024 que se puede observar en la imagen 2.5.3.

2.6. Esquema de reparto de cargas

La distribución de las cargas, es hacia las soleras y a las velas rígidas mediante las vigas maestras y el montante, tal como se muestra en la figura 2.6.1, tomada de las recomendaciones del fabricante.

En los cielorrasos ejecutados en el colegio Mariano Acosta se ha observado un inadecuado esquema de transmisión de cargas, de forma tal que las soleras no reciben cargas, sino en forma indirecta con un complicado esquema, y que en la falla del aula 13 local 070, quedó adherido en la pared donde se inició el desprendimiento del cielorraso gran parte de la solera.

En las imágenes 2.6.1 a 2.6.3 correspondientes a los locales 015, 022 y 130 respectivamente, se ha observado que la distribución de las cargas desde el bastidor interno, sólo es tomado por alguna vela rígida hacia el perfil C o hacia el techo, pero no hay conexión a la solera perimetral

Si se considera que las velas rígidas son escasas con respecto a lo recomendado, la solera recibe cargas por las maestras y si estas no están apoyadas en las soleras perimetrales, la seguridad de la estructura se ve comprometida.

También se ha detectado pandeos de las alas de algunas vigas maestras y montantes, como en los casos de los locales 028, 032 y 024, que se muestran en las imágenes 2.6.4 a 2.6.6 respectivamente.

En el caso del local 024 se ve claramente que producto de que la inadecuada distribución de cargas se puede introducir cómodamente un objeto en la separación que se produjo por el asentamiento de la parte central respecto de la buña perimetral.

3 ANÁLISIS ESTRUCTURAL

3.1 Cargas típicas

El sistema de construcción mediante placas de roca de yeso para la ejecución de los cielorrasos y revestimientos, es una estructura de perfiles de acero galvanizado sobre los cuales son atornilladas las placas de yeso revestidas con papel

Es una tecnología de construcción en seco que tiene como ventaja la rapidez de ejecución y el bajo peso por unidad de superficie, lo que permite el uso de fijaciones al techo existente con perfiles delgados ejecutados con chapa fina de un calibre BWG Nº 24.

Pero por tal motivo las instalaciones que se desarrollen en el entretecho deben ser sostenidas en forma independiente y nunca deben ser descargadas sobre el cielorraso construido mediante esta metodología.

Para determinar el peso por unidad de superficie de los cielorrasos ejecutados mediante este sistema, se utilizó el consumo típico de materiales según las recomendaciones del fabricante, lo que se presenta en la tabla 3.1

Tabla Nº 3.1: Peso por unidad de superficie

Materiales por m2
Unidad
Consumo
Peso total (Kg) por
m2 de cielorraso
Soleras 70mm
ml
1.10
0,68
Montantes 69m
ml
3.20
1,97
Masilla
Kg
0.90
0.90
Placas
m2
1.05
11,71
Tornillos, fijaciones, cinta etc.
global
10%
1,53
TOTAL
16,79

La carga total del local 070, con una superficie de 41 m2 aproximadamente será de 690 kg aproximadamente. Se debe tener en cuenta que hay elementos apoyados o tomados de los cielorrasos de algunas aulas, como los conductos de aire acondicionado, artefactos de iluminación y ventiladores de techo que son distintos en cada local.

Esta circunstancia además de que no cuenta con la cantidad y distribución adecuada de fijaciones al techo existente, la inadecuada distribución de cargas hacia las soleras, y la posible circulación de operarios sobre el cielorraso, pueden ser las causas concurrentes que desencadenaron la caída de la estructura del local 070 de la Planta Baja.

3.2 Posibles mecanis
mos de falla en el local 070

La inspección de obra, por parte del GCBA, facilitó fotografías del aula con posterioridad al evento de la caída del cielorraso, mediante las mismas se han tratado de identificar las patologías que han sido observadas en diversos locales, según el siguiente detalle.

Sujeción al techo existente y fijación de las velas rígidas: Se observa en las imágenes 3.2.1 y 3.2.2 que no hay prácticamente fijaciones al techo existente, y que las que se observan caídas fueron ejecutadas con un solo anclaje, las que fueron arrancadas totalmente. Las pocas que existían son de sección menor a la recomendada y fijación al techo no está realizad con una pieza en T.

En esa aula de dimensiones 5,60 m x 7,30 m hay colocada una sola viga C, cuando debería haber por lo menos 4 o 5 vigas C, respetando la modulación de vigas maestra cada 1,20 m, para descargar la estructura a dichas vigas en lugar del techo existente.

Fijaciones no conforme: Se observa en las imágenes 3.2.3 y 3.2.4 que las fijaciones en diagonal hacia las paredes fueron arrancadas limpiamente, ya que la aptitud de tomar cargas por el estado del revoque existente desaconseja su uso.

Carga de elementos adicionales al cielorraso: Se observa en las imágenes 3.2.5 y 3.2.6 que los ventiladores de techo aún después de la caída del cielorraso permanecen firmemente fijados a las placas de yeso, lo que implica que existe un peso adicional al establecido y que no es conforme a los pliegos ni a las recomendaciones del fabricante.

Esquema de reparto de cargas: Se observa en las imágenes 3.2.7 y 3.2.8 que debido al inadecuado esquema de reparto de cargas, las soleras de la pared donde comenzó el desprendimiento ha quedado adherida a la misma sin que prácticamente colabore en la transmisión de las cargas del cielorraso hacia la solera.

Probablemente la condición de seguridad estaba comprometida con todas esas causas y alguna carga adicional no identificada, desestabilizó totalmente la estructura, desprendiéndose tal como muestran las imágenes anteriores.

4 CONCLUSIONES

La ejecución de un cielorraso de estas características, tal como el previsto en el pliego, en general no resulta muy justificable si el criterio esa básica mente el de preservación del estilo arquitectónico. Eso podría haberse logrado como en otros locales, en donde se mantuvo el nivel original con las molduras y ornatos y con instalaciones a la vista que no implicarían grandes modificaciones de estilo.

Pero en las actuales circunstancias con la obra ya realizada, lo que se puede afirmar que la obra ejecutada de los cielorrasos, es en general desprolija, descuidada, y no sigue los lineamientos y recomendaciones del fabricante, ni se ha considerado aspectos del pliego como garantizar fehacientemente que no haya instalaciones apoyadas o colgadas del cielorraso.

En general se ha observado escasa cantidad de “velas rígidas” con relación a las recomendaciones de 1 cada 1,2 m2 de superficie de cielorraso.

Además las “velas rígidas” que se han observado colocadas al techo existente lo hacen con una sola fijación y en forma incorrecta, mediante un simple doblez del alma de perfil.

En el pliego se indicaba el uso de perfiles C para tomar las cargas, pero en general no hay cantidad suficiente de estos perfiles C, como para tener fijaciones del cielorraso a ejecutar en correspondencia con cada viga maestra, las que van colocadas cada 1,2 m de separación entre sí.

El esquema de montaje es inadecuado ya que debido a la buña hay montantes y vigas maestras que quedan interrumpidas en el nivel superior sin continuidad hasta el otro extremo.

Asimismo por ese motivo se han usado perfiles colocados en forma diagonal que se fijaron a las paredes, siendo que estas presentan baja aptitud para tomar fijaciones a la tracción por el estado de disgregación y espesor que tiene el revoque existente, en un edificio que en algunos sectores es de 100 años de antigüedad.

Para la instalación de otros elementos, como aire acondicionado, electricidad, redes de datos, etc. en general, se han dejado elementos extraños a estructura del cielorraso, tales como escombros de pases de los muros, tablas, andamios, y basura en general.

Se puede establecer que la obra no contó con una planificación de los elementos a colocar y que en algunos casos se deben haber realizado con posterioridad a la instalación del cielorraso, ya que hay sectores con perfiles con pandeo del ala producto del probable ingreso de personal a realizar tareas.

En ese contexto se ha observado que muchas de las instalaciones eléctricas, datos, y pases de muros fueron ejecutados con posterioridad a la terminación del cielorraso, lo que implica solicitaciones no previstas en los perfiles.

Debe mencionarse además que el desorden y desprolijidad observado en el tendido de cables de todo tipo, hace que cualquier tipo de mantenimiento, reparación o nuevo tendido que se quisiera realizar será muy dificultoso, e inclusive las cajas de paso está profundamente metidas en el entretecho lejos de las aberturas de los artefactos lo que implica que se debería circular por sobre el cielorraso para cualquier tarea como la indicada, para lo cual no esta preparada la estructura.

Adicionalmente se han observado soleras que están desprendidas y con vigas maestras que no están adecuadamente fijadas y en algunos casos ni siquiera están cercanas a la solera perimetral.

5 RECOMENDACIONES:
De acuerdo a todo lo detallado en este informe se sugiere, para lograr disipar los cuestionamientos que atañen a la seguridad en las aulas, realizar las siguientes acciones:

  1. Revisar los cielorrasos ejecutados realizando las modificaciones en los mismos de acuerdo al pliego y a las recomendaciones del fabricante.
  2. Realizar las fijaciones al techo existente o a vigas C en cada viga maestra, cada 1,2 m2 de superficie del cielorraso.
  3. La fijación al techo existente deberá realizarse en los perfiles metálicos de las bovedillas, con una pieza en T, con dos fijaciones como mínimo por cada “vela rígida”
  4. Todas vigas maestras y montantes deberán estar fijadas a las soleras perimetrales mediante tornillos pasantes, uno en el ala superior y otro en el ala inferior.
  5. En caso de que sea necesario prologar alguna viga maestra, o montante hacia la solera, se deberá hacer con una longitud de empalme de al menos 40 cm y con dos tornillos autoperforantes en cada ala.
  6. Las vigas maestras no deben estar interrumpidas, y siempre deben estar apoyadas en las soleras perimetrales y tener una fijación cada 1,2 m de longitud a una viga C o al techo existente con “velas rígidas” verticales. En caso de tener que hacer empalmes estos deben hacerse siguiendo el criterio del punto anterior
  7. Las soleras perimetrales deben estar adecuadamente fijadas, con tornillos de longitud tal que el anclaje se produzca en los mampuestos en por lo menos una longitud útil de 4 cm, descartando cualquier fijación en el revoque.
  8. Las soleras que no tengan fijaciones cada 40 cm, se encuentren sueltas, desprendidas o con evidencia de estar fijadas al revoque, deberán ser nuevamente fijadas según el criterio enunciado en el punto anterior.
  9. Deberá reemplazarse todas las fijaciones inclinadas por “velas rígidas” al techo existente o a vigas C.
  10. Las soleras, montantes, vigas maestras y “velas rígidas” deberán cumplir las recomendaciones del fabricante y lo establecido por el Pliego de Especificaciones Técnicos, siendo establecido en este último, usando una dimensión del alma de 70 mm de altura.
  11. Se deberá procurar que las instalaciones de aire acondicionado, ventiladores de techo y demás instalaciones que se hayan realizado, no transmitan de ningún modo cargas a la estructura del cielorraso, para lo cual se deberá proveer las fijaciones al techo existente y retirar los puntales que descargan sobre la estructura del cielorraso.
  12. Asimismo se deberá despojar e
    l espacio entre el cielorraso y el techo de todo elemento ajeno a la estructura, por ejemplo perfiles sueltos, pedazos de cascote de ladrillos, restos de andamios y madera que recargan los mismos para hacer más prolija la reforma y con más seguridad en la misma.

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Volvió Julian Assange: “Me declaré culpable de haber hecho periodismo”

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El fundador de Wikileaks dio hoy su primer discurso público desde que fue liberado tras 14 años de encierro. “Puede que mis palabras fallen o mi presentación carezca de brillo, el aislamiento me ha pasado factura, estoy tratando de aliviarlo y expresarme en este entorno es un desafío”, comenzó disculpándose ante la audiencia. Acompañado de su esposa y abogada, trazó un detallado racconto de lo que representa su caso hoy, haciendo eje en los peligros de la persecución al periodismo y los límites a la libertad de prensa; señaló a la justicia, a la inteligencia y a los poderes “transnacionales” como parte del esquema de amedrentamiento, a favor del ocultamiento de la verdad: “Veo más impunidad, más secretismo, más represalias por decir la verdad y más autocensura”, sintetizó. Resumimos aquí sus palabras incómodas, que volvieron a ver y echar luz.

Por Bernardina Rosini

Estrasburgo, Francia. En el Consejo de Europa y bajo la mirada atenta de los parlamentarios de 46 estados de la organización de derechos humanos de Europa, habló Julian Assange. Es el primer discurso público que realiza desde su liberación el pasado mes de junio, tras 14 años de encierro —primero en la embajada de Ecuador en Londres, y luego en la prisión de Belmarsh, en el Reino Unido—, enfrentándose a la extradición a Suecia y a Estados Unidos.

El escenario elegido por Assange para su regreso a la vida pública no pudo ser más simbólico. El fundador de WikiLeaks es una figura emblema de la libertad de expresión, y lo expresado esta mañana no fue tanto una declaración personal como una advertencia sobre los peligros que enfrentan el periodismo y las democracias hoy.

Sentado junto a Stella, su esposa, madre de sus hijos y su representante legal, Assange expuso con voz pausada pero firme. Esta aparición fue una excepción dentro de su esquema de recuperación: “La experiencia del aislamiento durante años en una celda pequeña es difícil de transmitir. Te quita el sentido de identidad”, dijo Assange. “Tampoco puedo hablar todavía de las muertes por ahorcamiento, asesinato y negligencia médica de mis compañeros de prisión. Puede que mis palabras fallen o mi presentación carezca de brillo, el aislamiento me ha pasado factura, estoy tratando de aliviarlo y expresarme en este entorno es un desafío”, se disculpó ante la audiencia.

Periodismo en el banquillo

Julian Assange no brindó más detalles que aquella mención sobre su encierro. Su mensaje, claro y directo, apuntó más bien al papel del periodismo en las democracias contemporáneas y al ataque sistemático que éste sufrió en las últimas décadas.

“Finalmente elegí la libertad por sobre una justicia irrealizable”, afirmó Assange al explicar por qué aceptó el acuerdo que lo liberó: “Quiero ser totalmente claro: no soy libre porque haya funcionado el sistema. Soy libre porque me declaré culpable de haber hecho periodismo” y detalló: “Me declaré culpable de buscar información de una fuente. Me declaré culpable de obtener información de una fuente y me declaré culpable de informar al público cuál era esa información. No me he declarado culpable de nada más”.

En sus palabras Assange no solo reflejó su lucha personal, sino que también expuso una verdad más amplia: el sistema judicial, que debiera proteger la verdad y la libertad de prensa, se convirtió en un instrumento para silenciar o inmovilizar oponentes. ¿Nos suena?

“Después de años de encierro y enfrentar una pena de 175 años de prisión sin ninguna solución efectiva, no podré buscar justicia por lo que me hicieron debido a que el gobierno de los Estados Unidos insistió por escrito en su acuerdo de culpabilidad en que no puedo presentar una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos o incluso en virtud de la Ley de Libertad de Información”.

La intervención de Assange resaltó las fallas fundamentales del sistema legal internacional, que fue utilizado como arma en su contra. “La persecución transnacional es una amenaza real”, subrayó. Los poderosos, según él, han aprovechado los vacíos y contradicciones en las normativas internacionales para perseguir y reprimir a quienes exponen sus crímenes: “Molestamos a uno de los poderes constitutivos de los EE.UU.: el sector de la inteligencia, quienes tuvieron el suficiente poder para forzar una reinterpretación de la Constitución americana. Mi ingenuidad fue creer en la ley; después de todo, las leyes son solo trozos de papel y pueden reinterpretarse por conveniencia política”.

“La criminalización de las actividades periodísticas es una amenaza para el periodismo de investigación en todas partes”, alertó Assange, llamando la atención sobre el peligro que representa este tipo de persecución para la democracia y esperando que su testimonio sirva para visibilizar las debilidades del sistema de garantías existente. Además de señalar los desafíos por delante, Assange compartió su análisis sobre el periodismo y las noticias desde que está en libertad: “La verdad parece ahora menos discernible y lamento todo el terreno que se ha perdido durante ese período de tiempo. Cómo se ha socavado, atacado, debilitado y disminuido la expresión de la verdad. Veo más impunidad, más secretismo, más represalias por decir la verdad y más autocensura”.

La persecución transnacional y el impacto en la libertad de expresión

Julian Assange es más que una figura en el ojo del huracán. Su caso sienta precedentes peligrosos para la libertad de expresión y para la justicia a nivel global. En su discurso ante el Consejo de Europa, Assange denunció la persecución feroz que ha enfrentado, no solo como individuo, sino como un periodista que expuso verdades incómodas. “Ningún individuo tiene la menor esperanza de defenderse de los vastos recursos que puede desplegar un Estado agresor”, afirmó con dureza, señalando cómo su lucha contra el aparato judicial estadounidense revela la fragilidad de las garantías jurídicas cuando un poder decide imponer su voluntad extraterritorialmente.

Assange también reflexionó sobre la naturaleza del periodismo y el rol de quienes buscan la verdad: “Entiendo el debate que hay a la hora de diferenciar a un activista de un periodista. Para mí, la clave es ser siempre preciso. Todos los periodistas deben ser activistas de la verdad”. Este comentario enfatiza la importancia de no solo informar, sino también de actuar con responsabilidad, profesionalismo y precisión en un mundo donde la información se ha convertido en un campo de batalla.

Lo que comenzó como una acusación de espionaje se transformó en una guerra jurídica que desafía los límites del derecho internacional. Assange dejó en claro que la criminalización del periodismo de investigación, especialmente cuando involucra a potencias mundiales, es una amenaza latente. A través de su caso, se desvelaron las inconsistencias y abusos de los sistemas legales, los cuales se tornan herramientas para reprimir voces disidentes en nombre de la seguridad nacional.

La situación que Assange tiene resonancias directas con los procesos de lawfare que afectaron a figuras políticas América Latina, y la violencia creciente contra periodistas críticos del gobierno de nuestro país. El uso de herramientas legales como mecanismo de persecución política y judicial para silenciar voces críticas interpela nuestra actualidad. En su intervención, Assange también subrayó la necesidad de una respuesta colectiva: “Es vital estar juntos para hacer frente a las amenazas a la libertad de prensa”, en un llamado a la unidad frente a la creciente represión a nivel global.

La advertencia de Assange no debiera diluirse: los derechos de quienes exponen la verdad están bajo ataque, y las democracias que no los protegen se arriesgan a morderse la cola. La criminalización del periodismo no solo pone en peligro la libertad de expresión, sino que erosiona los pilares de sociedades abiertas e informadas.

Lo que está en juego es el futuro del periodismo y su capacidad para desafiar el poder: eso es lo que, una vez más, nos dejó claro Assange hoy.

Gracias.

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Crónica de una causa armada: condenaron por “usurpación” a 7 integrantes de una comunidad mapuche

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Después de agradecer a la Gendarmería, “que nos facilitó las instalaciones” (ya que las audiencias se realizaron dentro de un Escuadrón de esa fuerza), la Justicia Federal condenó a 7 mujeres de la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu por una supuesta “usurpación” de hectáreas pertenecientes al Parque Nacional Nahuel Huapi. La comunidad plantea que se trató de una recuperación que incluso fue homologada por el propio juez Hugo Greca que ahora firmó la condena (y agradeció a Gendarmería). La síntesis de la ausencia de justicia según una de las abogadas: “Tenemos una Justicia armada a medida del poder, que no tiene que ver con los gobiernos sino con los grandes intereses turísticos y de la megaminería”. Pese a la condena, la prisión de las mujeres queda en suspenso. Lo que molesta en el sur, la postura de las condenadas y una causa armada que tiene en el medio otro crimen impune: el de Rafael Nahuel. La voz de una de las acusadas tras la sentencia: “Nos quiere cortar la vida y viene por todo. Acá estamos y acá estaremos nosotras, mujeres y niños, porque eso es lo que más les molesta: que sigamos resistiendo”.

Por Francisco Pandolfi

Unos segundos antes del veredicto, se obsequiaron algunos agradecimientos, verbales y sin pudor.

“Primero a Gendarmería Nacional, que nos facilitó estas instalaciones. También al Comandante Principal García, jefe del escuadrón, y al Comandante Mayor Morales. Nos dieron comodidad, café, agua, nos mantuvieron bien”.

Ahora sí, después de las palabras de juez Hugo Greca (titular del Juzgado Federal de Coronel Roca), las condiciones parecían dadas para la lectura de una sentencia sobre un juicio exprés, que sólo tuvo tres audiencias. Exprés XXL. Exprés al cuadrado. Un juicio oral que arrancó el jueves pasado.

Que continuó el viernes y que finalizó hoy, con los últimos testimonios, los alegatos y con un fallo que se pronunció en un ámbito inapropiado: el escuadrón 34 de Gendarmería, en la ciudad rionegrina de Bariloche. Un salón que estuvo revestido para la ocasión: rodeado de un desmedido despliegue de efectivos de seguridad. 

La causa (armada)

Este lunes se juzgó a siete integrantes de la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu, por la usurpación de un predio de siete hectáreas del Parque Nacional Nahuel Huapi, en septiembre de 2017. Una rectificación a la palabra “usurpación” la hace la comunidad, porque plantea el quid de la cuestión: no lo llaman usurpación, sino recuperación. “Nos acusan de usurpar nuestro territorio”. Y explican: “Fue parte de una reivindicación ancestral con el objetivo principal de estar en el territorio donde está nuestro Rewe (sitio sagrado de conexión con otras energías) en donde la Machi (guía espiritual y sanadora del pueblo mapuche), se levantó hace siete años en la lof Lafken Winkul Mapu”.

En ese proceso de recuperación, el 25 de noviembre de 2017 fue asesinado uno de los integrantes de la comunidad: Rafael Nahuel recibió un disparo por la espalda, del grupo Albatros de la Prefectura Naval. Por ese crimen fueron condenados cinco prefectos a 4 y 5 años de prisión.

Antes de comenzar el juicio, desde la defensa que llevó adelante la Gremial de Abogados y Abogadas, habían anticipado: “La sentencia ya está redactada y firmada, de antemano. Vamos seguramente a una condena porque todo esto forma parte de una ofensiva instrumentada hacia el pueblo mapuche”. La presunción tenía un basamento evidente: la causa judicial la reactivó el actual gobierno nacional al erradicar un pacto preexistente que reconocía al Rewe como sitio sagrado. El juez Hugo Greca –el mismo que hoy dictó el veredicto– había homologado el acuerdo conciliatorio firmado en junio de 2023 entre Horacio Pietragalla, secretario de Derechos Humanos de la Nación en ese entonces, y Alejandro Marmoni, expresidente del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI).

El fallo

En los alegatos, desde la Gremial exigieron la absolución, apoyándose en los tratados internacionales y las leyes nacionales que amparan los derechos mapuche. Y expresaron que el juez tenía “la oportunidad de aportar al proceso histórico”, así como abonar a “una solución dialogada y pacífica. Si hay condena, el conflicto territorial y de cosmovisión va a seguir”.

Sin embargo, luego de los agradecimientos a Gendarmería se escuchó “la condena de dos años de prisión cuya ejecución se dejará en suspenso” a Martha Luciana Jaramillo, María Isabel Nahuel, Yéssica Fernanda Bonnefoi, Romina Rosas, Mayra Aylén Tapia, Joana Micaela Colhuan y Gonzalo Fabián Coña, por considerarlos coautores penalmente responsables del delito de usurpación.

Crónica de una causa armada: condenaron por “usurpación” a 7 integrantes de una comunidad mapuche
El juicio se desarrolló dentro de un escuadrón de la Gendarmería Nacional. Foto Alejandra Bartoliche

La farsa actual

Gustavo Franquet es uno de los abogados defensores. Desde Bariloche le dice a lavaca: “Esta condena compromete internacionalmente al Estado, por violar todo tipo de tratados y convenciones nacionales e internacionales, inclusive la Constitución Nacional. Que los condenen por usurpación es negar su realidad de pueblo originario, es negar su propia existencia, es negar sus derechos particulares. Con esta resolución se ponen del lado colonialista, así que por supuesto que vamos a apelar, y si es necesario iremos hasta la Corte Suprema”.

Una de sus compañeras, Laura Taffetani, agrega sobre la resolución del juez Hugo Greca: “El juicio fue una farsa y forma parte de esta nueva versión de la Campaña del Desierto que venimos denunciando hace años. En las audiencias quedó claro el desequilibrio que hubo entre la querella de Parques Nacionales y la Fiscalía en comparación a nosotros. Todo lo que pidieron ellos fue todo lo que el juez condenó, excepto el tema del Rewe. El fiscal había pedido que los miembros de la comunidad no pudieran ir al lugar sagrado, y eso el juez no lo aceptó”. 

En relación a lo que muestra la condena: “Tenemos una Justicia armada a medida del poder, que no tiene que ver con los gobiernos sino con los grandes intereses turísticos y de la megaminería”.

Después de la sentencia, en la puerta del cuartel de Gendarmería se improvisó una ronda donde hablaron las mujeres mapuche, en medio de un viento bien patagónico  –de esos que no entienden de primaveras: “Aunque nos hayan condenado en suspenso, esta lucha no se termina acá, hay que seguir por el Rewe, por todos nosotros y por nuestros pichis (pequeños)”, dice María Nahuel. La Machi Betiana Colhuan Nahuel –que era una de las acusadas pero en la primera audiencia fue absuelta porque era menor en 2017–, continúa, con énfasis: “Esta lucha viene de nuestros ancestros y la continuaremos. No nos vamos a rendir, seguiremos firmes hasta que dejemos esta tierra. Otras comunidades se levantarán y vamos a resistir desde los distintos territorios”.

Romina Rosas fue la última en tomar la voz y en dar su propia sentencia: “No tenemos que bajar los brazos pese a que el winka (blanco invasor) nos quiere cortar la vida y viene por todo. Acá estamos y acá estaremos nosotras, mujeres y niños, porque eso es lo que más les molesta: que sigamos resistiendo, con nuestra verdad y con nuestras palabras”.

Crónica de una causa armada: condenaron por “usurpación” a 7 integrantes de una comunidad mapuche
Las mujeres detenidas, fuera del escuadrón, prenden el fuego.

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Comenzó un vergonzoso juicio a 7 mujeres de la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu: “La condena está escrita de antemano”  

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El gobierno nacional – con Patricia Bullrich como figura estelar de la persecución mapuche- vuelve a la caza de la comunidad que supo iniciar un proceso de recuperación de tierras en el Parque Nacional Nahuel Huapi. Barrido un acuerdo preexistente entre el Estado y la Lafken Winkul Mapu, que había sido homologado por la justicia, impulsa un juicio que comenzó hoy para condenar por “usurpación” a siete mujeres. Increíblemente, o no, el proceso ocurre dentro de un cuartel de Gendarmería, fuerza que hoy montó un show para amedrentar a las mujeres, sin lograrlo: en esta nota, las imágenes del vergonzoso operativo, y de la dignidad mapuche. “La sentencia ya está redactada y firmada, de antemano”, asegura a lavaca uno de los defensores de la comunidad . “Vamos seguramente a una condena porque todo esto forma parte de una ofensiva instrumentada hacia el pueblo mapuche”. El recuerdo de Rafael Nahuel, y el genocidio que continúa. 

Por Francisco Pandolfi. Foto de portada: Eugenia Neme. Fotos de la audiencia de hoy: Alejandra Bartoliche

Comenzó un vergonzoso juicio a 7 mujeres de la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu: “La condena está escrita de antemano”  

Foto: Alejandra Bartoliche

La causa judicial la reactivó el actual gobierno nacional, que barrió un acuerdo preexistente que sí reconocía el Rewe como sitio sagrado. 

Los efectivos de Gendarmería empiezan a llegar a raudales, por dos motivos concretos.

1-El lugar: el Escuadrón 34 de Gendarmería Nacional.

2-El contexto: hoy comenzó el juicio oral contra la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu por la usurpación de un predio en Villa Mascardi.

La conexión entre el punto 1 y el 2, aunque sorprenda, es que efectivamente el juicio se desarrolla dentro del cuartel de Gendarmería.

El por qué de la decisión se impone como pregunta. 

La respuesta de las autoridades: “Por seguridad”.

No hay que ser muy observador para notar la desproporción de las fuerzas esta mañana, en la antesala del inicio de la primera audiencia: decenas de gendarmes, por un lado. Por el otro, las siete mujeres acusadas de la comunidad.

Antes de comenzar el juicio, Gustavo Franquet, de la Gremial de Abogados y Abogadas que defienden a las personas imputadas, le dice a lavaca: “La sentencia ya está redactada y firmada, de antemano. Vamos seguramente a una condena porque todo esto forma parte de una ofensiva instrumentada hacia el pueblo mapuche”.

Las otras dos audiencias que conforman al Juicio Oral serán mañana viernes y el lunes 30. No serán en el Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche, como dice la transmisión online por donde se puede ver lo que pasa en la sala.

Serán, también, en el Escuadrón 34 de Gendarmería Nacional. 

Foto: Alejandra Bartoliche

El contexto

Martha Luciana Jaramillo, María Isabel Nahuel, Yéssica Fernanda Bonnefoi, Romina Rosas, Mayra Aylén Tapia, Joana Micaela Colhuan, Gonzalo Coña y Betiana Colhuan son integrantes de de la Lof Lafken Winkul Mapu y están acusadas de usurpar un predio de siete hectáreas del Parque Nacional Nahuel Huapi en septiembre de 2017. En ese proceso fue asesinado Rafael Nahuel, uno de los integrantes de la comunidad: el 25 de noviembre tras un disparo por la espalda de un efectivo del grupo Albatros de la Prefectura Naval. Por ese crimen fueron condenados cinco prefectos a 4 y 5 años de prisión (https://lavaca.org/notas/crimen-de-rafael-nahuel-condenan-a-los-prefectos-a-4-y-5-anos-de-prision-pero-la-familia-apelara/).

La comunidad mapuche no la llama usurpación, sino recuperación. Y plantea que aquella recuperación “fue parte de una reivindicación ancestral”. 

Lavaca viajó al lugar y entrevistó a estas mujeres, quienes narraron largamente cómo este proceso es una  reivindicación ancestral basada en el reconocimiento del Rewe. 

El Rewe es un altar, un sitio sagrado de conexión con otras energías en donde la Machi, guía espiritual y sanadora del pueblo mapuche, se levantó hace siete años en la lof Lafken Winkul Mapu. La Machi se llama Betiana Colhuan Nahuel y desde su Rewe atendía a quien fuera a curarse. Ella era una de las acusadas, pero hoy fue absuelta porque era menor (16 años) al momento del hecho.

La causa judicial la reactivó el actual gobierno nacional, que barrió un acuerdo preexistente que sí reconocía el Rewe como sitio sagrado. El juez Hugo Greca había homologado el acuerdo conciliatorio firmado en junio de 2023 entre Horacio Pietragalla, secretario de Derechos Humanos de la Nación en ese entonces, y Alejandro Marmoni, expresidente del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI).

Foto: Alejandra Bartoliche

El comienzo del juicio oral

En la puerta del Escuadrón 34 de Gendarmería, a la salida de la primera audiencia –que se extendió hasta pasadas las seis de la tarde–, el abogado defensor Gustavo Franquet le cuenta a lavaca: “Lo fundamental de hoy fue, que en el momento de las excepciones, de la parte preliminar al juicio, la defensora de la Niñez que intervino de oficio pidió que se sacara a la Machi Betiana de la causa por haber sido menor de edad”. La fiscalía y el juez Hugo Greca estuvieron de acuerdo. 

La mayoría de las declaraciones de hoy fueron de policías federales que intervinieron en el operativo de desalojo. “Y al final estuvo el plato fuerte –dice Franquet–, porque declaró el que era intendente del Parque Nacional Nahuel Huapi, Damián Mujica, quien hizo la denuncia contra la comunidad. En la audiencia de hoy quedó claro que desde el primer momento la intencionalidad del Parque fue criminalizar a la comunidad, porque en vez de dialogar con ella como plantea su reglamento interno, hicieron la denuncia penal y la fiscalía ordenó el desalojo violento, que luego terminó con el asesinato de Rafael Nahuel”. 

Franquet hace un silencio y cuenta: “Hoy Mujica dijo dos o tres veces que Rafael Nahuel falleció y no: a Rafael Nahuel lo asesinaron”. 

¿Cómo sigue el juicio? Mañana, en la segunda audiencia, seguirán declarando los testigos y si hay tiempo empezarán los testimonios de las personas imputadas. Para el lunes están previstas las últimas testificaciones, los alegatos y, tras un cuarto intermedio, el juez dará la sentencia. 

Cierra Franquet: “Más allá de lo que dictaminen, de ninguna manera ocurrió una usurpación y hay pruebas de esto. No fue una usurpación: fue una recuperación ancestral”.

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